Aclara tus dudas acerca de los cómputos que se llevan a cabo en el Proceso Electoral Ordinario 2017 en el estado de Nayarit.
Es la suma de los resultados anotados en las Actas de Escrutinio y Cómputo de las casillas que se instalan en un municipio. Los órganos encargados del cómputo son los Consejos Municipales, que celebran con dicho objeto, sesión ordinaria el miércoles posterior a la elección a partir de las 8:00 horas.
En el caso de las elecciones de Presidente(a) Municipal, Síndico(a) y Regidores, sirven para declarar la validez de la elección y electos los ciudadanos que hayan obtenido el derecho, mediante la suma total de votos, el cual determina el resultado final de la elección.
Tratándose de las elecciones de Gobernador(a) y Diputados(as), los cómputos municipales permiten, mediante la suma total de votos asentados en las actas de escrutinio y cómputo, integrar el expediente del cómputo municipal de cada elección, mismos que son remitidos por el Consejo Municipal al Consejo Local para los cómputos estatales.
Se abren los sobres que contengan los expedientes de las casillas que no tengan muestra de alteración, y se coteja el resultado del acta de escrutinio y cómputo de la casilla con los resultados del acta que obre en poder del Presidente del Consejo Municipal Electoral.
Si los resultados de ambas actas coinciden se computan, en caso contrario, se procederá a realizar nuevamente el escrutinio y cómputo (recuento parcial), levantándose el acta.
El miércoles siguiente al día de la jornada electoral, el paquete electoral se considera sujeto a apertura o recuento. Si al realizar la apertura del paquete se encuentra el acta mencionada dentro del mismo, se cotejará con las actas que obren en los expedientes, si persiste alguna observación, se procederá al recuento.
Se procederá a realizar nuevamente el escrutinio y cómputo, levantándose el acta correspondiente.
Puede ser realizado por el pleno del Consejo Municipal Electoral, (en caso de que se trate de un máximo de 20 casillas a recontar), o se crean grupos de trabajo que realizarán el recuento de los votos.
Una vez agregados los datos de todas las casillas a la suma de resultados, concluye el cómputo municipal.
Las sesiones de cómputo municipal inician a las 8:00 horas del miércoles siguiente al día de la jornada electoral (7 de junio del 2017) y deberán concluir en un plazo máximo de 72 horas. (El plazo podrá ampliarse en caso de tener que realizar recuento de votos).
Se llena con los siguientes datos:
Las actas deben estar disponibles en las sedes de los Consejos Municipales a partir de las 8:00 horas del día 7 de junio, momento en el que inicia el cómputo municipal.
Es la suma de los resultados que constan en cada una de las actas de los cómputos municipales para la elección de Gobernador y Diputados. Dicha suma la realiza el Consejo Local Electoral para emitir la declaración de validez de la elección y determinar a los candidatos elegidos.