DIRECCION EJECUTIVA DEL SERVICIO

PROFESIONAL ELECTORAL

PROPUESTA DE MODELO DE operaciOn Y MODELO GENERAL DE LOS EXAMENES DEL CONCURSO DE INCORPORACION PARA OCUPAR PLAZAS DE VOCAL EJECUTIVO EN JUNTAS EJECUTIVAS DISTRITALES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL.

17 DE ABRIL DE 2002

MODELO DE OPERACION

  1. CONVOCATORIA
  2. LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA EMITIRA UNA CONVOCATORIA QUE CONTENDRA COMO MINIMO LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 63 DEL ESTATUTO DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL Y DEL PERSONAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL (ESTATUTO). EN ELLA SE PRECISARAN, EN SU CASO, LAS PLAZAS DE VOCAL EJECUTIVO DE JUNTA DISTRITAL QUE SE ENCUENTREN VACANTES, O BIEN SE INDICARA QUE SE CONVOCA UNICAMENTE AL RECLUTAMIENTO DE ASPIRANTES POR NO EXISTIR VACANTES SUJETAS A CONCURSO EN ESE MOMENTO. ASI SE CONVOCARA A MIEMBROS DEL SERVICIO Y A CIUDADANOS QUE NO FORMEN PARTE DEL MISMO. LOS PRIMEROS SE CONSIDERARAN ASPIRANTES INTERNOS, MIENTRAS QUE LOS SEGUNDOS, EXTERNOS. EN AMBOS CASOS, LOS ASPIRANTES DEBERAN CUMPLIR CON LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE EL ARTICULO 43 DEL PROPIO ESTATUTO Y CON LA ETAPA DE INSCRIPCION Y RECLUTAMIENTO, ESTA ULTIMA TRATANDOSE DE ASPIRANTES EXTERNOS.

    CON APEGO AL ARTICULO 61 DEL ESTATUTO, LA CONVOCATORIA QUE EXPIDA LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA SE DIFUNDIRA EN LOS ESTRADOS QUE SE ENCUENTREN EN LAS JUNTAS LOCALES Y DISTRITALES Y EN LAS OFICINAS CENTRALES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL. TAMBIEN SE PUBLICARA EN, POR LO MENOS, UN DIARIO DE AMPLIA CIRCULACION NACIONAL Y EN DIARIOS LOCALES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS DEL PAIS CONFORME A LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL. LA PUBLICACION, TANTO EN LOS ESTRADOS COMO EN LOS DIARIOS, SE HARA, CUANDO MENOS, CON UNA ANTICIPACION DE TRES DIAS ANTES DE QUE INICIE EL PERIODO DE INSCRIPCION DE ASPIRANTES.

    PARA QUE LA PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA EN LOS ESTRADOS DE LAS JUNTAS LOCALES Y DISTRITALES Y EN LOS DIARIOS OCURRA EL MISMO DIA, LA DESPE ENVIARA A LAS PRIMERAS, CINCO DIAS NATURALES ANTES DE QUE SE PUBLIQUE EN LOS DIARIOS, LA CONVOCATORIA Y LAS GUIAS DE ESTUDIO PARA EL EXAMEN PREVIO DE CONOCIMIENTOS GENERALES Y EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES REQUERIDOS PARA EL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL. LOS RESPONSABLES DE LAS JUNTAS LOCALES, A SU VEZ, DISTRIBUIRAN LA CONVOCATORIA Y LAS GUIAS A LAS JUNTAS DISTRITALES. LAS GUIAS, QUE CONTENDRAN LOS TEMAS DE LOS EXAMENES Y LA REFERENCIA BIBLIOGRAFICA CONSIDERADA PARA LA ELABORACION DE ESTOS, SE PUBLICARAN EN LOS ESTRADOS JUNTO CON LA CONVOCATORIA.

    EN EL CASO DE QUE DURANTE LA REALIZACION DEL CONCURSO DE INCORPORACION O DURANTE EL PERIODO DE VIGENCIA DE SUS RESULTADOS SE GENERE ALGUNA VACANTE EN EL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL DICHA VACANTE SE CUBRIRA CON AQUELLOS ASPIRANTES QUE HUBIERAN OBTENIDO LOS SIGUIENTES MEJORES RESULTADOS DEL GANADOR Y, DE SER EL CASO, SERIAN LLAMADOS A LA ETAPA DE ENTREVISTAS LOS ASPIRANTES QUE NO HUBIERAN AGOTADO DICHA FASE, PERO CUYO RESULTADO DE EXAMENES FUERA AUN VIGENTE DE ACUERDO A LOS TERMINOS PREVISTOS EN EL PRESENTE MODELO DE OPERACION.

  3. PRIMERA FASE

  1. ETAPA DE INSCRIPCION INICIAL DE ASPIRANTES
  2. 1.1. MATERIAL DE APOYO

    PREVIO A LA PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA, LA DESPE ENTREGARA A LAS JUNTAS LOCALES EL MATERIAL DE APOYO QUE UTILIZARAN PARA EL CONCURSO (SOLICITUDES, HOJAS DE INSCRIPCION, SELLOS, FORMATOS DE ACUSE DE RECIBO Y GUIAS DE ESTUDIO). UNA VEZ QUE LAS SOLICITUDES ESTEN EN LA JUNTA LOCAL, EL ENCARGADO DE ESTA PROCEDERA A DISTRIBUIR LAS SOLICITUDES A LAS JUNTAS DISTRITALES EJECUTIVAS.

    1.2 PERIODO Y LUGARES DE INSCRIPCION

    PUBLICADA LA CONVOCATORIA, LOS INTERESADOS PODRAN RECOGER LAS SOLICITUDES EN LOS MODULOS QUE SE INSTALEN EN LAS JUNTAS LOCALES Y DISTRITALES, LA CONVOCATORIA FIJARA EL PLAZO Y HORARIO PARA LA INSCRIPCION DE ASPIRANTES, EL CUAL NO SERA MENOR A CINCO DIAS NATURALES Y SE EFECTUARA DE LAS 10:00 A LAS 15:00 HORAS EN LOS MODULOS QUE SE INSTALEN EN LAS JUNTAS LOCALES Y EN OFICINAS CENTRALES.

    1.3. SOLICITUDES Y DOCUMENTOS A PRESENTAR EN LOS MODULOS

    LOS ASPIRANTES INTERNOS DEBERAN LLENAR Y ENTREGAR SU SOLICITUD; JUNTO CON ELLA PODRAN PRESENTAR EL COMPROBANTE DE ESTUDIOS O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE CONSIDEREN IMPORTANTE PARA QUE SEA INCORPORADO EN SUS EXPEDIENTES, EN FOTOCOPIA, ACOMPAÑADO DE LA PROTESTA DE LEY REQUERIDA POR LA DESPE.

    LOS ASPIRANTES EXTERNOS, POR SU PARTE, TENDRAN QUE LLENAR LA SOLICITUD CORRESPONDIENTE Y ENTREGARLA JUNTO CON SU CURRICULUM VITAE ACTUALIZADO Y FIRMADO, EL CUAL DEBERA ACOMPAÑARSE DE LA FOTOCOPIA DEL ACTA DE NACIMIENTO; EL COMPROBANTE DE ESTUDIOS (CERTIFICADO, CEDULA PROFESIONAL O TITULO); CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFIA O LA SOLICITUD DE ACTUALIZACION, Y DOCUMENTO QUE DEMUESTRE QUE POR ESPACIO DE DOS AÑOS EN LOS ULTIMOS CINCO AÑOS HA OCUPADO UN CARGO O PUESTO DE DIRECCION EN INSTITUCIONES PUBLICAS, EMPRESAS PRIVADAS, ORGANOS JURISDICCIONALES U ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES. (SOLO SE ACEPTARA CARTA POR PARTE DEL EMPLEADOR; CONTRATO O DOCUMENTO QUE ESPECIFIQUE EL CARGO O PUESTO OCUPADO POR EL ASPIRANTE, LAS FECHAS EN QUE OCUPO DICHO CARGO O PUESTO, SUS FUNCIONES, Y LOS NOMBRES O TELEFONOS DE DOS DIRECTIVOS, ASI COMO EL TELEFONO Y DIRECCION DE LA INSTITUCION, DEPENDENCIA O EMPRESA DONDE OCUPO EL CARGO O PUESTO. EN SU CASO, TAMBIEN SE ACEPTARA LA MANIFESTACION POR ESCRITO Y BAJO PROTESTA, SUSCRITA POR EL ASPIRANTE Y EN LA CUAL SE INDIQUEN LOS DATOS QUE SE SOLICITAN).

