Comisiones de Vigilancia

Son órganos colegiados del Instituto Nacional Electoral, cuyas funciones principales son ayudar y supervisar los trabajos relativos a la integración, depuración y actualización del Padrón Electoral y se dividen de acuerdo con su ámbito territorial de competencia.

Artículo 157 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE):

Comisión Nacional de Vigilancia

Representación a nivel nacional

Integrantes:

  • El director Ejecutivo del Registro Federal de Electores, quien la preside.
  • Un representante propietario y un suplente por cada uno de los Partidos Políticos Nacionales.
  • Un secretario designado por el Presidente de la Comisión, de entre los miembros del Servicio Profesional Electoral, con funciones en el área registral.
  • Un representante del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática. (INEGI)

Comisiones Locales y Distritales

Una en cada entidad federativa y en cada uno de los 300 distritos electorales del país.

Integrantes:

  • Los vocales del Registro Federal de Electores de las respectivas Juntas Ejecutivas, quienes fungen como Presidentes.
  • Un representante propietario y un suplente por cada uno de los Partidos Políticos Nacionales.
  • Un secretario designado por el Presidente de la Comisión, entre los miembros del servicio profesional electoral, con funciones en el área registral.

Artículo 158 de la LEGIPE:

Atribuciones

  • Vigilar que:
    • La inscripción de los ciudadanos en el Padrón Electoral y en las Listas Nominales de Electores, así como su actualización, se lleven a cabo en los términos señalados por la ley.
    • Las credenciales para votar se entreguen oportunamente a los ciudadanos.
  • Recibir de los Partidos Políticos las observaciones que formulen a las Listas Nominales de Electores.
  • Ayudar en la campaña anual de actualización del Padrón Electoral.
  • La Comisión Nacional de Vigilancia también conoce de los trabajos que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores realiza en materia de demarcación territorial.

Domicilio

Las oficinas de los representantes de los Partidos Políticos acreditados ante la Comisión Nacional de Vigilancia se encuentran ubicadas en la siguiente dirección:

    Edificio sede de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores
    Av. Insurgentes Sur 1561, 1º, 2º y 3er. piso
    Colonia San José Insurgente, Delegación Benito Juárez
    México, Distrito Federal, Código Postal 03900.

Grupos de Trabajo de la Comisión Nacional de Vigilanci

Proporcionan a la Comisión Nacional de Vigilancia los elementos técnicos y operativos necesarios para el ejercicio de sus atribuciones, mediante la elaboración de documentos de trabajo y/o proyectos de acuerdo.

Integrantes:

  • Un Coordinador de Grupo designado por el Director Ejecutivo del Registro Federal Electoral.
  • Un representante propietario y un suplente por cada uno de los Partidos Políticos Nacionales acreditados ante la Comisión Nacional de Vigilancia.
  • Un secretario designado por el Coordinador del Grupo de Trabajo.

Nota: La información normativa está sujeta a revisión por parte del Instituto, conforme a la reciente Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de mayo de 2014


Fecha de actualización: 17 de agosto de 2015.

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