Logo del IFE

CG12/99

RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, SOBRE LA SOLICITUD DE REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL DE LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "EXPRESION CIUDADANA".

A N T E C E D E N T E S

1.- CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 33 Y 35, DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, Y POR ACUERDO DE ESTE CONSEJO GENERAL, DE FECHA TRECE DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN AL SEÑALADO ORGANO COLEGIADO LOS ARTICULOS 35, PARRAFO 2 Y 82, PARRAFO 1, INCISOS k) Y z), DEL CODIGO CITADO, SE PRECISARON LOS REQUISITOS QUE DEBERIAN CUMPLIR LAS ASOCIACIONES DE CIUDADANOS, A FIN DE QUE PUDIERAN OBTENER EL REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL. ATENDIENDO A LO DISPUESTO EN EL PUNTO CUARTO DEL ACUERDO REFERIDO, SE PROCEDIO A SU PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL VEINTISEIS DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.

2.- ATENTO A LO ANTERIOR, EL PUNTO PRIMERO DEL SEÑALADO ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL PRECISA LOS REQUISITOS QUE AL EFECTO DEBIERON CUMPLIR LAS ASOCIACIONES, EL QUE A LA LETRA INDICA: "PRIMERO. EL CONSEJO GENERAL, EN ATENCION A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 35, PARRAFOS 1 Y 2, DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, PRECISA LOS REQUISITOS QUE DEBERAN CUMPLIR LAS ASOCIACIONES DE CIUDADANOS A FIN DE QUE PUEDAN OBTENER SU REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL:

1. EL PLAZO PARA QUE LAS ASOCIACIONES DE CIUDADANOS INTERESADAS PRESENTEN SU SOLICITUD DE REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL ABARCA, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO POR EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 35 DE LA LEY DE LA MATERIA, DEL PRIMERO AL TREINTA Y UNO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE, INCLUSIVE.

2. LAS SOLICITUDES DEBERAN PRESENTARSE EN EL FORMATO ANEXO AL PRESENTE ACUERDO Y QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL MISMO. DICHO FORMATO QUEDA A DISPOSICION DE LAS ORGANIZACIONES SOLICITANTES A PARTIR DE LA PUBLICACION DEL PRESENTE ACUERDO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, CITA EN VIADUCTO TLALPAN, NUMERO CIEN, EDIFICIO "A", PRIMER PISO, COLONIA ARENAL TEPEPAN, CODIGO POSTAL 14610, DELEGACION TLALPAN, EN LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL.

UNA VEZ INTEGRADA LA SOLICITUD CORRESPONDIENTE, ESTA DEBERA SER ENTREGADA EN LAS OFICINAS DE LA PROPIA SECRETARIA EJECUTIVA, MANIFESTANDO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE LA DOCUMENTACION QUE LA COMPONE ES PLENAMENTE VERAZ.

3. LA SOLICITUD ANTERIORMENTE DESCRITA DEBERA PRESENTARSE ACOMPAÑADA DE LA DOCUMENTACION CON LA QUE ACREDITEN QUE CUMPLEN LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

  1. DEMOSTRAR CON DOCUMENTACION FEHACIENTE (ACTA DE ASAMBLEA O DOCUMENTALES PUBLICAS), LA CONSTITUCION DE LA ASOCIACION DE CIUDADANOS DE QUE SE TRATE, PRESENTANDO EL DOCUMENTO ORIGINAL O EN SU CASO, COPIA CERTIFICADA DEL MISMO.
  2. DEMOSTRAR CON DOCUMENTACION FEHACIENTE (ACTA DE ASAMBLEA O DOCUMENTALES PUBLICAS), LA PERSONALIDAD DE QUIEN O QUIENES SUSCRIBEN LA SOLICITUD DE REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, POR PARTE DE LA ASOCIACION DE CIUDADANOS, PRESENTANDO EL DOCUMENTO ORIGINAL O EN SU CASO, COPIA CERTIFICADA DEL MISMO.
  3. CONTAR CON UN MINIMO DE 7,000 ASOCIADOS EN EL PAIS, LO CUAL DEBERA DEMOSTRARSE PRESENTANDO LOS ORIGINALES DE LAS RESPECTIVAS LISTAS DE ASOCIADOS. DICHAS LISTAS DEBERAN INTEGRARSE ALFABETICAMENTE CON EL NOMBRE (S) Y APELLIDOS (PATERNO Y MATERNO) DEL ASOCIADO, LA CLAVE DE ELECTOR Y SU DOMICILIO PARTICULAR. A ESTAS LISTAS, LA ORGANIZACION DEBERA ANEXAR TODAS LAS MANIFESTACIONES FORMALES DE ASOCIACION EN ORIGINAL AUTOGRAFO QUE NUNCA PODRAN SER MENOS DE 7,000 Y QUE DEBERAN CONTENER NOMBRE (S), Y APELLIDOS (PATERNO Y MATERNO) DEL ASOCIADO, LA CLAVE DE ELECTOR, SU DOMICILIO PARTICULAR Y LA LEYENDA DE QUE EL ACTO DE ADHERIRSE A LA ASOCIACION DE QUE SE TRATE ES LIBRE, INDIVIDUAL Y VOLUNTARIO. TANTO LAS LISTAS DE ASOCIADOS COMO LAS MANIFESTACIONES FORMALES DE ASOCIACION DEBERAN AGRUPARSE POR ENTIDAD FEDERATIVA.
  4. CONTAR CON UN ORGANO DIRECTIVO A NIVEL NACIONAL Y TENER DELEGACIONES EN CUANDO MENOS 10 ENTIDADES FEDERATIVAS, LO CUAL DEBERA DEMOSTRARSE CON DOCUMENTACION FEHACIENTE EN ORIGINAL, O BIEN, COPIA DEBIDAMENTE CERTIFICADA QUE ACREDITE LA EXISTENCIA DE SUS ORGANOS DIRECTIVOS Y DEL DOMICILIO SOCIAL DE LA ASOCIACION DE CIUDADANOS SOLICITANTE, A NIVEL NACIONAL, Y EL DE CUANDO MENOS 10 DELEGACIONES A NIVEL ESTATAL.
  5. DISPONER DE DOCUMENTOS BASICOS, ES DECIR, DECLARACION DE PRINCIPIOS, PROGRAMA DE ACCION Y ESTATUTOS, LOS CUALES DEBERAN CUMPLIR CON LOS EXTREMOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS 25; 26, INCISOS a), b) Y c); ASI COMO 27, INCISOS a); b) Y c), FRACCIONES I, II, III Y IV Y g), RESPECTIVAMENTE, DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, PARA LO CUAL DEBERA PRESENTAR UN EJEMPLAR DE CADA UNO DE ESTOS DOCUMENTOS.
  6. EN LA DOCUMENTACION SOLICITADA EN LOS INCISOS ANTERIORES, LA ORGANIZACION DEBERA OSTENTARSE EN TODO CASO Y SIN EXCEPCION ALGUNA, UNA DENOMINACION A CUALQUIER OTRA ORGANIZACION O PARTIDO POLITICO, SIN PODER UTILIZAR BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA LAS DENOMINACIONES "PARTIDO" O "PARTIDO POLITICO" EN NINGUNO DE SUS DOCUMENTOS, EN CUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO POR LOS ARTICULOS 33, PARRAFO 2 Y 35, PARRAFO 1, INCISO b), DEL CODIGO DE LA MATERIA".