    ASI, LOS EXPEDIENTES DE LOS ASPIRANTES INTERNOS CONTENDRAN LA SOLICITUD Y LAS FOTOCOPIAS DE LOS DOCUMENTOS QUE HAYAN REGISTRADO; MIENTRAS QUE LOS EXPEDIENTES DE LOS ASPIRANTES EXTERNOS CONTENDRAN, ADEMAS DE LA SOLICITUD Y EL CURRICULUM VITAE EN ORIGINAL, LAS FOTOCOPIAS DE LOS DOCUMENTOS REFERIDOS EN EL PARRAFO ANTERIOR.

    1.4. RESPONSABLE

    EL RESPONSABLE DEL PROCESO DE INSCRIPCION DE ASPIRANTES SERA EL VOCAL SECRETARIO DE LA JUNTA LOCAL EN QUE SE LLEVEN A CABO LAS TAREAS DE REGISTRO, EN SU DEFECTO, LA DESPE NOMBRARA AL RESPONSABLE PARA LO CUAL PODRA APOYARSE EN LOS FUNCIONARIOS DE LAS DIRECCIONES EJECUTIVAS DEL INSTITUTO Y DEL CENTRO DE FORMACION Y DESARROLLO. COMO REQUISITO, EL RESPONSABLE NOMBRADO POR LA DESPE DEBERA OCUPAR UN CARGO DE MANDO MEDIO O SUPERIOR EN EL INSTITUTO Y NO PODRA SER ASPIRANTE EN EL CONCURSO DE INCORPORACION. LOS FUNCIONARIOS QUE NOMBRE LA DESPE PARA EL EFECTO SE ENCARGARAN DE LLEVAR EL MATERIAL DE APOYO NECESARIO PARA EL PERIODO DE INSCRIPCION DE ASPIRANTES.

    EL RESPONSABLE DEL MODULO REVISARA, SIN DISTINCION, QUE TODAS LAS SOLICITUDES SE PRESENTEN ACOMPAÑADAS DE LA PROTESTA DEL ASPIRANTE RESPECTO AL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS, EN LOS TERMINOS QUE AL EFECTO DETERMINE LA DESPE, SEÑALANDO LO CONDUCENTE EN EL RECIBO CORRESPONDIENTE.

    1.5. CONSULTA DE LAS GUIAS DE ESTUDIO

    LOS ASPIRANTES PODRAN CONSULTAR LAS GUIAS DE ESTUDIO DE LOS EXAMENES EN LOS ESTRADOS QUE SE ENCUENTRAN EN LAS JUNTAS LOCALES Y DISTRITALES Y EN EL EXTERIOR DE LAS OFICINAS CENTRALES DEL INSTITUTO. LAS GUIAS DE ESTUDIO DEBERAN PERMANECER VISIBLES EN DICHOS ESTRADOS EL TIEMPO QUE TRANSCURRA DESDE LA PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA HASTA LOS DIAS EN QUE SE APLIQUEN LOS EXAMENES CORRESPONDIENTES.

  3. ETAPA DE RECLUTAMIENTO

2.1. VALORACION DE ANTECEDENTES CURRICULARES DE LOS ASPIRANTES EXTERNOS

CON APEGO A LOS ARTICULOS 43, 44, 45, 62 FRACCION III; Y 63 FRACCION III DEL ESTATUTO DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL Y DEL PERSONAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, LA DESPE REALIZARA LA VALORACION DE ANTECEDENTES CURRICULARES DE LOS ASPIRANTES EXTERNOS EN LOS SIGUIENTES TERMINOS:

  1. EN LOS DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑAN AL CURRICULUM VITAE, DEBERAN INCLUIRSE LOS COMPROBANTES QUE HAGAN REFERENCIA ESCRITA A CADA UNO DE LOS REQUISITOS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 43 DEL ESTATUTO EN SUS FRACCIONES I A VII, LO CUAL SERA VERIFICADO POR LA DESPE.
  2. EN LOS DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑAN AL CURRICULUM VITAE, DEBERAN INCLUIRSE LOS COMPROBANTES QUE HAGAN REFERENCIA ESCRITA A SU EXPERIENCIA LABORAL EN UN CARGO O PUESTO DE DIRECCION POR ESPACIO DE DOS AÑOS EN LOS ULTIMOS CINCO AÑOS EN INSTITUCIONES PUBLICAS, EMPRESAS PRIVADAS, ORGANOS JURISDICCIONALES U ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES.
  3. LA DESPE VERIFICARA QUE EL CARGO O PUESTO OCUPADO POR EL ASPIRANTE EFECTIVAMENTE SEA DE DIRECCION, PARA LO CUAL CONSULTARA EL CATALOGO DE CARGOS Y PUESTOS QUE PARA TAL EFECTO HAYA ELABORADO, PUDIENDO, EN TODO CASO, INVESTIGAR O ALLEGARSE DE LA INFORMACION NECESARIA QUE LE PERMITA DICTAMINAR CORRECTAMENTE SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE ESTE REQUISITO ASI COMO DE LOS RESTANTES QUE PREVE EL ARTICULO 43 DE ESTATUTO.

CUANDO SE TRATE DE ASPIRANTES QUE FORMEN PARTE DE LA RAMA ADMINISTRATIVA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, LA DESPE TAMBIEN DEBERA CERCIORARSE QUE DICHOS ASPIRANTES OCUPEN UNO DE LOS CARGOS O PUESTOS DE NIVEL DE PLAZA PRESUPUESTAL IGUAL O SUPERIOR A 28 AL MOMENTO DE SU REGISTRO EN EL CONCURSO Y, DESEMPEÑEN FUNCIONES DE CARACTER DIRECTIVO.

2.2. PARTICIPACION DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA

LA DESPE ENTREGARA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA UN LISTADO QUE CONTENDRA LOS NUMEROS DE INSCRIPCION Y NOMBRES DE LOS ASPIRANTES EXTERNOS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS DEL ARTICULO 43 DEL ESTATUTO.

SI LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL O DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA REQUIEREN EL EXPEDIENTE DE ALGUN ASPIRANTE, ESTARA A SU DISPOSICION EN LAS OFICINAS DE LA DESPE. SIN EMBARGO, PARA SU CONSULTA DEBERAN SOLICITARLOS POR ESCRITO A DICHA DIRECCION EJECUTIVA.

AL MOMENTO QUE RECIBAN EL LISTADO, LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA CONTARAN CON UN PLAZO DE OCHO DIAS HABILES PARA PRESENTAR A LA DESPE OBSERVACIONES FUNDADAS, POR ESCRITO, CON RELACION AL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES EXTERNOS.

2.3. NOTIFICACION DE LOS RESULTADOS

UNA VEZ QUE SE CUMPLA EL PLAZO ANTES SEÑALADO, LA DESPE DISPONDRA DE DOS DIAS PARA REVISAR LAS OBSERVACIONES QUE, EN SU CASO, SE EMITAN, A EFECTO DE ELABORAR UN LISTADO QUE CONTENDRA LOS NUMEROS DE INSCRIPCION Y NOMBRE DE LOS ASPIRANTES EXTERNOS QUE PODRAN PRESENTARSE A LA FASE DE EXAMEN PREVIO DE CONOCIMIENTOS GENERALES. ESTE LISTADO SE DARA A CONOCER EN LOS ESTRADOS QUE SE ENCUENTRAN EN LAS JUNTAS LOCALES, DISTRITALES Y OFICINAS CENTRALES, EN EL SE ESPECIFICARA LA FECHA, HORA Y LUGARES DE APLICACION DEL EXAMEN. LAS JUNTAS LOCALES LO RECIBIRAN Y SERA REPRODUCIDO Y DISTRIBUIDO A LAS JUNTAS DISTRITALES POR EL TITULAR RESPONSABLE DE LAS JUNTAS LOCALES.

TAMBIEN LO DARA A CONOCER A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA.

  1. ETAPA DE EXAMENES PREVIOS DE CONOCIMIENTOS GENERALES EN MATERIA ELECTORAL

DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 45 DEL ESTATUTO, LOS ASPIRANTES QUE AUN NO PERTENECEN AL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL Y DESEAN ACCEDER A LA SEGUNDA FASE DEL CONCURSO DE INCORPORACION DEBERAN APROBAR LOS EXAMENES PREVIOS QUE FORMAN PARTE DE LA PRIMERA FASE.

3.1. ELABORACION

LA DESPE INVITARA A LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA A PRESENCIAR, EN CALIDAD DE OBSERVADORES, EL PROCESO DE ELABORACION, IMPRESION Y EMPAQUE DE LOS EXAMENES QUE HABRAN DE APLICARSE A LOS ASPIRANTES. ESTE PROCESO OCURRIRA, AL MENOS, CUARENTA Y OCHO HORAS ANTES DE QUE SE APLIQUEN LOS EXAMENES.

