Instituto Federal Electoral

Servicio Profesional Electoral

El ingreso a los cuerpos de la función directiva o de técnicos del Servicio Profesional Electoral procederá cuando el aspirante acredite los requisitos personales, académicos y de experiencia profesional (antes de buena reputación) que para cada cargo o puesto señale el Estatuto.

Se establecen como vías de ingreso, además del concurso público, el examen de incorporación temporal y los cursos y prácticas. La vía de cursos y prácticas queda reservada para la incorporación del personal que se desempeñe en cargos administrativos (antes era un mecanismo de ingreso en general).

El Cofipe anterior señalaba que el ingreso a los cuerpos procedería cuando el aspirante acreditara los requisitos personales, académicos, y de buena reputación que para cada uno de ellos señalara el Estatuto y además cumpliera con los cursos de formación y capacitación correspondientes y realizara las prácticas en los órganos del IFE.

Anterior / Vigente
Cofipe, artículo 168.5 Cofipe, artículo 204.5

 

El cuerpo de la función directiva proveerá de sus rangos o niveles a los funcionarios que cubrirán los cargos establecidos por el Cofipe para las direcciones ejecutivas en los siguientes términos: en la JGE las plazas de otras áreas que determine el Estatuto; en las juntas locales y distritales ejecutivas, además de los cargos de las vocalías ejecutivas y vocalías, las demás plazas que establezca el Estatuto. Antes sólo se consideraba a las juntas ejecutivas y los cargos inmediatamente inferiores al de director ejecutivo.

Anterior / Vigente
Cofipe, artículo 168.7 Cofipe, artículo 204.7

 

Agrega que el Estatuto establecerá las normas para el reclutamiento y selección de los interesados en ingresar a una plaza del Servicio Profesional Electoral, que será primordialmente por la vía del concurso público.

Anterior / Vigente
Cofipe, artículos 168.5 y 169.1, c) Cofipe, artículo 205.1, c)

 

Agrega que el secretario ejecutivo podrá celebrar convenios con instituciones académicas y de educación superior para impartir cursos de formación, capacitación y actualización para el personal del IFE en general (antes sólo para aspirantes y miembros titulares del Servicio Profesional Electoral).

Anterior / Vigente
Cofipe, artículo 169.3 Cofipe, artículo 205.3