Número: 045
Ciudad de México ,a 19 de Febrero de 2016
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La
transparencia y rendición de cuentas no puede tener resquicios que vulneren los
derechos fundamentales y, menos, por descuidos de alguno de los actores claves
de la vida democrática: Consejero Presidente
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Se
reduce 25 por ciento de la ministración anual de financiamiento público del
partido político
El Consejo
General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó –por 9 votos a favor y dos
en contra de los Consejeros Javier Santiago y José Roberto Ruiz- sancionar al Partido
Movimiento Ciudadano (antes Convergencia), por omisiones de gravedad especial en
el reguardo de la base de datos del Padrón Electoral y Lista Nominal de octubre
de 2010.
Las sanciones aprobadas
derivan de una investigación realizada por la autoridad electoral por hechos
contrarios a la ley, relacionados con el acceso a datos de ciudadanos inscritos
en el Padrón Electoral y Lista Nominal a través de la página web BuscarDatos.com, en donde se acreditó
que los registros difundidos eran los entregado el entonces partido Convergencia,
hoy Movimiento Ciudadano, en el año 2010.
Las y los
Consejeros Electorales acordaron reducir al partido, por seis votos a favor del
Consejero Presidente, Lorenzo Córdova; de las Consejeras Adriana Favela y
Beatriz Galindo, así como de los Consejeros Benito Nacif, Ciro Murayama y
Arturo Sánchez -y cinco en contra de la Consejera Pamela San Martín y de los Consejeros
Enrique Andrade, Marco Antonio Baños, José Roberto Ruiz y Javier Santiago- el
25 por ciento de la ministración anual del financiamiento público para
actividades ordinarias permanentes, equivalente a 76 millones 295 mil 974
pesos, que se descontarán en un periodo de seis meses.
En tanto, por ocho
votos a favor y tres en contra -de la Consejera Pamela San Martín y de los
Consejeros Javier Santiago y José Roberto Ruiz- se impuso una multa por 32 mil
380 pesos a Ricardo Mejía Berdeja y Adán Pérez Utrera, -quienes en 2010 fungían
como secretario de organización y acción electoral, y representante del Partido
Convergencia, ante la Comisión Nacional de Vigilancia del Registro Federal
Electores, respectivamente-. Asimismo se ordenó dar vista a la Procuraduría
General de la República (PGR), para que en el ámbito de sus atribuciones
determine lo que en derecho corresponda.
El Consejero
Presidente del Instituto, Lorenzo Córdova, destacó que el INE está obligado a
proteger la secrecía de los datos personales que les han sido confiados por los
ciudadanos, y por ello –dijo- “la evolución hacia la transparencia y la
rendición de cuentas de nuestro sistema democrático no puede tener resquicios
que vulneren los derechos fundamentales y, menos aún, por descuidos de alguno
de los actores claves de la vida democrática”.
Resaltó que los partidos políticos “deben
seguir siendo aliados estratégicos en la actualización, depuración y
verificación de los instrumentos electorales, en beneficio de la credibilidad y
confiabilidad del Padrón Electoral, y un descuido como éste podría cuestionar
ante la opinión pública el acceso a dicha información”.
Córdova Vianello señaló que los
representantes del partido Movimiento Ciudadano (antes Convergencia) “faltaron
al deber de cuidado que tenían obligación de observar” y con ello “violaron el
derecho a la intimidad de las personas que proporcionaron sus datos personales
a la autoridad electoral”.
Al tomar la
palabra, el Consejero Javier Santiago se pronunció en contra del proyecto, al
asegurar que no se acreditaron dos conductas: el nexo entre el Partido
Convergencia, la publicación del Padrón Electoral en la página de Internet y el
uso indebido “de una supuesta base de datos que tiene elementos del Padrón
Electoral”.
El Consejero Enrique Andrade, a su vez, precisó
que “de las probanzas que existen y de lo que obra en el expediente, lo que se
puede verdaderamente acreditar, y esto es muy importante, es que hubo
negligencia por parte del partido político en el cuidado de los datos
entregados por esta autoridad. Y la falta, entonces, para mí, es que por un
actuar negligente y falto de cuidado, el partido provocó que se le diera un fin
distinto a las bases de datos que era, exclusivamente, para su revisión”.
En su intervención, el Consejero José
Roberto Ruiz manifestó su oposición al proyecto debido a que no se cumplió con
el principio de exhaustividad y porque “se basa en gran parte sobre unas
políticas de acceso y seguridad para el resguardo de la información y
documentación del Padrón Electoral que al momento en que sucedieron los hechos
no estaban vigentes”.
En consideración de la Consejera Pamela
San Martín, el acuerdo debería devolverse para realizar una investigación
exhaustiva, ante la faltan diligencias para poder determinar “si estamos ante
una omisión o ante una responsabilidad absolutamente directa por parte de un
partido político, cuestión que yo no prejuzgo”.
El Consejero Benito Nacif, por su parte,
indicó que la autoridad electoral acreditó las pruebas “de que el único partido
que lo solicitó, que recibió y que proporcionó una constancia de que había
recibido ese corte –de la base de datos- fue Movimiento Ciudadano. De manera,
pues, que tenemos estos dos hechos que, desde mi punto de vista son suficientes
para imputar la responsabilidad de la falta de cuidado”.
La Consejera Beatriz Galindo, al
anunciar un voto concurrente, indicó que hay responsabilidad del partido
Movimiento Ciudadano y de las personas físicas señaladas pero “no por el
supuesto uso indebido de la base de datos, sino por la falta de cuidado y omisión de garantizar
debidamente el manejo, resguardo y custodia de los datos que proporcionan los
ciudadanos al Registro Federal de Electores para conformar el Padrón Electoral
y la Lista Nominal de Electores”.
Por su parte, la Consejera Adriana
Favela destacó que la autoridad electoral realizó todas las diligencias para
determinar la responsabilidad del partido Movimiento Ciudadano, al grado –dijo-
de que “se tiene la seguridad en que el Padrón Electoral que se le entregó con
corte al 31 de octubre de 2010, es el que también se estaba publicando en esa
página web”.
El Consejero Ciro Murayama dijo que el
procedimiento que siguió el entonces Instituto Federal Electoral (IFE) y ahora
el INE, fue determinar la fecha del Padrón que apareció en la página de
Internet, y en esa fecha, sólo un partido solicitó copia del listado del Padrón
Electoral. “Hubo un descuido. No es casualidad. No hubo una generación
espontánea en Suecia del Padrón, es el mismo del que ustedes dispusieron y eso
es un descuido mayor”.
Mientras, el Consejero Arturo Sánchez
defendió la investigación realizada por la autoridad electoral y negó que ésta
se realizara con dolo, “lo que sí sabemos es que a diferencia de otros casos,
estuvieron disponibles en la red los datos personales de prácticamente todos
los que estaban inscritos en el Padrón Electoral en esa fecha, poco tiempo
afortunadamente”.
El Consejero Marco Antonio Baños aseguró
que la autoridad electoral no actúa con dolo, “sólo
cumple con su trabajo para poder garantizar que el uso del padrón sea con el
cuidado correspondiente” y hay elementos suficientemente claros que acreditan
que el corte del Padrón Electoral que se entregó al entonces Partido Convergencia
es el que apareció en el servidor de una empresa extranjera.