LA DESPE LEVANTARA DOS ACTAS CIRCUNSTANCIADAS: UNA PARA EL EVENTO DE ELABORACION DE LOS EXAMENES, Y OTRA PARA LA INTEGRACION DE LOS PAQUETES CON LOS CUADERNOS QUE CONTIENEN LAS PREGUNTAS Y LAS HOJAS DE RESPUESTA DE LOS EXAMENES.

3.2. APLICACION

LOS EXAMENES SE APLICARAN EL MISMO DIA EN CADA UNA DE LAS CAPITALES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS O EN LAS CABECERAS DE LAS CINCO CIRCUNSCRIPCIONES ELECTORALES PLURINOMINALES SEGUN SE DETERMINE DE ACUERDO CON EL NUMERO DE ASPIRANTES. LA DESPE DETERMINARA FECHA, HORA Y LUGARES PARA DICHA APLICACION.

LOS ASPIRANTES DEBERAN ACUDIR PUNTUALMENTE AL LUGAR DONDE SE APLIQUEN LOS EXAMENES. ANTES DE QUE INICIE LA APLICACION, SE LES PEDIRA QUE SE IDENTIFIQUEN CON LA CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFIA, CEDULA PROFESIONAL O EL PASAPORTE, PARA ASEGURAR SU IDENTIDAD. ADEMAS, TENDRAN QUE MOSTRAR EL ACUSE QUE RECIBIERON AL MOMENTO DE HACER EL TRAMITE DE INSCRIPCION Y FIRMAR LA RELACION DE ASISTENCIA A LOS EXAMENES. UNA VEZ CUMPLIDO LO ANTERIOR, SE LES ENTREGARA EL SOBRE QUE CONTIENE EN SU INTERIOR LOS CUADERNOS CON LAS PREGUNTAS, LA HOJA DE RESPUESTAS EN LA QUE APARECERA UN NUMERO DE FOLIO, Y UN SOBRE PEQUEÑO, QUE TRAERA IMPRESO EN EL EXTERIOR EL MISMO NUMERO DE FOLIO QUE APARECE EN LA HOJA DE RESPUESTAS, CON UNA TARJETA QUE TAMBIEN TRAERA IMPRESO ESE NUMERO DE FOLIO.

NO TENDRAN DERECHO A PRESENTAR LOS EXAMENES QUIENES NO ASISTAN EN LA FECHA Y HORA PREVIAMENTE ESTABLECIDOS AL LUGAR DONDE SE APLIQUEN, O QUIENES ASISTAN PERO NO LLEVEN COMO IDENTIFICACION LA CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFIA, EL PASAPORTE O CEDULA PROFESIONAL, Y EL ACUSE QUE RECIBIERON AL MOMENTO DE HACER SU TRAMITE DE INSCRIPCION.

PARA GARANTIZAR LA CONFIDENCIALIDAD DE LOS INSTRUMENTOS DE EVALUACION, ANTES DE QUE INICIE LA APLICACION DE LOS EXAMENES, EL ASPIRANTE VERIFICARA QUE EL NUMERO QUE APARECE EN SU HOJA DE RESPUESTAS CORRESPONDA CON EL IMPRESO EN EL SOBRE PEQUEÑO Y LA TARJETA. DE OCURRIR ESTO, EL ASPIRANTE ESCRIBIRA SU NOMBRE COMPLETO, LA CLAVE DE ELECTOR O EL FOLIO DE SOLICITUD DE ACTUALIZACION Y FIRMARA LA TARJETA. ESTA TENDRA QUE SER INTRODUCIDA EN EL SOBRE PEQUEÑO, EL CUAL SERA CERRADO POR EL ASPIRANTE.

LOS ASPIRANTES DEBERAN ACATAR LAS DISPOSICIONES FIJADAS PARA LA SEGURIDAD Y VIGILANCIA DURANTE SU APLICACION. EN CASO DE QUE ALGUN ASPIRANTE NO LAS ACATE, SE LE RECOGERA EL EXAMEN, PROCEDIENDO CONFORME SE INDIQUE EN DICHAS DISPOSICIONES. SE LEVANTARA ACTA CIRCUNSTANCIADA DONDE SE ASIENTEN LOS MOTIVOS POR LOS QUE NO SE LE PERMITIO CONTINUAR EN EL CONCURSO Y TODO HECHO RELACIONADO CON EL INCUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES.

EL REPRESENTANTE QUE ENVIE LA DESPE A CADA UNA DE LAS CIUDADES DONDE SE APLIQUEN LOS EXAMENES SERA EL RESPONSABLE DE TRANSPORTAR Y CUSTODIAR LOS CUADERNOS CON LAS PREGUNTAS, LAS HOJAS DE RESPUESTA Y LA PAPELERIA QUE SE UTILICE PARA APLICAR LOS EXAMENES; VERIFICAR EL REGISTRO DE ASISTENCIA; RECOGER LOS SOBRES PEQUEÑOS QUE CONTENDRAN EN SU INTERIOR LOS DATOS DEL ASPIRANTE; VIGILAR EL COMPORTAMIENTO DE LOS ASPIRANTES DURANTE LA APLICACION DE LOS EXAMENES; Y SI SE PRESENTA EL CASO, RECOGER LOS EXAMENES DE LOS ASPIRANTES QUE NO OBSERVEN LAS DIPOSICIONES FIJADAS PARA LA SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE DICHA APLICACION, ASI COMO REDACTAR EL ACTA CIRCUNSTANCIADA CORRESPONDIENTE. SIN EMBARGO, CONTARA CON EL APOYO DEL RESPONSABLE DE LA JUNTA LOCAL Y DE AQUELLAS PERSONAS QUE ESTE DESIGNE, TANTO PARA EL REGISTRO DE ASISTENCIA COMO PARA LA VIGILANCIA DURANTE LA APLICACION DE LOS EXAMENES.

LA DESPE INVITARA A LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA A PRESENCIAR LA APLICACION DE LOS EXAMENES. PARA ELLO, TENDRAN QUE INFORMAR POR ESCRITO TANTO A LA DESPE COMO A LA JUNTA LOCAL QUE CORRESPONDA, DOS DIAS HABILES ANTES DE QUE SE PRESENTEN LOS EXAMENES, EL NOMBRE DE QUIEN, EN SU CASO, ASISTA EN SU REPRESENTACION A CADA UNO DE LOS LUGARES DONDE SE EXAMINE A LOS ASPIRANTES. ESTAS PERSONAS DEBERAN IDENTIFICARSE AL INGRESAR AL LUGAR DONDE SE APLIQUEN LOS EXAMENES Y SOLO PODRAN PARTICIPAR EN CALIDAD DE OBSERVADORES.

3.3. CALIFICACION

LA DESPE SERA LA RESPONSABLE DE CALIFICAR LOS EXAMENES, PARA ELLO PODRA APOYARSE EN UNA COMPAÑIA O INSTITUCION PUBLICA O PRIVADA ESPECIALIZADA EN LA CAPTURA DE DATOS CON LECTOR OPTICO. LA COMPAÑIA CAPTURARA LAS RESPUESTAS Y PROPORCIONARA LOS RESULTADOS DE LOS EXAMENES A LA DESPE, PARA SU RATIFICACION.

3.4. NOTIFICACION DE LOS RESULTADOS Y REGISTRO DE ASPIRANTES A LA ETAPA DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES EN FUNCION DEL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL.

LA DESPE INVITARA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA A PRESENCIAR LA ENTREGA DE RESULTADOS DE LOS EXAMENES PREVIOS DE CONOCIMIENTOS GENERALES QUE HAGA LA COMPAÑIA O INSTITUCION CORRESPONDIENTE. EN ESE MOMENTO, LA DESPE LEVANTARA ACTA CIRCUNSTANCIADA.

LA COMPAÑIA O INSTITUCION CORRESPONDIENTE ENTREGARA LOS RESULTADOS, ADEMAS ENTREGARA UN LISTADO QUE RELACIONE LOS NUMEROS DE FOLIO DE LOS EXAMENES QUE HUBIERAN OBTENIDO UNA CALIFICACION PROMEDIO IGUAL O SUPERIOR A SIETE, Y A SU VEZ EN CADA SECCION DEL EXAMEN, POR AREA DE CONOCIMIENTO, UNA CALIFICACION IGUAL O SUPERIOR A SEIS, EN UNA ESCALA DE CERO A DIEZ.

