Presentación

1. Los sistemas electorales

1.1. Definición de los sistemas electorales

1.2. Las funciones de los sistemas electorales

1.3. Tipos básicos de sistemas electorales

1.3.1. Mayoría (relativa y absoluta)

1.3.2. Representación proporcional

1.3.3. Sistemas mixtos

1.3.4. Otros sistemas (Japón, Australia, Irlanda del Norte, etcétera)

2. Los sistemas de partidos

2.1. Definición de los sistemas de partidos

2.2. Las funciones de los sistemas de partidos

2.3. Criterios de clasificación de los sistemas de partidos

2.4. Las posibilidades de transformación de los sistemas departidos

3. ¿Existe relación entre los sistemas electorales y los sistemas de partidos

3.1 Una visión general

3.2. La famosa "ley del cubo"

3.3. El llamado efecto mecánico

3.4. El presunto efecto psicológico

3.5. El punto de ruptura de la equidad

4. Los efectos de las relaciones entre los sistemas electorales y los sistemas de partidos

Bibliografía básica

Sobre el autor

                                                                                                            

 


Presentación

Un eje ordenador para evaluar a los regímenes políticos es el grado de aproximación o distanciamiento entre ellos y el ideal democrático. Así, este último sirve como parámetro para juzgar el funcionamiento y la dinámica de las instituciones y las prácticas políticas reales.

La relación entre ideal democrático y realidad política es en extremo compleja debido a que las instituciones y los procedimientos en los que la democracia se concreta responden a procesos históricos y políticos específicos, así como a la elección y concreción de opciones diversas. 

Un ejemplo que ilustra bien las anteriores aseveraciones es el de los sistemas electorales. En efecto, éstos pretenden resolver la necesidad de traducir en representación política el principio de la soberanía popular y la voluntad ciudadana expresada en el voto. Sin embargo, como es sabido, no existe una fórmula única para transformar votos en curules; las posibilidades de hacerlo son múltiples y pueden incorporar una gran diversidad de variables específicas. Es verdad que existen dos principios básicos de representación política: el mayoritario y el proporcional, pero ambos pueden materializarse de muy diversas maneras e incluso combinarse, dando lugar a una amplia gama de opciones y a una extensa tipología de sistemas electorales. 

Esta situación ha generado interrogantes acerca de cuál es el mejor sistema electoral, es decir, el que mejor se ajusta a los principios democráticos de soberanía popular y de representación política. Los estudiosos del tema han esgrimido argumentos en favor y en contra de uno y otro principio de representación, de uno y otro sistema electoral, de una y otra posibilidad de reforma, acumulando una gran riqueza teórica.

Así, quizás haya que sustituir la pregunta acerca del sistema electoral perfecto por una que indague sobre el sistema electoral más adecuado a las condiciones históricas y políticas de una nación, que mejor responda a las necesidades y procesos específicos de conformación de las instituciones de representación y de gobierno, y que goce del más amplio consenso entre los actores políticos relevantes y la mayoría ciudadana. 

Pero para ello es un requisito indispensable el conocimiento de los sistemas electorales por parte de todos los protagonistas de los procesos comiciales, incluidos desde luego los ciudadanos, cuya participación hace posible que la democracia no quede arrinconada en el desván de las utopías políticas. 

Por esta razón, el Instituto Federal Electoral publica el presente Cuaderno de Divulgación, en el que su autor, el doctor Leonardo Valdés Zurita, amplio conocedor del tema, presenta un panorama de los diferentes sistemas electorales y estudia su relevante vinculación con los sistemas de partidos.

Instituto Federal Electoral


1. Los sistemas electorales

1.1. DEFINICIÓN DE LOS SISTEMAS ELECTORALES

El sistema electoral es el conjunto de medios a través de los cuales la voluntad de los ciudadanos se transforma en órganos de gobierno o de representación política. Las múltiples voluntades que en un momento determinado se expresan mediante la simple marca de cada elector en una boleta forman parte de un complejo proceso político regulado jurídicamente y que tiene como función establecer con claridad el o los triunfadores de la contienda, para conformar los poderes políticos de una nación. 

El sistema electoral recibe votos y genera órganos de gobierno y/o de representación legítimos. En ese sentido es una estructura intermedia del proceso a través de la cual una sociedad democrática elige a sus gobernantes. Los extremos que lo enmarcan, a su vez, forman parte de complejas realidades que en sí mismas ofrecen un vasto universo de análisis. 

Con la generalización del sufragio en el mundo se puso en marcha la costumbre social según la cual los gobernados intervienen en la selección de sus gobernantes. Así, la democracia adquirió su actual adjetivo funcional: democracia representativa. En ese sentido, se dice que es el mejor (o el menos imperfecto) de los sistemas de gobierno que ha inventado el hombre. Los actores y los elementos del fenómeno electoral moderno son múltiples y variados: los electores, los candidatos, los partidos, los medios de comunicación, las autoridades que organizan el proceso; también lo son los procedimientos para la conformación de la lista de electores, la realización de las campañas de difusión, la instalación de los lugares de votación, la emisión y conteo de los sufragios y, finalmente, la resolución de los conflictos que se puedan presentar durante y después del acto electoral. 

Entre ese cúmulo de procedimientos y en contacto con todos los actores referidos, el sistema electoral juega un papel de especial importancia. Debe responder a múltiples cuestionamientos de manera clara y equitativa. Por tal motivo, todo sistema electoral tiene asignadas determinadas funciones.


1.2. LAS FUNCIONES DE LOS SISTEMAS ELECTORALES

De acuerdo con sus objetivos, los sistemas electorales se componen de reglas y procedimientos destinados a regular los siguientes aspectos y etapas de los procesos de votación: ¿quiénes pueden votar?; ¿quiénes pueden ser votados?; ¿de cuántos votos dispone cada elector?; ¿cómo pueden y deben desarrollarse las campañas de propaganda y difusión?; ¿cuántos representantes se eligen en cada demarcación electoral?; ¿cómo se determinan y delimitan los distritos y secciones electorales?; ¿quiénes y cómo deben encargarse de organizar los comicios?; ¿cómo deben emitirse y contarse los sufragios?; ¿cuántas vueltas electorales pueden y/o deben realizarse para determinar al triunfador?; ¿quién gana la elección? y, por último, ¿cómo se resuelven los conflictos que puedan presentarse? 

