Registro Federal de Electores Listas nominales de electores El IFE, a través de las juntas distritales, pondrá a disposición permanente de los ciudadanos los medios para consulta electrónica de su inscripción en el padrón electoral y en las listas nominales (antes la distribución a las oficinas municipales era anual, a más tardar el 25 de marzo, para ser exhibidas por 20 días). Además, los partidos políticos tendrán acceso en forma permanente a la base de datos del padrón electoral y las listas nominales, exclusivamente para su revisión, y no podrán usar la información para fines distintos.
Los ciudadanos podrán formular las observaciones que consideren convenientes, relativas a su inscripción en el padrón electoral y en la lista nominal de electores.
Se suprimió la obligación de los consejos distritales de realizar el cotejo muestral entre las listas nominales entregadas a los partidos políticos y las que se utilizarán el día de la jornada electoral, en los términos que determinara el CG.
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