Contraloría General del IFE

Requisitos para ser contralor general

El contralor general deberá reunir los siguientes requisitos:

Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad, además de estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar;

Tener más de treinta años de edad, el día de la designación;

Haber residido en el país durante los últimos dos años, salvo el caso de ausencia en servicio de la República por un tiempo menor de seis meses;

No haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la designación;

No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la designación;

No ser secretario de Estado, ni procurador general de la República o del Distrito Federal, subsecretario u oficial mayor en la administración pública federal, jefe de gobierno del Distrito Federal, ni gobernador ni secretario de gobierno, a menos que se separe de su encargo con cuatro años de anticipación al día de su nombramiento; y

No ser consejero electoral de cualquiera de los consejos del IFE, salvo que se haya separado del cargo tres años antes del día de la designación;

Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratara de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que afecte la buena fama en el concepto público, ello lo inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena;

Contar al momento de su designación con experiencia profesional de al menos cinco años en el control, manejo o fiscalización de recursos;

Contar con título profesional de nivel licenciatura de contador público u otro relacionado en forma directa con las actividades de fiscalización, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello, y con antigüedad mínima de cinco años al día de su designación.

No pertenecer o haber pertenecido a despachos de consultoría o auditoría que hubieren prestado sus servicios al IFE o a algún partido político en los cuatro años anteriores a su designación.


Anterior / Vigente
No tiene antecedente Cofipe, artículos 112, 127 y 389