Promoción del voto 2009.

 

Organizaciones Ciudadanas


De acuerdo al Reglamento del IFE para la promoción del voto por parte de organizaciones ciudadanas, una organización ciudadana es toda aquella sociedad, asociación, agrupación política nacional o grupo de ciudadanos mexicanos sin vínculos con partidos políticos y candidatos, interesados en promover la participación ciudadana en los Procesos Electorales Federales y en los Procesos Electorales Locales cuando éstos sean organizados por el Instituto.

 

Artículo 5 del reglamento del IFE para la Promoción del voto por parte de Organizaciones Ciudadanas

Las actividades que realicen las Organizaciones Ciudadanas para la promoción del voto, se sujetarán a las siguientes reglas:

  1. La promoción del voto tendrá como finalidad fomentar la participación ciudadana en los procesos electorales, así como los valores, prácticas e instituciones de la democracia.
  2. La promoción del voto deberá ser imparcial, es decir, no deberá incidir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni generar confusión, presión o coacción en los electores o afectar la equidad en la competencia electoral.

Cualquier violación a lo dispuesto en el presente artículo será sancionado de conformidad con lo previsto en el Libro Séptimo, Título Primero del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Otros conceptos importantes.

Promoción del Voto

Todo acto, escrito, publicación, grabación, proyección o expresión realizado por personas físicas o morales, con el único propósito de invitar y promocionar la participación ciudadana para el ejercicio del derecho al sufragio, así como la difusión de la educación cívica y la cultura política democrática.

Proceso Electoral

Conjunto de actos ordenados por la Constitución y el Código, realizados por la autoridad electoral federal y las autoridades electorales locales, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, que tiene por objeto la renovación periódica de los integrantes de los Poderes Públicos.


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