CUANDO LA COMPAÑIA O INSTITUCION PROPORCIONE EL LISTADO CON LOS NUMEROS DE FOLIO DE LOS EXAMENES QUE OBTUVIERON LA CALIFICACION MINIMA APROBATORIA, LA DESPE ABRIRA LOS SOBRES PEQUEÑOS QUE CONTIENEN LOS DATOS DE LOS ASPIRANTES ANTE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA QUE SE ENCUENTREN PRESENTES A LA HORA CITADA PARA TAL EFECTO. SI AL MOMENTO DE CONOCER LOS NOMBRES DE LOS ASPIRANTES SE PRESENTARAN IRREGULARIDADES POR PARTE DE ALGUN ASPIRANTE, LA DESPE LEVANTARA ACTA CIRCUNSTANCIADA. DE CORROBORAR QUE EN LA IRREGULARIDAD EXISTIO DOLO, LA DESPE DETERMINARA LO CONDUCENTE, ANULARA LAS CALIFICACIONES, ELIMINARA DEL CONCURSO DE INCORPORACION AL ASPIRANTE INVOLUCRADO E INFORMARA A LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA Y DE LA COMISION DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL DE LAS RAZONES QUE MOTIVARON TAL DETERMINACION.

INMEDIATAMENTE DESPUES DE TERMINADA LA APERTURA DE SOBRES, LA DESPE REGISTRARA A LOS ASPIRANTES QUE, CON BASE EN LOS RESULTADOS ANTERIORMENTE MENCIONADOS, PODRAN PRESENTARSE A LOS EXAMENES DE CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES EN FUNCION DEL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL. PARA ELLO, LA DESPE ELABORARA UN LISTADO IMPRESO CON LOS NUMEROS DE FOLIO Y NOMBRES DE LOS ASPIRANTES EXTERNOS QUE SERAN REGISTRADOS PARA DICHOS EXAMENES. ESTE LISTADO SE HARA DEL CONOCIMIENTO DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA Y DEL CONSEJO GENERAL.

LA DESPE PUBLICARA EN LOS ESTRADOS DE LAS JUNTAS LOCALES Y OFICINAS CENTRALES LOS RESULTADOS DEL EXAMEN DE TODOS LOS ASPIRANTES QUE HUBIERAN OBTENIDO LA CALIFICACION MINIMA APROBATORIA EN LOS TERMINOS REFERIDOS ANTERIORMENTE Y LOS CONVOCARA A LA FASE DE OPOSICION. EN LA FECHA EN QUE SE PUBLIQUE DICHO LISTADO CONCLUYE LA PRIMERA FASE DEL CONCURSO DE INCORPORACION SEÑALADA EN EL ARTICULO 63, FRACCION III DEL ESTATUTO, ASI COMO EL PROCEDIMIENTO DE RECLUTAMIENTO SEÑALADO EN LOS ARTICULOS 34 Y 63, FRACCION III DEL ESTATUTO, E INICIA LA VIGENCIA DE DOCE MESES DE LOS RESULTADOS DE LOS ASPIRANTES EXTERNOS DETERMINADA EN EL ARTICULO 37 DEL MISMO ORDENAMIENTO ESTATUTARIO. SI DURANTE ESE PERIODO DE VIGENCIA SE CELEBRA UN NUEVO CONCURSO PARA OCUPAR OTRA PLAZA DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL, DICHOS ASPIRANTES EXTERNOS PODRAN TENER LA POSIBILIDAD DE MEJORAR SUS CALIFICACIONES PRESENTANDO UN NUEVO EXAMEN PREVIO DE CONOCIMIENTOS GENERALES; ADEMAS, EN EL CONCURSO DE QUE SE TRATE, LA DESPE TOMARA EN CUENTA LA CALIFICACION MAS ALTA, SEA ESTA LA VIGENTE, O BIEN LA DEL NUEVO EXAMEN SUSTENTADO.

EL LISTADO, QUE ESPECIFICARA LA FECHA, HORA Y LUGARES DE APLICACION DE LOS EXAMENES DE CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES EN FUNCION DEL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL, SE ENVIARA A LAS JUNTAS LOCALES, LAS QUE LO REPRODUCIRAN Y DISTRIBUIRAN A LAS JUNTAS DISTRITALES PARA QUE SE PUBLIQUEN EN SUS RESPECTIVOS ESTRADOS.

III. SEGUNDA FASE (DE OPOSICION)

1. ETAPA DE VALORACION DE ANTECEDENTES CURRICULARES DE LOS ASPIRANTES INTERNOS

CON APEGO A LOS ARTICULOS 43 FRACCION VIII, 44 Y 63, FRACCION III; 42, Y 41, FRACCION VIII DEL ESTATUTO, LA DESPE VERIFICARA QUE LOS ASPIRANTES QUE YA SON MIEMBROS DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL OCUPEN UNO DE LOS CARGOS O PUESTOS DE NIVEL DE PLAZA PRESUPUESTAL IGUAL O SUPERIOR A 28, CONFORME AL CATALOGO DE CARGOS Y PUESTOS DEL INSTITUTO APROBADO POR LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA EL 6 DE SEPTIEMBRE DE 1999. ASIMISMO, VERIFICARA Y PONDERARA LOS ANTECEDENTES CURRICULARES Y LABORALES DE LOS ASPIRANTES CONFORME LO SIGUIENTE:

NO SE ACEPTARAN A LOS ASPIRANTES INTERNOS QUE DURANTE LOS ULTIMOS DOCE MESES A LA ETAPA DE REGISTRO HAYAN SIDO SUSPENDIDOS O DESTITUIDOS MEDIANTE IMPOSICION DE SANCION ADMINISTRATIVA. TAMPOCO PODRAN PARTICIPAR LOS FUNCIONARIOS QUE DURANTE ESE MISMO PERIODO HAYAN OBTENIDO UNA CALIFICACION MENOR A SIETE EN ALGUNA DE LAS MATERIAS DEL PROGRAMA DE FORMACION Y DESARROLLO PROFESIONAL, O BIEN, UNA CALIFICACION MENOR A SIETE EN LA ULTIMA EVALUACION DEL DESEMPEÑO.

EN FUNCION DE LA VERIFICACION DE DICHOS ANTECEDENTES LA DESPE DICTAMINARA LA PROCEDENCIA DE SU REGISTRO A LA FASE DE OPOSICION EN EL CONCURSO.

IGUALMENTE, PODRAN PARTICIPAR LOS ASPIRANTES QUE EN EL ULTIMO CONCURSO CELEBRADO PARA OCUPAR PLAZAS DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL, APROBARON EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS PARA EL CARGO Y QUE TENGAN SUS CALIFICACIONES VIGENTES. EN CASO DE QUE DESEEN MEJORAR SUS CALIFICACIONES, ESTOS ASPIRANTES PODRAN PRESENTAR NUEVAMENTE EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS PARA EL CARGO Y LA DESPE TOMARA EN CUENTA LA CALIFICACION MAS ALTA.

1.1. PARTICIPACION DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA

LA DESPE ENTREGARA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA UN LISTADO QUE CONTENDRA LOS NUMEROS DE FOLIO Y NOMBRES DE LOS ASPIRANTES INTERNOS QUE, EN TERMINOS DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS Y EVALUACION CURRICULAR, PUEDAN SER INSCRITOS A LA ETAPA DE OPOSICION.

SI LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL O DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA REQUIEREN EL EXPEDIENTE DE ALGUN ASPIRANTE, ESTE ESTARA A SU DISPOSICION EN LAS OFICINAS DE LA DESPE. SIN EMBARGO, PARA SU CONSULTA DEBERAN SOLICITARLOS POR ESCRITO A DICHA DIRECCION EJECUTIVA.

AL MOMENTO QUE RECIBAN EL LISTADO, LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA CONTARAN CON CINCO DIAS HABILES PARA PRESENTAR A LA DESPE OBSERVACIONES FUNDADAS, POR ESCRITO, CON RELACION AL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES INTERNOS.

1.2. NOTIFICACION DE RESULTADOS

AL TERMINO DEL PLAZO ANTES REFERIDO, LA DESPE DISPONDRA DE DOS DIAS PARA ATENDER LAS OBSERVACIONES QUE, EN SU CASO, SE PRESENTEN Y PARA ELABORAR UN LISTADO CON LOS NUMEROS DE FOLIO Y NOMBRES DE LOS ASPIRANTES INTERNOS QUE QUEDARON REGISTRADOS PARA EL CONCURSO DE INCORPORACION Y PODRAN PRESENTARSE AL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES EN FUNCION DEL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL. DICHO LISTADO SERA HECHO DEL CONOCIMIENTO DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA.

LA DESPE PUBLICARA EN EL ESTRADO DE OFICINAS CENTRALES EL LISTADO CON LOS NUMEROS DE FOLIO Y NOMBRES DE LOS ASPIRANTES QUE PODRAN PRESENTARSE A DICHO EXAMEN. EL LISTADO, QUE ESPECIFICARA LA FECHA, HORA Y LUGARES DE APLICACION DEL EXAMEN, SE ENVIARA A LAS JUNTAS LOCALES PARA SU DIFUSION, Y LO REPRODUCIRAN Y DISTRIBUIRAN A LAS JUNTAS DISTRITALES PARA QUE SE PUBLIQUE EN SUS RESPECTIVOS ESTRADOS.

