Coordinación Nacional de Comunicación Social

Número: 045

Ciudad de México ,a 19 de Febrero de 2016

Sanciona INE a Movimiento Ciudadano por omisiones graves en el resguardo del Padrón Electoral

Sanciona INE a Movimiento Ciudadano por omisiones graves en el resguardo del Padrón Electoral

·         La transparencia y rendición de cuentas no puede tener resquicios que vulneren los derechos fundamentales y, menos, por descuidos de alguno de los actores claves de la vida democrática: Consejero Presidente

·         Se reduce 25 por ciento de la ministración anual de financiamiento público del partido político

 

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó –por 9 votos a favor y dos en contra de los Consejeros Javier Santiago y José Roberto Ruiz- sancionar al Partido Movimiento Ciudadano (antes Convergencia), por omisiones de gravedad especial en el reguardo de la base de datos del Padrón Electoral y Lista Nominal de octubre de 2010.

Las sanciones aprobadas derivan de una investigación realizada por la autoridad electoral por hechos contrarios a la ley, relacionados con el acceso a datos de ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral y Lista Nominal a través de la página web BuscarDatos.com, en donde se acreditó que los registros difundidos eran los entregado el entonces partido Convergencia, hoy Movimiento Ciudadano, en el año 2010.

Las y los Consejeros Electorales acordaron reducir al partido, por seis votos a favor del Consejero Presidente, Lorenzo Córdova; de las Consejeras Adriana Favela y Beatriz Galindo, así como de los Consejeros Benito Nacif, Ciro Murayama y Arturo Sánchez -y cinco en contra de la Consejera Pamela San Martín y de los Consejeros Enrique Andrade, Marco Antonio Baños, José Roberto Ruiz y Javier Santiago- el 25 por ciento de la ministración anual del financiamiento público para actividades ordinarias permanentes, equivalente a 76 millones 295 mil 974 pesos, que se descontarán en un periodo de seis meses.

 

En tanto, por ocho votos a favor y tres en contra -de la Consejera Pamela San Martín y de los Consejeros Javier Santiago y José Roberto Ruiz- se impuso una multa por 32 mil 380 pesos a Ricardo Mejía Berdeja y Adán Pérez Utrera, -quienes en 2010 fungían como secretario de organización y acción electoral, y representante del Partido Convergencia, ante la Comisión Nacional de Vigilancia del Registro Federal Electores, respectivamente-. Asimismo se ordenó dar vista a la Procuraduría General de la República (PGR), para que en el ámbito de sus atribuciones determine lo que en derecho corresponda.

 

El Consejero Presidente del Instituto, Lorenzo Córdova, destacó que el INE está obligado a proteger la secrecía de los datos personales que les han sido confiados por los ciudadanos, y por ello –dijo- “la evolución hacia la transparencia y la rendición de cuentas de nuestro sistema democrático no puede tener resquicios que vulneren los derechos fundamentales y, menos aún, por descuidos de alguno de los actores claves de la vida democrática”.

Resaltó que los partidos políticos “deben seguir siendo aliados estratégicos en la actualización, depuración y verificación de los instrumentos electorales, en beneficio de la credibilidad y confiabilidad del Padrón Electoral, y un descuido como éste podría cuestionar ante la opinión pública el acceso a dicha información”.

Córdova Vianello señaló que los representantes del partido Movimiento Ciudadano (antes Convergencia) “faltaron al deber de cuidado que tenían obligación de observar” y con ello “violaron el derecho a la intimidad de las personas que proporcionaron sus datos personales a la autoridad electoral”.

 

Al tomar la palabra, el Consejero Javier Santiago se pronunció en contra del proyecto, al asegurar que no se acreditaron dos conductas: el nexo entre el Partido Convergencia, la publicación del Padrón Electoral en la página de Internet y el uso indebido “de una supuesta base de datos que tiene elementos del Padrón Electoral”.

El Consejero Enrique Andrade, a su vez, precisó que “de las probanzas que existen y de lo que obra en el expediente, lo que se puede verdaderamente acreditar, y esto es muy importante, es que hubo negligencia por parte del partido político en el cuidado de los datos entregados por esta autoridad. Y la falta, entonces, para mí, es que por un actuar negligente y falto de cuidado, el partido provocó que se le diera un fin distinto a las bases de datos que era, exclusivamente, para su revisión”.

En su intervención, el Consejero José Roberto Ruiz manifestó su oposición al proyecto debido a que no se cumplió con el principio de exhaustividad y porque “se basa en gran parte sobre unas políticas de acceso y seguridad para el resguardo de la información y documentación del Padrón Electoral que al momento en que sucedieron los hechos no estaban vigentes”.

En consideración de la Consejera Pamela San Martín, el acuerdo debería devolverse para realizar una investigación exhaustiva, ante la faltan diligencias para poder determinar “si estamos ante una omisión o ante una responsabilidad absolutamente directa por parte de un partido político, cuestión que yo no prejuzgo”.

El Consejero Benito Nacif, por su parte, indicó que la autoridad electoral acreditó las pruebas “de que el único partido que lo solicitó, que recibió y que proporcionó una constancia de que había recibido ese corte –de la base de datos- fue Movimiento Ciudadano. De manera, pues, que tenemos estos dos hechos que, desde mi punto de vista son suficientes para imputar la responsabilidad de la falta de cuidado”.

La Consejera Beatriz Galindo, al anunciar un voto concurrente, indicó que hay responsabilidad del partido Movimiento Ciudadano y de las personas físicas señaladas pero “no por el supuesto uso indebido de la base de datos, sino por  la falta de cuidado y omisión de garantizar debidamente el manejo, resguardo y custodia de los datos que proporcionan los ciudadanos al Registro Federal de Electores para conformar el Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores”.

Por su parte, la Consejera Adriana Favela destacó que la autoridad electoral realizó todas las diligencias para determinar la responsabilidad del partido Movimiento Ciudadano, al grado –dijo- de que “se tiene la seguridad en que el Padrón Electoral que se le entregó con corte al 31 de octubre de 2010, es el que también se estaba publicando en esa página web”.

El Consejero Ciro Murayama dijo que el procedimiento que siguió el entonces Instituto Federal Electoral (IFE) y ahora el INE, fue determinar la fecha del Padrón que apareció en la página de Internet, y en esa fecha, sólo un partido solicitó copia del listado del Padrón Electoral. “Hubo un descuido. No es casualidad. No hubo una generación espontánea en Suecia del Padrón, es el mismo del que ustedes dispusieron y eso es un descuido mayor”.

Mientras, el Consejero Arturo Sánchez defendió la investigación realizada por la autoridad electoral y negó que ésta se realizara con dolo, “lo que sí sabemos es que a diferencia de otros casos, estuvieron disponibles en la red los datos personales de prácticamente todos los que estaban inscritos en el Padrón Electoral en esa fecha, poco tiempo afortunadamente”.

El Consejero Marco Antonio Baños aseguró que la autoridad electoral no actúa con dolo, “sólo cumple con su trabajo para poder garantizar que el uso del padrón sea con el cuidado correspondiente” y hay elementos suficientemente claros que acreditan que el corte del Padrón Electoral que se entregó al entonces Partido Convergencia es el que apareció en el servidor de una empresa extranjera.

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