Instituto Federal Electoral

Atribuciones del Consejo General

Entre las nuevas atribuciones del CG, se encuentran:

Aprobar y expedir (antes sólo expedir) los reglamentos interiores necesarios para el debido ejercicio de las facultades y atribuciones del Instituto;

Designar al Director General de la Unidad de Fiscalización, a propuesta del consejero presidente;

Vigilar permanentemente que el IFE ejerza sus facultades como autoridad única en la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y T.V., destinado a sus propios fines, a los de otras autoridades electorales federales y locales, y al ejercicio del derecho de los partidos políticos nacionales;

Aprobar el calendario integral del proceso electoral federal, a propuesta de la JGE, el modelo de las boletas electorales y de las actas de la jornada electoral, así como de los formatos de la demás documentación electoral;

Conocer y aprobar los informes que rinda la Unidad de Fiscalización;

Determinar los topes máximos de gastos de precampaña (además de los de campaña) correspondientes a las elecciones de Presidente, senadores y diputados.


Anterior / Vigente
Cofipe, artículo 82 Cofipe, artículo 118

 

El CG (antes el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos) se reunirá a más tardar el 20 de septiembre (antes el 15 de diciembre) del año anterior al de la elección con las organizaciones que agrupen a los concesionarios y permisionarios de radio y T.V., para presentar las sugerencias de lineamientos aplicables a los noticieros, respecto de la información o difusión de precampañas y campañas de los partidos políticos. Los acuerdos serán formalizados por las partes y se harán públicos.

Anterior / Vigente
Cofipe, artículo 48.10 Cofipe, artículo 49.7