Fecha de actualización: 9 de febrero de 2017.
El Instituto Nacional Electoral es el organismo público autónomo encargado de organizar las elecciones federales, es decir, la elección del Presidente de la República, Diputados y Senadores que integran el Congreso de la Unión, así como organizar, en coordinación con los organismos electorales de las entidades federativas, las elecciones locales en los estados de la República y la Ciudad de México.
La reforma constitucional en materia política-electoral aprobada por el H. Congreso de la Unión, así como por la mayoría de las legislaturas de los estados, publicada el 10 de febrero de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, rediseña sustancialmente nuestro régimen electoral. Su objetivo principal es homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales y así, garantizar altos niveles de calidad en nuestra democracia electoral. El aspecto más sobresaliente de la reforma es la transformación del Instituto Federal Electoral (IFE) en una autoridad de carácter nacional: el Instituto Nacional Electoral (INE).
Se fortalecen las condiciones de equidad durante las elecciones, al mejorar la impartición de justicia electoral y hacer más eficiente la imposición de sanciones.
Dichas violaciones deberán acreditarse de manera objetiva y material. Se presumirá que las violaciones son determinantes cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al cinco por ciento.
Se establecen obligaciones para vigilar de modo más efectivo el uso de recursos que hacen los partidos durante las campañas, lo que fortalecerá la transparencia y la equidad en las contiendas.
La Credencial para Votar con Fotografía, que emplean millones de ciudadanos para identificarse y ejercer su derecho a voto, conservará su vigencia.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que en la conformación del INE participarán ciudadanos, representantes del Poder Legislativo de la Unión y de los Partidos Políticos Nacionales, por lo que le otorga independencia para su funcionamiento y toma de decisiones, así como personalidad jurídica y patrimonio propios.
El cumplimiento de las actividades del INE se desarrolla con base en los siguientes elementos:
Organizar procesos electorales libres, equitativos y confiables, para garantizar el ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía y contribuir al desarrollo de la vida democrática de México.
Ser el organismo electoral nacional autónomo que contribuya a la consolidación de la cultura y convivencia democrática en México, distinguiéndose por ser una institución moderna, transparente y eficiente, en la que la sociedad confíe plenamente para la organización de elecciones equitativas e imparciales.
Objetivo estratégico | Descripción |
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Organizar procesos electorales con efectividad y eficiencia |
En el marco del mandato Constitucional que dio origen al INE como el organismo público autónomo encargado de organizar las elecciones federales, así como de llevar a cabo, en coordinación con los organismos electorales de las entidades federativas, las elecciones locales en los estados de la República y en la Ciudad de México; un Objetivo Estratégico fundamental para esta Institución es dar cumplimiento a uno de los principales fines del nuevo régimen electoral: homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales y así, garantizar altos niveles de calidad en la democracia mexicana. En este marco, todas las actividades que se realicen para garantizar la celebración periódica de elecciones libres y pacíficas en el país, deberán asegurar el cumplimiento de los fines institucionales así como optimizar los recursos utilizados en dicha tarea. |
Fortalecer la confianza y la participación ciudadanas en la vida democrática y política del país |
Entre los fines que la ley le confiere al INE, destacan los mandatos relacionados con la contribución institucional al desarrollo de la vida democrática en México, el fortalecimiento del régimen de partidos políticos y asegurar a la ciudadanía el ejercicio de sus derechos político-electorales. En su conjunto, estas disposiciones se encuentran estrechamente interrelacionadas como parte de un mismo contexto en el que el trabajo institucional se propone incidir. En este sentido, es prioridad del Instituto orientar sus tareas hacia las acciones que permitan cumplir con el objetivo de incrementar la confianza ciudadana en la autoridad electoral, fortalecer los mecanismos para su participación y, en consecuencia, consolidar la democracia en México y el régimen de partidos que en ésta se desarrolla. |
Garantizar el derecho a la identidad |
Derivado del mandato legal que tiene el INE de realizar la integración del Registro Federal de Electores, la institución ha logrado que la expedición de la Credencial para Votar sea uno de los servicios con mayor número de solicitudes por parte de la ciudadanía. Además de su función como mecanismo de identificación que da certeza al ejercicio del voto, la Credencial para Votar y el conjunto de actividades registrales que deben realizarse para que este servicio se ofrezca a las y los mexicanos en ejercicio de sus derechos político-electorales, constituyen un Objetivo Estratégico para el INE, en el sentido de emprender las acciones necesarias para que, a través de la modernización de las técnicas y procedimientos que permiten su expedición y garantizan su validez, este medio se consolide como el instrumento de identidad preferente entre la ciudadanía. |
