Procedimiento para solicitar Registro como Observador Electoral | - Imprime la Solicitud de Acreditación como Observador Electoral.
- Llénala, y
- Entrégala junto con tu documentación personal en alguna sede de junta local o distrital del IFE.
| | Instrucciones Si eres ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos político electorales tienes el derecho de participar como observador de los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral, así como de los que se lleven a cabo el día de la jornada electoral. Fracción 4 del artículo 5 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
| Para ello deberás: - Imprimir, llenar y entregar el presente formato a partir del viernes 7 de octubre de 2011 y a más tardar el 7 de junio de 2012, en cualquiera de las sedes de las juntas locales o distritales del IFE en toda la República Mexicana.
- Al hacer la entrega personalmente, o mediante el representante de una organización de observadores, se deberá anexar una fotocopia de tu credencial para votar con fotografía, y la manifestación expresa de que te conducirás conforme a los principios de imparcialidad, objetividad, certeza y legalidad y sin
vínculos a partido u organización política alguna; - Una vez que la solicitud haya sido recibida el presidente del consejo local o distrital al que hayas acudido presentará su solicitud, ante el Consejo respectivo para que, en su caso, ésta sea aprobada en la siguiente sesión que celebre el Consejo respetivo.
- Sobre la resolución que se emita serás notificado y, de ser aprobatoria, recibirás la acreditación correspondiente.
| Sólo se otorgará la acreditación a quien cumpla con los siguientes requisitos: - Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
- No ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o de partido político alguno en los últimos tres años anteriores a la elección.
- No ser, ni haber sido candidato a puesto de elección popular en los últimos tres años anteriores a la elección; y
- Asistir a los cursos de capacitación, preparación o información que impartan el Instituto Federal Electoral o las propias organizaciones a las que pertenezcan los observadores electorales bajo los lineamientos y contenidos que dicten las autoridades competentes del Instituto, las que podrán supervisar dichos cursos. La falta de supervisión no imputable a la organización respectiva no será causa para que se niegue la acreditación.
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