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ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, POR EL QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCION DICTADA POR EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, RESPECTO DEL JUICIO PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS POLITICOS ELECTORALES DEL CIUDADANO, EXPEDIENTE SUP-JDC-008/97 INTERPUESTO POR LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "CRUZADA DEMOCRATICA NACIONAL".

A N T E C E D E N T E S

1.- POR ACUERDO DE ESTE CONSEJO GENERAL, DE FECHA 22 DE NOVIEMBRE DE 1996, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 33 Y 35, DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, Y SEPTIMO TRANSITORIO DEL ARTICULO PRIMERO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE DICHO ORDENAMIENTO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 22 DE NOVIEMBRE DE 1996; Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN AL SEÑALADO ORGANO COLEGIADO LOS ARTICULOS 35, PARRAFO 2 Y 82, PARRAFO 1, INCISOS k) Y z), DEL CODIGO CITADO, SE PRECISARON LOS REQUISITOS QUE DEBERIAN CUMPLIR LAS ASOCIACIONES DE CIUDADANOS, A FIN DE QUE PUDIERAN OBTENER EL REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL. ESTE ACUERDO FUE PUBLICADO EL 29 DE NOVIEMBRE DE 1996, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, ASI COMO EN SEIS DIARIOS DE CIRCULACION NACIONAL, LOS DIAS 24, 25 Y 26 DEL SEÑALADO MES Y AÑO, ATENDIENDO A LO DISPUESTO EN EL PUNTO TERCERO DEL ACUERDO REFERIDO.

2.- ATENTO A LO ANTERIOR, EL CONSEJO GENERAL ACORDO EN SU SESION EXTRAORDINARIA DE FECHA 3 DE DICIEMBRE DE 1996, LA INTEGRACION DE LA COMISION ENCARGADA DEL ANALISIS DE LAS SOLICITUDES Y REVISION DE REQUISITOS DE PROCEDENCIA DE LAS ASOCIACIONES DE CIUDADANOS QUE SOLICITARON SU REGISTRO COMO AGRUPACIONES POLITICAS NACIONALES, LA QUE QUEDO INTEGRADA POR LOS CONSEJEROS ELECTORALES, DR. JOSE BARRAGAN BARRAGAN, LIC. JESUS CANTU ESCALANTE, DR. JAIME CARDENAS GRACIA, MTRO. ALONSO LUJAMBIO, MTRO. JUAN MOLINAR HORCASITAS Y PRESIDIDA POR LA DRA. JACQUELINE PESCHARD MARISCAL.

3.- EL 15 DE DICIEMBRE DE 1996, LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "CRUZADA DEMOCRATICA NACIONAL" A. C., EN ATENCION AL ACUERDO DE ESTE CONSEJO GENERAL Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 35 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, Y DEL SEPTIMO TRANSITORIO, DEL ARTICULO PRIMERO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CITADO ORDENAMIENTO, PRESENTO DENTRO DEL PLAZO OTORGADO, Y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, SU SOLICITUD DE REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, ACOMPAÑANDOLA DE LA DOCUMENTACION CON LA QUE PRETENDE ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS QUE EL PROPIO ACUERDO SEÑALA.

4.- LA DOCUMENTACION PRESENTADA SE INTEGRO CON: ESCRITURA PUBLICA No. 49,015, DEL NOTARIO PUBLICO No. 195 DEL DISTRITO FEDERAL; UN ESCRITO DE FECHA 15 DE DICIEMBRE, DIRIGIDO AL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL; LISTAS POR 7,182 ASOCIADOS EN EL PAIS, 7,350 CEDULAS U HOJAS FORMALES DE ASOCIACION EN VEINTIOCHO ENTIDADES; UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO; UNA SOLICITUD DE INSCRIPCION ANTE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO; TRECE CERTIFICACIONES DE DOMICILIO Y DE CONSTITUCION ANTE NOTARIO PUBLICO EN DIFERENTES ENTIDADES; DECLARACION DE PRINCIPIOS; PROGRAMA DE ACCION Y ESTATUTOS.

5.- EN SESION EXTRAORDINARIA DE FECHA 15 DE ENERO DE 1997, SE PRESENTO A CONSIDERACION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, EL DICTAMEN Y PROYECTO DE RESOLUCION SUSCRITO POR LOS SEIS CONSEJEROS QUE INTEGRARON LA COMISION DICTAMINADORA DE SOLICITUDES DE REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, MEDIANTE EL CUAL SE NEGABA DICHO REGISTRO A LA ASOCIACION "CRUZADA DEMOCRATICA NACIONAL" A. C. DE ACUERDO A LA SIGUIENTE:

"RESOLUCION

PRIMERO.- NO PROCEDE EL OTORGAMIENTO DEL REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, A LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA 'CRUZADA DEMOCRATICA NACIONAL' A. C., EN LOS TERMINOS DE LOS CONSIDERANDOS DE ESTA RESOLUCION, TODA VEZ QUE NO CUMPLE CON LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 35, PARRAFOS 1 Y 2 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, Y POR NO SATISFACER LOS REQUISITOS PRECISADOS EN EL ACUERDO RESPECTIVO, QUE FUE EXPEDIDO AL EFECTO POR ESTE CONSEJO GENERAL.

SEGUNDO.- NOTIFIQUESE EN SUS TERMINOS LA PRESENTE RESOLUCION, A LA ASOCIACION CIVIL 'CRUZADA DEMOCRATICA NACIONAL' A. C.

TERCERO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION."