Todas ésas son circunstancias que una ley electoral debe prever y resolver. Estas son las funciones básicas de los sistemas electorales. Evidentemente, existen otras que regulan la constitución y reconocimiento legal de los partidos políticos, el registro de los ciudadanos, el papel de los medios de comunicación en las contiendas y la participación de posibles donantes en el financiamiento de las campañas.

En los medios académicos y políticos europeo y norteamericano se ha desarrollado una larga e intensa polémica acerca de las posibles consecuencias políticas de las leyes electorales. En virtud de ello, se ha identificado a las fórmulas electorales (así como a otras dimensiones de los sistemas electorales) como factores fundamentales del proceso de transformación de votos en curules (asientos reservados para los representantes en las cámaras respectivas). Por ese motivo se ha clasificado a los sistemas a partir de las fórmulas que cada uno de ellos contiene. 

La literatura especializada identifica tres modalidades principales de sistema electoral. Se trata de tipos básicos que en su forma pura se aplican sólo en unos cuantos países. Sus características elementales, sin embargo, los han hecho centro de la aguda polémica que se produce cada vez que se discute cuál de los sistemas electorales es el mejor. Veamos los rasgos fundamentales de estos tipos básicos de sistemas electorales y, de manera general, los argumentos empleados para objetarlos  o defenderlos.


1.3. TIPOS BÁSICOS DE SISTEMAS ELECTORALES

1.3.1. Mayoría (relativa y absoluta)

El sistema de mayoría simple, también conocido como el First past the post (fptp) system, es el más viejo y sencillo de cuantos existen. Es predominante en los países de habla inglesa. Normalmente se aplica en distritos uninominales, es decir, las zonas o regiones en que se divide un país para elegir a un solo representante popular, por mayoría, en cada una de ellas. Cada elector tiene un voto y el candidato que obtiene mayor número de votos gana, incluso si no alcanza la mayoría absoluta. Se conoce también como sistema de mayoría relativa y en inglés como plurality system

Este sistema ha sido objetado con el argumento de que, en el caso de presentarse una gran fragmentación del voto, puede suceder que un candidato que represente a una pequeña minoría del electorado tenga la mayoría simple de los votos y, en consecuencia, sea declarado ganador. Por tal motivo, el sistema de mayoría tiene una variante, que pretende asegurar que el triunfador en las urnas tenga en realidad el apoyo de la mayoría de los electores. Se conoce en inglés con el término de majority y supone que hay un ganador cuando alguno de los candidatos ha alcanzado al menos el 50% más uno de los votos. Por lo regular, el sistema de mayoría absoluta está asociado con más de una vuelta de votación y con limitaciones para el número de opciones que se pueden presentar en la segunda vuelta. 

No obstante, la objeción más importante a los sistemas de mayoría tiene que ver con los efectos de sobre y subrepresentación que producen cuando se emplean para la elección de órganos legislativos. Con ese tipo de sistema, un partido con mayoría, relativa o absoluta, puede acaparar todos los cargos en disputa y así quedar sobrerrepresentado, dejando a sus adversarios subrepresentados. 

Los sistemas de mayoría, en cambio, despliegan sus cualidades (y de hecho son dominantes) cuando se trata de elegir órganos personales, como los poderes ejecutivos. En la elección de presidentes y/o gobernadores el sistema de mayoría muestra sus ventajas de sencillez y certeza en la designación del ganador. Al método de mayoría absoluta, además, se le atribuye la cualidad de dotar al Ejecutivo de un claro mandato mayoritario del electorado, en virtud de que el ganador de la elección cuenta con el apoyo de más de la mitad de los electores.

Gran Bretaña es el caso típico de un sistema de mayoría simple. Su Cámara de los Comunes está compuesta por 651 representantes electos en sendos distritos uninominales a partir de la fórmula de mayoría simple. Esto implica que en cada distrito obtiene el triunfo el candidato que ha recibido la votación más alta. 

Francia, en cambio, es el mejor ejemplo de un sistema de mayoría absoluta. Su presidente resulta electo sólo si alguno de los candidatos obtiene más del 50% de los sufragios emitidos en la llamada primera vuelta. Si ninguno de los candidatos obtiene la mayoría absoluta de los votos en esa vuelta, se realiza una segunda ronda en la que compiten los dos candidatos que alcanzaron mayor votación en la primera oportunidad. Así, en la segunda vuelta uno de los dos candidatos necesariamente alcanza la mayoría absoluta de los votos emitidos. 

Existen dos variantes del sistema de mayoría absoluta que vale la pena tener presentes. Uno se aplica en un país centroamericano con sólida reputación democrática; el otro se aplica para la elección de la Cámara Baja en Francia. 

Efectivamente, en Costa Rica está vigente una fórmula atenuada de mayoría absoluta. Para evitar la segunda vuelta, alguno de los candidatos presidenciales de ese país debe alcanzar más del 40% de los votos. La ronda complementaria, por cierto, nunca ha tenido que realizarse, pues cada cuatro años uno de los candidatos de los dos partidos más votados supera el límite establecido por la fórmula antes descrita. 

En Francia, en cambio, son frecuentes las segundas vueltas, tanto en la elección presidencial como en la de diputados a la Asamblea Nacional. Estos últimos se eligen mediante una fórmula combinada de mayoría absoluta-mayoría relativa y en distritos uninominales. Esto implica que en cada uno de los 577 distritos electorales franceses gana el candidato que ha obtenido la mayoría absoluta de los sufragios de la primera vuelta, siempre que esa cantidad de votos sea superior al 25% de la lista de electores del distrito. Si ningún candidato obtiene el triunfo, se realiza una segunda vuelta a la que concurren todos los candidatos que hayan alcanzado al menos el 12.5% del total de los electores registrados. En la segunda vuelta obtiene el triunfo el candidato que alcanza la mayoría simple de los sufragios emitidos.


1.3.2. Representación proporcional

El sistema de representación proporcional (en adelante rp) ha sido el contrincante tradicional de los sistemas de mayoría. La rp intenta resolver los problemas de la sobre y la subrepresentación, asignando a cada partido tantos representantes como correspondan a la proporción de su fuerza electoral. 

