Conoce el significado de los conceptos más relevantes sobre la elección de la Asamblea Constituyente
Órgano en el que recaen todas las funciones del poder Constituyente de la Ciudad de México.
Se refiere a los Diputados Constituyentes que se sesionarán a partir del 1 de septiembre de 2016 para realizar la Constitución de la Ciudad de México.
Proceso de asignación para los candidatos independientes que obtuvieron una votación igual o mayor al cociente natural.
Proceso de asignación para obtener un nuevo cociente, el cual se calcula considerando la votación válida emitida menos la votación emitida para todos los candidatos independientes entre el número de lugares restantes.
Los votos alcanzados por cada partido político se dividen entre el nuevo cociente, y los números enteros de este resultado será la cantidad de diputados constituyentes que corresponda a cada uno.
Sede donde se encuentra instalada la Junta Distrital Ejecutiva, el Vocal Ejecutivo y el consejero Distrital.
Ciudadana o ciudadano que solicitó el registro de su candidatura sin acudir a ningún partido político, y que cumpliendo los requisitos establecidos por la LEGIPE y legislación aplicable, puede competir por un cargo de elección.
Es el resultado de las operaciones que calculan los votos necesarios que un Candidato Independiente debe alcanzar para obtener un lugar en la Asamblea.
Es un identificador único asociado al archivo del Acta Digitalizada y representa de manera única a cada imagen del Acta, garantiza la autenticidad de las imágenes de las Actas y de la información contenida en el proceso de digitalización.
Organismo parlamentario del Poder Legislativo, encargado de crear las leyes. En México, se conforma por dos cámaras; la de Diputados y la de Senadores.
División geográfica en la que se organiza el territorio de un país con fines electorales. En él, se consideran los domicilios de los votantes para formar secciones electorales donde se instala proporcionalmente un número de casillas durante la Jornada Electoral.
Es un proceso inédito en la Ciudad de México, mediante el cual sus ciudadanos elegirán por primera vez a los diputados que integrarán la Asamblea Constituyente.
Proceso de asignación en el que se consideran los votos de los Candidatos Independientes que no obtuvieron lugar y los restantes de los Partidos Políticos; estas cantidades se ordenan de mayor a menor, y las más altas obtendrán un lugar hasta que se complete la Asamblea.
Fórmula utilizada para asignar diputaciones a los partidos políticos. Es el resultado de dividir la votación emitida por partidos políticos entre el número de diputaciones restantes por asignar.
Proceso de reasignación de lugares en la Asamblea, en caso de que algún Candidato Independiente o Partido Político, exceda sus gastos de campaña.
Ocurren cuando un elector no marcan ningún emblema de partido político o candidato independiente, o bien si marca dos o más cuadros sin existir coalición. En ambos casos, no importa si fue por error o inteción, no es posible corregir la boleta una vez depositada en la urna o después de salir de la casilla. (Art. 288 LEGIPE)
Total de votos realizados por la ciudadanía. Estos pueden ser para candidatos independientes, partidos políticos o votos nulos.
Se obtiene de la votación total emitida restándole los votos nulos. El resultado es la cantidad precisa de votos que cuentan para la elección.