Objetivo estratégico | Indicador | Meta |
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Organizar los procesos electorales con efectividad y eficiencia |
Nivel de efectividad en la organización de los procesos electorales federales. |
Organizar los procesos electorales federales programados con el nivel máximo de efectividad. |
Nivel de efectividad en la organización de los procesos electorales locales. |
Organizar los procesos electorales locales programados con el nivel máximo de efectividad. |
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Fortalecer la confianza y la participación ciudadanas en la vida democrática y política del país |
Fortalecer la confianza y la participación ciudadanas en la vida democrática y política del país. Participación ciudadana en el ejercicio del derecho al voto en los procesos electorales federales. |
Alcanzar el máximo histórico de participación en elecciones federales realizadas por el Instituto. |
Participación ciudadana en el ejercicio del derecho al voto en los procesos electorales locales. |
Alcanzar el máximo histórico de participación en elecciones locales realizadas por el Instituto. |
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Participación ciudadana en la integración de Mesas Directivas de Casilla. |
Alcanzar el máximo histórico de Capacitación de Funcionarios Mesa Directiva de Casilla. |
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Participación ciudadana en la integración de Mesas Directivas de Casilla Única. |
Alcanzar el máximo histórico de Capacitación de Funcionarios Mesa Directiva de Casilla Única. |
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Porcentaje de ciudadanos que confían en el Instituto Nacional Electoral. |
Fortalecer la confianza en el Instituto. |
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Garantizar el derecho a la identidad ciudadana |
Cobertura del Padrón Electoral. |
Garantizar la actualización del Registro Federal Electoral. |
Opinión ciudadana sobre el servicio de los Módulos de Atención Ciudadana. |
Mejorar la atención al ciudadano en el momento de tramitar la Credencial para Votar. |
Todas las actividades del Instituto Nacional Electoral deben apegarse a los siguientes principios rectores:
Todas las acciones que desempeñe el Instituto Nacional Electoral estarán dotadas de veracidad, certidumbre y apego a los hechos, esto es, que los resultados de sus actividades sean completamente verificables, fidedignos y confiables.
En el ejercicio de las atribuciones y el desempeño de las funciones que tiene encomendadas, el Instituto Nacional Electoral debe observar escrupulosamente el mandato constitucional que las delimita y las disposiciones legales que las reglamenta.
Es la garantía y atributos de que disponen los órganos y autoridades que conforman la Institución para que sus procesos de deliberación y toma de decisiones se den con absoluta libertad y respondan única y exclusivamente al imperio de la ley, afirmándose su total independencia respecto a cualquier poder establecido.
En el desarrollo de sus actividades, todo el personal del Instituto Nacional Electoral debe reconocer y velar permanentemente por el interés de la sociedad y por los valores fundamentales de la democracia, supeditando a éstos, de manera irrestricta, cualquier interés personal o preferencia política.
Todos los actos y la información en poder del Instituto Nacional Electoral son públicos y sólo por excepción se podrán reservar en los casos expresamente previstos por las leyes y justificados bajo determinadas circunstancias.
La objetividad implica un quehacer institucional y personal fundado en el reconocimiento global, coherente y razonado de la realidad sobre la que se actúa y la obligación de percibir e interpretar los hechos por encima de visiones y opiniones parciales o unilaterales, máxime si éstas pueden alterar la expresión o consecuencia del quehacer institucional.
Además de realizar todas las actividades relacionadas con la preparación, organización y conducción de los procesos electorales federales, la Constitución y la legislación electoral le ordenan al Instituto Nacional Electoral realizar otras actividades, entre las que se encuentran las siguientes:
Para la realización de sus actividades, el Instituto Nacional Electoral cuenta con una sede central ubicada en la Ciudad de México, 32 delegaciones (una en cada entidad federativa) y 300 subdelegaciones (una en cada distrito electoral en que se divide el país). El personal que labora en ellas se divide en dos cuerpos de funcionarios, integrados en un Servicio Profesional Electoral y una rama administrativa y cuenta con la siguiente estructura orgánica:
Órganos Directivos | Órganos Técnico-Ejecutivos | Órganos de Vigilancia |
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Es el órgano superior de dirección de todo el Instituto, responsable de vigilar el cumplimiento con las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, y velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades de la institución.
Integración
Los integrantes del Consejo General con derecho a voz y voto son: 1 Consejero Presidente 10 Consejeros Electorales Los integrantes con voz pero sin voto son: Los Consejeros del Poder Legislativo (Uno por cada fracción parlamentaria representada en el Congreso de la Unión) Los representantes de los partidos políticos nacionales (Uno por cada partido que cuente con reconocimiento legal) El Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (Nombrado por las 2/3 partes del Consejo General a propuesta del Consejero Presidente) Los Consejeros Electorales son electos por el voto de las 2/3 partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados mediante el procedimiento descrito en el apartado A, base V el Artículo 41 Constitucional. |
Los Consejeros Electorales son electos por el voto de las 2/3 partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados mediante el procedimiento descrito en el apartado A, base V el Artículo 41 Constitucional. |
Comisiones del Consejo General
Para atender los asuntos bajo su responsabilidad, los miembros del Consejo General del INE conforman los siguientes tipos de comisiones:
PERMANENTES | TEMPORALES |
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La ley dispone el funcionamiento permanente de ocho comisiones del Consejo General, que se integran exclusivamente por Consejeros Electorales: |
El Consejo General integrará las comisiones temporales que considere necesarias para el desempeño de sus atribuciones, las que siempre serán presididas por un consejero electoral. |
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Consejos Locales | Consejos Distritales |
Son los órganos de dirección constituidos en cada una de las 32 entidades federativas que, a diferencia del Consejo General, únicamente se instalan y sesionan durante los procesos electorales federales. |
Son los órganos de dirección constituidos en cada uno de los 300 distritos uninominales en que se divide el territorio nacional para efectos electorales. Al igual que los Consejos Locales, únicamente se instalan y sesionan durante los procesos electorales federales. |
Integración Integrantes con derecho a voz y voto:
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Integración Integrantes con derecho a voz y voto:
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Integrantes con voz pero sin voto:
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Integrantes con voz pero sin voto:
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El Vocal Secretario de la Junta Local es el Secretario del Consejo Local. |
El Vocal Secretario de la Junta Distrital, es el Secretario del Consejo Distrital. |
Principales Atribuciones |
Principales Atribuciones |
Órgano | Descripción | Atribuciones |
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Junta General Ejecutiva |
Es el órgano ejecutivo y técnico de mayor jerarquía. Se encarga de instrumentar las políticas y programas generales del Instituto y cumplir con los acuerdos y resoluciones aprobados por el Consejo General. La Junta General Ejecutiva está integrada por:
Al Secretario Ejecutivo del Instituto le corresponde coordinar la Junta General Ejecutiva, así como conducir la administración y supervisar el desarrollo adecuado de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del INE |
Debe sesionar por lo menos una vez al mes y entre sus atribuciones están las siguientes:
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Juntas Locales Ejecutivas |
Son los órganos permanentes de ejecución y soporte técnico de las actividades del Instituto en cada entidad federativa. Integración de las Juntas Locales Ejecutivas:
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Deben sesionar por lo menos una vez al mes y entre sus atribuciones se encuentran:
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Juntas Distritales Ejecutivas |
Son los órganos permanentes de ejecución y soporte técnico de las actividades del Instituto en cada uno de los 300 distritos electorales uninominales, los cuales tienen sede en la cabecera de cada uno de los distritos. Al igual que las Juntas Locales, estas se integran por un total de cinco miembros:
El cargo de Vocal Ejecutivo lo asume y ejerce el Consejero Presidente del Consejo Distrital, quien es designado por el Consejo General. Los funcionarios de estas juntas también están adscritos al Servicio Profesional Electoral. |
Deben sesionar por lo menos una vez al mes y entre las atribuciones que tienen encomendadas, dentro del ámbito de su competencia territorial, figuran:
Presentar al Consejo Distrital para su aprobación, las propuestas de quienes fungirán como asistentes electorales el día de la jornada electoral. |
Órganos de Vigilancia Son órganos colegiados cuya finalidad es coadyuvar y supervisar los trabajos relacionados con la integración, depuración y actualización del Padrón Electoral. |
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Comisión Nacional de Vigilancia Es la instancia superior de estos órganos con representación a nivel nacional y se integra con los siguientes funcionarios:
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Comisiones Locales y Distritales de Vigilancia En las Comisiones Locales y Distritales de Vigilancia participan los siguientes funcionarios:
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Los Órganos de Vigilancia tienen encomendadas las siguientes funciones:
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