2. ETAPA DE EXAMEN DE CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES EN FUNCION DEL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL

ESTA ETAPA COMPRENDE EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS REQUERIDOS PARA EL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DE JUNTA DISTRITAL QUE SE PRECISA EN EL MODELO GENERAL DE LOS EXAMENES.

2.1. ELABORACION

LA DESPE INVITARA A LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA A PRESENCIAR, EN CALIDAD DE OBSERVADORES, EL PROCESO DE ELABORACION DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES REQUERIDOS PARA EL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DE JUNTA DISTRITAL, TERMINADO EL CUAL SE PROCEDERA INMEDIATAMENTE AL PROCESO DE IMPRESION Y EMPAQUE DEL MISMO. EL PROCESO DE ELABORACION DE EXAMEN OCURRIRA, AL MENOS, CUARENTA Y OCHO HORAS ANTES DE QUE SE APLIQUEN. LA DESPE ELABORARA EL NUMERO EXACTO DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES REQUERIDOS PARA EL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL A APLICAR EN LA ETAPA.

LA DESPE LEVANTARA DOS ACTAS CIRCUNSTANCIADAS: UNA PARA EL EVENTO DE ELABORACION DE LOS EXAMENES, Y OTRA, PARA LA INTEGRACION DE LOS PAQUETES CON LOS CUADERNOS CON LAS PREGUNTAS Y LAS HOJAS DE RESPUESTA DE LOS EXAMENES.

2.2. APLICACION

LOS EXAMENES SE APLICARAN EL MISMO DIA EN CADA UNA DE LAS CAPITALES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS O EN LAS CABECERAS DE LAS CINCO CIRCUNSCRIPCIONES ELECTORALES PLURINOMINALES, SEGUN SE DETERMINE DE ACUERDO CON EL NUMERO DE ASPIRANTES. LA DESPE DETERMINARA LA FECHA, HORA Y LUGARES DE APLICACION.

LOS ASPIRANTES DEBERAN ACUDIR PUNTUALMENTE AL LUGAR DONDE SE PRESENTEN LOS EXAMENES. ANTES DE QUE INICIE LA APLICACION, SE LES PEDIRA QUE SE IDENTIFIQUEN CON LA CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFIA, EL PASAPORTE O CEDULA PROFESIONAL, PARA ASEGURAR SU IDENTIDAD, ADEMAS, TENDRAN QUE MOSTRAR EL ACUSE QUE RECIBIERON AL MOMENTO DE HACER EL TRAMITE DE INSCRIPCION Y FIRMAR LA RELACION DE ASISTENCIA A LOS EXAMENES. DE CUMPLIR CON LO ANTERIOR, SE LES ENTREGARA EL SOBRE QUE CONTIENE EN SU INTERIOR LOS CUADERNOS CON LAS PREGUNTAS, LAS HOJAS DE RESPUESTA EN LA QUE APARECERA UN NUMERO DE FOLIO Y UN SOBRE PEQUEÑO, QUE TRAERA IMPRESO EN EL EXTERIOR EL MISMO NUMERO DE FOLIO QUE APARECE EN LAS HOJAS DE RESPUESTA, CON UNA TARJETA QUE TAMBIEN TRAERA IMPRESO ESTE NUMERO DE FOLIO.

NO TENDRAN DERECHO A PRESENTAR LOS EXAMENES QUIENES NO ASISTAN, EN LA FECHA Y HORA PREVIAMENTE ESTABLECIDOS, AL LUGAR DONDE SE APLIQUEN, O QUIENES ASISTAN, PERO NO LLEVEN COMO IDENTIFICACION LA CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFIA, EL PASAPORTE O LA CEDULA PROFESIONAL Y EL ACUSE QUE RECIBIERON AL MOMENTO DE HACER SU TRAMITE DE INSCRIPCION.

PARA GARANTIZAR LA CONFIDENCIALIDAD DE LOS INSTRUMENTOS DE EVALUACION, ANTES DE QUE INICIE LA APLICACION DE LOS EXAMENES, EL ASPIRANTE VERIFICARA QUE EL NUMERO QUE APARECE EN SUS HOJAS DE RESPUESTA CORRESPONDA CON EL IMPRESO EN EL SOBRE PEQUEÑO Y LA TARJETA. DE OCURRIR ESTO, EL ASPIRANTE ESCRIBIRA SU NOMBRE COMPLETO, LA CLAVE DE ELECTOR O EL NUMERO DE FOLIO DE SOLICITUD DE ACTUALIZACION Y FIRMARA LA TARJETA. ESTA TENDRA QUE SER INTRODUCIDA EN EL SOBRE PEQUEÑO, EL CUAL SERA CERRADO POR EL ASPIRANTE.

LOS EXAMENES SE PRESENTARAN EL MISMO DIA. LOS ASPIRANTES DEBERAN ACATAR LAS DISPOSICIONES FIJADAS PARA LA SEGURIDAD Y VIGILANCIA DURANTE SU APLICACION. EN CASO DE QUE ALGUN ASPIRANTE NO LAS ACATE, SE LE RECOGERA EL EXAMEN, PROCEDIENDO CONFORME SE INDIQUE EN DICHAS DISPOSICIONES. SE LEVANTARA ACTA CIRCUNSTANCIADA EN LA QUE SE ASIENTEN LOS MOTIVOS POR LOS CUALES NO SE LE PERMITIO CONTINUAR EN EL CONCURSO Y TODO HECHO RELACIONADO CON EL INCUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES.

EL REPRESENTANTE DE LA DESPE EN EL LUGAR DONDE SE EXAMINE TENDRAN LA RESPONSABILIDAD DE CUSTODIAR LOS CUADERNOS CON LAS PREGUNTAS, LAS HOJAS DE RESPUESTA Y LA PAPELERIA QUE SE UTILICE PARA APLICAR LOS EXAMENES; VERIFICAR EL REGISTRO DE ASISTENCIA; RECOGER LOS SOBRES PEQUEÑOS QUE CONTENDRAN EN SU INTERIOR LOS DATOS DEL ASPIRANTE; VIGILAR EL COMPORTAMIENTO DE LOS ASPIRANTES DURANTE LA APLICACION DE LOS EXAMENES; Y, SI SE PRESENTA EL CASO, RECOGER LOS EXAMENES DE LOS ASPIRANTES QUE NO OBSERVEN LAS DISPOSICIONES FIJADAS PARA LA SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE DICHA APLICACION. PARA EL REGISTRO DE ASISTENCIA Y VIGILANCIA DE LOS EXAMENES, LA DESPE CONTARA CON EL APOYO DE LAS PERSONAS QUE DESIGNE EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL.

LA DESPE INVITARA A LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA PARA QUE ESTEN PRESENTES EN LA APLICACION DE LOS EXAMENES. PARA ELLO, TENDRAN QUE INFORMAR POR ESCRITO A LA DESPE Y A LA JUNTA LOCAL QUE CORRESPONDA DOS DIAS HABILES ANTES DE QUE SE PRESENTEN LOS EXAMENES, EL O LOS NOMBRES DE AQUELLOS QUE, EN SU CASO, ASISTAN EN SU REPRESENTACION A CADA UNO DE LOS LUGARES DONDE SE EXAMINE A LOS ASPIRANTES. ESTAS PERSONAS DEBERAN IDENTIFICARSE AL INGRESAR AL LUGAR DONDE SE APLIQUEN LOS EXAMENES Y SOLO PODRAN PARTICIPAR EN CALIDAD DE OBSERVADORES.

2.3. CALIFICACION

LA DESPE SERA LA RESPONSABLE DE CALIFICAR EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES REQUERIDOS PARA EL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL, PARA LO CUAL PODRA APOYARSE EN UNA COMPAÑIA O INSTITUCION PUBLICA O PRIVADA ESPECIALIZADA EN LA CAPTURA CON LECTOR OPTICO, QUIEN PROPORCIONARA LOS RESULTADOS DEL EXAMEN A LA DESPE, PARA SU RATIFICACION.

2.4. CONOCIMIENTO Y NOTIFICACION DE RESULTADOS

LA DESPE INVITARA A LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA A ESTAR PRESENTES EN LA REUNION DONDE SE REALIZARA EL PROCEDIMIENTO DE ENTREGA Y CONOCIMIENTO DE RESULTADOS DEL EXAMEN DE CADA ASPIRANTE.