El término rp es usado de manera genérica y se aplica a todos los sistemas que buscan igualar el porcentaje de votos que alcanza cada partido con el de representantes en los órganos legislativos y de gobierno. Tradicionalmente se aplica en demarcaciones o circunscripciones plurinominales (regiones en que se divide un país para la elección de representantes populares por rp) en las que participan los partidos mediante listas de candidatos que los electores votan en bloque. Sus defensores aseguran que se trata de la forma más equitativa de representación, pues al asignar a cada partido las curules correspondientes a la votación obtenida, reduce los efectos de sobre y subrepresentación que, sin embargo, no desaparecen del todo. No sucede así en virtud de que este sistema normalmente fija un límite mínimo de votación cuyo propósito es discriminar entre los partidos que tienen derecho a participar en el reparto proporcional y los que no lo tienen. Estos últimos, sistemáticamente, resultan subrepresentados.

Los críticos del sistema proporcional argumentan que si bien los órganos de representación electos por ese medio pueden ser un fiel reflejo del estado de las opiniones y los intereses de la ciudadanía en un momento determinado, no tienen un mandato específico para normar su acción legislativa y/o gubernativa. Para gobernar y legislar, afirman, se requiere de un mandato claro, basado en las ideas predominantes de la sociedad, no en el resultado de una especie de encuesta de opiniones múltiples y desorganizadas. Hay otra objeción importante a los sistemas de rp: el orden en las listas de candidatos es establecido básicamente por los dirigentes de los partidos políticos. Así, el ciudadano pierde en realidad el derecho a elegir a su propio representante; su adhesión es a un partido, a un programa, más que a un candidato determinado. En consecuencia, censuran que los sistemas de RP rompen el vínculo entre representado y representante, que es asegurado en cambio por los sistemas de mayoría en cualquiera de sus dos versiones. 

Italia fue hasta hace poco el mejor ejemplo de un sistema de rp. Sus 630 diputados eran elegidos en tres circunscripciones plurinominales por el método conocido como Imperiali. En la actualidad, Italia ha cambiado hacia un sistema mixto, que analizaremos más adelante. 

Actualmente España es el país más poblado de Europa que aplica el sistema electoral de rp. Esa nación se divide en 50 provincias que sirven como circunscripciones plurinominales para la elección de los 350 miembros del Congreso de los Diputados. Los partidos participan en la distribución de curules con listas que se denominan bloqueadas, ya que los propios partidos establecen el orden en el que se asignarán las diputaciones. Así, los que ocupan los primeros lugares de las listas regionales tienen la mayor probabilidad de ocupar las curules. Sin embargo, para participar en la distribución los partidos están obligados a obtener más del 3% de la votación nacional. Ese mínimo de votación es denominado, técnicamente, el umbral de los sistemas de rp

El método de distribución de las curules en España se conoce como fórmula D'Hondt y es de uso muy extendido en los sistemas de rp. Es un procedimiento que funciona a partir de divisiones sistemáticas de la votación obtenida por los diversos partidos, con el objeto de conformar una tabla distribuidora. Una vez construida esa tabla, las curules se asignan a los números más elevados, con lo que se determina cuántas curules le corresponden a cada partido. Un pequeño e imaginario ejemplo permite observar la forma de funcionamiento de este método de distribución de curules. 

Supongamos que en una determinada circunscripción se distribuyen cinco curules de representación proporcional y que los cuatro partidos que tienen derecho a participar en la distribución obtuvieron los siguientes resultados (tabla 1):

 

Tabla 1. Número de votos por partido

Partido

Votos

A 75,000
B 48,000
C 34,000
D 28,000

 

La fórmula D'Hondt establece que la votación obtenida por cada partido se debe dividir, a partir de la unidad, por números enteros sucesivos hasta cubrir el número de curules que se van a distribuir, en este caso cinco. Los resultados de esta operación se muestran en la tabla 2. 

Inmediatamente, se asigna la primera de las cinco curules al número más elevado de la tabla, esto es, al 75,000. La segunda curul corresponde al segundo número más elevado: 48,000; la tercera al tercer número, o sea al 37,500; la cuarta al cuarto número: 34,000 y, finalmente, la quinta curul al quinto número más grande, esto es, al 28,000. 

De modo que la distribución de curules por partidos resulta de la siguiente manera: el partido A queda con dos curules y los partidos B, C y D, con una.

 

Tabla 2. Número de votos por partido, dividido entre el número de curules

Votación dividida entre:

Partido 1 2 3 4 5
A 75,000 37,500 25,000 18,750 15,000
B 48,000 24,000 16,000 12,000 9,600
C 34,000 17,000 11,333 8,500 6,800
D 28,000 14,000 9,333 7,000 5,600

 

En algunos países latinoamericanos se utiliza el método D'Hondt para la asignación de curules de representación proporcional. 

En Argentina, los 259 miembros de la Cámara de Diputados se eligen en 24 circunscripciones, correspondientes a 23 provincias y a la capital federal, con el referido método de distribución y las llamadas listas bloqueadas. 

En Guatemala se emplea un doble sistema para la conformación del Congreso, que es unicameral. Ochenta y siete de los miembros del organismo son electos por rp en 23 circunscripciones plurinominales. Los 29 restantes son electos también por rp en una sola circunscripción nacional. En ambos casos, el método de distribución es el D'Hondt. 

En la República Dominicana los 120 miembros de la Cámara de Diputados se eligen en las 26 provincias y el Distrito Nacional de Santo Domingo, cada uno conformado como circunscripción electoral, con listas bloqueadas (listas predeterminadas por los partidos, en las cuales los votos de los electores no pueden modificar el orden en el que se presentan los candidatos) y según la llamada fórmula D'Hondt. 

En Venezuela una parte de su Poder Legislativo también es elegido a partir del método D'Hondt. En este caso, 199 de los miembros de la Cámara de Diputados se eligen en 22 estados y en el Distrito Federal, los cuales se constituyen como circunscripciones plurinominales, por listas bloqueadas y el método D'Hondt. Dos diputados se eligen por mayoría relativa en sendos territorios federales. Además, el Consejo Electoral Supremo está facultado para distribuir un número variable de curules adicionales, destinadas a compensar posibles casos de subrepresentación. 

