Régimen sancionador electoral

Improcedencia y sobreseimiento de las quejas sobre responsabilidades de los servidores públicos del IFE

Las quejas o denuncias para determinar las responsabilidades de los servidores públicos del IFE serán improcedentes en los supuestos siguientes cuando:

Se trate de actos u omisiones imputados a una misma persona, que hayan sido materia de otra queja o denuncia ante la Contraloría General y que cuenten con resolución definitiva;

Se denuncien actos u omisiones de los que la Contraloría General resulte incompetente para conocer; y

Los actos u omisiones denunciados no constituyan causas de responsabilidad en términos del Cofipe.


Anterior / Vigente
No tiene antecedente Cofipe, artículo 382.2

 

Procederá el sobreseimiento del procedimiento sancionador de responsabilidades cuando:

Recibida la queja o denuncia, sobrevenga una causa de improcedencia,

El denunciante presente escrito de desistimiento, siempre que se exhiba antes de dictada la resolución. En caso de infracciones graves no procederá el sobreseimiento.

El estudio de las causas de improcedencia o sobreseimiento de la queja o denuncia será de oficio.

Anterior / Vigente
No tiene antecedente Cofipe, artículo 382.3 y 4