LA COMPAÑIA O INSTITUCION ENTREGARA LOS RESULTADOS Y ADEMAS ENTREGARA UN LISTADO QUE RELACIONE LOS NUMEROS DE FOLIO DE LOS EXAMENES QUE HUBIERAN OBTENIDO UNA CALIFICACION PROMEDIO IGUAL O SUPERIOR A SIETE, Y A SU VEZ EN CADA SECCION DEL EXAMEN, POR AREA DE CONOCIMIENTO, UNA CALIFICACION IGUAL O SUPERIOR A SEIS, EN UNA ESCALA DE CERO A DIEZ.

LA DESPE LEVANTARA ACTA CIRCUNSTANCIADA DONDE SEÑALE EL DESARROLLO DE LA REUNION, ASI COMO LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL, DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA Y DE LA DESPE QUE HAYAN ESTADO PRESENTES EN LA MISMA.

SI AL MOMENTO DE CONOCER LOS NOMBRES DE LOS ASPIRANTES SE PRESENTAN IRREGULARIDADES POR PARTE DE ALGUN ASPIRANTE, LA DESPE, DE CORROBORAR QUE EN LA IRREGULARIDAD EXISTIO DOLO, DETERMINARA LO CONDUCENTE, ANULARA LAS CALIFICACIONES Y ELIMINARA DEL CONCURSO DE INCORPORACION AL ASPIRANTE QUE ESTE INVOLUCRADO, PROCEDIENDO A INFORMAR A LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA Y DE LA COMISION DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL, DE LAS RAZONES QUE MOTIVARON TAL DETERMINACION.

2.5. VALORACION DE MERITOS EXTRAORDINARIOS

A FIN DE CUMPLIR CON LA FRACCION V DEL ARTICULO 63 DEL ESTATUTO, EN ESTA ETAPA LA DESPE INTEGRARA LAS CALIFICACIONES DE LOS ASPIRANTES INTERNOS QUE, HABIENDO OBTENIDO UNA CALIFICACION IGUAL O SUPERIOR A 7.5 EN EL EXAMEN EN FUNCION DEL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL, CUENTEN CON RANGO TITULAR Y OTROS MERITOS EXTRAORDINARIOS, SIEMPRE QUE LES BENEFICIE, EN LOS SIGUIENTES TERMINOS:

    1. AL ASPIRANTE QUE CUENTE CON RANGO TITULAR Y UNA CALIFICACION PROMEDIO IGUAL O SUPERIOR A NUEVE EN EL PROGRAMA DE FORMACION Y DESARROLLO PROFESIONAL, SE LE PROMEDIARA DICHA CALIFICACION CON LA QUE HAYA OBTENIDO EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN FUNCION DEL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL CON LA SIGUIENTE PONDERACION: EL EXAMEN EN FUNCION DEL CARGO TENDRA UN VALOR DE 70% Y LOS MERITOS EXTRAORDINARIOS DEL 30%.
    2. AL ASPIRANTE QUE CUENTE CON RANGO TITULAR Y UNA CALIFICACION IGUAL O SUPERIOR A NUEVE EN LA ULTIMA EVALUACION DEL DESEMPEÑO, SE LE PROMEDIARA DIRECTAMENTE DICHA CALIFICACION CON LA QUE HAYA OBTENIDO EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN FUNCION DEL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL CON LA MISMA PONDERACION SEÑALADA EN EL INCISO ANTERIOR.
    3. CUANDO UN ASPIRANTE TENGA TITULARIDAD Y AL MISMO TIEMPO UNA CALIFICACION PROMEDIO IGUAL O SUPERIOR A NUEVE EN EL PROGRAMA DE FORMACION Y DESARROLLO PROFESIONAL Y UNA CALIFICACION PROMEDIO IGUAL O SUPERIOR A NUEVE EN LA ULTIMA EVALUACION ANUAL DEL DESEMPEÑO, LA CALIFICACION DEFINITIVA DE LA ETAPA DE OPOSICION RESULTARA DE PROMEDIAR ESAS DOS CALIFICACIONES CON LA QUE HAYA OBTENIDO EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN FUNCION DEL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL, CON LA MISMA PONDERACION ANTES CITADA, SIEMPRE QUE ESE PROMEDIO SEA MAYOR AL QUE OBTENDRIA SI SE CONSIDERARA POR SEPARADO CADA UNA DE ESAS CALIFICACIONES MERITORIAS EN EL PROGRAMA Y EN LA ULTIMA EVALUACION DEL DESEMPEÑO, EN LOS TERMINOS DE LOS DOS INCISOS ANTERIORES.
    4. AL ASPIRANTE QUE NO SEA TITULAR PERO CUENTE CON UNA CALIFICACION PROMEDIO IGUAL O SUPERIOR A NUEVE EN EL PROGRAMA DE FORMACION Y DESARROLLO PROFESIONAL Y, AL MISMO TIEMPO, UNA CALIFICACION IGUAL O SUPERIOR A NUEVE EN LA ULTIMA EVALUACION DEL DESEMPEÑO, SE LE PROMEDIARAN PRIMERO DICHAS CALIFICACIONES Y LO QUE RESULTE VOLVERA A SER PROMEDIADO CON LA CALIFICACION QUE HAYA OBTENDIO EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN FUNCION DEL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO LOCAL, CON LA MISMA PONDERACION REFERIDA EN LOS INCISOS ANTERIORES.

LA DESPE SELECCIONARA UN MINIMO DE TRES Y UN MAXIMO DE OCHO CANDIDATOS COMO MAXIMO, DE ACUERDO CON LOS RESULTADOS DE AQUELLOS QUE HUBIERAN OBTENIDO LAS MEJORES CALIFICACIONES EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES INCLUYENDO LOS MERITOS EXTRAORDINARIOS SEÑALADOS POR CADA PLAZA EN CONCURSO, LOS QUE PODRAN PRESENTARSE A LA SIGUIENTE FASE DEL CONCURSO.

EN CASO DE PRESENTARSE EMPATES ENTRE LOS ASPIRANTES A LOS QUE SE HUBIERE AGREGADO LA VALORACION DE MERITOS EXTRAORDINARIOS Y A LOS QUE NO, SE CONSIDERARAN EN PRIMER LUGAR A LOS ASPIRANTES A LOS QUE NO SE HUBIERA AGREGADO EN SU CALIFICACION LA VALORACION DE MERITOS EXTRAORDINARIOS.

SI EL EMPATE SE GENERA ENTRE ASPIRANTES A LOS QUE SE HUBIERA AGREGADO LA VALORACION DE MERITOS EXTRAORDINARIOS LA POSICION MAS ALTA LA OCUPARAN QUIENES HUBIERAN OBTENIDO LA MEJOR CALIFICACION EN EL EXAMEN DE CARGO O PUESTO.

2.6. NOTIFICACION DE LOS RESULTADOS

LA DESPE NOTIFICARA MEDIANTE UN LISTADO, LOS RESULTADOS OBTENIDOS, EL CUAL SE DARA A CONOCER A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA. TAMBIEN SE ENVIARA A LAS JUNTAS LOCALES, CUYOS RESPONSABLES LO PUBLICARAN EN LOS ESTRADOS DE LAS JUNTAS LOCALES, LO REPRODUCIRAN Y DISTRIBUIRAN A LAS JUNTAS DISTRITALES PARA QUE SE PUBLIQUE EN SUS RESPECTIVOS ESTRADOS. LA DESPE, POR SU PARTE, LO PUBLICARA EN LOS ESTRADOS DE LAS OFICINAS CENTRALES DEL INSTITUTO.

3. ETAPA DE ENTREVISTAS

LA ULTIMA ETAPA DE LA FASE DE OPOSICION DEL CONCURSO DE INCORPORACION CONTEMPLA VARIAS ENTREVISTAS, EN LAS QUE PARTICIPARAN EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL, LOS CONSEJEROS QUE INTEGREN LA COMISION DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL, EL SECRETARIO EJECUTIVO Y LOS TITULARES DE LAS DIRECCIONES EJECUTIVAS DE ORGANIZACION ELECTORAL Y CAPACITACION ELECTORAL Y EDUCACION CIVICA.

3.1. APLICACION

DEPENDIENDO DEL NUMERO DE ASPIRANTES QUE ACCEDAN A ESTA ETAPA, LAS ENTREVISTAS PODRAN EFECTUARSE EN UNA O VARIAS FECHAS EN LAS OFICINAS CENTRALES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN LA CIUDAD DE MEXICO. LA DESPE DETERMINARA FECHAS, HORAS Y LUGARES DE LAS ENTREVISTAS, TOMANDO EN CONSIDERACION LA EXISTENCIA DE VACANTES Y EN SU CASO NOTIFICARA CON OPORTUNIDAD A LOS CANDIDATOS QUE TENGAN DERECHO A ACCEDER A DICHAS ENTREVISTAS.