Esta última modalidad nos conduce directamente al conjunto de sistemas conocidos como mixtos, que a continuación se analizan.


1.3.3. Sistemas mixtos

El sistema de lista adicional es una de las variantes de los llamados sistemas mixtos. Por lo regular se trata de sistemas que mezclan elementos de los mecanismos de mayoría y de representación proporcional. Tienen además una particularidad fundamental: la sección del órgano legislativo que se elige por rp está pensada como una adición que pretende compensar la desproporción de la representación elegida por medio de la mayoría relativa. Pueden existir muchas variantes en este tipo de sistemas. Dentro de sus elementos básicos, la determinación de los porcentajes mínimos de votación para participar en la distribución de la lista adicional es quizá de los elementos más importantes, como también lo es la participación o no del partido mayoritario en la distribución. 

Por lo regular, los sistemas mixtos se basan en una estructura de mayoría simple en distritos uninominales, complementada por diputaciones adicionales distribuidas por rp. El sistema mixto mexicano, que estuvo vigente entre 1978 y 1986, regido por la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (loppe), es un buen ejemplo de lista adicional. Según ese ordenamiento legal, la República Mexicana se dividía en 300 distritos uninominales, por lo que, en consecuencia, se elegían 300 diputados de mayoría relativa. Además, a partir de un número determinado de circunscripciones plurinominales se elegían 100 diputados de representación proporcional. Estos últimos estaban reservados para los partidos minoritarios que hubieran alcanzado más del 1.5% del total de la votación nacional. El método de distribución de las diputaciones plurinominales era distinto al de la fórmula D'Hondt. Correspondía a los llamados métodos de cociente. 

Con el objeto de ilustrar el funcionamiento de los sistemas mixtos de distribución, apliquemos uno de ellos a los datos de nuestro ejemplo. 

Supongamos de nueva cuenta que en una determinada circunscripción se distribuyen cinco curules de representación proporcional. Tomemos los resultados antes utilizados (tabla 3):

 

Tabla 3. Número de votos por partido

Partido Votos
A 75,000
B 48,000
C 34,000
D 28,000

 

Al sumar los votos obtenidos por los partidos que participan en la distribución de las curules se obtiene la votación efectiva: 185,000. 

El método de cociente natural divide la votación efectiva entre el número de escaños a repartir, es decir: 185,000 entre 5. El cociente natural (cn) sería, entonces, de 37,000. 

Tal cociente se compara con la votación obtenida por cada partido y se asignan las diputaciones en función del número entero que resulta de dividir la votación obtenida entre el cociente. Además, se descuentan de la votación de cada partido los votos que se han usado para la asignación de las curules, con el objeto de calcular la votación que aún le resta, en virtud de que si después de asignadas las curules por cociente quedan curules por distribuir, éstas se asignan a los restos de votación mayores (tabla 4).

 

Tabla 4. Curules obtenidas por el método de cociente natural

Partido Votos Curules por cn Resto de votación Curules por resto
A 75,000 2 1,000 0
B 48,000 1 11,000 0
C 34,000 0 34,000 1
D 28,000 0 28,000

1

 

La distribución de curules por partidos, en consecuencia, resulta de la siguiente manera: el partido A queda con dos curules y los partidos B, C y D, con una. 

Camerún tiene un peculiar sistema mixto para elegir a los 180 miembros de su Asamblea Nacional. Una parte se elige por mayoría simple en distritos uninominales. Otra, por mayoría absoluta en circunscripciones plurinominales. Si ninguna de las listas obtiene mayoría absoluta, se le asigna la mitad de los escaños o curules a la lista más votada y el resto se distribuye entre las demás listas por representación proporcional. El umbral mínimo fijado para participar en la distribución de escaños proporcionales es el 5% de la votación. 

Costa Rica también practica un peculiar sistema mixto para la elección de los 57 miembros de su Asamblea Legislativa. En este caso se calcula un cociente simple electoral, dividiendo el total de la votación entre el número de curules, o sea 57. Con ese cociente se establece el umbral para participar en la distribución, que equivale al 50% del cociente simple electoral. Una vez determinado el número de partidos que participarán en la distribución se calcula un segundo cociente, tomando en cuenta solamente la votación de las listas de candidatos que participan en la distribución. Se asignan las curules para cada lista en función del número de veces que cabe el segundo cociente en la votación de cada una de ellas. Si después de esa distribución aún faltan curules por distribuir, éstas se asignan a los restos mayores, pero tomando en cuenta la votación de los partidos que quedaron eliminados para la primera distribución. 

Quizás el sistema mixto más conocido sea el alemán. En este caso, la mitad de los 656 miembros de la Asamblea Federal se eligen en sendos distritos uninominales por mayoría simple. La otra mitad se elige por representación proporcional en circunscripciones equivalentes a los estados federados. Así, a cada estado le corresponde un número de diputados de rp igual al número de distritos uninominales que lo conforman. En la distribución de las diputaciones de representación proporcional participan todas las listas que hayan alcanzado más del 5% de la votación de la circunscripción. 

Este método ha sido recientemente implantado en Italia y se discute la pertinencia de adoptarlo también en Japón. 

En Croacia se aplica una variante con dominante mayoritario. Sesenta y cuatro miembros de la Cámara de Representantes son elegidos por mayoría relativa en distritos uninominales, mientras que los 60 restantes se eligen en una sola circunscripción nacional por el método D'Hondt. El umbral para participar en la distribución es del 3% de la votación nacional. Croacia, además, presenta otra peculiaridad: 14 representantes más son miembros de comunidades étnicas, nacionalidades o minorías. Se eligen también por listas presentadas por los partidos políticos. 

En México, desde 1988 se aplica un sistema mixto con dominante mayoritario. Se eligen 300 diputados en sendos distritos uninominales y 200 de representación proporcional en cinco circunscripciones plurinominales. El umbral establecido para participar en la distribución de los diputados de rp es el 1.5% de la votación nacional. En este caso existe un tope máximo de diputaciones para el partido mayoritario, que teóricamente puede implicar que el sistema pierda su capacidad para hacer equivalentes las proporciones de votos y de curules de cada partido. 

