Coordinación Nacional de Comunicación Social

México D.F. ,a 23 de Agosto de 2015

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL CONSEJERO ELECTORAL, MARCO ANTONIO BAÑOS, EN EL PUNTO ÚNICO DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA, POR EL QUE SE ASIGNAN LOS DIPUTADOS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL A LOS PARTIDOS POLÍTICOS

Gracias Presidente.

 

De manera muy breve para expresar que acompañaré el proyecto de acuerdo, tomando en consideración que se trata de una aplicación de las fórmulas que están establecidas en la Constitución y en la ley, para definir con claridad cuántos son los diputados de representación proporcional que corresponde a cada uno de los partidos políticos.

 

Hay, sin embargo, discusiones interesantes en este punto, no abundaré más respecto de la postura que varios de mis colegas han asumido, con relación al diferendo planteado respecto de los diputados, que parecieran estar en un partido político y participan por otro, esa parte me parece que ha quedado suficientemente clara.

 

También quisiera decir que me parece que el Partido del Trabajo ha desarrollado una estrategia legitima de defensa de su registro, pero hay una circunstancia que está establecida en el artículo 15 de la legislación, que establece con claridad qué debemos tomar como votación válida emitida, y que esta es a su vez es la base para la distribución, primero para la conservación del registro, y después para la distribución de las diputaciones de representación proporcional.

 

No deja de haber un debate interesante en torno a este punto, respecto a cómo deben ser consideradas las elecciones y particularmente  si el voto de los candidatos independientes debe o no ser tomado en el caso concreto de la asignación de las diputaciones de representación proporcional; hoy por hoy, lo que dice el artículo15 es que lo único que se deduce son los votos de los candidatos no registrados y los votos nulos, es lo único que dice el artículo 15, que debe quitarse para poder tomar en consideración qué es la votación válida de acuerdo con el artículo 15, insisto, de la ley.

 

Ahora bien, por lo que hace al diferendo planteado por el Partido Encuentro Social, acompaño la postura de la Consejera Adriana Favela, porque creo que deben tomarse en cuenta varios elementos; me parece muy simple el argumento de que debe privilegiarse la última voluntad, porque esa voluntad es de la ciudadana, pero hay varias circunstancias, que son actos jurídicos concretos que ocurrieron en el transcurso de esta situación.

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