PREVIO A LA APLICACION DE ENTREVISTAS LOS ASPIRANTES DEBERAN PRESENTAR ANTE LA DESPE PARA COTEJO LA DOCUMENTACION ORIGINAL QUE ACREDITE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES RESPECTIVOS.

LOS ASPIRANTES DEBERAN PRESENTARSE PUNTUALMENTE A LAS ENTREVISTAS. EN CADA UNA DE ESTAS, TENDRAN QUE IDENTIFICARSE CON LA CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFIA, EL PASAPORTE O LA CEDULA PROFESIONAL, PRESENTAR EL ACUSE QUE RECIBIERON AL EFECTUAR SU TRAMITE DE INSCRIPCION Y FIRMAR LA RELACION DE ASISTENCIA.

NO TENDRAN DERECHO A PRESENTAR LAS ENTREVISTAS QUIENES NO ASISTAN AL LUGAR DONDE SE APLIQUEN, EN LA FECHA, HORA Y LUGAR PREVIAMENTE ESTABLECIDOS, O QUIENES ASISTAN MAS NO LLEVEN COMO IDENTIFICACION LA CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFIA, EL PASAPORTE O LA CEDULA PROFESIONAL, ASI COMO EL ACUSE QUE RECIBIERON AL HACER SU TRAMITE DE INSCRIPCION.

CADA UNA DE LAS ENTREVISTAS DURARA AL MENOS 25 MINUTOS; PREFERENTEMENTE, CADA ASPIRANTE SERA ENTREVISTADO POR UN ENTREVISTADOR A LA VEZ Y POR CINCO ENTREVISTADORES EN TOTAL, CONSIDERANDO QUE AL MENOS 3 DE SUS ENTREVISTAS ESTARAN A CARGO DE CONSEJEROS DEL CONSEJO GENERAL. LA DESPE ELABORARA Y ENTREGARA ANTICIPADAMENTE LA GUIA A SEGUIR EN LAS ENTREVISTAS EN LA QUE SE CONTEMPLARAN AL MENOS, LOS SIGUIENTES RUBROS: PERSONALIDAD, ASERTIVIDAD, PRINCIPIOS Y CAPACIDAD PROFESIONAL. ASIMISMO, ENTREGARA FOTOCOPIA DE LA SOLICITUD Y DEL CURRICULUM VITAE, Y DE LOS RESULTADOS DE LOS EXAMENES Y OBSERVACIONES QUE, EN SU CASO, HAYAN RECIBIDO LOS ASPIRANTES DURANTE LA REALIZACION DE CADA ETAPA DEL CONCURSO.

3.2. CALIFICACION

AL FINAL DE ESTA ETAPA, LAS PERSONAS QUE FUNGIERON COMO ENTREVISTADORES ENTREGARAN A LA DESPE LAS CALIFICACIONES QUE OTORGARON A LOS ASPIRANTES ENTREVISTADOS. LA DESPE SE ENCARGARA DE SACAR EL PROMEDIO DE LAS CALIFICACIONES DE CADA ASPIRANTE DERIVADAS DE LAS ENTREVISTAS.

4. CALIFICACION FINAL

LA DESPE PROMEDIARA LOS RESULTADOS OBTENIDOS POR LOS CANDIDATOS EN CADA FASE DEL CONCURSO.

SI UNA VEZ APLICADO EL PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCION DE LA CALIFICACION FINAL DEL CONCURSO Y, EN SU CASO, PARA LA DEFINICION DE DESEMPATES, SE ENCUENTRA QUE EL CANDIDATO A GANADOR OBTUVO UNA CALIFICACION MENOR A 7 EN LA ETAPA DE ENTREVISTAS, LA COMISION DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL PODRA OPTAR POR PROPONER AL CONSEJO GENERAL, EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL PROCEDIMIENTO CORRESPONDIENTE, LA DESIGNACION DEL SIGUIENTE CANDIDATO CON MEJOR CALIFICACION DENTRO DEL LISTADO MENCIONADO, SIEMPRE QUE SU CALIFICACION EN LA ETAPA DE ENTREVISTAS HAYA SIDO APROBATORIA.

LA DESPE REMITIRA AL SECRETARIO EJECUTIVO UN LISTADO IMPRESO CON LOS NUMEROS DE INSCRIPCION Y NOMBRES DE AQUELLOS QUE OBTUVIERON LAS MEJORES CALIFICACIONES EN IGUAL NUMERO QUE LA SUMA DE LAS PLAZAS EXISTENTES. EL SECRETARIO EJECUTIVO, POR SU PARTE, INFORMARA A LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL SOBRE LOS RESULTADOS DE ESTA ETAPA.

EN DICHO LISTADO, LOS CANDIDATOS GANADORES QUEDARAN ORDENADOS DE MAYOR A MENOR A PARTIR DEL PROMEDIO QUE HAYAN ALCANZADO. DE ESTA FORMA, EL PRIMER LUGAR DEL LISTADO LO OCUPARA EL ASPIRANTE QUE HAYA OBTENIDO EL PROMEDIO MAS ALTO Y A ESTE ASPIRANTE SE LE CONSIDERARA COMO EL PRIMER CANDIDATO A GANADOR, Y ASI SUCESIVAMENTE EN FUNCION DEL NUMERO DE PLAZAS EN CONCURSO.

4.1. EMPATES ENTRE CANDIDATOS A GANADORES.

EL PROMEDIO DE LAS CALIFICACIONES DE CADA ASPIRANTE SE EXPRESARA CON UN NUMERO ENTERO Y SU CENTESIMO (V.G. 9.15). LA DESPE CONSIDERARA QUE HAY EMPATE CUANDO DICHO PROMEDIO SEA EL MISMO PARA DOS O MAS CANDIDATOS AL MOMENTO QUE LOS ORDENE EN EL LISTADO DE CANDIDATOS A GANADORES.

SI HAY EMPATES ENTRE VARIOS ASPIRANTES, EL ORDEN DE ESTOS EN EL LISTADO SE ESTABLECERA EN FUNCION DE LOS SIGUIENTES CRITERIOS:

  1. CUANDO ESTEN INVOLUCRADOS CANDIDATOS INTERNOS Y CANDIDATOS QUE AUN NO PERTENECEN AL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL, LOS PRIMEROS SIEMPRE OCUPARAN LOS LUGARES SUPERIORES EN EL LISTADO, CON BASE EN EL ARTICULO 63, FRACCION VI, DEL ESTATUTO.
  2. PARA LOS CASOS DE EMPATES ENTRE CANDIDATOS INTERNOS, LOS LUGARES SUPERIORES EN LOS LISTADOS LOS OCUPARAN AQUELLOS CANDIDATOS QUE SATISFAGAN EL ORDEN DE PRELACION SIGUIENTE: 1) TENGAN EL PERFIL ACADEMICO Y LABORAL MAS ADECUADO PARA EL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DE JUNTA DISTRITAL; 2) TENGAN EL MAYOR NIVEL ACADEMICO; 3) TENGAN LA RESIDENCIA MAS CERCANA CON LA O LAS PLAZAS EN CONCURSO; 4) TENGAN LAS MEJORES CALIFICACIONES EN LA ULTIMA EVALUACION DEL DESEMPEÑO; 5) HAYAN OBTENIDO LAS MEJORES CALIFICACIONES EN EL PROGRAMA DE FORMACION Y DESARROLLO; 6) CUENTEN CON EL MAYOR RANGO; Y, 7) OSTENTEN LA MAYOR ANTIGÜEDAD EN EL INSTITUTO.
  3. PARA EL CASO DE EMPATES ENTRE CANDIDATOS QUE AUN NO PERTENECEN AL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL, LOS LUGARES SUPERIORES EN EL LISTADO LOS OCUPARAN AQUELLOS CANDIDATOS QUE, EN EL ORDEN DE PRELACION SIGUIENTE, TENGAN: 1) LA MAYOR EXPERIENCIA EN CARGOS DE DIRECCION; 2) EL PERFIL ACADEMICO Y LABORAL MAS ADECUADO DE VOCAL EJECUTIVO DE JUNTA DISTRITAL; 3) UN MAYOR NIVEL ACADEMICO; 4) MAYOR EXPERIENCIA EN PROCESOS ELECTORALES FEDERALES, O EN ORGANISMOS ESTATALES O MUNICIPALES; 5) LA RESIDENCIA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA EN QUE SE PRESENTE LA VACANTE.

EL SECRETARIO EJECUTIVO INFORMARA A LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL DE AQUELLOS CASOS EN QUE SE HAYA PRESENTADO EMPATE Y DEL CRITERIO QUE SE SIGA PARA SU SOLUCION, CONFORME A LO DISPUESTO EN LOS PARRAFOS ANTERIORES.

