Jornada electoral

De la votación

Cuando la votación tuviera que suspenderse por causa de fuerza mayor, se dará aviso de inmediato al consejo distrital a través del medio de comunicación a su alcance (antes tenía que ser a través de un escrito). Las razones de la suspensión, serán consignadas en el acta correspondiente.

Anterior / Vigente
Cofipe, artículo 216.2 Cofipe, artículo 263.2

 

Adiciona la posibilidad de que los electores puedan votar, al mostrar la resolución del TEPJF que les otorga el derecho de votar sin aparecer en la lista nominal o sin contar con credencial para votar (antes sólo regulaba la posibilidad de votar al mostrar la credencial para votar con fotografía).

Anterior / Vigente
Cofipe, artículo 217.1 Cofipe, artículo 264.1