Esa capacidad es la característica más publicitada del sistema mixto alemán. La forma en que está diseñado pretende ajustar de la manera más exacta posible las proporciones de votos y de curules de cada partido, propósito que se cumple fundamentalmente porque en cada entidad federada se elige exactamente el mismo número de representantes de mayoría relativa y de representación proporcional y, además, porque los electores emiten un voto por los candidatos de su distrito y otro por las listas plurinominales de su circunscripción. A pesar de estas ventajas, se ha señalado que este sistema presenta cierto sesgo favorable a los partidos más votados. Esto se debe a que los partidos que no alcanzan el 5% de la votación en ninguna de las circunscripciones no obtienen representación alguna. Así, las curules que un sistema de rp ideal debiera destinarles son asignadas a los partidos más votados. No obstante, es necesario tomar esta objeción con cuidado, pues regularmente los partidos con cierta presencia en alguna región logran alcanzar representación en la circunscripción correspondiente, aun cuando su presencia nacional sea muy limitada. 

Se ha argumentado que los sistemas mixtos intentan rescatar lo mejor de los sistemas de mayoría y de rp. En ellos se conserva la relación representante-representado, propia de la elección uninominal, a la vez que se evitan los efectos de sobre y subrepresentación, que se supone son inherentes a los sistemas de mayoría. Sin embargo, los sistemas mixtos no son la única opción ante la eterna disputa entre la mayoría y la representación proporcional. Se han planteado otros, e incluso han estado vigentes en diferentes países. Veamos los más relevantes.


1.3.4. Otros sistemas (Japón, Australia, Irlanda del Norte, etcétera)

En diversos países han sido propuestos y han tenido vigencia métodos de escrutinio que no pueden considerarse de mayoría, ni de representación proporcional, o que son variantes sofisticadas de esos modelos. Tampoco pueden presentarse como sistemas mixtos, pues no lo son en realidad. Uno de los más conocidos es el sistema de voto único, no transferible, que se aplica en Japón. 

Este sistema sirve para elegir a los 512 Shugi-in que conforman la Cámara de Representantes japonesa. Se eligen en 130 distritos plurinominales, con tres representantes como mínimo y cinco como máximo. Los partidos tienen derecho a postular tantos candidatos como puestos se vayan a elegir en cada distrito. Los ciudadanos, por su parte, cuentan cada uno con un voto y lo deben otorgar a alguno de los candidatos postulados por los partidos. El escrutinio se basa en la fórmula de mayoría relativa y ganan los candidatos que obtienen la mayor cantidad de votos. El sistema fija un umbral mínimo de votación que deben alcanzar los candidatos triunfadores en cada distrito. Ese umbral equivale a la cuarta parte del cociente electoral simple, que resulta de dividir el total de votos válidos entre el número de curules a cubrir. Sólo los candidatos que superan tal umbral pueden ser declarados vencedores y en consecuencia ocupar una de las curules en disputa.

Este sistema, dicen sus críticos, permitió que durante largo tiempo existiera un partido predominante en Japón, impulsado por las campañas electorales que sus candidatos desarrollaban en cada distrito. Además, es necesario señalar que se trata de un sistema que conduce a los candidatos del propio partido predominante a una extraña situación de competencia. En efecto, un candidato muy popular o que realice una campaña sobresaliente en su distrito podría afectar las posibilidades de obtención de votos para el resto de los candidatos de su partido. En favor de este sistema se argumenta que permite cierto equilibrio en la representación que obtienen los partidos más grandes de la oposición, pues son ellos los que tienen mejores posibilidades de ganar posiciones en los distritos. 

Otro método peculiar es el conocido como voto alternativo que se aplica en Australia. En ese país se eligen 148 representantes en sendos distritos uninominales, y los electores establecen su primera y segunda preferencia respecto de los candidatos postulados por los partidos. Posteriormente, el escrutinio se realiza en diversas etapas. Primero, se establece si alguno de los candidatos obtuvo la mayoría absoluta en las primeras preferencias, esto es, si más del 50% de los electores le otorgó a ese candidato su primer voto. Si es así, ese candidato resulta electo. Si ninguno de los contendientes cumple con el requisito, se elimina al candidato que obtuvo menos primeras preferencias y se distribuyen sus votos de acuerdo con las segundas preferencias asignadas por sus electores. Así, se realiza un segundo conteo. El candidato que esta vez logre alcanzar la mayoría absoluta es electo, pero si ninguno lo logra, se elimina al segundo que menos votos recibió para volver a distribuir sus votos en función de las segundas preferencias establecidas por sus electores. Finalmente, quien resulte electo lo es por mayoría absoluta, compuesta por los votos de primera preferencia que obtuvo más los de segunda preferencia que los electores de los partidos más débiles le otorgaron. 

La principal objeción que ha merecido este sistema es que, dada su complejidad, resulta de difícil aplicación. No obstante, una vez que los ciudadanos conocen su funcionamiento, las alternativas que ofrece son significativas. El elector puede determinar su primera y segunda preferencias por razones absolutamente diversas, como de hecho sucede en los típicos sistemas de mayoría absoluta. Por lo regular, el voto en la primera vuelta (en este caso, de primera preferencia) es el resultado de las afinidades ideológicas de los ciudadanos. El voto de segunda vuelta (la segunda preferencia) se orienta más por un cálculo político de éxito de los distintos candidatos. En cierto sentido, argumentan quienes se declaran en favor del sistema australiano de voto alternativo, que se trata de una fórmula que posee las ventajas del sistema de mayoría absoluta y evita que los ciudadanos tengan que ir a las urnas dos veces consecutivas. 

El método de voto único transferible es un sistema que se aplica en Irlanda del Norte en  las demarcaciones con múltiples miembros. Se eligen 166 miembros de la Dáil Eireann, Cámara de Representantes, en 41 distritos. El sistema funciona con el voto que los electores emiten en favor de la lista de alguno de los partidos, estableciendo el orden de los candidatos de acuerdo con sus preferencias. Al realizar el cómputo se distribuyen los puestos de representación a partir de una cuota (que resulta de dividir el total de los votos entre las curules a distribuir más uno), tomando en cuenta los primeros lugares obtenidos por cada candidato.  