LA CONVOCATORIA PRECISARA LOS CRITERIOS DE DESEMPATE ENTRE ASPIRANTES Y EL ORDEN DE PRELACION A SEGUIR EN CADA UNO DE LOS CASOS QUE PUDIERAN PRESENTARSE CON EL PROPOSITO DE QUE LOS ASPIRANTES LOS CONOZCAN.

IV. DESIGNACION DE GANADORES Y ACUERDO DE INCORPORACION

1. DESIGNACION DE GANADORES

CON BASE EN LOS RESULTADOS OBTENIDOS, EL CONSEJO GENERAL DESIGNARA AL GANADOR O GANADORES DEL CONCURSO Y SUS LUGARES DE ADSCRIPCION.

2. ACUERDO DE INCORPORACION

DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 62, FRACCION VIII, DEL ESTATUTO, LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA EMITIRA EL ACUERDO DE INCORPORACION Y/O OCUPACION DE PLAZAS DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL CORRESPONDIENTE, Y EL SECRETARIO EJECUTIVO EXPEDIRA LOS NOMBRAMIENTOS RESPECTIVOS.

ENTRE LA DESIGNACION DEL GANADOR O GANADORES DEL CONCURSO Y LA APROBACION DEL ACUERDO DE INCORPORACION NO DEBERAN PASAR MAS DE DIEZ DIAS HABILES. EL ACUERDO SERA DEFINITIVO Y EL SECRETARIO EJECUTIVO, POR MEDIO DE LA DESPE, LO DARA A CONOCER AL GANADOR O GANADORES EN FORMA PERSONAL.

EN CASO DE QUE NINGUNO DE LOS ASPIRANTES REUNA LOS RESULTADOS MINIMOS PARA OCUPAR PLAZAS DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL, SE DECLARARA DESIERTO EL CONCURSO. PARA ELLO, LA DIRECCION EJECUTIVA, DESPUES DE CONOCER DICHOS RESULTADOS, INFORMARA SOBRE LOS MISMOS A LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA Y A LA COMISION DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL. LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA, POR MEDIO DEL SECRETARIO EJECUTIVO, PROCEDERA A DECLARAR DESIERTO EL CONCURSO E INFORMARA A LOS MIEMBROS DE LA COMISION DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL PARA DETERMINAR LO CONDUCENTE.

V. PREVISIONES DEL PROCESO

LA DIRECCION EJECUTIVA DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL, PREVIO CONOCIMIENTO DE LA COMISION DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL, RESOLVERA CUALQUIER SITUACION NO PREVISTA QUE, DERIVADA DEL MODELO DE OPERACION Y MODELO GENERAL DE LOS EXAMENES DEL CONCURSO DE INCORPORACION PARA OCUPAR VACANTES DE VOCALES EJECUTIVOS EN JUNTAS DISTRITALES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, SE PRESENTE EN LA APLICACION Y DESARROLLO DEL CONCURSO.

B. MODELO GENERAL DE LOS EXAMENES

EL DISEÑO, LA PRESENTACION Y LA CONTESTACION DE LOS EXAMENES SE APEGARA ESTRICTAMENTE A LOS SIGUIENTES LINEAMIENTOS:

A) LAS PREGUNTAS SE PLANTEARAN EN LA MODALIDAD DE OPCION MULTIPLE.

B) SE PROCURARA GUARDAR EQUILIBRIO ENTRE LAS DIFERENTES SECCIONES QUE COMPONEN LOS EXAMENES, EN TERMINOS DEL NUMERO DE PREGUNTAS.

C) LA HOJA DE RESPUESTAS VENDRA APARTE DE LA SECCION DE PREGUNTAS.

D) LOS ASPIRANTES DEBERAN LLENAR LA HOJA DE RESPUESTAS CON BOLIGRAFO. EL INCUMPLIMIENTO DE ESTE PRECEPTO LLEVARA A LA ANULACION AUTOMATICA DEL EXAMEN.

E) LOS ASPIRANTES DEBERAN RESPONDER LOS EXAMENES EN LOS TIEMPOS DESTINADOS. NO SE CONCEDERAN PLAZOS ADICIONALES.

F) NO SE ADMITIRAN PAPELES, CUADERNOS, LIBROS NI CUALQUIER OTRO OBJETO DISTINTO A LOS ESTRICTAMENTE AUTORIZADOS PARA RESPONDER LOS EXAMENES.

  1. EXAMEN PREVIO DE CONOCIMIENTOS GENERALES

PARA EL DISEÑO DE LOS CATALOGOS DE REACTIVOS, A PARTIR DE LOS QUE SE OBTENDRAN ALEATORIAMENTE LAS PREGUNTAS DE LOS EXAMENES, LA DESPE PODRA SOLICITAR EL APOYO, EN SU CASO, DEL CENTRO DE FORMACION Y DESARROLLO.

LOS ASPIRANTES EXTERNOS DEBEN DEMOSTRAR UN NIVEL ACEPTABLE DE CONOCIMIENTOS GENERALES EN MATERIA ELECTORAL Y ADMINISTRATIVA. EN PRIMER TERMINO, ES IMPORTANTE QUE CONOZCAN LOS PRINCIPALES ASPECTOS LEGALES EN MATERIA ELECTORAL FEDERAL. EN PARTICULAR, DEBEN DEMOSTRAR CONOCIMIENTOS Y COMPRENSION DE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ASI COMO EN EL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORAL Y LA LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACION, ADEMAS DE CONTAR CON CONOCIMIENTOS BASICOS DE ADMINISTRACION PUBLICA, RELATIVOS AL SERVICIO PUBLICO, EL ESTADO, GOBIERNO Y PODER.

II. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES REQUERIDOS PARA EL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DISTRITAL

LA DESPE, CON EL APOYO SOLICITADO AL CENTRO DE FORMACION Y DESARROLLO, DETERMINARA EL CONTENIDO DE LOS CATALOGOS DE REACTIVOS A PARTIR DE LOS QUE SE OBTENDRAN ALEATORIAMENTE LAS PREGUNTAS DE LOS EXAMENES PARA EL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DE JUNTA DISTRITAL CON EL OBJETO DE GARANTIZAR LA IDONEIDAD DE LOS MISMOS, CONSIDERANDO LA OPINION QUE CORRESPONDA DE LAS DIRECCIONES EJECUTIVAS.

PARA ELLO, SE TENDRA PRESENTE EL PERFIL DEL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DE JUNTA DISTRITAL, LAS FUNCIONES GENERICAS Y LAS ACTIVIDADES ESPECIFICAS QUE DEBEN DESARROLLAR DICHOS VOCALES EJECUTIVOS, LAS HABILIDADES REQUERIDAS Y LOS CONOCIMIENTOS PARA EL CARGO, LA EXPERIENCIA DESEABLE, EL NIVEL DE ESCOLARIDAD MINIMO, LA PROFESION IDEAL EN ORDEN DE PRELACION, Y OTRAS APTITUDES O CARACTERISTICAS ESPECIALES QUE EXIGE EL CARGO.

LAS EXPECTATIVAS DE CONOCIMIENTO QUE, COMO MINIMO, DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES A OCUPAR EL CARGO DE VOCAL EJECUTIVO DE JUNTA DISTRITAL SON:

  1. CONOCIMIENTOS DE DERECHO CONSTITUCIONAL DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES.
  2. CONOCIMIENTOS DE ADMINISTRACION.
  3. CONOCIMIENTOS DE ASPECTOS POLITICOS NACIONALES Y LOCALES.
  4. CAPACIDAD DE ORGANIZACION Y ADMINISTRACION DE PROCESOS.
  5. CAPACIDAD DE MANDO, LIDERAZGO, DIRECCION Y NEGOCIACION, ASI COMO MANEJO DE RELACIONES HUMANAS.
  6. CAPACIDAD PARA EXPRESARSE CORRECTAMENTE EN FORMA ESCRITA Y ORAL.

EL EXAMEN COMPRENDERA 6 AREAS DE CONOCIMIENTOS O SECCIONES: 1) DERECHO CONSTITUCIONAL Y ELECTORAL; 2) ADMINISTRACION; 3) ORGANIZACION Y ADMINISTRACION DE PROCESOS; 4) NEGOCIACION Y LIDERAZGO DIRECTIVO; 5) SISTEMA POLITICO MEXICANO Y EL SISTEMA DE PARTIDOS POLITICOS EN MEXICO; Y, 6) NOCIONES BASICAS DE COMPUTACION.

LOS EXAMENES CONSTARAN, EN TOTAL, DE 120 PREGUNTAS, DISTRIBUIDAS EQUITATIVAMENTE EN CADA AREA DE CONOCIMIENTO.