8.1 Elaborar acuerdo de admisión.
|
|
|
|
|

24 hrs. a partir
de la recepción
de la queja. |
En el Acuerdo de Admisión, se asentará formalmente la vista que haya comunicado de manera expedita a la Secretaría del Consejo General por el Sistema para la Gestión y Transparencia de Quejas y Denuncias o por cualquier otra vía; a efecto de que esta valore el ejercicio de la facultad de atracción.
En el escrito de notificación, se le informará al denunciado de la infracción que se le imputa y se le correrá traslado de la denuncia con sus anexos.
En el oficio de emplazamiento, se debe señalar la hora, fecha y lugar donde se realizará la audiencia de pruebas y alegatos.
Entre la notificación y la realización de la audiencia, según el criterio del TEPJF, deberá mediar un plazo de 48 horas.
El resultado de las diligencias realizadas, se debe dar a conocer durante la Audiencia de Pruebas y Alegatos,, en caso de que estas se hayan relizado después del emplazamiento; en caso contrario, se pueden adjuntar como anexos al oficio de emplazamiento.
|