3.- ASIMISMO, EL MULTICITADO ACUERDO EN SU PUNTO SEGUNDO SEÑALA QUE "CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 80,PARRAFO 2 DEL CODIGO ELECTORAL, LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES Y LOS SEÑALADOS EN SUS TERMINOS EN EL PUNTO ANTERIOR DE ESTE ACUERDO SERA VERIFICADA POR LA COMISION DE PRERROGATIVAS, PARTIDOS POLITICOS Y RADIODIFUSION", LA QUE SE ENCUENTRA INTEGRADA POR LOS CONSEJEROS ELECTORALES, LICENCIADO JESUS CANTU ESCALANTE, DOCTOR JAIME CARDENAS GRACIA, MAESTRO ALONSO LUJAMBIO, MAESTRO JUAN MOLINAR HORCASITAS Y PRESIDIDA POR LA DOCTORA JACQUELINE PESCHARD MARISCAL. POR SU PARTE, EL PUNTO TERCERO INDICA "LA COMISION DE CONSEJEROS ELECTORALES CONSIGNADA EN EL PUNTO ANTERIOR DEBERA PREPARAR, UN PROYECTO DE ACUERDO QUE SEÑALE LOS PROCEDIMIENTOS Y METODOLOGIA QUE NORME DE FORMA IMPARCIAL Y OBJETIVA SUS TRABAJOS PARA LA REVISION DE LAS SOLICITUDES Y EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA LA OBTENCION DE REGISTRO COMO 'AGRUPACION POLITICA NACIONAL'. DICHO PROYECTO DE ACUERDO SERA SOMETIDO A LA CONSIDERACION DE ESTE ORGANO COLEGIADO DE DIRECCION EN UNA PROXIMA SESION".

4.- CON BASE EN LO ANTES SEÑALADO, EL VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL "ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, POR EL QUE SE DEFINE LA METODOLOGIA QUE OBSERVARA LA COMISION DE PRERROGATIVAS, PARTIDOS POLITICOS Y RADIODIFUSION PARA LA REVISION DE LOS REQUISITOS Y EL PROCEDIMIENTO QUE DEBERAN CUMPLIR LAS ORGANIZACIONES POLITICAS QUE PRETENDAN CONSTITUIRSE COMO AGRUPACIONES POLITICAS NACIONALES", EL CUAL EN SUS PUNTOS SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO A LA LETRA SEÑALAN: "SEGUNDO. PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ANTERIORMENTE DESCRITOS SE PROCEDERA DE LA SIGUIENTE MANERA:

EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, AL CONOCER LA SOLICITUD DE LA ORGANIZACION QUE PRETENDA OBTENER EL REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, REMITIRA A LA COMISION DE PRERROGATIVAS, PARTIDOS POLITICOS Y RADIODIFUSION LA DOCUMENTACION PRESENTADA, A FIN DE VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE CONSTITUCION SEÑALADOS POR EL ARTICULO 35 DE LA LEY DE LA MATERIA. LA COMISION, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 35, PARRAFO 3 DE LA PROPIA LEY FORMULARA EL PROYECTO DE RESOLUCION DE REGISTRO, Y CON BASE EN EL ARTICULO 82, PARRAFO 1, INCISO k), DEL ORDENAMIENTO LEGAL EN CITA, EL CONSEJO GENERAL RESOLVERA SOBRE EL OTORGAMIENTO DE REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL.

PARA EFECTOS DE DICHA VERIFICACION, LA COMISION CONTARA EN TODO MOMENTO CON EL APOYO TECNICO DE LA DIRECCION EJECUTIVA DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLITICOS, ASI COMO DE LA DIRECCION EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES, LA PRIMERA DIRECCION EJECUTIVA ACTUARA DE LA SIGUIENTE FORMA:

1. CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL DIVERSO NUMERAL 93, PARRAFO 1, INCISO b) DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES Y CON EL OBJETO DE VERIFICAR QUE LA SOLICITUD SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE ACOMPAÑADA DE TODOS LOS DOCUMENTOS A LOS QUE SE REFIERE EL CITADO ARTICULO 35 DEL CODIGO DE LA MATERIA ASI COMO LOS SEÑALADOS EN EL MULTICITADO ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, POR EL QUE SE INDICAN LOS REQUISITOS QUE DEBERAN CUMPLIR LAS ASOCIACIONES DE CIUDADANOS QUE PRETENDAN CONSTITUIRSE COMO AGRUPACIONES POLITICAS NACIONALES, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 26 DE OCTUBRE DE 1998, CON LOS QUE SE PRETENDE ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS, INTEGRARA EL CORRESPONDIENTE EXPEDIENTE. SI DE ESTOS TRABAJOS RESULTA QUE LA SOLICITUD NO SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE INTEGRADA, O QUE ADOLECE DE OMISIONES GRAVES DICHA CIRCUNSTANCIA SE REPORTARA A LA COMISION DE PRERROGATIVAS, PARTIDOS POLITICOS Y RADIODIFUSION PARA QUE ESTA A SU VEZ LO COMUNIQUE A LA SOLICITANTE A FIN DE QUE EXPRESE LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, EN UN TERMINO QUE NO EXCEDA DE CINCO DIAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA Y HORA DE LA NOTIFICACION RESPECTIVA.

2. REALIZADA LA VERIFICACION A QUE SE REFIERE EL PUNTO ANTERIOR, LA PROPIA DIRECCION EJECUTIVA DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLITICOS CONSTATARA SI LA ORGANIZACION DE QUE SE TRATE HA SIDO LEGALMENTE CONSTITUIDA, ASI COMO LA PERSONALIDAD DE QUIEN O QUIENES SUSCRIBEN LA SOLICITUD DE REGISTRO EN SU REPRESENTACION, EN TERMINOS DEL PUNTO PRIMERO DEL MULTIMENCIONADO ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, POR EL QUE SE INDICAN LOS REQUISITOS QUE DEBERAN CUMPLIR LAS ASOCIACIONES DE CIUDADANOS QUE PRETENDAN CONSTITUIRSE COMO AGRUPACIONES POLITICAS NACIONALES, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 26 DE OCTUBRE DE 1998.

3. DICHA DIRECCION EJECUTIVA ANALIZARA LA DECLARACION DE PRINCIPIOS, EL PROGRAMA DE ACCION Y LOS ESTATUTOS, A EFECTO DE COMPROBAR QUE DICHOS DOCUMENTOS BASICOS CUMPLAN CON LOS EXTREMOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS 25; 26, INCISOS a), b) Y c); ASI COMO 27 INCISOS a), b) Y c), FRACCIONES I, II, III, Y IV Y g), RESPECTIVAMENTE, DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES,

4. ASIMISMO, REVISARA QUE EL TOTAL DE LAS LISTAS DE AFILIADOS CONTENGAN EL NOMBRE, LOS APELLIDOS (PATERNO Y MATERNO), LA RESIDENCIA Y LA CLAVE DE ELECTOR. SI ALGUNO DE LOS AFILIADOS RELACIONADOS EN LAS CITADAS LISTAS NO CUENTA CON LOS REQUISITOS MENCIONADOS O CUANDO MENOS 7,000 DE ELLOS, SE DESCONTARA DEL TOTAL DE ASOCIADOS RELACIONADOS, EN VIRTUD DE NO CUMPLIR CON LOS EXTREMOS A QUE SE REFIERE EL INCISO 3 DEL PUNTO PRIMERO DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, POR EL QUE SE INDICAN LOS REQUISITOS QUE DEBERAN CUMPLIR LAS ASOCIACIONES DE CIUDADANOS QUE PRETENDAN CONSTITUIRSE COMO AGRUPACIONES POLITICAS NACIONALES.

