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DICTAMEN Y RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, SOBRE LA SOLICITUD DE REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL DE LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "FRENTE LIBERAL MEXICANO SIGLO XXI" A. C.

A N T E C E D E N T E S

1.- POR ACUERDO DE ESTE CONSEJO GENERAL, DE FECHA 22 DE NOVIEMBRE DE 1996, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 33 Y 35, DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, Y SEPTIMO TRANSITORIO DEL ARTICULO PRIMERO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE DICHO ORDENAMIENTO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 22 DE NOVIEMBRE DE 1996; Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN AL SEÑALADO ORGANO COLEGIADO LOS ARTICULOS 35, PARRAFO 2 Y 82, PARRAFO 1, INCISOS k) Y z), DEL CODIGO CITADO, SE PRECISARON LOS REQUISITOS QUE DEBERIAN CUMPLIR LAS ASOCIACIONES DE CIUDADANOS, A FIN DE QUE PUDIERAN OBTENER EL REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL. ESTE ACUERDO FUE PUBLICADO EL 29 DE NOVIEMBRE DE 1996, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, ASI COMO EN SEIS DIARIOS DE CIRCULACION NACIONAL, LOS DIAS 24, 25 Y 26 DEL SEÑALADO MES Y AÑO, ATENDIENDO A LO DISPUESTO EN EL PUNTO TERCERO DEL ACUERDO REFERIDO.

2.- ATENTO A LO ANTERIOR, EL CONSEJO GENERAL ACORDO EN SU SESION EXTRAORDINARIA DE FECHA 3 DE DICIEMBRE DE 1996, LA INTEGRACION DE LA COMISION QUE SUSCRIBE, ENCARGADA DEL ANALISIS DE LAS SOLICITUDES Y REVISION DE REQUISITOS DE PROCEDENCIA DE LAS ASOCIACIONES DE CIUDADANOS QUE SOLICITARON SU REGISTRO COMO AGRUPACIONES POLITICAS NACIONALES, LA QUE QUEDO INTEGRADA POR LOS CONSEJEROS ELECTORALES, DR. JOSE BARRAGAN BARRAGAN, LIC. JESUS CANTU ESCALANTE, DR. JAIME CARDENAS GRACIA, MTRO. ALONSO LUJAMBIO, MTRO. JUAN MOLINAR HORCASITAS Y PRESIDIDA POR LA DRA. JACQUELINE PESCHARD MARISCAL.

3.- EL 15 DE DICIEMBRE DE 1996, LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "FRENTE LIBERAL MEXICANO SIGLO XXI" A. C., EN ATENCION AL ACUERDO DE ESTE CONSEJO GENERAL Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 35 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, Y DEL SEPTIMO TRANSITORIO, DEL ARTICULO PRIMERO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CITADO ORDENAMIENTO, PRESENTO DENTRO DEL PLAZO OTORGADO, Y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, SU SOLICITUD DE REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, ACOMPAÑANDOLA DE LA DOCUMENTACION CON LA QUE PRETENDE ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS QUE EL PROPIO ACUERDO SEÑALA.

4.- LA DOCUMENTACION PRESENTADA SE COMPONE DE: COPIA CERTIFICADA DE LA ESCRITURA PUBLICA No. 20,966 DEL NOTARIO PUBLICO No. 17 DE CELAYA, GUANAJUATO; ESCRITO QUE CONTIENE LA RELACION DE DOCUMENTOS PRESENTADOS JUNTO CON LA SOLICITUD DE REGISTRO; LISTAS POR 10,955 ASOCIADOS EN EL PAIS, 10,959 CEDULAS U HOJAS FORMALES DE ASOCIACION EN DIECISIETE ENTIDADES; CUATRO ESCRITURAS QUE AMPARAN LA PROPIEDAD DE BIENES COMODATADOS A LA ASOCIACION, UNO DE ELLOS ES DONACION; TRES CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO; TRECE ALTAS EN LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO; UN RECIBO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL; DOCE RECIBOS DE PAGO DE SERVICIO TELEFONICO; TRES RECIBOS DE PAGO DE LINEAS TELEFONICAS; CUATRO ESCRITOS EN LOS QUE SE LE CEDE A LA ASOCIACION EL USO DE LA LINEA TELEFONICA; UN RECIBO DE INSTALACION DE LINEA TELEFONICA; UNA ORDEN DE INSTALACION Y COMPROBANTE DE PAGO DE INSTALACION DE LINEA TELEFONICA; TRES RECIBOS DE PAGO DE SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA; DOS SOLICITUDES DE INSTALACION DE ENERGIA ELECTRICA; VEINTIOCHO NOMBRAMIENTOS INTERNOS DE DISTINTOS CARGOS; DIEZ ESCRITOS EN LOS QUE SE SOLICITA SE DE FE DE SUS DOMICILIOS SOCIALES; CATORCE ACTAS CIRCUNSTANCIADAS DE FUNCIONARIOS DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, EN LAS QUE SE DA FE DE DELEGACIONES ESTATALES; DIEZ CONTRATOS DE COMODATO EN DISTINTAS ENTIDADES; UNA CONSTANCIA DE DOMICILIO HECHA POR NOTARIO PUBLICO; UNA CONSTANCIA DE DOMICILIO ELABORADA POR UN JUEZ; TRES CONSTANCIAS DE DOMICILIO REALIZADAS POR AYUNTAMIENTOS; DECLARACION DE PRINCIPIOS, PROGRAMA DE ACCION Y ESTATUTOS.

LA COMISION, EN RAZON DE LOS ANTECEDENTES CITADOS, SOMETE A CONSIDERACION DEL CONSEJO GENERAL ESTE DICTAMEN Y PROYECTO DE RESOLUCION,

C O N S I D E R A N D O

1.- QUE EN CUMPLIMIENTO CON LO ENCOMENDADO POR EL CONSEJO GENERAL Y EN ATENCION A LOS ARTICULOS 33 Y 35 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, Y SEPTIMO TRANSITORIO DEL ARTICULO PRIMERO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CITADO ORDENAMIENTO, LA COMISION ENCARGADA DE REVISAR Y DICTAMINAR SOBRE LAS SOLICITUDES DE REGISTRO COMO AGRUPACIONES POLITICAS NACIONALES, EFECTUO REUNIONES DE TRABAJO LOS DIAS 10 Y 16 DE DICIEMBRE DE 1996 Y 3, 8, 9, 13 DE ENERO DE 1997; Y QUE EN DICHAS REUNIONES SE ACORDARON LOS CRITERIOS GENERALES QUE ORIENTARON LOS TRABAJOS DE LA COMISION, CONSISTENTES EN CONSIDERAR INDISPENSABLE LA VERIFICACION DE LOS DATOS CONTENIDOS EN LOS ANEXOS QUE FORMAN PARTE DE LA SOLICITUD DE REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, Y NO SOLO LA REVISION DE SUS CONTENIDOS; Y QUE SE ACORDO IGUALMENTE, LA METODOLOGIA APLICABLE PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE EL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL PARA EL REGISTRO DE AGRUPACIONES POLITICAS NACIONALES.

2. QUE PARA REALIZAR EL ESTUDIO CORRESPONDIENTE, LA COMISION DETERMINO Y EMPRENDIO LAS SIGUIENTES ACCIONES:

A) ANALIZO LA DOCUMENTACION CON LA QUE PRETENDE ACREDITAR SU CONSTITUCION COMO ASOCIACION DE CIUDADANOS, EN LOS TERMINOS SOLICITADOS POR EL INCISO A) DEL PARRAFO 3 DEL PUNTO PRIMERO DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL CORRESPONDIENTE.

B) REVISO LA DOCUMENTACION CON QUE SE PRETENDE ACREDITAR LA PERSONALIDAD DE QUIEN SUSCRIBE LA SOLICITUD POR LA ORGANIZACION POLITICA, EN LOS TERMINOS SOLICITADOS POR EL INCISO B) DEL PARRAFO 3 DEL PUNTO PRIMERO DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL CORRESPONDIENTE.

C) ANALIZO LA DOCUMENTACION CON LA QUE PRETENDE DEMOSTRAR QUE CUENTA CON UN MINIMO DE 7,000 ASOCIADOS EN EL PAIS, ES DECIR, SI PRESENTARON LISTAS DE ASOCIADOS Y LAS CEDULAS U HOJAS FORMALES DE ASOCIACION QUE LAS SUSTENTAN, EN LOS TERMINOS SOLICITADOS POR EL INCISO C) DEL PARRAFO 3 DEL PUNTO PRIMERO DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL CORRESPONDIENTE, REVISANDO SI ESTA DOCUMENTACION CONTABA CON LA FIRMA O LA HUELLA DIGITAL, Y QUE CONSIGNARAN LA CLAVE DE ELECTOR DEL ASOCIADO.

D) SELECCIONO UNA MUESTRA DEL 14.7% DE LAS CEDULAS U HOJAS FORMALES DE ASOCIACION, CON EL FIN DE QUE LA DIRECCION EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES, DE ESTE INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, VERIFICARA LAS CLAVES DE ELECTOR DE LOS ASOCIADOS, ASI COMO PARA OBTENER LA DOCUMENTACION QUE PERMITIO COMPULSAR LAS FIRMAS DE ESOS ASOCIADOS.

E) VERIFICO LA DOCUMENTACION CON LA QUE PRETENDE DEMOSTRAR QUE CUENTA CON UN ORGANO DE DIRECCION A NIVEL NACIONAL Y CON DELEGACIONES EN CUANDO MENOS DIEZ ENTIDADES FEDERATIVAS, EN LOS TERMINOS SOLICITADOS POR EL INCISO D) DEL PARRAFO 3 DEL PUNTO PRIMERO DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL CORRESPONDIENTE.

F) ANALIZO LA DECLARACION DE PRINCIPIOS, EL PROGRAMA DE ACCION Y LOS ESTATUTOS PRESENTADOS POR LA ASOCIACION CIUDADANA SOLICITANTE, CON EL PROPOSITO DE DETERMINAR SI ESTOS CUMPLEN EN LO CONDUCENTE CON LO QUE AL EFECTO SEÑALAN LOS ARTICULOS 25, 26 Y 27 DEL CODIGO DE LA MATERIA, EN LOS TERMINOS SOLICITADOS POR EL INCISO E) DEL PARRAFO 3 DEL PUNTO PRIMERO DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL CORRESPONDIENTE.

G) VERIFICO EL CONJUNTO DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA, PARA CONSTATAR QUE LA ASOCIACION SE OSTENTA CON UNA DENOMINACION DISTINTA A CUALQUIER OTRA ORGANIZACION O PARTIDO POLITICO, EN LOS TERMINOS SOLICITADOS POR EL INCISO F) DEL PARRAFO 3 DEL PUNTO PRIMERO DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL CORRESPONDIENTE.

3.- QUE LA COMISION QUE SUSCRIBE EL PRESENTE DICTAMEN Y PROYECTO DE RESOLUCION, TAL COMO SE DESCRIBE EN EL INCISO A) DEL CONSIDERANDO UNO ANTERIOR, ANALIZO LA COPIA CERTIFICADA DE LA ESCRITURA PUBLICA No. 20,966 DE FECHA 15 DE NOVIEMBRE DE 1995, PASADA ANTE LA FE DEL LIC. MARIANO GALLEGO MARQUEZ, NOTARIO PUBLICO No. 17 DE CELAYA, GUANAJUATO, QUE CONTIENE LA CONSTITUCION DE LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "FRENTE LIBERAL MEXICANO SIGLO XXI" A. C.; DOCUMENTO CON EL QUE LA SOLICITANTE, PRETENDE ACREDITAR ESTE REQUISITO.

QUE DEL ANALISIS DESCRITO, SE DESPRENDE LA CONSTITUCION DE LA SOLICITANTE, Y EL OBJETO SOCIAL DE LA MISMA, SE IDENTIFICA CON EL PROPOSITO DE OBTENER EL REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL; Y QUE POR ESTA RAZON, SE CONSIDERA ACREDITADO EL CUMPLIMIENTO DEL REQUISITO CORRESPONDIENTE A LA CONSTITUCION DE LA ASOCIACION DE CIUDADANOS.

EL RESULTADO DE ESTE ANALISIS SE RELACIONA COMO ANEXO NUMERO UNO, QUE EN UNA FOJA UTIL, FORMA PARTE DEL PRESENTE DICTAMEN Y PROYECTO DE RESOLUCION.

4.- QUE LA COMISION CONSIDERA QUE LA SOLICITANTE CUMPLIO EN LOS TERMINOS SEÑALADOS POR EL INCISO B), DEL PRIMER CONSIDERANDO DE ESTE INSTRUMENTO; EN RAZON QUE PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD DE QUIEN SUSCRIBIO LA SOLICITUD DE REGISTRO, PRESENTARON COPIA CERTIFICADA DE LA ESCRITURA PUBLICA No. 20,966 DE FECHA 15 DE NOVIEMBRE DE 1995, PASADA ANTE LA FE DEL LIC. MARIANO GALLEGO MARQUEZ, NOTARIO PUBLICO No. 17 DE CELAYA, GUANAJUATO, QUE CONTIENE LA CONSTITUCION DE LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "FRENTE LIBERAL MEXICANO SIGLO XXI" A. C.; EN DICHA ESCRITURA QUEDA CONSTANCIA DEL NOMBRAMIENTO DEL C. SALVADOR ORDAZ MONTES DE OCA, COMO PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOLICITANTE, SIENDO ESTE CIUDADANO, QUIEN SUSCRIBIO LA SOLICITUD DE REGISTRO.

EL RESULTADO DE ESTE EXAMEN SE RELACIONA COMO ANEXO NUMERO DOS, QUE EN UNA FOJA UTIL, FORMA PARTE DEL PRESENTE DICTAMEN Y PROYECTO DE RESOLUCION.

5.- QUE LA ASOCIACION SOLICITANTE, PRESENTO LISTAS DE ASOCIADOS POR LAS SIGUIENTES DIECISIETE ENTIDADES: AGUASCALIENTES (112 ASOCIADOS), CHIAPAS (1,023 ASOCIADOS), CHIHUAHUA (107 ASOCIADOS), GUANAJUATO (864 ASOCIADOS), GUERRERO (867 ASOCIADOS), HIDALGO (944 ASOCIADOS), MEXICO (1,376 ASOCIADOS), MORELOS (804 ASOCIADOS), NAYARIT (263 ASOCIADOS), NUEVO LEON (1,051 ASOCIADOS), PUEBLA (1,077 ASOCIADOS), QUERETARO (162 ASOCIADOS), QUINTANA ROO (9 ASOCIADOS), SAN LUIS POTOSI (30 ASOCIADOS), VERACRUZ (1,094 ASOCIADOS), YUCATAN (2 ASOCIADOS) Y DISTRITO FEDERAL (1,170 ASOCIADOS) QUE EN TOTAL SUMAN DIEZ MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ASOCIADOS; Y CEDULAS U HOJAS FORMALES DE ASOCIACION POR LAS MISMAS DIECISIETE ENTIDADES: AGUASCALIENTES (112 CEDULAS), CHIAPAS (1,023 CEDULAS), CHIHUAHUA (107 CEDULAS), GUANAJUATO (864 CEDULAS), GUERRERO (870 CEDULAS), HIDALGO (944 CEDULAS), MEXICO (1,377 CEDULAS), MORELOS (804 CEDULAS), NAYARIT (263 CEDULAS), NUEVO LEON (1,051 CEDULAS), PUEBLA (1,077 CEDULAS), QUERETARO (162 CEDULAS), QUINTANA ROO (9 CEDULAS), SAN LUIS POTOSI (30 CEDULAS), VERACRUZ (1,094 CEDULAS), YUCATAN (2 CEDULAS) Y DISTRITO FEDERAL (1,170 CEDULAS), QUE EN TOTAL SUMAN DIEZ MIL NOVECIENTAS CINCUENTA Y NUEVE HOJAS FORMALES DE ASOCIACION. QUE SE PROCEDIO A VERIFICAR EN SU TOTALIDAD LAS LISTAS DE ASOCIADOS PRESENTADAS A EFECTO DE COMPROBAR SI EN LAS MISMAS SE INTEGRARON EL NOMBRE Y APELLIDOS PATERNO Y MATERNO, EN ORDEN ALFABETICO; LA CLAVE DE LA CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFIA; Y EL DOMICILIO PARTICULAR DE LAS PERSONAS EN ELLAS RELACIONADAS; QUE ESTE ANALISIS DIO COMO RESULTADO QUE EN LAS LISTAS DE ASOCIADOS DE PUEBLA, 2 ASOCIADOS NO CONTABAN CON CLAVE DE ELECTOR; ESTE ANALISIS IMPLICA QUE EN LAS MULTICITADAS LISTAS DE ASOCIADOS 10,953 PERSONAS SE ENCUENTRAN RELACIONADAS EN LOS TERMINOS DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL RESPECTIVO.

QUE EL ANALISIS DE LAS CEDULAS FORMALES DE ASOCIACION DIO COMO RESULTADO, QUE DE LAS CEDULAS CORRESPONDIENTES A CHIAPAS, 4 SE ENCONTRABAN FIRMADAS CON "X", SIN CONTAR CON LA HUELLA DIGITAL RESPECTIVA; DE LAS CEDULAS CORRESPONDIENTES A CHIHUAHUA, 1 SE ENCONTRABA FIRMADA CON "X", SIN CONTAR CON LA HUELLA DIGITAL RESPECTIVA; DE LAS CEDULAS CORRESPONDIENTES A GUANAJUATO, 1 NO CONTABA CON LA FIRMA DEL ASOCIADO Y 10 SE ENCONTRABAN FIRMADAS CON "X", SIN CONTAR CON LA HUELLA DIGITAL RESPECTIVA; DE LAS CEDULAS CORRESPONDIENTES A GUERRERO, 1 NO CONTABA CON LA FIRMA DEL ASOCIADO Y 1 SE ENCONTRABA FIRMADA CON "X", SIN CONTAR CON LA HUELLA DIGITAL RESPECTIVA; DE LAS CEDULAS CORRESPONDIENTES A MEXICO, 4 SE ENCONTRABAN FIRMADAS CON "X", SIN CONTAR CON LA HUELLA DIGITAL RESPECTIVA; DE LAS CEDULAS CORRESPONDIENTES A MORELOS, 3 SE ENCONTRABAN FIRMADAS CON "X", SIN CONTAR CON LA HUELLA DIGITAL RESPECTIVA; DE LAS CEDULAS CORRESPONDIENTES A NUEVO LEON, 1 SE ENCONTRABA DUPLICADA; DE LAS CEDULAS CORRESPONDIENTES A PUEBLA, 1 NO CONTABA CON LA FIRMA DEL ASOCIADO, 2 NO CONTABAN CON LA CLAVE DE ELECTOR, 10 FUERON FIRMADAS CON "X", SIN CONTAR CON LA HUELLA DIGITAL RESPECTIVA Y 5 SE ENCONTRABAN DUPLICADAS; DE LAS CEDULAS CORRESPONDIENTES A VERACRUZ, 1 FUE FIRMADA CON "X", SIN CONTAR CON LA HUELLA DIGITAL RESPECTIVA; Y POR ULTIMO, DE LAS CEDULAS CORRESPONDIENTES AL DISTRITO FEDERAL, 4 NO CONTABAN CON LA FIRMA DEL ASOCIADO Y 1 SE ENCONTRABA FIRMADA CON "X", SIN CONTAR CON LA HUELLA DIGITAL RESPECTIVA; POR LO QUE RESULTAN 10,909 CEDULAS FORMALES DE ASOCIACION VALIDABLES.

EL RESULTADO DE ESTE EXAMEN SE RELACIONA COMO ANEXO NUMERO TRES, EN DIECISIETE FOJAS UTILES, Y EN SU RESPECTIVA RELACION COMPLEMENTARIA EN TRES FOJAS UTILES, AMBOS FORMAN PARTE DEL PRESENTE DICTAMEN Y PROYECTO DE RESOLUCION.

6.- QUE SE EFECTUO EL EXAMEN DESCRITO EN EL CONSIDERANDO 1, INCISO D), ES DECIR, SE SELECCIONO UNA MUESTRA DEL 14.7% DE LAS CEDULAS U HOJAS FORMALES DE ASOCIACION, CON EL FIN DE QUE LA DIRECCION EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES, DE ESTE INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, VERIFICARA LAS CLAVES DE ELECTOR DE LOS ASOCIADOS, ASI COMO PARA OBTENER LA DOCUMENTACION QUE PERMITIO COMPULSAR LAS FIRMAS DE ESOS ASOCIADOS; QUE DEL ANALISIS DE LAS CLAVES DE ELECTOR SE OBTUVO COMO RESULTADO QUE DE LAS 1,617 CEDULAS FORMALES DE ASOCIACION ANALIZADAS, 123 CORRESPONDIAN A ASOCIADOS QUE NO APARECIAN EN EL PADRON ELECTORAL Y 1 SE ENCONTRABA DUPLICADA, QUE RESTADAS A LAS 10,909 HOJAS FORMALES DE ASOCIACION VALIDABLES, RESULTADO DEL ANALISIS DESCRITO EN EL CONSIDERANDO ANTERIOR, REDUCE A 10,785 EL NUMERO DE CEDULAS FORMALES DE ASOCIACION VALIDADAS, POR LO QUE SE CUMPLE CON EL MINIMO DE 7,000 ASOCIADOS EN EL PAIS EN LOS TERMINOS SOLICITADOS.

QUE LO ANTERIOR SIN MENOSCABO DEL ANALISIS OCULAR ENTRE LAS FIRMAS PLASMADAS EN LAS CEDULAS U HOJAS FORMALES DE ASOCIACION Y LAS CONSIGNADAS EN LAS COPIAS DE LOS RECIBOS DE LA CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFIA, Y DE UN SIMPLE COTEJO VISUAL, SE OBTUVO COMO RESULTADO QUE 241 DE ESTAS FIRMAS NO COINCIDIAN, POR RESULTAR EVIDENTEMENTE DESIGUALES.

EL RESULTADO DE ESTE EXAMEN SE RELACIONA COMO ANEXO NUMERO CUATRO, EN CINCO FOJAS UTILES, Y EN SU RESPECTIVA RELACION COMPLEMENTARIA EN NUEVE FOJAS UTILES, AMBOS FORMAN PARTE DEL PRESENTE DICTAMEN Y PROYECTO DE RESOLUCION.

7.- QUE LA COMISION ANALIZO LA DOCUMENTACION, CON LA QUE PRETENDEN ACREDITAR CONTAR CON UN ORGANO DE DIRECCION A NIVEL NACIONAL Y CON DELEGACIONES EN CUANDO MENOS DIEZ ENTIDADES, CONSISTENTE EN CUATRO ESCRITURAS QUE AMPARAN LA PROPIEDAD DE BIENES COMODATADOS A LA ASOCIACION, UNO DE ELLOS ES DONACION; TRES CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO; TRECE ALTAS EN LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO; UN RECIBO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL; DOCE RECIBOS DE PAGO DE SERVICIO TELEFONICO; TRES RECIBOS DE PAGO DE LINEAS TELEFONICAS; CUATRO ESCRITOS EN LOS QUE SE LE CEDE A LA ASOCIACION EL USO DE LA LINEA TELEFONICA; UN RECIBO DE INSTALACION DE LINEA TELEFONICA; UNA ORDEN DE INSTALACION Y COMPROBANTE DE PAGO DE INSTALACION DE LINEA TELEFONICA; TRES RECIBOS DE PAGO DE SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA; DOS SOLICITUDES DE INSTALACION DE ENERGIA ELECTRICA; VEINTIOCHO NOMBRAMIENTOS INTERNOS DE DISTINTOS CARGOS; DIEZ ESCRITOS EN LOS QUE SE SOLICITA SE DE FE DE SUS DOMICILIOS SOCIALES; CATORCE ACTAS CIRCUNSTANCIADAS DE FUNCIONARIOS DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, EN LAS QUE SE DA FE DE SUS DELEGACIONES ESTATALES; DIEZ CONTRATOS DE COMODATO EN DISTINTAS ENTIDADES; UNA CONSTANCIA DE DOMICILIO HECHA POR NOTARIO PUBLICO; UNA CONSTANCIA DE DOMICILIO ELABORADA POR UN JUEZ Y TRES CONSTANCIAS DE DOMICILIO REALIZADAS POR AYUNTAMIENTOS.

QUE DE LA DOCUMENTACION DESCRITA, SE DESPRENDE QUE LA SOLICITANTE CUENTA CON UN ORGANO DE DIRECCION A NIVEL NACIONAL, CUYO DOMICILIO SE ENCUENTRA UBICADO EN VILLALONGIN No. 76, COLONIA CUAUHTEMOC, C.P. 06500, MEXICO DISTRITO FEDERAL; Y DELEGACIONES EN LAS SIGUIENTES TRECE ENTIDADES FEDERATIVAS: CHIAPAS, CHIHUAHUA, GUANAJUATO, GUERRERO, HIDALGO, MEXICO, NAYARIT, NUEVO LEON, PUEBLA, QUINTANA ROO, SAN LUIS POTOSI, VERACRUZ Y YUCATAN.

EL RESULTADO DE ESTE EXAMEN SE RELACIONA COMO ANEXO NUMERO CINCO, QUE EN UNA FOJA UTIL, FORMA PARTE DEL PRESENTE DICTAMEN Y PROYECTO DE RESOLUCION.

8.- QUE LA COMISION QUE SUSCRIBE EL PRESENTE DICTAMEN Y PROYECTO DE RESOLUCION, TAL COMO LO ESTABLECE EL INCISO E) DEL CONSIDERANDO UNO DE ESTE INSTRUMENTO, ANALIZO LA DECLARACION DE PRINCIPIOS, EL PROGRAMA DE ACCION Y LOS ESTATUTOS QUE PRESENTO LA ASOCIACION DE CIUDADANOS SOLICITANTE, A EFECTO DE COMPROBAR SI LOS MISMOS CUMPLEN CON EN LO CONDUCENTE LOS EXTREMOS SEÑALADOS RESPECTIVAMENTE, POR LOS ARTICULOS 25, 26 Y 27 DEL CODIGO DE LA MATERIA.

QUE EL RESULTADO DE ESTE ANALISIS, INDICA QUE LA DECLARACION DE PRINCIPIOS CUMPLE CON LOS EXTREMOS ESTABLECIDOS POR EL ARTICULO 25 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES.

QUE POR LO QUE HACE AL ANALISIS DEL PROGRAMA DE ACCION, CUMPLE CON LO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 26 DEL REFERIDO ORDENAMIENTO.

QUE RESPECTO AL ANALISIS DE LOS ESTATUTOS, SE OBTUVO COMO RESULTADO, QUE ESTOS CUMPLEN CON LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 27 DE LA LEY ELECTORAL VIGENTE.

EL RESULTADO DE ESTOS ANALISIS SE RELACIONA COMO ANEXO NUMERO SEIS, QUE EN UNA FOJA UTIL, FORMA PARTE DEL PRESENTE DICTAMEN Y PROYECTO DE RESOLUCION.