Este sistema, en teoría, superaría la objeción contra la rp, referida a la exclusividad de las dirigencias partidistas para asignar el orden de las listas de candidatos. Lo cierto es que se trata de un sistema de votación y de escrutinio relativamente sofisticado, que puede tener éxito en términos de su implantación en alguna cantidad significativa de naciones.

En Uruguay se aplica el peculiar sistema de voto doble y simultáneo para la elección de presidente, senadores y miembros de la Cámara de Representantes. Este método se basa en la llamada "ley de lemas", que permite que diversos sublemas o corrientes de un mismo partido postulen candidatos para los puestos en disputa. El sistema es de doble voto, pues el elector debe realizar dos decisiones: primero, por cuál de los lemas (partidos) votaría y, segundo, cuál de los sublemas de ese partido elegiría. Se dice, además, que es un sistema simultáneo porque ambas decisiones se realizan en el mismo momento. 

Para la elección de los 99 miembros de la Cámara de Representantes el sistema opera en 19 distritos plurinominales. La distribución de los escaños entre los lemas se establece a partir del llamado cociente simple, que surge de dividir la votación válida entre el total de las curules a distribuir. Si después de aplicado este procedimiento sobran curules, se aplica el criterio del resto mayor. Una vez determinado el número de curules que le corresponde a cada lema, a los sublemas se le asignan también de manera proporcional. Así, cada sublema queda representado en el órgano parlamentario de acuerdo con su capacidad proporcional para obtener apoyo general para su partido, y particular para su grupo o corriente. 

De nueva cuenta estamos ante un sistema relativamente sofisticado. El método obliga a los ciudadanos a diferenciar entre lemas y sublemas para poder expresar cabalmente sus intenciones de voto. Esa es la crítica más generalizada contra el sistema uruguayo de doble voto simultáneo. En cambio, se le reconoce un par de virtudes. Por un lado, ha sido ingrediente central de la estabilidad de los partidos políticos uruguayos. En efecto, pocos grupos y/o corrientes de opinión deciden marginarse del partido al que pertenecen, pues el sistema les permite participar en las contiendas electorales sin que tal marginación resulte necesaria. Es, hasta cierto punto, un antídoto contra la lucha de facciones dentro de los partidos y contra su eventual fragmentación. 

Por otra parte, el sistema ha permitido que un conjunto de pequeñas organizaciones se coaliguen en el llamado Frente Amplio, que se beneficia del sistema de lemas y le permite a las organizaciones que lo constituyen hacer lo mismo en el nivel de los sublemas. Los cambios recientes en las preferencias de los electores uruguayos han llevado el patrón de competencia a uno de sus niveles más elevados. Así, su tradicional sistema bipartidista se ha transformado en un sistema de competencia cerrado entre tres fuertes contendientes. En resumen, se trata de un complejo método de representación proporcional con voto doble y simultáneo que, al parecer, ha tenido importantes efectos sobre la dinámica del sistema de partidos de Uruguay. Los sistemas de partidos son, precisamente, el objeto central del siguiente apartado.


2. Los sistemas de partidos

2.1. DEFINICIÓN DE LOS SISTEMAS DE PARTlDOS

Los sistemas de partidos son un fenómeno relativamente reciente en el mundo político occidental. Por ese motivo, son un objeto relevante de la ciencia política actual; no obstante, su desarrollo es en cierta medida incipiente. La relativa juventud de los sistemas de partidos como objeto de estudio de la ciencia política está vinculada con la también relativa juventud de los propios partidos políticos. Éstos surgieron en sus formas incipientes durante la segunda mitad del siglo xix, y no fue sino hasta después de la Segunda Guerra Mundial cuando los partidos se consolidaron como instrumento privilegiado de organización política, de comunicación entre gobernados y gobernantes, y de conformación de la representación política de la ciudadanía.

Los partidos, para serlo, según la mayoría de los politólogos que han trabajado en el tema, deben cumplir con ciertos requisitos. En primer lugar, deben ser algo distinto de las facciones políticas. Éstas han existido desde hace mucho tiempo y los partidos surgieron justamente como una evolución positiva de las facciones políticas. Mientras las facciones persiguen el beneficio de sus miembros, los partidos persiguen el beneficio del conjunto, o por lo menos de una parte significativa de la sociedad en la que están insertos. Esto los obliga a elaborar y promover un proyecto político que satisfaga las aspiraciones tanto de sus miembros como de otros individuos y sectores que conforman la sociedad. Por otro lado, los partidos, para serlo, deben de reconocerse como parte de un todo que los supera. Los supera porque la suma de proyectos elaborados por todos y cada uno de los partidos define el proyecto de nación que una sociedad (o más específicamente, la clase política de una sociedad) adopta como rumbo. En consecuencia, cada partido está obligado a reconocer la existencia de otros partidos y a aceptar que éstos también pueden organizar y promover proyectos políticos, incluso radicalmente distintos al suyo. 

Asimismo, un partido debe decidirse a ser gobierno. Aunque grupos políticos de muy diverso tipo puedan aspirar a ejercer ciertos cargos de representación política, ese hecho no basta para que lo hagan con eficiencia. Para gobernar, los partidos deben ofrecer diagnósticos de la realidad en la cual actúan, pero también propuestas viables a sus electores. La contienda por el poder debe adecuarse a mecanismos democráticos que dejen satisfechos a los actores políticos y al electorado. 

Es indispensable que los partidos funjan como canal de comunicación entre los gobernados y sus gobernantes. En ese sentido tienen la tarea de articular las múltiples opiniones que expresa la sociedad para crear lo que se ha denominado "el intelectual colectivo orgánico", que no hace más que distinguir, de entre las aspiraciones de una sociedad, aquéllas que son políticamente aceptables y prácticamente aplicables. 

Bajo esta perspectiva, el partido es un organizador de la opinión pública y su función es expresarla ante los que tienen la responsabilidad de adoptar las decisiones que hacen posible la gobernabilidad. Pero si esto es válido, también es cierto que los partidos son un canal de transmisión de las decisiones adoptadas por la élite política hacia el conjunto de la ciudadanía. Como canales de expresión biunívoca, los partidos terminan por expresar ante el gobierno las inquietudes de la población y ante la población las decisiones del gobierno. De tal suerte que los partidos constituyen importantes espacios de comunicación en las sociedades democráticas. 

La última característica de los partidos, y quizá la central, consiste en que están obligados a reconocerse en la contienda político-electoral como actores principalísimos de la lucha por el poder. Por eso, los partidos existen y se desarrollan en aquellas sociedades en que la lucha por el poder se procesa en el campo estrictamente electoral. Así, los partidos requieren de acuerdos básicos que les permitan preservar el espacio electoral como el ámbito privilegiado de competencia, incluso cuando resulten derrotados en las contiendas por el poder. En este sentido, los partidos son leales al sistema político cuando reconocen en el campo electoral, y sólo en él, los mecanismos básicos para la obtención del poder y su consecuente ejercicio. Esta característica de los partidos resulta de gran importancia para definir las características centrales de lo que hoy se entiende como sistema de partidos. Efectivamente, sólo donde hay partidos puede existir un sistema de partidos. Éste es el producto de la competencia leal entre los diversos partidos políticos. 

Para constituir un sistema, los partidos requieren de garantías elementales que permitan su supervivencia una vez que cualquiera de los protagonistas asuma funciones de gobierno. Es por eso que la competencia de los partidos por el poder sólo puede ser entendida desde una actitud de lealtad de cada uno de ellos hacia el conjunto. No obstante, la competencia entre los partidos es un tema de la mayor complejidad, pues al mismo tiempo existen desacuerdos importantes entre ellos que los separan y confrontan constantemente. El premio de la competencia partidaria es, nada más y nada menos, que la posibilidad del ejercicio del poder por parte de aquel partido que logra imponerse en la contienda. Así, se trata de una competencia que, aunque leal, implica un nivel de confrontación significativamente elevado. 

Ahora podemos ofrecer una simple, pero también compleja, definición del sistema de partidos: es el espacio de competencia leal entre los partidos, orientado hacia la obtención y el ejercicio del poder político.


2.2. LAS FUNCIONES DE LOS SISTEMAS DE PARTIDOS

Si el sistema de partidos es básicamente el marco de la competencia que entabla este tipo de organizaciones para obtener y ejercer el gobierno, sus funciones resultan de vital importancia en las democracias representativas. Por esta razón, el sistema de partidos funciona como una cámara de compensación de intereses y proyectos políticos que permite y norma la competencia, haciendo posible el ejercicio legítimo del gobierno. El sistema de partidos y los partidos en él incluidos juegan el papel de instancia mediadora de comunicación entre la sociedad y su gobierno. De este carácter de mediación se derivan las principales funciones de un sistema de partidos: confrontación de opciones, lucha democrática por el poder, obtención legítima de cargos de representación y de gobierno y, finalmente, ejercicio democrático y legítimo de las facultades legislativas. La capacidad que el sistema de partidos tiene para satisfacer las anteriores funciones es, en definitiva, el parámetro para evaluar su funcionamiento. Un sistema de partidos que no es capaz de satisfacer todas estas funciones deja de ser un medio efectivo de comunicación entre gobernados y gobernantes. En cambio, un sistema de partidos que sí las satisface es un buen canal de comunicación entre sociedad y gobierno. 

Esta comunicación se produce en un doble sentido. El sistema de partidos eleva hacia las instancias políticas las inquietudes y aspiraciones de diversos grupos de la sociedad. A su vez, el sistema de partidos transmite a la sociedad el procedimiento de la toma de decisiones gubernativas, las propias decisiones y, en cierta medida, las consecuencias esperadas por la aplicación de las políticas decididas. De esta forma, el sistema de partidos comunica a los gobernados con sus gobernantes. En ambos sentidos el proceso de comunicación tiene su punto culminante en la competencia electoral. Ocurre así porque la competencia por los cargos de representación y de gobierno es el momento y el espacio en el que los partidos mejor condensan las aspiraciones e intereses de los sectores sociales que pretenden representar. Es, también, el espacio en el que los ciudadanos pueden calificar la acción gubernativa de los diversos partidos políticos.


2.3. CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN DE LOS SISTEMAS DE PARTIDOS

Para estudiar la dinámica de los partidos políticos se han elaborado diversas clasificaciones que intentan ordenar los sistemas de partidos en conjuntos relativamente coherentes, divididos entre el número de partidos que los conforman. Así, se ha hablado de tres formatos básicos de sistemas de partidos. Aquellos en los que existe solamente un partido, los conocidos como unipartidistas. Aquellos en los que dos partidos, con cierta frecuencia, se alternan en el ejercicio gubernativo, también conocidos como bipartidistas. Y aquellos en los que coexiste una cantidad significativa de partidos políticos, conocidos como pluripartidistas.

Esta clasificación numérica de los sistemas de partidos ha producido una intensa polémica en la ciencia política contemporánea. El principal argumento es que el simple ordenamiento de los sistemas por el número de sus componentes no ayuda más que a reconocer que existen mayores o menores niveles de fraccionamiento político en cada una de las sociedades. Es decir, determinar el número de partidos resulta significativo cuando queremos saber qué tan fragmentado o concentrado están el poder político o las opiniones políticas en el conjunto de la sociedad. Sin embargo, el simple análisis del número de partidos poco dice de la dinámica real de competencia entre éstos. Como salta a la vista, decir que un sistema es de uno, de dos o de muchos partidos es explicar muy poco, cuando lo que se quiere es conocer las razones de la existencia de ese determinado número de partidos y lo que esto implica para la competencia política por el poder. Debido a la insuficiencia de este tipo de análisis, se han ensayado diversas explicaciones o acercamientos para estudiar los sistemas de partidos. 

Sin embargo, ninguno de ellos ha logrado el consenso en la comunidad académica de la ciencia política; tampoco ninguno ha producido un marco teórico de tal generalidad que permita reemplazar la clasificación de los sistemas de partidos en función del número de sus componentes. La aportación más significativa en este ámbito la realizó Giovanni Sartori. El criterio numérico para clasificar los sistemas de partidos es aceptable, pero –sugirió el politólogo italiano–, sólo en el caso de que se consideren aquellos partidos que puedan ostentarse como partes importantes del sistema. De esta manera, se han propuesto algunos criterios que buscan determinar con objetividad el número de partidos realmente importantes en cada sociedad. 

