Documentación:
  Encuestas de Salida y Conteos Rápidos: 2 de julio
  Encuestas entregadas a la Secretaria Ejecutiva del IFE
Informes
Resultados de las Encuestas entregadas a la Secretaria Ejecutiva del IFE
  Acuerdo del Consejo General
  Criterios definidos por el Consejo General
  Informe sobre los lineamientos y criterios para Encuestas y Conteos Rápidos
www.opinamexico.org
www.cidac.org

 

:: Encuestas de Salida y Conteos Rápidos entregados a la Secretaría Ejecutiva del IFE ::
En cumplimiento al artículo 84, párrafo 1, inciso c) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Secretario del Consejo General del Instituto Federal Electoral debe "informar sobre el cumplimiento de los Acuerdos del Consejo". Mensualmente se presentan ante el Consejo General informes sobre el cumplimiento del Acuerdo del Consejo General CG282/2005, en el que se establece que todas aquellas personas físicas y morales que pretendan llevar a cabo encuestas por muestreo, adopten criterios estadísticos de carácter científico para su realización.
Esta página incluye los informes que se presentan al Consejo General y las encuestas que fueron entregadas a la Secretaría Ejecutiva y el nivel de cumplimiento de criterios por cada una.

En ningún caso, el Instituto Federal Electoral avala la calidad de las encuestas presentados en esta página o la validez de los resultados o cualquier otra conclusión que se derive de dichos estudios

Encuestas entregadas a la Secretaría Ejecutiva del IFE del 09 de junio al 15 de julio de 2006
ENCUESTA Criterio 1 Criterio 2 Criterio 3 Criterio 4 Criterio 5 Criterio 6 Criterio 7
P R RP Pob. Met. R. Met. M. TM FP FNR NC EE Fecha Pronos.
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IPSOS-BIMSA
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Consultores y Marketing Político
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Parametría
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Editora Demar, Vespertino La Tarde de Reynosa x -
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En cumplimiento al artículo 84, párrafo 1, inciso c) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Secretario del Consejo General del Instituto Federal Electoral debe "informar sobre el cumplimiento de los Acuerdos del Consejo". Mensualmente se presentan ante el Consejo General informes sobre el cumplimiento del Acuerdo del Consejo General CG282/2005, en el que se establece que todas aquellas personas físicas y morales que pretendan llevar a cabo encuestas por muestreo, adopten criterios estadísticos de carácter científico para su realización.
La Coordinación de Comunicación Social y los Órganos Desconcentrados del Instituto Federal Electoral realizan un monitoreo de medios impresos nacionales y locales. El propósito es identificar las encuestas de preferencias electorales que se difundan.

El monitoreo contempla la identificación de los siguientes rubros:

  1. Encuestas realizadas por una agencia o departamento de investigación, publicadas de forma original por algún medio impreso. Son los estudios publicados que destacan de manera gráfica que se trata de una encuesta;
  2. Encuestas reproducidas en otro medio. Son los estudios que son republicados en un medio distinto al original.
  3. Notas periodísticas. Se incluyen artículos, notas, editoriales, columnas, etc. que hacen referencia a una o más encuestas ya publicadas.
  4. Inserciones. Son los espacios que son pagados por alguna persona física, moral o partido político en algún medio que hacen referencia a resultados o estimaciones de preferencias electorales.
  5. Otros. Son publicaciones que reportan algún tipo de tendencia electoral pero que carecen de rigor estadístico muestral. Se incluyen simulacros electorales, sondeos callejeros, urnas móviles, etc.