Partidos Políticos Régimen fiscal de los partidos políticos Agrega que en el Distrito Federal (antes sólo se refería a estados y municipios) los partidos políticos no gozarán de exenciones fiscales cuando se trate de los impuestos y derechos locales por la prestación de los servicios públicos.
Establece que los partidos políticos deberán retener y enterar a las autoridades fiscales, conforme a las leyes aplicables, el impuesto sobre la renta que corresponda por los sueldos, salarios, honorarios y cualquier otra retribución equivalente que realicen a sus dirigentes, empleados, trabajadores o profesionistas independientes que les presten servicios. La Unidad de Fiscalización dará aviso a las autoridades fiscales competentes de la omisión en el pago de impuestos y otras contribuciones en que incurran los partidos.
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