Coordinación Nacional de Comunicación Social

Número: 094

México D.F. ,a 26 de Marzo de 2015

Aprueba INE reglas aplicables a la retransmisión de señales por concesionarias de televisión restringida

Aprueba INE reglas aplicables a la retransmisión de señales por concesionarias de televisión restringida

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), en sesión extraordinaria urgente, aprobó por unanimidad las reglas aplicables a la retransmisión de señales radiodifundidas por parte de las concesionarias de televisión restringida satelital, en acatamiento a lo ordenado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 

El acuerdo establece que, en el periodo comprendido entre el 5 de abril y el 7 de junio de 2015, las empresas Televisión Azteca, S.A. de C.V. y Televimex, S.A. de C.V., (Televisa) deberán generar una señal con pauta federal y ponerla a disposición de Comercializadora de Frecuencias Satelitales, S. de R.L. de C.V., (Dish), para su retransmisión.

 

A cambio, Dish deberá pagar a cada una de las televisoras(Televisa y TV Azteca) por señal, la cantidad de 1 millón 665 mil 829 pesos con 60 centavos por cada señal, más el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

 

Durante la discusión la Consejera Pamela San Martín propuso que esta cantidad se dividiera a la mitad entre Dish y la empresa de cable SKY, misma que fue rechazada por 10 votos en contra y uno a favor, de la propia Consejera San Martín.

 

La Presidenta del Comité de Radio y Televisión, explicó que el proyecto da una solución viable a la retransmisión de señales de televisión a través de sistemas de televisión restringida y garantiza la transmisión de los mensajes de los partidos políticos pautados en los tiempos del Estado.

 

Agregó que para tomar esta determinación existieron acercamientos con las tres partes involucradas, quienes consideraron la solución planteada como técnica y legalmente viable de implementar.

 

La Consejera San Martín mencionó que para definir el costo que implica la generación de esta señal, se consultó a las instituciones públicas que realizaron actividades similares en cumplimiento a disposiciones del Comité de Radio y Televisión, por lo que el monto aprobado no lleva implícitas las características de una transacción comercial ni busca generar utilidades para alguna de las partes.

 

Asimismo, señaló que el proyecto tomó en consideración el escrito presentado por Dish el pasado 24 de marzo.

El acuerdo aprobado en acatamiento a lo ordenado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), instruye al Comité de Radio y Televisión para que, una vez concluido el presente proceso electoral, elabore un estudio a fin de encontrar mecanismos técnicos permanentes que garanticen la transmisión del pautado federal en los procesos electorales federales futuros.

 

Asimismo, las Consejeras y Consejeros Electorales aprobaron dos solicitudes de modificación al convenio de la Coalición Flexible denominada “Coalición de Izquierda Progresista”,  de los Partidos de la Revolución Democrática y del Trabajo; y al Convenio de Coalición Parcial presentado por los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México.

 

Al desahogar la sesión, el máximo órgano de dirección del INE, en acatamiento a dos sentencias de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, modificó el acuerdo que emite normas reglamentarias de la propaganda gubernamental, para incluir como caso de excepción la campaña de la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC) para fomentar una cultura de legalidad y de respeto de los derechos humanos.

 

De igual forma, las modificaciones al acuerdo determinan que la publicidad relativa al denominado “Apagón Analógico" a cargo del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y a la Transición a la Televisión Digital Terrestre, no debe considerarse dentro de los casos de excepción a la prohibición de difundir propaganda gubernamental en medios de comunicación durante las campañas electorales.

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