5. ASI TAMBIEN, VERIFICAR QUE LAS MANIFESTACIONES FORMALES DE ASOCIACION CONTENGAN LOS MISMOS DATOS DEL NOMBRE, LOS APELLIDOS (PATERNO Y MATERNO), EL DOMICILIO Y LA CLAVE DE ELECTOR, ASI COMO QUE CONTENGAN LA FIRMA AUTOGRAFA DEL CIUDADANO O SU HUELLA DIGITAL Y LA LEYENDA DE QUE EL ACTO DE ADHERIRSE A LA ASOCIACION ES LIBRE, INDIVIDUAL Y VOLUNTARIO. SI NO SE ENCUENTRAN ALGUNO DE LOS DATOS DESCRITOS O SI DICHAS MANIFESTACIONES FORMALES DE ASOCIACION SE ENCUENTRAN DUPLICADAS, SERAN DESCONTADAS DEL NUMERO TOTAL DE ASOCIADOS EN VERIFICACION.

PARALELAMENTE, LA COMISION DE PRERROGATIVAS, PARTIDOS POLITICOS Y RADIODIFUSION SOLICITARA EL APOYO TECNICO DE LA DIRECCION EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES PARA QUE VERIFIQUE QUE LOS CIUDADANOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACION SE ENCUENTRAN INSCRITOS EN EL PADRON ELECTORAL PARA LO CUAL LE ENVIARA EL 100% DEL TOTAL DE LAS LISTAS DE ASOCIADOS PRESENTADAS.

LA SEÑALADA DIRECCION EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES PROCEDERA DE LA SIGUIENTE FORMA:

  1. EN UNA PRIMERA REVISION TOMARA COMO BASE DE SU BUSQUEDA LA CLAVE DE ELECTOR; SI EL RESULTADO ES QUE EXISTEN CIUDADANOS NO LOCALIZADOS EN EL PADRON ELECTORAL, SE PROCEDERA EN SEGUNDO TERMINO EN LA BUSQUEDA POR EL NOMBRE; SI DE ESTA VERIFICACION RESULTARAN CIUDADANOS NO LOCALIZADOS U HOMONIMIAS, SE REALIZARA UNA TERCERA BUSQUEDA, TOMANDO EN CUENTA EL DOMICILIO PARTICULAR CONSIGNADO EN LAS CITADAS LISTAS. EL RESULTADO DE ESTE ANALISIS SERA ENVIADO A LA COMISION DE PRERROGATIVAS, PARTIDOS POLITICOS Y RADIODIFUSION, PARA EFECTO DE RESOLVER LO CONDUCENTE.

TERCERO. CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 35, PARRAFOS 2 Y 3 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, LA COMISION DE PRERROGATIVAS, PARTIDOS POLITICOS Y RADIODIFUSION SE RESERVA, DURANTE TODO EL PROCEDIMIENTO DE REVISION MATERIA DE ESTE ACUERDO, LA ATRIBUCION DE EFECTUAR VERIFICACIONES DE LAS FIRMAS CONTENIDAS EN LAS MANIFESTACIONES FORMALES DE ASOCIACION A TRAVES DE DOS TIPOS DE ANALISIS:

A) TRABAJO DE GABINETE, CONSISTENTE EN COTEJAR A SIMPLE VISTA LA FIRMA DEL CIUDADANO PLASMADA TANTO EN LA MANIFESTACION FORMAL DE ASOCIACION COMO EN EL RECIBO DE LA CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFIA. ASIMISMO, SI EL CASO LO AMERITA SE PODRA AUXILIAR DE PERITOS GRAFOSCOPICOS LEGALMENTE AUTORIZADOS. EN ESTE CASO DARA VISTA A LA SOLICITANTE PARA QUE TENGA DERECHO, A SU VEZ, A DESIGNAR UN PERITO DE SU CONFIANZA.

B) TRABAJO DE CAMPO, CONSISTENTE EN VISITAS DOMICILIARIAS A LOS CIUDADANOS PARA COMPROBAR QUE LA FIRMA AUTOGRAFA PLASMADA EN LA MANIFESTACION FORMAL DE ASOCIACION ES LA QUE RECONOCE COMO SUYA. PARA LO ANTERIOR SE AUXILIARA DE LAS DELEGACIONES Y SUBDELEGACIONES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN EL PAIS.

LA COMISION DE PRERROGATIVAS, PARTIDOS POLITICOS Y RADIODIFUSION, SE RESERVARA EL DERECHO DE LA VERIFICACION DE LA EXISTENCIA DE LAS, CUANDO MENOS, 10 DELEGACIONES ESTATALES.

CUARTO. FINALMENTE LA COMISION DE PRERROGATIVAS, PARTIDOS POLITICOS Y RADIODIFUSION, CON BASE EN LOS RESULTADOS OBTENIDOS DE LOS ANALISIS DESCRITOS, FORMULARA EL PROYECTO DE RESOLUCION PARA QUE EL CONSEJO GENERAL, A SU VEZ, RESUELVA EN UN PLAZO QUE NO EXCEDA DE 60 DIAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA PRESENTACION DE LA SOLICITUD, SOBRE EL OTORGAMIENTO DE REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL."

5.- EL VEINTIOCHO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE, LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "EXPRESION CIUDADANA", ASOCIACION CIVIL, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 35 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, Y EN ATENCION AL ACUERDO DE ESTE CONSEJO GENERAL, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL VEINTISEIS DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, PRESENTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, SU SOLICITUD DE REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, ACOMPAÑANDOLA DE LA DOCUMENTACION CON LA QUE PRETENDE ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS QUE EL PROPIO ACUERDO POR EL QUE SE INDICAN LOS REQUISITOS, SEÑALA.

6.- LA DOCUMENTACION PRESENTADA SE COMPONE DE: COPIA CERTIFICADA DE LA ESCRITURA NUMERO 40,544 (CUARENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO), PASADA ANTE LA FE PUBLICA DEL LICENCIADO JOSE ANTONIO PEREZ DUARTE, NOTARIO PUBLICO NUMERO 6 (SEIS), EN TEXCOCO, ESTADO DE MEXICO, DE FECHA VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, POR MEDIO DE LA CUAL SE PROTOCOLIZA EL ACTA DE ASAMBLEA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DENOMINADA "EXPRESION CIUDADANA", ASOCIACION CIVIL, FECHADA EL VEINTE DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, ACTA DE ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL DISTRITO FEDERAL DE LA ASOCIACION "EXPRESION CIUDADANA", DE FECHA VEINTE DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO; CONTRATO DE COMODATO, DE CINCO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE, POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE A LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA", COMITE DEL DISTRITO FEDERAL, EL USO GRATUITO DEL INMUEBLE UBICADO EN EL SEGUNDO PISO DEL EDIFICIO J. EMPARAN NUMERO. 17 (DIECISIETE), COLONIA TABACALERA, MEXICO, DISTRITO FEDERAL; CONTRATO DE COMODATO, DE CINCO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE, POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE A LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA" (COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL), EL USO GRATUITO DEL INMUEBLE UBICADO EN SEGUNDO PISO DEL EDIFICIO J. EMPARAN NUMERO 17 (DIECISIETE), COLONIA TABACALERA, MEXICO, DISTRITO FEDERAL; ACTA DE ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL GUERRERO DE LA ASOCIACION "EXPRESION CIUDADANA", DE FECHA VEINTIUNO DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO; CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRA COMO ARRENDATARIO EL CONTADOR PUBLICO FREDY SANTIAGO AKE, RESPECTO DE LA CASA MARCADA CON EL NUMERO 30 TREINTA DE LA CALLE DE GUANAJUATO, COLONIA PROGRESO, ACAPULCO, GUERRERO; ACTA DE ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL JALISCO, DE LA ASOCIACION "EXPRESION CIUDADANA", DE FECHA QUINCE DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO; CONTRATO DE COMODATO, DE PRIMERO DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE A LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA", COMITE DEL ESTADO DE JALISCO, EL USO GRATUITO DEL INMUEBLE UBICADO EN PABLO VALDEZ NUMERO 3,581 (TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO), COLONIA MIGUEL HIDALGO, GUADALAJARA, JALISCO; ACTA DE ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL MEXICO, DE LA ASOCIACION "EXPRESION CIUDADANA", DE FECHA SEIS DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO; CONTRATO DE COMODATO, DE VEINTE DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE A LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA", COMITE DEL ESTADO DE MEXICO, EL USO GRATUITO DEL INMUEBLE UBICADO EN EL NUMERO 14 CATORCE DE LA CALLE JACINTO PEREZ, FRACCIONAMIENTO IZCALLI, NEZAHUALCOYOTL, MEXICO. ACTA DE ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL MICHOACAN, DE LA ASOCIACION "EXPRESION CIUDADANA", DE FECHA VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO; CONTRATO DE COMODATO, DE DOCE DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE A LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA" COMITE DEL ESTADO DE MICHOACAN; EL USO GRATUITO DEL INMUEBLE UBICADO EN PLAN DE AYALA NUMERO 60 (SESENTA), COLONIA ZAPATA, URUAPAN, MICHOACAN. ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL MORELOS, DE LA ASOCIACION "EXPRESION CIUDADANA", DE FECHA DEL VEINTISEIS DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO; CONTRATO DE COMODATO, DE DOCE DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE A LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA", COMITÉ DEL ESTADO DE MORELOS, EL USO GRATUITO DEL INMUEBLE UBICADO EN CARRETERA YAUTEPEC-TLAYACAPAN NUMERO 20 (VEINTE), COLONIA SANTA ROSA, OAXTEPEC, MORELOS; ESCRITURA PUBLICA NUMERO 297 (DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE), DE CATORCE DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE, PASADA ANTE LA FE PUBLICA DEL LICENCIADO EMILIO M. GONZALEZ ACOSTA, NOTARIO PUBLICO NUMERO 23 (VEINTITRES), EN TEPIC, NAYARIT, EN LA CUAL SE PROTOCOLIZA EL ACTA DE ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL NAYARIT DE LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA", DE FECHA DOS DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO; CONTRATO DE COMODATO, DE VEINTE DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE A LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA", COMITE DEL ESTADO DE NAYARIT, EL USO GRATUITO DEL INMUEBLE UBICADO EN ACACIA NUMERO 20 (VEINTE), COLONIA LOS SAUCES, TEPIC, NAYARIT; ACTA DE ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL NUEVO LEON, DE LA ASOCIACION "EXPRESION CIUDADANA", FECHADA EL SEIS DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO; CONTRATO DE COMODATO, DE DOCE DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE A LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA", COMITE DEL ESTADO DE NUEVO LEON, EL USO GRATUITO DEL INMUEBLE UBICADO EN CALLE ISSAC GARZA NUMERO 1,051 (MIL CINCUENTA Y UNO), ORIENTE, MONTERREY, NUEVO LEON; ACTA DE ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL DE OAXACA, DE LA ASOCIACION "EXPRESION CIUDADANA", FECHADA EL QUINCE DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO; CONTRATO DE COMODATO, DE DOCE DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE A LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA", COMITE DEL ESTADO DE OAXACA, EL USO GRATUITO DEL INMUEBLE UBICADO EN PROLONGACION DE HIDALGO NUMERO 121 (CIENTO VEINTIUNO), COLONIA JOSE VASCONCELOS, OAXACA, OAXACA; ACTA DE ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL DE PUEBLA, DE LA ASOCIACION "EXPRESION CIUDADANA", FECHADA EL VEINTIUNO DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO; FOTOCOPIA SIMPLE DE LOS RECIBOS EXPEDIDOS POR EL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA Y POR EL SISTEMA OPERADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, AMBOS A NOMBRE DE MORALES AVALOS JOSE LUIS, RELATIVOS AL IMPUESTO PREDIAL Y AGUA POTABLE, RESPECTIVAMENTE; FOTOCOPIA SIMPLE DE LA ESCRITURA NUMERO 12,709 (DOCE MIL SETECIENTOS NUEVE), EN LA CUAL SE CONSIGNA LA PROTOCOLIZACION DE LAS COPIAS CERTIFICADAS DEL JUICIO DE USUCAPION, PROMOVIDO POR CIUDADANO JOSE LUIS MORALES AVALOS, RELATIVOS A LA CASA MARCADA CON EL NUMERO 1,222 (MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS), DE LA AVENIDA QUINCE ORIENTE, PUEBLA, PUEBLA; ACTA DE ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL DE QUINTANA ROO; DE LA ASOCIACION "EXPRESION CIUDADANA", FECHADA EL SEIS DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO; CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE SIETE DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, EN EL QUE FIGURA COMO ARRENDATARIA LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA", RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA REGION 232 (DOSCIENTOS TREINTA Y DOS), MANZANA 24 (VEINTICUATRO), LOTE 1 (UNO), LOCAL NUMERO 6 (SEIS), SOBRE LA AVENIDA NIÑOS HEROES, CANCUN, QUINTANA ROO. ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL DE SONORA, FECHADA EL DOCE DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE; CONTRATO DE COMODATO, DE DOCE DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE A LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA", COMITE DEL ESTADO DE SONORA, EL USO GRATUITO DE UN INMUEBLE SIN QUE SE ESPECIFIQUE LA UBICACION DEL MISMO. ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL DE VERACRUZ DE LA ASOCIACION "EXPRESION CIUDADANA", FECHADA EL CUATRO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE; CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE DIEZ DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, EN EL QUE FIGURA COMO ARRENDATARIO LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA" EN VERACRUZ, RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA CASA NUMERO 43 (CUARENTA Y TRES) DE LA CALLE JOSE MARIA ARRIETA, XALAPA-ENRIQUEZ; VERACRUZ. ACTA DE ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL DE YUCATAN DE LA ASOCIACION "EXPRESION CIUDADANA", FECHADA EL QUINCE DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO; CONTRATO DE COMODATO DE QUINCE DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE A LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA", COMITE DEL ESTADO DE YUCATAN, EL USO GRATUITO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE 79 - A (SETENTA Y NUEVE) NUMERO 503 - B (QUINIENTOS TRES), COLONIA SAMBULA, MERIDA YUCATAN. LA ASOCIACION SOLICITANTE PRESENTO LISTAS DE ASOCIADOS POR LAS SIGUIENTES ENTIDADES: AGUASCALIENTES 0 (CERO), BAJA CALIFORNIA 444 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO), BAJA CALIFORNIA SUR 53 (CINCUENTA Y TRES), CAMPECHE 206 (DOSCIENTOS SEIS), COLIMA 120 (CIENTO VEINTE), CHIHUAHUA 492 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS), DISTRITO FEDERAL, 1,078 (UN MIL SETENTA Y OCHO), GUANAJUATO 64 (SESENTA Y CUATRO), GUERRERO 820 (OCHOCIENTOS VEINTE), HIDALGO 195 (CIENTO NOVENTA Y CINCO), JALISCO 2,526 (DOS MIL QUINIENTOS VEINTISEIS), MEXICO 1,238 (UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO), MICHOACAN 946 (NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS), MORELOS 959 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE), NAYARIT 1,459 (UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE), NUEVO LEON 709 (SETECIENTOS NUEVE), OAXACA 845 (OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO), PUEBLA 2,102 (DOS MIL CIENTO DOS), QUINTANA ROO 197 (CIENTO NOVENTA Y SIETE), SINALOA 170 (CIENTO SETENTA), SONORA 178 (CIENTO SETENTA Y OCHO), TABASCO 212 (DOSCIENTOS DOCE), VERACRUZ 2,345 (DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO) Y YUCATAN 409 (CUATROCIENTOS NUEVE); Y MANIFESTACIONES FORMALES DE ASOCIACION POR LAS MISMAS 24 (VEINTICUATRO) ENTIDADES: AGUASCALIENTES 79 (SETENTA Y NUEVE), BAJA CALIFORNIA 559 (QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE), BAJA CALIFORNIA SUR 53 (CINCUENTA Y TRES), CAMPECHE 206 (DOSCIENTOS SEIS), COLIMA 120 (CIENTO VEINTE), CHIHUAHUA 414 (CUATROCIENTOS CATORCE), DISTRITO FEDERAL 1,080 (MIL OCHENTA), GUANAJUATO 64 (SESENTA Y CUATRO), GUERRERO 805 (OCHOCIENTOS CINCO), HIDALGO 204 (DOSCIENTOS CUATRO), JALISCO 2,608 (DOS MIL SEISCIENTOS OCHO), MEXICO 1,302 (UN MIL TRESCIENTOS DOS), MICHOACAN 946 (NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS), MORELOS 959 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE), NAYARIT 1,491 (UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO), NUEVO LEON 752 (SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS), OAXACA 860 (OCHOCIENTOS SESENTA), PUEBLA 2,111 (DOS MIL CIENTO ONCE), QUINTANA ROO 199 (CIENTO NOVENTA Y NUEVE), SINALOA 170 (CIENTO SETENTA), SONORA 180 (CIENTO OCHENTA), TABASCO 208 (DOSCIENTOS OCHO), VERACRUZ 2,403 (DOS MIL CUATROCIENTOS TRES) Y YUCATAN 409 (CUATROCIENTOS NUEVE). DE IGUAL FORMA, LA ASOCIACION SOLICITANTE PRESENTO SUS DOCUMENTOS BASICOS, CONSISTENTES EN DECLARACION DE PRINCIPIOS, PROGRAMA DE ACCION Y ESTATUTOS.

LA COMISION DE PRERROGATIVAS, PARTIDOS POLITICOS Y RADIODIFUSION EN RAZON DE LOS ANTECEDENTES CITADOS, SOMETE A CONSIDERACION DEL CONSEJO GENERAL ESTE PROYECTO DE RESOLUCION.

C O N S I D E R A N D O

I.- QUE EN CUMPLIMIENTO CON LO ENCOMENDADO POR EL CONSEJO GENERAL Y EN ATENCION A LOS ARTICULOS 33 Y 35 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, Y EN ATENCION A LO DISPUESTO POR EL "ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE DEFINE LA METODOLOGIA QUE OBSERVARA LA COMISION DE PRERROGATIVAS, PARTIDOS POLITICOS Y RADIODIFUSION PARA LA REVISION DE LOS REQUISITOS Y EL PROCEDIMIENTO QUE DEBERAN CUMPLIR LAS ORGANIZACIONES POLITICAS QUE PRETENDAN CONSTITUIRSE COMO AGRUPACIONES POLITICAS NACIONALES", PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, LA COMISION DE PRERROGATIVAS, PARTIDOS POLITICOS Y RADIODIFUSION ES LA ENCARGADA DE REVISAR LAS SOLICITUDES DE REGISTRO COMO AGRUPACIONES POLITICAS NACIONALES, CONTANDO SIEMPRE CON EL APOYO TECNICO DE LAS DIRECCIONES EJECUTIVAS DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLITICOS Y DE LA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES, POR LO QUE DETERMINO Y EMPRENDIO LAS SIGUIENTES ACCIONES:

A) ANALIZO LA DOCUMENTACION CON LA QUE PRETENDE ACREDITAR SU CONSTITUCION COMO ASOCIACION DE CIUDADANOS, EN LOS TERMINOS SOLICITADOS POR EL INCISO A) DEL PARRAFO 3 DEL PUNTO PRIMERO DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL CITADO.

B) REVISO LA DOCUMENTACION CON QUE SE PRETENDE ACREDITAR LA PERSONALIDAD COMO REPRESENTANTE LEGAL DE QUIEN O QUIENES SUSCRIBE (N) LA SOLICITUD DE LA ASOCIACION CIUDADANA, EN LOS TERMINOS CONSIGNADOS POR EL INCISO B) DEL PARRAFO 3 DEL PUNTO PRIMERO DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL ANTES REFERIDO.

C) ANALIZO LA DOCUMENTACION CON LA QUE PRETENDE DEMOSTRAR QUE CUENTA CON UN MINIMO DE SIETE MIL ASOCIADOS EN EL PAIS, ES DECIR, COMPROBAR SI PRESENTAN LISTAS DE ASOCIADOS Y LAS MANIFESTACIONES FORMALES DE ASOCIACION QUE LAS SUSTENTAN, EN LOS TERMINOS SOLICITADOS POR EL INCISO C) DEL PARRAFO 3 DEL PUNTO PRIMERO DEL MULTICITADO ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL REVISANDO, QUE DICHAS LISTAS CONTENIAN EL NOMBRE (S) Y APELLIDOS (PATERNO Y MATERNO) DE LOS ASOCIADOS, SU CLAVE DE ELECTOR Y EL DOMICILIO PARTICULAR; Y POR OTRO LADO, QUE LAS CORRESPONDIENTES MANIFESTACIONES FORMALES DE ASOCIACION CONTABAN EL NOMBRE (S) Y APELLIDOS (PATERNO Y MATERNO) DE LOS ASOCIADOS, SU CLAVE DE ELECTOR Y EL DOMICILIO PARTICULAR, Y QUE ESTABAN SUSCRITOS POR ESTOS CON SU FIRMA O EN SU CASO LA HUELLA DIGITAL, ASI COMO LA LEYENDA DE QUE EL ACTO DE ADHERIRSE A LA ASOCIACION DE QUE SE TRATE ES LIBRE, INDIVIDUAL Y VOLUNTARIA. PARALELAMENTE, VERIFICO QUE LOS CIUDADANOS ASOCIADOS SE ENCUENTRAN INSCRITOS EN EL PADRON ELECTORAL.

D) VERIFICO LA DOCUMENTACION CON LA QUE SE PRETENDE DEMOSTRAR QUE CUENTA CON UN ORGANO DE DIRECCION A NIVEL NACIONAL Y CON DELEGACIONES EN CUANDO MENOS DIEZ ENTIDADES FEDERATIVAS, EN LOS TERMINOS SOLICITADOS POR EL INCISO D) DEL PARRAFO 3 DEL PUNTO PRIMERO DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL MENCIONADO.

E) ANALIZO LA DECLARACION DE PRINCIPIOS, EL PROGRAMA DE ACCION Y LOS ESTATUTOS PRESENTADOS POR LA ASOCIACION CIUDADANA SOLICITANTE, CON EL PROPOSITO DE DETERMINAR SI ESTOS CUMPLEN CON LO SEÑALADO EN LOS ARTICULOS 25; 26, INCISOS a), b) Y c); ASI COMO 27, INCISOS a), b), Y c), FRACCIONES I, II, III Y IV Y g), RESPECTIVAMENTE, DEL CODIGO DE LA MATERIA, EN LOS TERMINOS SOLICITADOS POR EL INCISO E) DEL PARRAFO 3 DEL PUNTO PRIMERO DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DE FECHA 28 DE DICIEMBRE DE 1998.

F) VERIFICO EL CONJUNTO DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA, PARA CONSTATAR QUE LA ASOCIACION SE OSTENTA CON UNA DENOMINACION DISTINTA A CUALQUIER OTRA ORGANIZACION O PARTIDO POLITICO, EN LOS TERMINOS DEL REFERIDO INCISO F) DEL PARRAFO 3 DEL PUNTO PRIMERO DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL.

II.- QUE LA COMISION QUE SUSCRIBE EL PRESENTE PROYECTO DE RESOLUCION, TAL COMO SE DESCRIBE EN EL INCISO A) DEL CONSIDERANDO UNO ANTERIOR, ANALIZO EL INSTRUMENTO NOTARIAL NUMERO 40,544 (CUARENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO), DE FECHA VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, PASADO ANTE LA FE DEL LICENCIADO JOSE ANTONIO REYES DUARTE, NOTARIO PUBLICO NUMERO 6 (SEIS) EN TEXCOCO, ESTADO DE MEXICO, QUE CONTIENE EL ACTA DE ASAMBLEA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS, DE LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA", ASOCIACION CIUDADANA DE FECHA DE VEINTE DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, CON LO QUE LA SOLICITANTE PRETENDE ACREDITAR LA DEBIDA CONSTITUCION DE LA ASOCIACION CIUDADANA.

QUE DEL ANALISIS DE LOS DOCUMENTOS DESCRITOS, SE DESPRENDE LA CONSTITUCION DE LA SOLICITANTE; QUE ASIMISMO, EN SU OBJETO SOCIAL SE OBSERVAN ACTIVIDADES IDENTIFICADAS CON LO PRECEPTUADO POR EL ARTICULO 33, PARRAFO 1 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES; QUE POR ESTA RAZON, SE CONSIDERA ACREDITADO EL CUMPLIMIENTO DEL REQUISITO CORRESPONDIENTE A LA CONSTITUCION DE LA ASOCIACION DE CIUDADANOS.

EL RESULTADO DE ESTE ANALISIS SE RELACIONA COMO ANEXO NUMERO UNO, QUE EN UNA FOJA UTIL, FORMA PARTE DEL PRESENTE PROYECTO DE RESOLUCION.

III.- QUE LA COMISION CONSIDERA QUE LA SOLICITANTE SI CUMPLIO EN LOS TERMINOS SEÑALADOS POR EL INCISO B), DEL PRIMER CONSIDERANDO DE ESTE INSTRUMENTO; EN RAZON QUE PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD DE QUIEN SUSCRIBIO LA SOLICITUD DE REGISTRO, PRESENTARON TESTIMONIO NOTARIAL NUMERO 40,544 (CUARENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO) DE FECHA VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, PASADO ANTE LA FE DEL LICENCIADO JOSE ANTONIO REYES DUARTE, NOTARIO PUBLICO NUMERO 6 (SEIS) EN TEXCOCO, ESTADO DE MEXICO, QUE CONTIENE EL ACTA DE ASAMBLEA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS, DE LA AGRUPACION "EXPRESION CIUDADANA", ASOCIACION CIVIL, DE FECHA DE VEINTE DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, QUE CONTIENE LA DESIGNACION DE LOS CIUDADANOS ROGELIO ZAMORA BARRADAS Y RENE RENTERIA SOLIS, EN LOS CARGOS DE PRESIDENTE Y SECRETARIO GENERAL, RESPECTIVAMENTE, DEL COMITE DIRECTIVO NACIONAL DE LA ASOCIACION, QUIENES DE ACUERDO CON SUS ESTATUTOS TIENEN LA REPRESENTACION DE LA ORGANIZACION ANTE TODO TIPO DE PARTICULARES, ASI COMO ANTE EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL.

EL RESULTADO DE ESTE EXAMEN SE RELACIONA COMO ANEXO NUMERO DOS, QUE EN UNA FOJA UTIL, FORMA PARTE DEL PRESENTE PROYECTO DE RESOLUCION.

IV.- LA ASOCIACION SOLICITANTE PRESENTO LISTAS DE ASOCIADOS POR LAS SIGUIENTES ENTIDADES: AGUASCALIENTES 0 (CERO), BAJA CALIFORNIA 444 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO), BAJA CALIFORNIA SUR 53 (CINCUENTA Y TRES), CAMPECHE 206 (DOSCIENTOS SEIS), COLIMA 120 (CIENTO VEINTE), CHIHUAHUA 492 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS), DISTRITO FEDERAL 1,078 (UN MIL SETENTA Y OCHO), GUANAJUATO 64 (SESENTA Y CUATRO), GUERRERO 820 (OCHOCIENTOS VEINTE), HIDALGO 195 (CIENTO NOVENTA Y CINCO), JALISCO 2,526 (DOS MIL (QUINIENTOS VEINTISEIS), MEXICO 1,238 (UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO), MICHOACAN 946 (NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS), MORELOS 959 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE), NAYARIT 1,459 (UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE), NUEVO LEON 709 (SETECIENTOS NUEVE), OAXACA 845 (OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO), PUEBLA 2,102 (DOS MIL CIENTO DOS), QUINTANA ROO 197 (CIENTO NOVENTA Y SIETE), SINALOA 170 (CIENTO SETENTA), SONORA 178 (CIENTO SETENTA Y OCHO), TABASCO 212 (DOSCIENTOS DOCE), VERACRUZ 2,345 (DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO) Y YUCATAN 409 (CUATROCIENTOS NUEVE), QUE EN TOTAL SUMAN 17,767 (DIECISIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE) ASOCIADOS; Y MANIFESTACIONES FORMALES DE ASOCIACION POR LAS MISMAS 24 (VEINTICUATRO) ENTIDADES: AGUASCALIENTES 79 (SETENTA Y NUEVE), BAJA CALIFORNIA 559 (QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE), BAJA CALIFORNIA SUR 53 (CINCUENTA Y TRES), CAMPECHE 206 (DOSCIENTOS SEIS), COLIMA 120 (CIENTO VEINTE), CHIHUAHUA 414 (CUATROCIENTOS CATORCE), DISTRITO FEDERAL 1,080 (MIL OCHENTA), GUANAJUATO 64 (SESENTA Y CUATRO), GUERRERO 805 (OCHOCIENTOS CINCO), HIDALGO 204 (DOSCIENTOS CUATRO), JALISCO 2,608 (DOS MIL SEISCIENTOS OCHO), MEXICO 1,302 (UN MIL TRESCIENTOS DOS), MICHOACAN 946 (NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS), MORELOS 959 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE), NAYARIT 1,491 (UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO), NUEVO LEON 752 (SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS), OAXACA 860 (OCHOCIENTOS SESENTA), PUEBLA 2,111 (DOS MIL CIENTO ONCE), QUINTANA ROO 199 (CIENTO NOVENTA Y NUEVE), SINALOA 170 (CIENTO SETENTA), SONORA 180 (CIENTO OCHENTA), TABASCO 208 (DOSCIENTOS OCHO), VERACRUZ 2,403 (DOS MIL CUATROCIENTOS TRES) Y YUCATAN 409 (CUATROCIENTOS NUEVE), QUE EN TOTAL SUMAN 18,172 (DIECIOCHO MIL CIENTO SETENTA Y DOS), MANIFESTACIONES FORMALES DE ASOCIACION; QUE SE PROCEDIO A VERIFICAR EN SU TOTALIDAD LAS LISTAS DE ASOCIADOS PRESENTADAS, A EFECTO DE COMPROBAR SI LAS MISMAS SE INTEGRARON CON EL NOMBRE (S) Y APELLIDOS PATERNO Y MATERNO, EN ORDEN ALFABETICO; LA CLAVE DE ELECTOR; Y EL DOMICILIO PARTICULAR DE LAS PERSONAS EN ELLAS RELACIONADAS, QUE ESTE ANALISIS DIO COMO RESULTADO QUE EN LAS MULTICITADAS LISTAS DE ASOCIADOS, DE LAS 17,767 (DIECISIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE) PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN EN LISTAS, 17,553 (DIECISIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES) FUERON RELACIONADAS EN LOS TERMINOS DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL RESPECTIVO.

QUE SE PROCEDIO AL ANALISIS DE LAS MANIFESTACIONES FORMALES DE ASOCIACION, RESULTANDO, QUE DE LAS CORRESPONDIENTES A: AGUASCALIENTES 79 (SETENTA Y NUEVE) NO RELACIONADOS EN LISTA, BAJA CALIFORNIA 12 (DOCE) NO RELACIONADOS EN LISTA, CHIHUAHUA 2 (DOS) SIN CLAVE DE ELECTOR, 5 (CINCO) NO RELACIONADOS EN LISTA, DISTRITO FEDERAL 2 (DOS) NO RELACIONADOS EN LISTA, GUERRERO 1 (UNO) DUPLICADO Y 3 (TRES) NO ESTAN RELACIONADOS EN LISTA, JALISCO 82 (OCHENTA Y DOS) NO RELACIONADOS EN LISTA, MEXICO 99 (NOVENTA Y NUEVE) NO RELACIONADOS EN LISTA Y 7 (SIETE) NO CUENTAN CON FIRMA, MORELOS 2 (DOS) NO CUENTAN CON FIRMA, NAYARIT 37 (TREINTA Y SIETE) NO RELACIONADOS EN LISTA, NUEVO LEON 43 (CUARENTA Y TRES) NO RELACIONADOS EN LISTA, OAXACA 22 (VEINTIDOS) NO RELACIONADOS EN LISTA, PUEBLA 8 (OCHO) DUPLICADOS Y 15 (QUINCE) NO RELACIONADOS EN LISTA, QUINTANA ROO 2 (DOS) NO RELACIONADOS EN LISTA, SONORA 2 (DOS) NO RELACIONADOS EN LISTA, VERACRUZ 103 (CIENTO TRES) NO RELACIONADOS EN LISTA Y YUCATAN 8 (OCHO) SIN FIRMA Y 1 (UNO) SIN CLAVE DE ELECTOR. RAZON POR LA CUAL SE CONSIDERA QUE DE LAS 18,172 (DIECIOCHO MIL CIENTO SETENTA Y DOS) MANIFESTACIONES, 17,525 (DIECISIETE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO) SE APEGAN A LO ESTABLECIDO POR EL ACUERDO MULTICITADO, POR LO QUE CUMPLE EL REQUISITO.

QUE SE PROCEDIO AL ANALISIS DE LAS LISTAS DE CIUDADANOS ASOCIADOS, RESULTANDO QUE LAS CORRESPONDIENTES A: BAJA CALIFORNIA 1 (UNO) SIN MANIFESTACION, 4 (CUATRO) DUPLICADOS, CHIHUAHUA 83 (OCHENTA Y TRES) SIN MANIFESTACION Y 1 (UNO) SIN CLAVE DE ELECTOR, GUERRERO 2 (DOS) SIN MANIFESTACION Y 17 (DIECISIETE) DUPLICADOS, HIDALGO 5 (CINCO) SIN MANIFESTACION, MEXICO 9 (NUEVE) SIN MANIFESTACION, 26 (VEINTISEIS) DUPLICADOS, MORELOS 1 (UNO) SIN CLAVE DE ELECTOR, NAYARIT 1 (UNO) SIN MANIFESTACION Y 4 (CUATRO) DUPLICADOS, OAXACA 7 (SIETE) SIN MANIFESTACION, PUEBLA 2 (DOS) SIN MANIFESTACION, 12 (DOCE) DUPLICADOS, TABASCO 4 (CUATRO) SIN MANIFESTACION Y VERACRUZ 31 (TREINTA Y UNO) SIN MANIFESTACION Y 4 (CUATRO) DUPLICADOS, RAZON POR LA CUAL SE CONSIDERA QUE DEL TOTAL DE 17,767 (DIECISIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE), CIUDADANOS RELACIONADOS EN LISTA, 17,553 (DIECISIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES), CUMPLEN LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS POR EL MULTICITADO ACUERDO.

EL RESULTADO DE ESTE EXAMEN SE RELACIONA COMO ANEXO NUMERO TRES, EN VEINTICUATRO FOJAS UTILES, Y EN SU RESPECTIVA RELACION COMPLEMENTARIA EN DIECISIETE FOJAS UTILES, AMBOS FORMAN PARTE DEL PRESENTE PROYECTO DE RESOLUCION.

V.- QUE SE EFECTUO EL EXAMEN DESCRITO EN EL CONSIDERANDO 1, INCISO C), PARA LO CUAL SE ENVIO EL CIEN POR CIENTO DE LAS LISTAS DE ASOCIADOS, CON EL FIN DE QUE LA DIRECCION EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES, DE ESTE INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, VERIFICARA QUE LOS ASOCIADOS SE ENCUENTRAN INSCRITOS EN EL PADRON ELECTORAL, Y SE OBTUVO COMO RESULTADO QUE DE LOS 17,767 (DIECISIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE), NOMBRES DE CIUDADANOS RELACIONADOS EN LISTA, 1,354 (MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO), CORRESPONDEN A ASOCIADOS QUE NO APARECEN EN EL PADRON ELECTORAL, QUE RESTADOS A LOS 17,553 (DIECISIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES), NOMBRES DE CIUDADANOS RELACIONADOS EN LISTAS SON VALIDABLES, RESULTADO DEL ANALISIS DESCRITO EN EL CONSIDERANDO ANTERIOR, REDUCE A 16,199 (DIECISEIS MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE), EL NUMERO DE CIUDADANOS VALIDADOS, POR LO QUE CUMPLE CON EL MINIMO DE SIETE MIL ASOCIADOS EN EL PAIS EN LOS TERMINOS SOLICITADOS.

EL RESULTADO DE ESTE EXAMEN SE RELACIONA COMO ANEXO NUMERO CUATRO, EL CUAL DESCRIBE DETALLADAMENTE LA CAUSA POR LA QUE NO SE LOCALIZO A LOS CIUDADANOS EN EL PADRON ELECTORAL, Y QUE EN UNA FOJA UTIL, FORMA PARTE DE ESTE PROYECTO DE RESOLUCION.

VI.- QUE LA COMISION ANALIZO LA DOCUMENTACION, CON LA QUE PRETENDEN ACREDITAR CONTAR CON UN ORGANO DE DIRECCION A NIVEL NACIONAL Y CON DELEGACIONES EN CUANDO MENOS DIEZ ENTIDADES Y QUE ESTAS CUENTAN CON UN ORGANO DE DIRECCION ESTATAL, CONSISTENTE EN LA MISMA, QUE QUEDO YA DEBIDAMENTE RELACIONADA EN EL APARTADO SEIS DEL CAPITULO DE ANTECEDENTES DE LA PRESENTE RESOLUCION, Y QUE, EN OBVIO DE REPETICIONES, SE TIENE POR REPRODUCIDA EN ESTE CONSIDERANDO, PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.

QUE DE LA DOCUMENTACION DESCRITA, SE DESPRENDE QUE LA SOLICITANTE SI CUENTA CON UN ORGANO DE DIRECCION A NIVEL NACIONAL, CUYO DOMICILIO SE UBICA EN SEGUNDO PISO DEL EDIFICIO J. EMPARAN NUMERO 17 (DIECISIETE), COLONIA TABACALERA, MEXICO, DISTRITO FEDERAL Y CON DELEGACIONES EN LAS SIGUIENTES 13 (TRECE) ENTIDADES FEDERATIVAS: DISTRITO FEDERAL, GUERRERO, JALISCO, MEXICO, MICHOACAN, MORELOS, NAYARIT, NUEVO LEON, OAXACA, PUEBLA, QUINTANA ROO, VERACRUZ Y YUCATAN, Y QUE TODAS ESTAS SI CUENTAN CON UN ORGANO DE DIRECCION A NIVEL ESTATAL QUE POR ESTA RAZON, SE CONSIDERA ACREDITADO EL REQUISITO OBJETO DE ESTE CONSIDERANDO.

EL RESULTADO DE ESTE EXAMEN SE RELACIONA COMO ANEXO NUMERO CINCO, QUE EN DOS FOJAS UTILES, FORMA PARTE DEL PRESENTE PROYECTO DE RESOLUCION.

VII.- QUE LA COMISION QUE SUSCRIBE EL PRESENTE PROYECTO DE RESOLUCION, TAL COMO LO ESTABLECE EL INCISO E) DEL CONSIDERANDO UNO DE ESTE INSTRUMENTO, ANALIZO LA DECLARACION DE PRINCIPIOS, EL PROGRAMA DE ACCION Y LOS ESTATUTOS QUE PRESENTO LA ASOCIACION DE CIUDADANOS SOLICITANTE, A EFECTO DE COMPROBAR SI LOS MISMOS CUMPLEN CON LOS EXTREMOS SEÑALADOS, POR LOS ARTICULOS 25; 26, INCISOS a), b) Y c); ASI COMO 27, INCISOS a), b), Y c), FRACCIONES I, II, III Y IV Y g), RESPECTIVAMENTE, DEL CODIGO DE LA MATERIA.

QUE EL RESULTADO DE ESTE ANALISIS, INDICA QUE LA DECLARACION DE PRINCIPIOS CUMPLE CON LOS EXTREMOS ESTABLECIDOS POR EL ARTICULO 25 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES.

QUE POR LO QUE HACE AL ANALISIS DEL PROGRAMA DE ACCION, CUMPLE CABALMENTE CON LO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 26, INCISOS a), b) Y c) DEL REFERIDO ORDENAMIENTO.

QUE RESPECTO AL ANALISIS DE LOS ESTATUTOS, SE OBTUVO COMO RESULTADO, QUE ESTOS CUMPLEN CON LOS EXTREMOS ESTABLECIDOS POR EL ARTICULO 27, INCISOS a), b), Y c), FRACCIONES I, II, III Y IV Y g) DE LA LEY ELECTORAL VIGENTE.

EL RESULTADO DE ESTOS ANALISIS SE RELACIONA COMO ANEXO NUMERO SEIS, QUE EN UNA FOJA UTIL, FORMA PARTE DEL PRESENTE PROYECTO DE RESOLUCION.

VIII.- QUE LA COMISION ANALIZO EL CONJUNTO DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA, PARA CONSTATAR QUE LA SOLICITANTE SE OSTENTA CON UNA DENOMINACION DISTINTA A CUALQUIER OTRA ORGANIZACION O PARTIDO POLITICO, DANDO COMO RESULTADO QUE, AL DENOMINARSE "EXPRESION CIUDADANA", ASOCIACION CIVIL Y AL PRESENTAR DOCUMENTACION CON DICHA DENOMINACION, SI SE TIENE POR CUMPLIDO EL REQUISITO OBJETO DEL PRESENTE CONSIDERANDO.

IX.- QUE CON BASE EN TODA LA DOCUMENTACION QUE CONFORMA EL EXPEDIENTE DE CONSTITUCION COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, DE LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "EXPRESION CIUDADANA" Y CON FUNDAMENTO EN LOS RESULTADOS DE LOS ANALISIS DESCRITOS EN LOS CONSIDERANDOS ANTERIORES, SE CONCLUYE QUE LA SOLICITUD DE LA ASOCIACION CIVIL SEÑALADA CUMPLE CON LOS REQUISITOS PREVISTOS POR LOS INCISOS A),B),C),D) Y F); TODOS DEL PUNTO PRIMERO, PARRAFO TRES DEL ACUERDO CITADO EN EL PUNTO UNO DEL APARTADO DE ANTECEDENTES DEL PRESENTE Y PROYECTO DE RESOLUCION.

LO ANTERIORMENTE SEÑALADO, SE DETALLA EN EL ANEXO NUMERO SIETE, QUE EN UNA FOJA UTIL, FORMA PARTE DEL PRESENTE PROYECTO DE RESOLUCION.

X.- QUE POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y FUNDADO, ESTA COMISION CONCLUYE QUE LA SOLICITUD DE LA ASOCIACION CIVIL DENOMINADA "EXPRESION CIUDADANA", REUNE LOS REQUISITOS NECESARIOS PARA OBTENER SU REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, DE ACUERDO A LO PRESCRITO POR EL ARTICULO 35, PARRAFOS 1, INCISOS a) Y b); Y 2 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES Y EN EL ACUERDO EMITIDO AL EFECTO POR EL CONSEJO GENERAL.

EN CONSECUENCIA, LA COMISION QUE SUSCRIBE PROPONE AL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 35, PARRAFO 3, Y 80 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES; Y EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 82, PARRAFO 1, INCISOS k) Y z) DEL MISMO ORDENAMIENTO, DICTE LA SIGUIENTE:

 

R E S O L U C I O N

PRIMERO.- PROCEDE EL OTORGAMIENTO DEL REGISTRO COMO AGRUPACION POLITICA NACIONAL, A LA ASOCIACION CIUDADANA DENOMINADA "EXPRESION CIUDADANA", ASOCIACION CIVIL EN LOS TERMINOS DE LOS CONSIDERANDOS DE ESTA RESOLUCION, TODA VEZ QUE CUMPLA CON LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 33, PARRAFO 2 Y 35, PARRAFOS 1, INCISOS a) Y b), 2 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, Y POR SATISFACER LOS REQUISITOS PRECISADOS EN EL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE INDICAN LOS REQUISITOS QUE DEBERAN CUMPLIR LAS ASOCIACIONES DE CIUDADANOS QUE PRETENDAN CONSTITUIRSE COMO AGRUPACIONES POLITICAS NACIONALES, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL VEINTISEIS DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.

SEGUNDO.- NOTIFIQUESE EN SUS TERMINOS LA PRESENTE RESOLUCION A LA ASOCIACION CIUDADANA "EXPRESION CIUDADANA", ASOCIACION CIVIL.

TERCERO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.