Las reglas sobre encuestas y sondeos de opinión también fueron motivo de modificaciones en la reforma político-electoral de 2014. El cambio central de la nueva normatividad en materia de regulación de encuestas electorales establece que los Organismos Públicos Locales (OPL) ejercerán funciones en materia de regulación de encuestas, con base en los lineamientos y criterios generales de carácter científico que emita el Instituto Nacional Electoral (INE). Es decir, con la reforma, la regulación en materia de encuestas electorales y sondeos de opinión adquirió un alcance nacional.
El 22 de octubre de 2014 el Consejo General del Instituto aprobó el Acuerdo INE/CG220/2014, mediante el cual emitió los Lineamientos y criterios generales de carácter científico que norman tanto las funciones del INE, como las que los OPLE deben desarrollar para la regulación encuestas y sondeos de opinión que tengan como objeto dar a conocer preferencias electorales.
La regulación en materia de encuestas electorales en México inició en 1993, cuando se incluyó en el viejo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) la obligación de entregar al entonces Instituto Federal Electoral (IFE) el estudio que respaldara los resultados de encuestas sobre preferencias electorales que hubiesen sido publicados. Más tarde, en 1996, se incluyó en el COFIPE la disposición para que toda persona física o moral que pretendiera llevar a cabo y publicar encuestas por muestreo sobre preferencias electorales adoptara criterios de carácter científico para su realización, los cuales serían aprobados por el Consejo General. Con la reforma de 2008, se agregó la obligación de consultar al gremio de la demoscopia –es decir, a los especialistas en la materia- sobre la definición de los criterios científicos, que debía y a la fecha debe aprobar el máximo órgano de dirección de la autoridad electoral.
Durante dos décadas el IFE reguló las encuestas y sondeos con base en la normatividad establecida en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), en sus diferentes versiones, normando sus atribuciones de manera más específica y rigurosa mediante 11 instrumentos: emitió 7 Acuerdos para encuestas preelectorales y 4 para encuestas de salida.
Desde sus inicios, el principio central de la regulación de encuestas electorales ha sido la transparencia y la máxima publicidad. Dado que no existen mecanismos de coerción o sancionatorios para quienes lleven a cabo encuestas que no se apeguen a los lineamientos y criterios científicos que aprueba la autoridad, el principal medio de exigencia para el cumplimiento de las obligaciones en materia de encuestas electorales es la exhibición. Es decir, la autoridad electoral, al hacer pública la información sobre el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones en la materia, ofrece a la sociedad los insumos necesarios para que se pueda valorar la calidad de las encuestas, y en consecuencia, contribuir la construcción del voto razonado y de una opinión pública mejor informada.
Es así que la principal obligación legal de quienes publican encuestas sobre preferencias electorales es entregar el estudio completo que respalda los resultados dados a conocer al Secretario Ejecutivo del INE, cuando se trata de encuestas sobre elecciones federales, o a su homólogo de los OPLE, en caso de encuestas sobre preferencias de elecciones locales.
El objetivo de la regulación mexicana en materia de encuestas es que quienes ordenen o publiquen encuestas y sondeos de opinión detallen su metodología sobre aspectos tales como tamaño de muestra, nivel de confianza, margen de error y tratamiento de no-respuestas, además de las fechas de levantamiento, el fraseo de las preguntas cuyos resultados se publiquen, y a partir de 2012, la entrega de la base de datos con las variables publicadas.
Esta vitrina metodológica, que es parte de los estándares y códigos de ética y conducta de diversas organizaciones, de las nacionales como la AMAI (Asociación Mexicana de Agencias de Investigación de Mercado y Opinión Pública) e internacionales como WAPOR (Asociación Mundial de Investigadores de Opinión Pública), ESOMAR (Sociedad Europea de Opinión e Investigación de Mercados) y AAPOR (Asociación Norteamericana de Investigación de Opinión Pública), también forma parte de las regulaciones emitidas por las autoridades electorales.
En este sitio el INE publica toda la información relacionada con la regulación de encuestas: desde la normatividad vigente, los Informes mensuales que presenta la Secretaría Ejecutiva al Consejo General, los estudios que entregan quienes publican encuestas y que respaldan sus resultados; hasta una memoria histórica que compara los resultados oficiales de las elecciones de 2006, 2009, 2012, 2015 y 2016 con los arrojados por las encuestas publicadas; la información que reportan los OPLE a la autoridad nacional; e incluso todo lo relacionado con eventos (foros, seminarios, debates, etc.) que aborden el tema de las encuestas electorales.