6.- LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "CRUZADA DEMOCRATICA NACIONAL" A. C., PRESENTO ANTE EL CONSEJO GENERAL JUICIO PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS POLITICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO, MEDIO DE IMPUGNACION QUE, PREVIOS LOS TRAMITES LEGALES, FUE TURNADO AL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, QUEDANDO RADICADO BAJO EL NUMERO DE EXPEDIENTE SUP-JDC-008/97

7.- CON FECHA 14 DE FEBRERO DE 1997, LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, EMITIO RESOLUCION EN LOS SIGUIENTES TERMINOS:

"RESUELVE

PRIMERO.- SE DECLARA FUNDADA LA DEMANDA RELATIVA AL JUICIO PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS POLITICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO, PROMOVIDO POR LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA CRUZADA DEMOCRATICA NACIONAL, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL JAIME MIGUEL MORENO GARAVILLA.

SEGUNDO.- SE REVOCA LA RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, DE FECHA QUINCE DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE, QUE DETERMINO QUE NO PROCEDIA EL OTORGAMIENTO DEL REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, SOLICITADO POR CRUZADA DEMOCRATICA NACIONAL, ASOCIACION CIVIL, POR LAS RAZONES PRECISADAS EN LOS CONSIDERANDOS SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO DE ESTA RESOLUCION.

TERCERO.- SE ORDENA EL REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL A CRUZADA DEMOCRATICA NACIONAL, A. C., Y POR LO TANTO, EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTOR (SIC), DEBERA EXPEDIR EL CERTIFICADO CORRESPONDIENTE, A EFECTO DE QUE SE LE RECONOZCA TAL CALIDAD Y SE LE OTORGUEN LAS PRERROGATIVAS INHERENTES A LAS DE SU CLASE; LO CUAL DEBERA CUMPLIR EN EL IMPRORROGABLE PLAZO DE CINCO DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE LA NOTIFICACION DE LA PRESENTE SENTENCIA, DEBIENDO COMUNICAR INDUBITADAMENTE A ESTE ORGANO JURISDICCIONAL DICHO CUMPLIMIENTO, EN EL PLAZO DE LOS CINCO DIAS SIGUIENTES, CONTADOS A PARTIR DE AQUEL EN QUE HUBIERE EXPEDIDO EL CERTIFICADO RESPECTIVO.

CUARTO.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE AL ACTOR Y POR OFICIO A LA AUTORIDAD RESPONSABLE, ACOMPAÑANDOLES COPIA DE LA PRESENTE SENTENCIA. CONSECUENTEMENTE ARCHIVESE EL PRESENTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTAL Y DEFINITIVAMENTE CONCLUIDO.

ASI POR UNANIMIDAD DE VOTOS, LO RESOLVIERON Y FIRMAN, LOS CC. MAGISTRADOS ELECTORALES JOSE LUIS DE LA PEZA MUÑOZ CANO, LEONEL CASTILLO GONZALEZ, ELOY FUENTES CERDA, ALFONSINA BERTHA NAVARRO HIDALGO, MAURO MIGUEL REYES ZAPATA, JOSE DE JESUS OROZCO HERIQUEZ, JOSE FERNANDO OJESTO MARTINEZ PORCAYO, EL PRIMERO EN SU CALIDAD DE PRESIDENTE Y ESTE ULTIMO COMO PONENTE EN EL PRESENTE ASUNTO, MISMOS QUE INTEGRAN LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION ANTE EL SECRETARIO GENERAL QUE AUTORIZA Y DA FE. RUBRICAS."

8.- CON FECHA 17 DE FEBRERO DE 1997, ESTE INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL RECIBIO LA RESPECTIVA NOTIFICACION, Y COPIA CERTIFICADA DE LA SENTENCIA REFERIDA.

9.- EN TAL VIRTUD, Y EN ESTRICTO ACATAMIENTO DE LA RESOLUCION EMITIDA POR EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, SE SOMETE A LA CONSIDERACION DEL CONSEJO GENERAL ESTE PROYECTO DE ACUERDO

C O N S I D E R A N D O:

1.- EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCION EMITIDA POR EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION EN EL JUICIO PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS POLITICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO, NUMERO SUP-JDC-008/97 PROMOVIDO POR LA ASOCIACION "CRUZADA DEMOCRATICA NACIONAL" A. C., SE PROPONE AL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 35, PARRAFO 4 Y 80 DEL CODIGO EN LA MATERIA, EN RELACION CON EL SEPTIMO TRANSITORIO DEL ARTICULO PRIMERO, DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES; EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 82, PARRAFO 1, INCISOS k) Y z) DEL MISMO ORDENAMIENTO, DICTE EL SIGUIENTE:

 

ACUERDO

PRIMERO.- PROCEDE EL OTORGAMIENTO DEL REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, A LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "CRUZADA DEMOCRATICA NACIONAL" A. C., EN LOS TERMINOS DE LOS CONSIDERANDOS DE ESTA RESOLUCION, TODA VEZ QUE ASI LO HA ORDENADO EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION EN EL PUNTO TERCERO DE SU RESOLUCION, QUE HA QUEDADO DESCRITA EN EL NUMERAL 5 DE ANTECEDENTES DE ESTE INSTRUMENTO.

SEGUNDO.- NOTIFIQUESE EN SUS TERMINOS EL PRESENTE ACUERDO, A LA ASOCIACION CIVIL "CRUZADA DEMOCRATICA NACIONAL" A. C., ASI COMO TAMBIEN AL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.

TERCERO.- PUBLIQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.