Centro de Ayuda Sistemas de Apoyo Institucional, INE

Preguntas frecuentes

Generales

O
P
C

1) Mi póliza registrada tiene un error, ¿cómo la corrijo?

Las pólizas registradas no se pueden eliminar ni editar, por lo que tendrás que generar un nuevo registro contable, atendiendo el error que hayas detectado.

Ten en cuenta que el Sistema contempla registros contables con signo negativo para los casos en los que se requiera realizar disminuciones de saldos o reclasificaciones.

2) ¿Qué tipo de evidencia debo adjuntar al crear una póliza que sustituye a una errónea?

La evidencia que debe cargarse en el SIF dentro de la clasificación “Otras Evidencias”, debe ser el escaneó de la póliza que se está cancelando mediante el nuevo registro contable. Adicionalmente, el concepto del nuevo registro contable deberá hacer referencia a la póliza que se está cancelando.

3) ¿Mi cuenta del SIF versión 1.0 continuará vigente?

Las cuentas del SIF versión 1.0 únicamente podrán utilizarse para realizar consultas de las contabilidades y registros de esa versión del Sistema.

Para la versión 2.0 se tendrán nuevas cuentas asignadas por el INE a los Responsables de Finanzas de los sujetos obligados.

Consulta más información en el Manual de Usuarios del SIF versión 2.0 y las guías que se encuentran en el Centro de Ayuda.

4) ¿Quién es el encargado de firmar el informe financiero de los Institutos Políticos Estatales?

Será la persona responsable de la administración del patrimonio y recursos financieros del sujeto, independientemente de los cargos que pudieran existir dentro de su propia estructura.

5) ¿Es obligatoria al menos una de las firmas de los tres sujetos obligados en los informes?

Sí. Para el SIF V2.0, se contempla la firma opcional con FIEL de los informes de precampaña y de campaña, por parte del precandidato, aspirante, candidato o candidato independiente; sin embargo, la firma y presentación de los mismos será obligatoria para el Responsable de la Rendición de Cuentas del Sujeto Obligado.

6) ¿El SIF puede generar automáticamente el cálculo de prorrateo y visualizarlo?

Es correcto, el SIF versión 2.0 considera el módulo de prorrateo, mediante el cual se hace el llenado de las cédulas de prorrateo, las cuales podrán visualizarse durante y después de la captura.

7) ¿Qué requisitos son necesarios para registrar una póliza de apertura?

Es necesario contar con información capturada en los catálogos auxiliares correspondientes a las cuentas de activo y pasivo, así como contar con los saldos finales del ejercicio de 2015 y en su caso, la evidencia que podrá ser incorporada en la póliza de apertura.

8) ¿La captura del periodo Ordinario Precampaña y Campaña es en tiempo real o tiene algún otro plazo?

Para el proceso Ordinario, el registro de operaciones es en tiempo real; se habilitará la temporalidad de 24 horas al día para el registro y carga de documentación, así como para los tres días posteriores a la conclusión, lo anterior con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de Fiscalización.

Ordinario

O

1) ¿Existe prórroga para capturar las operaciones del ejercicio 2016?

No hay prórroga; sin embargo, el SIF se encontrará habilitado para el registro de operaciones contables durante todo el ejercicio, considerando como fecha de cierre de temporalidad el día de liberación del sistema por cada Entidad Federativa.

2) ¿En el informe anual se reflejan los saldos finales de campaña?

Sí, en el informe anual se reflejan los ingresos y gastos de campaña dictaminados, conforme a lo establecido en el Artículo 256, numeral 4, del Reglamento de Fiscalización.

3) Para el proceso ordinario, ¿Cómo se realizará el registro de los saldos iniciales en el Sistema Integral de Fiscalización?

Para efectos del proceso ordinario se debe registrar la póliza de apertura, en el módulo de “Operaciones”, opción de “Registro Contable”; para lo cual se seleccionará el tipo de póliza “Normal”, subtipo “Apertura”. El periodo de la operación y la fecha de operación serán asignadas por el sistema con los datos de “Enero” y “01/01/2016” respectivamente.

En la “Descripción de la póliza” deberá hacer referencia que la póliza es de captura de saldos iniciales de 2016.

4) ¿Cómo se reflejarán los saldos iniciales en la contabilidad?

Los saldos iniciales tendrán impacto en los reportes de mayor y balanza de comprobación, ya que la información capturada bajo el subtipo de póliza de apertura será incorporada como saldos iniciales al 1 de enero de 2016.

5) ¿Cómo registro los saldos iniciales para activos fijos respecto a los bienes totalmente depreciados?

Los saldos iniciales en el proceso ordinario deberán capturarse mediante las pólizas de apertura para efectos de los activos fijos ya depreciados, por lo que se deberán registrar los importes dictaminados correspondientes al activo fijo; así como su respectiva depreciación acumulada, dentro del rubro que corresponda.

6) ¿Cuál es la fecha límite para realizar el registro de saldos iniciales?

Las pólizas de apertura podrán presentarse más de una vez durante el ejercicio y hasta tener los saldos dictaminados, es importante comentar que las pólizas de apertura son acumulativas y no sustitutivas, por lo que el sistema acumulará los importes registrados en este tipo de pólizas.