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Legislación electoral vigente
El pasado 10 de febrero de 2014, fue publicada la reforma electoral en el Diario Oficial de la Federación esta reforma prevé; la posibilidad de un gobierno de coalición; la trasformación de la Procuraduría General de la República en la Fiscalía General de la República); la reelección de Senadores y Diputados del Congreso de la Unión, quienes podrán ser reelectos hasta por dos y cuatro periodos consecutivos, respectivamente; la reelección de legisladores locales y de integrantes de Ayuntamientos; el aumento de 2 a 3% como porcentaje mínimo requerido de la votación nacional emitida para que los partidos políticos conserven su registro; todo partido político que alcance por lo menos 3% del total de la votación válida emitida tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados plurinominales; los partidos políticos deberán garantizar la paridad entre géneros en candidaturas a legisladores federales y locales; se adelanta del 1 de septiembre al 1 de agosto la fecha de inicio del primer periodo ordinario de sesiones, cuando el Presidente de la República inicie su cargo.
Derivado de la reforma constitucional con fundamento en los artículos 73 y segundo transitorio se establecieron, diversas modificaciones y adiciones a las leyes generales, mismas que fueron adicionadas y publicadas el 23 de mayo de 2014 con los siguientes nombres:
- Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
- Ley General de Partidos Políticos.
- Ley General en Materia de Delitos Electorales.
1. Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Se estructura a partir de ocho libros en los que se integran las disposiciones relativas los siguientes rubros:
- Los derechos ciudadanos;
- La integración de los poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión, de las entidades federativas y de los municipios;
- Los organismos electorales federales y locales,
- Los procedimientos especiales en las direcciones ejecutivas,
- Las reglas de los procesos electorales,
- El voto de los mexicanos residentes en el extranjero,
- Las candidaturas independientes,
- La propaganda electoral,
- La fiscalización de recursos,
- El régimen sancionador electoral y disciplinario interno respectivamente.
2. Ley General de Partidos Políticos.
Abroga el libro segundo del COFIPE. Se estructura a partir de diez títulos en los que se integran los siguientes rubros:
- La regulación aplicable a los partidos políticos nacionales y locales de conformidad a las disposiciones constitucionales;
- La distribución de competencias,
- Los derechos y obligaciones de los militantes,
- Los lineamientos para la integración de los órganos directivos,
- La postulación de candidatos,
- Transparencia y fiscalización en el uso de recursos,
- El régimen jurídico aplicable a las agrupaciones políticas nacionales,
- Los derechos político-electorales de los ciudadanos respecto a los partidos políticos.
3. Ley General en Materia de Delitos Electorales.
Se compone de tres títulos en los que se integran las disposiciones relativas los siguientes rubros:
- Se establecen las disposiciones básicas que se aplican a las leyes generales, tales como: Objeto y definiciones generales,
- Formas de coordinación entre los tres niveles de gobierno para la investigación, persecución y sanción de los delitos electorales,
- Los tipos penales en materia electoral, así como reglas comunes para su aplicación,
- Las competencias, facultades y los mecanismos de coordinación entre la federación y las entidades federativas.
Adicionalmente le ofrecemos la prosibilidad de descargar el:
- Artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [descargar archivo]