Actos preparatorios de la jornada electoral

Ubicación e integración de las mesas directivas de casilla

Cuando no exista un local que permita la instalación de casillas en el mismo lugar, se ubicarán en lugares contiguos (antes, en diversos lugares), atendiendo a la concentración y distribución de los electores en la sección.

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Cofipe, artículo 192.3, b) Cofipe, artículo 239.3, b)

 

Agrega que cuando las condiciones geográficas de infraestructura o socioculturales (antes sólo geográficas) de una sección hagan difícil el acceso de todos los electores residentes en ella a un mismo sitio, podrá acordarse la instalación de varias casillas extraordinarias en lugares que ofrezcan un fácil acceso a los electores. Para lo que, si técnicamente fuera posible, se elaborará el listado nominal que contendrá únicamente los nombres de los ciudadanos que habitan en la zona geográfica donde se instalen estas casillas.

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Cofipe, artículo 192.4 Cofipe, artículo 239.4

 

En cada casilla se garantizará (antes, procurará) la instalación de mamparas donde los votantes puedan decidir el sentido de su sufragio.

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Cofipe, artículo 192.6 Cofipe, artículo 239.6

 

Establece que, dentro del procedimiento para integrar las mesas directivas de casilla, las juntas distritales harán una evaluación imparcial y objetiva para seleccionar en igualdad de oportunidades a los ciudadanos, con base en los datos que aporten durante los cursos de capacitación.

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Cofipe, artículo 193.1, d) Cofipe, artículo 240.1, d)

 

Agrega que en caso de sustituciones de funcionarios de casilla, las juntas distritales deberán informar a los representantes de los partidos políticos en forma detallada y oportuna.

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No tiene antecedente Cofipe, artículo 240.3

 

Las casillas deberán ubicarse en lugares que aseguren (antes propicien) la instalación de canceles o elementos modulares que garanticen el secreto en la emisión del voto.

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Cofipe, artículo 194.1, b) Cofipe, artículo 241.1, b)

 

Agrega que las publicaciones de las listas de integrantes de las mesas directivas y ubicación de las casillas se fijarán también en los medios electrónicos de que disponga el IFE (antes sólo en los edificios y lugares públicos más concurridos). El secretario del consejo distrital entregará copia impresa y otra en medio magnético de la lista (antes sólo copia) a cada uno de los representantes de los partidos políticos, haciendo constar la entrega.

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Cofipe, artículo 196 Cofipe, artículo 243