9.- QUE LA COMISION ANALIZO EL CONJUNTO DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA, PARA CONSTATAR QUE LA SOLICITANTE SE OSTENTA CON UNA DENOMINACION DISTINTA A CUALQUIER OTRA ORGANIZACION O PARTIDO POLITICO, DANDO COMO RESULTADO QUE, AL DENOMINARSE "FRENTE LIBERAL MEXICANO SIGLO XXI" A. C., Y AL PRESENTAR DOCUMENTACION CON DICHA DENOMINACION, SE TIENE POR CUMPLIDO EL REQUISITO OBJETO DE EL PRESENTE CONSIDERANDO.

10.- QUE CON BASE EN TODA LA DOCUMENTACION QUE CONFORMA EL EXPEDIENTE DE CONSTITUCION COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, DE LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "FRENTE LIBERAL MEXICANO SIGLO XXI" Y CON FUNDAMENTO EN LOS RESULTADOS DE LOS ANALISIS DESCRITOS EN LOS CONSIDERANDOS ANTERIORES, SE CONCLUYE QUE LA SOLICITUD DE LA ASOCIACION DE CIUDADANOS SEÑALADA CUMPLE CON LOS REQUISITOS PREVISTOS POR LOS INCISOS A), B), C), D), E) Y F), TODOS DEL PUNTO PRIMERO, DEL ACUERDO CITADO EN EL PUNTO UNO DEL APARTADO DE ANTECEDENTES DEL PRESENTE DICTAMEN Y PROYECTO DE RESOLUCION.

LO ANTERIORMENTE SEÑALADO, SE DETALLA EN EL ANEXO NUMERO SIETE, QUE EN UNA FOJA UTIL, FORMA PARTE DEL PRESENTE DICTAMEN Y PROYECTO DE RESOLUCION.

11.- QUE POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y FUNDADO, ESTA COMISION CONCLUYE QUE LA SOLICITUD DE LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "FRENTE LIBERAL MEXICANO SIGLO XXI" A. C. REUNE LOS REQUISITOS NECESARIOS PARA OBTENER SU REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, DE ACUERDO A LO PRESCRITO POR EL ARTICULO 35, PARRAFOS 1, INCISOS a) Y b); Y 2 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES Y EN EL ACUERDO EMITIDO AL EFECTO POR EL CONSEJO GENERAL.

EN CONSECUENCIA, LA COMISION QUE SUSCRIBE PROPONE AL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 35, PARRAFO 3, Y 80 DEL CODIGO DE LA MATERIA EN RELACION CON EL SEPTIMO TRANSITORIO DEL ARTICULO PRIMERO, DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES; Y EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 82, PARRAFO 1, INCISOS k) Y z) DEL MISMO ORDENAMIENTO, DICTE LA SIGUIENTE:

R E S O L U C I O N

PRIMERO.- PROCEDE EL OTORGAMIENTO DEL REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, A LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "FRENTE LIBERAL MEXICANO SIGLO XXI" A. C., EN LOS TERMINOS DE LOS CONSIDERANDOS DE ESTA RESOLUCION, TODA VEZ QUE CUMPLE CON LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 33, PARRAFO 2 Y 35; PARRAFO 1, INCISOS a) Y b) Y 2 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, Y POR SATISFACER LOS REQUISITOS PRECISADOS EN EL ACUERDO RESPECTIVO, QUE FUE EXPEDIDO AL EFECTO POR ESTE CONSEJO GENERAL.

SEGUNDO.- NOTIFIQUESE EN SUS TERMINOS LA PRESENTE RESOLUCION, A LA ASOCIACION CIVIL "FRENTE LIBERAL MEXICANO SIGLO XXI" A. C.

TERCERO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.

LA PRESENTE RESOLUCION FUE EMITIDA EN LA SESION EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO GENERAL DEL 15 DE ENERO DE 1997.