Coordinación Nacional de Comunicación Social

México D.F. ,a 19 de Noviembre de 2014

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL CONSEJERO PRESIDENTE DEL INE, LORENZO CÓRDOVA VIANELLO, DURANTE EL PUNTO 17 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO GENERAL, CON RELACIÓN A LA APROBACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS PARA LA CELEBRACIÓN DE CONVENIOS DE COORDINACIÓN CON LOS ORGANISMOS PÚBLICOS LOCALES ELECTORALES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS CON JORNADA ELECTORAL COINCIDENTE CON LA FEDERAL, ASÍ COMO AQUELLAS QUE SE EFECTÚEN DURANTE EL AÑOS 2015

Permítanme intervenir en primera ronda.

 

La estandarización de las elecciones es uno de los propósitos de la reforma electoral y uno de los objetivos que subyace a las determinaciones del Instituto Nacional Electoral en relación con los Organismos Públicos Locales Electorales.

 

Para ello hemos aprobado acuerdos, lineamientos y criterios de diverso tipo, como el modelo de Casilla Única, la reasunción de las tareas de capacitación electoral y la aplicación de encuestas electorales.

 

Todas estas decisiones, sin excepción, tienen la finalidad de clarificar los mecanismos que desde el ámbito de competencia que tiene el INE nos permitirán que el Sistema Nacional de Elecciones sea una realidad, para procurar la imparcialidad de las contiendas y una evidencia constatable, que será constatable durante el proceso electoral y en especial durante la jornada electoral y cómputo de resultados.

 

Ése es, en gran medida, el sentido del proyecto de acuerdo que tienen en sus manos.

 

Este proyecto establece el modelo de convenio de colaboración que nuestros compañeros vocales ejecutivos locales deberán impulsar, en coordinación con la Unidad de Vinculación con los OPLES y con los consejeros presidentes de dichos organismos locales.

 

Al respecto permítanme compartir con ustedes que en las reuniones regionales que sostuvimos con las consejeras y consejeros electorales de dichos organismos, que organizarán las elecciones en 2015, una de las preocupaciones reiteradas que recibimos tuvo que ver precisamente con los términos y los alcances de los convenios de colaboración.

 

Nuestros colegas de dichos organismos insistieron en la necesidad de que los convenios precisaran con absoluta claridad los alcances y fundamentos de la colaboración, ya que las disposiciones locales todavía presentan espacios para la interpretación.

 

Es por ello que en este proyecto de acuerdo se hace referencia a todos aquellos acuerdos que ha tomado este Consejo General y que van configurando las características y ámbitos de la colaboración del INE y los OPLES.

 

Confío en que el proceso de negociación de este convenio sea una oportunidad con cada uno de los Organismos Públicos Locales Electorales, para que nuestros delegados en los estados y la Unidad de Vinculación construyan los mecanismos de comunicación y retroalimentación que nos permitan mantener un nuevo circuito de colaboración y confianza, pero también contextos de exigencia recíprocos entre autoridades electorales.

 

De ello depende el éxito de la estandarización de las elecciones que planteó la pasada reforma electoral.

 

De la imparcialidad de los organismos locales y del INE depende la confianza de la ciudadanía en el Sistema Nacional de Elecciones.

 

A nombre de las consejeras y los consejeros electorales, reitero nuestro respaldo inicial a quienes conforman los Organismos Públicos Locales Electorales.

 

No duden que su desempeño imparcial siempre contará con el respaldo y la asistencia necesaria del Instituto Nacional Electoral, en una lógica de colaboración que –como mencionaba– pretende generar contextos de exigencia recíprocos y una auditoría y vigilancia con pleno respeto a su autonomía, que se desprende del mandato constitucional.

 

Termino agradeciendo a la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Electorales, presidida por el consejero Marco Antonio Baños, la conducción, de la conformación de estos lineamientos que regirán la celebración en el futuro próximo de los convenios con los Organismos Públicos Locales Electorales.

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