CÓMPUTOS DISTRITALES

En este apartado el lector encontrará las nuevas reglas para el desarrollo de los cómputos distritales. Destaca la posibilidad de realizar recuentos de la votación cuando exista indicio de que la diferencia sea igual o menor a un punto porcentual entre los candidatos que hayan obtenido el primero y segundo lugar en la votación. Si al inicio de la sesión de cómputo el representante del partido que postuló al segundo de los candidatos lo solicita de manera expresa, el consejo distrital correspondiente realizará el recuento de votos en la totalidad de las casillas. Para que se realicen los recuentos, se prevé la integración de grupos de trabajo que funcionarán de manera paralela e ininterrumpida a la sesión de los cómputos distritales.