México D.F. ,a 19 de Noviembre de 2014
VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL CONSEJERO PRESIDENTE DEL INE, LORENZO CÓRDOVA VIANELLO, DURANTE EL PUNTO 11 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO GENERAL, CON RELACIÓN A LA EXPEDICIÓN DEL REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN
Gracias, Secretario.
Señoras y señores consejeros y representantes, está a su consideración el proyecto de acuerdo mencionado. Permítanme intervenir en esta primera ronda.
Permítanme también hacer una sola intervención para externar mi perspectiva sobre los reglamentos de Fiscalización y el de procedimientos sancionadores en la materia, que nos ocupará en el siguiente punto.
Fiscalizar los recursos de los partidos políticos ha sido un tema de interés público y una preocupación central en las reformas electorales de las últimas dos décadas; conocer el monto, origen, destino y aplicación de los recursos que se invierten en el juego democrático tiene como fin último que la competencia por el poder político se dé en condiciones de equidad. Ni ciudadanos, ni autoridades queremos que el peso del dinero se convierta directamente en condición de la influencia electoral.
Vista en perspectiva histórica, la fiscalización ha transitado de la ausencia absoluta de normas, o precaria de éstas, a la necesidad de litigar el acceso a información reservada, de la creación de una unidad especializada en la eliminación de los secretos bancario, fiduciario y fiscal, y se pasó a la fiscalización centralizada para homologar los criterios de registro contable, así como los de revisión y auditoría con la última reforma.
Esta evolución de las reglas aplicables en la materia se ha encaminado a garantizar que el interés sea el que predomine en la financiación de la política y en evitar que el interés de grupos que gravita en el financiamiento, detrás del financiamiento privado, incida en la conformación de los poderes públicos representativos.
En este contexto, el nuevo modelo de fiscalización, derivado de la reforma de este año, que tuvo como uno de sus propósitos estandarizar la calidad de la democracia en todo nuestro país, pretende eliminar espacios para la sofisticación contable, para la ingeniería contable y para la asignación discrecional del gasto de los partidos políticos.
Permítanme decirlo de esta manera, hasta la jornada electoral de 2012, la normatividad permitía que los partidos políticos, de acuerdo a sus intereses y estrategias políticas y contables, diseñaran sofisticadas contabilidades para ajustar los ingresos y egresos, con la finalidad de aminorar consecuencias legales en caso de eventuales excesos a los gastos de campaña.
De ahí que el nuevo paradigma de fiscalización haya modificado los plazos, criterios y consecuencias en esta materia, con una perspectiva nacional.
Además, el nuevo modelo reconoce la conveniencia de contar con un órgano técnico encargado de la fiscalización y también con una comisión integrada por consejeros electorales que revisen con criterios homogéneos los informes de todas las campañas electorales del país.
Estoy convencido que la reforma en materia de fiscalización, sin retroceder en la exhaustividad y el profesionalismo técnico que se logró alcanzar a lo largo de un par de décadas, pretende garantizar la legalidad en el uso del financiamiento, la máxima publicidad sobre el origen y destino de esos recursos, y dispone celeridad para la entrega de los informes y oportunidad para su revisión.
La importancia de la oportunidad solamente es factible con la puesta en marcha de un sistema informático de contabilidad en línea, que permita a los sujetos regulados el cumplimiento de sus obligaciones y a la autoridad electoral el ejercicio de sus facultades.
En tal sentido, la homogeneidad de las reglas de fiscalización aplicadas a través de una autoridad nacional, debe contribuir a estandarizar las condiciones de las elecciones y a nivelar la disputa por el poder político.
Esta visión necesariamente debe eliminar la heterogeneidad en el uso de recursos y la forma en que son auditados en cada una de las entidades federativas.
De ahí, la importancia del Reglamento de Fiscalización y del Reglamento de Procedimientos Sancionadores, que analizaremos en esta sesión.
Con el reglamento de fiscalización se contará con un ordenamiento que clarifique y sistematice las reglas relativas al registro, aplicación y comprobación de las operaciones de ingresos y egresos de los sujetos obligados.
Particularmente establece las reglas del sistema en línea de contabilidad, los parámetros bajo los cuales se hará la revisión del empleo de recursos, el padrón nacional de proveedores, el pago de terceros a cargo de la autoridad electoral, la regulación de instrumentos bancarios de financiamiento, así como las obligaciones para transparentar hacia la ciudadanía el ejercicio de recursos por parte de partidos y candidatos, entre otros aspectos.
Por su parte, el Reglamento de Procedimientos Sancionadores en materia de Fiscalización tiene como propósito establecer el marco procesal relativo a la tramitación, sustanciación y resolución de los procedimientos en la materia, incorporando las interpretaciones y criterios que se han vertido tanto por el órgano administrativo como por el jurisdiccional en esta materia.
Concluyo colegas, haciendo un llamado a las fuerzas políticas aquí representadas, para el cumplimiento de las reglas de fiscalización emanadas del nuevo modelo que ustedes mismos diseñaron.
El nuevo marco normativo del sistema electoral es producto del consenso político, pero respetarlo y apegarse a la legalidad en materia de fiscalización, es una decisión de cada partido.
Es una determinación de los partidos apegarse a las reglas de fiscalización que libremente diseñaron en el Congreso y a los reglamentos que en el INE han contribuido a definir.
Por ello, los convoco a que en caso de que aún persistan inserticos normativos su compromiso con una democracia transparente, equitativa y con la rendición de cuentas, se refleje en un escrupuloso respeto al espíritu de la reforma y de estos reglamentos.
Sin duda, instrumentar el nuevo modelo de fiscalización es uno de los mayores desafíos técnicos que nos impuso la pasada Reforma Electoral.
Los reglamentos que estamos analizando constituyen el mejor esfuerzo institucional que se pudo diseñar en el intenso proceso de transformación del Instituto; su cumplimiento será, y lo digo con todas sus letras, la mejor garantía para evitar caer en los supuestos de rebase a los topes de gasto y al uso de recursos de procedencia ilícita que podrían derivar en una causal de nulidad de la elección.
Confío en que los contendientes asumirán un renovado compromiso con la legalidad y con una recreación de la democracia que sea congruente con las transformaciones plasmadas en la pasada Reforma Electoral.
El contexto de exigencia para los sujetos obligados de estos reglamentos es alto, tanto como la expectativa de la sociedad mexicana para que la recreación de la democracia en el marco del nuevo sistema nacional de elecciones, estandarice las condiciones de las contiendas y los poderes públicos se disputen de manera equitativa, transparente e imparcial.
El Instituto Nacional Electoral, ejercerá sus funciones fiscalizadoras en los extremos que le permite la ley los reglamentos que aprobaremos en esta sesión. Pero que se cumplan con los objetivos del nuevo paradigma de fiscalización, dependerá de la voluntad colectiva, de partidos políticos y candidatos de conducirse dentro de las nuevas reglas del juego democrático.
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