Contraloría General del IFE

Reglas para la designación del contralor general

El titular de la Contraloría General tendrá un nivel jerárquico equivalente a director ejecutivo. Será designado por la Cámara de Diputados con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, a propuesta de instituciones públicas de educación superior, mediante los procedimientos y plazos que fije la Ley Orgánica del Congreso General. Rendirá la protesta de ley ante el CG del IFE, durará en su cargo seis años y podrá ser reelecto una sola vez. Estará adscrito administrativamente a la presidencia del CG y mantendrá la coordinación técnica necesaria con la entidad de fiscalización superior de la Federación de la Cámara de Diputados.

Anterior / Vigente
No tiene antecedente


No tiene antecedente
Constitución, artículo 41, Base V, quinto y séptimo párrafos

Cofipe, artículo 388.2 al 5

 

El titular de la Contraloría General del IFE, será designado por la Cámara de Diputados a más tardar el 30 de abril de 2008.

Anterior / Vigente
No tiene antecedente Cofipe, artículo séptimo transitorio