Número: 074
México D.F. ,a 11 de Marzo de 2015
El Consejo General del Instituto
Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad el Reglamento para la
designación y la remoción de las y los Consejeros Presidentes y las y los
Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES).
El Consejero Presidente del INE,
Lorenzo Córdova, mencionó que el proceso de selección aprobado en el Reglamento
muestra avances en cuanto a la transparencia y escrutinio público en cada una
de sus etapas.
“Este va a ser un procedimiento
abierto y transparente, lo que constituye la mejor garantía para que la
subjetividad en el proceso de selección se acote”, aseguró.
Lorenzo Córdova agregó: “lo que hemos
articulado es un procedimiento que evalúa en distintos momentos diversas
aptitudes, conocimientos en una primera instancia, capacidad no sólo de
escribir, sino de identificar problemas, de discernirlos, de analizarlos y eso
se puede hacer gracias a un ensayo y finalmente conocer aptitudes”.
Por su parte, el Consejero Marco
Baños, Presidente de la Comisión de Vinculación con los OPLES, explicó que el
proceso de selección se llevará a cabo en siete etapas: una convocatoria
pública, el registro de los aspirantes, la verificación de los requisitos
legales, un examen de conocimientos, el ensayo presencial, la valoración
curricular y entrevistas, y las observaciones de los partidos políticos, las
cuales se tomarán en consideración antes de que las designaciones se lleven al
Consejo General.
Señaló que el documento introduce
modificaciones sustanciales al proceso de designación de las y los Consejeros Locales
que el Instituto siguió durante 2014 para integrar los Consejos de 19 entidades
del país.
La normativa aprobada establece que la
remoción de los integrantes de los Consejos Locales obedecerá a las conductas
establecidas en la legislación electoral como lo son: atentar contra la
independencia e imparcialidad de la función electoral; acciones que impliquen
subordinación respecto de terceros; tener notoria negligencia, ineptitud o
descuido en el desempeño de las funciones; dejar de desempeñar
injustificadamente las funciones o las labores que tenga a su cargo; y violar
de manera grave las reglas, lineamientos, criterios y formatos que emita el
Instituto; entre otras.
En el desarrollo de la sesión, las y
los Consejeros Electorales aprobaron el Reglamento del Instituto Nacional
Electoral para el ejercicio de las atribuciones especiales vinculadas a la
función electoral en las entidades federativas.
El Consejero Marco Baños, explicó que
el documento establece los mecanismos que serán implementados en los procedimientos
de asunción total o parcial de una elección local, la atracción de atribuciones
locales por parte del INE, y el ejercicio de facultades de delegación del
Instituto a los OPLES en materia de fiscalización.
Asimismo, el pleno del Consejo General
conoció un informe respecto de los ingresos provenientes de las actividades
convenidas con los Institutos Estatales Electorales los cuales fueron
considerados como ampliaciones líquidas al Presupuesto del Instituto Nacional
Electoral. El documento da cuenta de que por este concepto, el INE ha obtenido
una ampliación equivalente a 5.2 millones de pesos.