La inconformidad es un derecho que tienen las proveedores que participan en los procedimientos de contratación, cuando se adviertan irregularidades o incumplimiento al marco jurídico que nos regula para realizar cada una de las etapas:
La convocatoria a la licitación, y las juntas de aclaraciones.
La invitación a cuando menos tres personas.
El acto de presentación y apertura de proposiciones, y el fallo.
La cancelación de la licitación.
Los actos y omisiones por parte de la Convocante que impidan la formalización del contrato
El Título Séptimo, Capítulos Primero y Segundo del Reglamento de Adquisiciones y el Título Décimo Primero, Capítulo Primero del Reglamento de Obra establecen los supuestos y disposiciones relativos a la instancia de Inconformidad.
La inconformidad deberá presentarse por escrito, directamente en las oficinas de la Contraloría General del Instituto Nacional Electoral, ubicada en Periférico Sur No. 4124 tercer piso, Colonia Ex Rancho de Anzaldo, Delegación Álvaro Obregón, Código Postal 01900, México Distrito Federal.
Los licitantes que participen en los procedimientos convocados por el Instituto, podrán presentar inconformidades en los domicilios de las Juntas Locales y Juntas Distritales del propio Instituto, siendo responsabilidad de éstos últimos remitirla a la Contraloría a más tardar al tercer día hábil siguiente de haberla recibido.