Atribuciones del Centro para el Desarrollo Democrático

 

Artículo 67 del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral:


  • Proponer al Presidente del Consejo, por conducto de su Titular, los programas, estrategias de trabajo y presupuesto de esta Unidad conforme a las atribuciones señaladas en el presente artículo y otras disposiciones para que, una vez aprobados por el propio Consejero Presidente, se incorporen a la propuesta de Políticas y Programas Generales del Instituto que la Junta debe poner a consideración del Consejo, así como del proyecto de presupuesto correspondiente.
  • Elaborar análisis, estudios, investigaciones y bases de datos que tengan los propósitos siguientes:
    •  Aportar elementos informativos al Consejero Presidente y a los Consejeros Electorales para la mejor toma interna de decisiones.
    • Coadyuvar a cumplir eficazmente con las funciones, atribuciones y fines del Instituto y de sus órganos.
  • Otorgar a los partidos políticos y a las agrupaciones políticas nacionales asistencia académica para el diseño de sus programas de capacitación y formación, cuando así lo soliciten.
  • Proponer al Secretario Ejecutivo la divulgación de los análisis, estudios,  investigaciones y bases de datos que realice, por sí mismo o en colaboración con terceros, referidos a la democracia o a temas político electoral; así como la difusión de información de carácter académico que contribuya a fortalecer el conocimiento general y especializado en esas materias.
  • Coadyuvar en el diseño, implementación, impartición y evaluación de cursos de capacitación formativa y de actualización del personal del Instituto orientados a desarrollar en ellos una base mínima de competencias laborales, con base en las solicitudes que efectúen las Direcciones Ejecutivas de Administración y del Servicio Profesional Electoral. Asimismo, producir los materiales de instrucción correspondiente y dar el seguimiento académico requerido para alcanzar los objetivos que se aprueben.
  • Identificar y establecer mecanismos de colaboración académica con institutos políticos, organizaciones civiles, instituciones académicas y de investigación, así como de educación superior o especializada, para el óptimo cumplimiento de las funciones del Instituto.
  • Diseñar y organizar encuentros y foros académicos que contribuyan a un mejor conocimiento de la democracia y la divulgación de la materia político electoral. En su caso, organizarlos en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, la Coordinación de Asuntos Internacionales y la Coordinación Nacional de Comunicación Social.
  • Proveer asistencia académica que señalen los convenios que celebre el Instituto con los organismos electorales de las entidades federativas, a fin de difundir el conocimiento general y especializado sobre la democracia y la materia político-electoral.
  • Coadyuvar con la Unidad Técnica de Servicios de Información y Documentación en la formación y desarrollo de un acervo biblio-hemerográfico especializado y actualizado sobre democracia y en materia político electoral, a fin de enriquecer el acervo de la red nacional de bibliotecas del Instituto.
  • Mantener un registro sistematizado, público y actualizado de los estudios e investigaciones que realice comisione el Instituto, en apego a la normatividad aplicable en materia de transparencia. Para tal efecto, el Centro difundirá las políticas de investigación que apruebe el Consejo e informará periódicamente sobre su cumplimiento. Las áreas del Instituto informarán periódicamente al Centro de los estudios e investigaciones que realicen.
  • Atender las solicitudes de colaboración e información formuladas por los Consejeros Electorales en términos de las atribuciones que les confiere este Reglamento y las demás disposiciones aplicables. El Centro informará oportunamente al Consejo sobre la atención de dichas solicitudes, así como de aquéllas formuladas por el Presidente del Consejo.
  • Desarrollar estudios y análisis sobre derecho electoral nacional y comparado conjuntamente con instituciones de investigación jurídica; en su caso, dependiendo de la materia con el apoyo de la Coordinación de Asuntos Internacionales.
  • Integrar la Unidad Editorial, en términos de la normatividad aplicable.
  • Las demás que le confieran diversos ordenamientos, Reglamentos y Lineamientos institucionales, así como las específicas que el Consejo General o su Presidente le asignen en el ámbito de sus respectivas competencias.

Nota: La información normativa está sujeta a revisión por parte del Instituto, conforme a la reciente Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de mayo de 2014.




.

Nos interesa tu opinión: