México D.F. ,a 23 de Agosto de 2015
VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL CONSEJERA ELECTORAL, BEATRIZ GALINDO CENTENO, EN EL PUNTO ÚNICO DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA, POR EL QUE SE ASIGNAN LOS DIPUTADOS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL A LOS PARTIDOS POLÍTICOS
Gracias
Consejero
Presidente
Me
referiré a dos temas en particular. El primero de manera breve, pues a los
argumentos para estar de acuerdo con el proyecto que se presenta, aquí ya han
sido referidos por quien me antecedió en el uso de la palabra, pero
básicamente, mi postura reside en la observancia del principio de legalidad y
definitividad de las etapas del procedimiento electoral, toda vez que
efectivamente, considero que el planteamiento que se formula, en cuanto a los
candidatos registrados por la coalición PRI-Partido Verde y que se considera
que aquellos que fueron postulados por el partido Verde, pero con origen
priista, considero que debieron de haberse en todo caso, impugnado las
determinaciones en su momento, como fue la convocatoria en los términos del
convenio, en seguida el registro de las candidaturas, y no ahora en esta etapa,
en donde esos actos ya quedaron definitivos y firmes.
Efectivamente,
el principio de definitividad ha sido superado, en algunos casos, para
privilegiar otro tipo de principios, pero esto siempre ante una determinación
judicial, es decir, cuando se ha impugnado algún acto de autoridad, y no como
ahora, en donde esos actos que se consideran definitivos, no fueron motivo de
recurso ante los órganos jurisdiccionales correspondientes.
También
comparto este proyecto, porque está, considero, se aplica debidamente la
fórmula de asignación con base en la votación que debe ser tomada en cuenta
como lo establece la propia constitución y la ley.
Se
ha mencionado que se debe de privilegiar el criterio que emitió la Sala
Regional Monterrey en una sentencia, sin embargo también existen cuatro si no
estoy mal en el número emitidas por la Sala Regional Xalapa que en sentido
contrario y que yo estimo son los que debemos en todo caso tomar como
orientadores para este caso que nos ocupa.
Y
el segundo tema al que me quiero referir, es por obvias razones y aun cuando el
tema no ha sido planteado, y me refiero precisamente a la intención, a lo que
se esperaba ver en este proyecto a fin de garantizar si así se dijo el
principio de paridad a través de una compensación de las listas de
representación proporcional.