Tales criterios son relativamente sencillos pues realizan un balance de los resultados que obtiene cada uno de los participantes en una serie importante de contiendas electorales. Los partidos que triunfan en un número importante de elecciones pueden ser considerados como protagonistas del sistema de partidos. También los que sin triunfar tienen posibilidades de aliarse para constituir coaliciones de gobierno, tanto en los regímenes parlamentarios (en los que el gobierno es electo por el órgano de representación política), como en los sistemas presidenciales (en los que para gobernar, el presidente requiere de una mayoría en el órgano legislativo, así sea mínima, que le permita lograr la aprobación de sus iniciativas de ley y de eventuales reformas a los ordenamientos jurídicos vigentes). Finalmente, también caben en esta categoría los partidos que sin posibilidad numérica y/o político-ideológica de conformar coaliciones gubernativas tienen la capacidad de ejercer un nivel significativo de intimidación política. Ese efecto se produce cuando, por ejemplo, un partido que sistemáticamente obtiene un porcentaje no despreciable del voto de los ciudadanos se plantea la posibilidad de abandonar la arena política electoral afectando así los resultados de futuras contiendas. 

Después de aplicar estos criterios para distinguir los partidos importantes de los que no lo son, puede establecerse una eficaz clasificación de los sistemas de partidos, que fundamentalmente comprende cuatro grandes sistemas: 1) de partido predominante; 2) bipartidista; 3) de pluralismo moderado, y 4) de pluralismo polarizado. El primero es aquél en el que un solo partido es importante, en un marco de elecciones libres y creíbles, y está rodeado por otros partidos que no poseen capacidad de coalición ni despliegan tácticas intimidatorias. Tal sistema ha existido, entre otros países, en Italia, India y Japón. El sistema bipartidista es aquél en el que, del conjunto de organizaciones participantes, únicamente sobresalen dos, y entre éstas se produce con frecuencia la alternancia en el poder. En la mayoría de los casos (Inglaterra y Estados Unidos son los ejemplos más ilustrativos), la existencia de partidos menores no ha puesto en entredicho el alto nivel de competitividad ni la alternancia en el poder de los dos partidos importantes. Este último elemento es fundamental, ya que si no se produjese alternancia en el poder lo que tendríamos sería un sistema de partido predominante. 

Cuando los sistemas están integrados por más de dos partidos importantes, se dice que estamos ante el pluripartidismo. Sin embargo, según diversos autores (señaladamente Sartori, de quien se recoge la clasificación aquí comentada), la dinámica competitiva entre los partidos es sustancialmente distinta cuando contienden menos de cinco partidos que cuando se trata de seis o más partidos. 

En ambos casos estamos hablando sólo de aquellas organizaciones políticas que cumplen con los criterios de tener capacidad de coalición y/o de intimidación. En este tipo de sistemas, difícilmente un partido tiene mayoría en los órganos parlamentarios y, por lo tanto, la existencia de un partido de gobierno es remota. Entonces, por lo regular, surgen coaliciones entre dos o más partidos con el objeto de formar un gobierno y de que sean aprobadas las normas de gobierno en el parlamento. En el pluralismo moderado, que puede ser ejemplificado con los casos uruguayo y argentino, la conformación de una coalición gubernativa normalmente lleva implícita la de una coalición de oposición, liderada por la segunda fuerza electoral. En esta situación, la lucha político-ideológica por el centro del espectro partidario cobra crucial importancia, pues son las coaliciones centristas las que tienen posibilidades de éxito en las contiendas electorales y, por lo tanto, en la formación de los gobiernos y en el ejercicio de la función gubernativa. Los sistemas de pluralismo polarizado, en cambio, producen un alto nivel de fragmentación político-ideológica entre los partidos, lo que dificulta tanto la conformación de coaliciones de gobierno como de coaliciones opositoras y, en consecuencia, se origina un fuerte proceso de diferenciación entre los partidos, que se alejan del centro como resultado de las tendencias centrífugas de la competitividad. En este tipo de sistemas cada partido requiere afianzar su identidad, y por ese motivo evitan formar parte de coaliciones. Éste es el único sistema en el que incluso los partidos opuestos al sistema –en el sentido de que no suscriben los términos de la competencia podrían llegar a ser importantes, porque conservan cierta capacidad de coalición, pero fundamentalmente porque, dado el caso, pueden aplicar elevadas dosis de intimidación. 

El cuadro expuesto muestra que en la clasificación de los sistemas de partidos no es relevante solamente su número, ni siquiera el número de los importantes, sino las pautas de competencia entre ellos, pues en buena medida éstas hacen patentes las tendencias políticas de la población en un momento y en un país determinado. En cada país el arreglo de los partidos en un sistema condensa la forma de competencia partidaria y cómo ésta se incorpora a la institucionalidad política vigente. Sin embargo, en la base de esas pautas, y por lo tanto de la situación política, están las aspiraciones e inquietudes de la población, que le dan contenido y sustento a sus respectivos sistemas de partidos, aquí sólo esquematizados. 

Tomando en cuenta lo anterior, preguntar si los sistemas electorales tienen consecuencias sobre los sistemas de partidos es preguntar si la estructura jurídico-electoral implica modificaciones en el número de partidos importantes, en las pautas de competencia entre los partidos, e incluso en los términos institucionales del régimen político, en el que coexisten los sistemas electorales y los sistemas de partidos. Ésta es una pregunta relevante que la ciencia política se ha planteado con rigor, dejando ver diversas líneas analíticas en la búsqueda de las respuestas correspondientes. En el marco del Congreso Internacional de Ciencia Política que se realizó en Zurich, en 1954, el politólogo francés Maurice Duverger abordó la cuestión y aportó elementos analíticos significativos para, por lo menos, ordenar la discusión en torno al tema. En esa ocasión Duverger propuso una relación biunívoca entre ciertos sistemas electorales y el número de partidos existentes. Sostuvo que las fórmulas de mayoría relativa tienden a producir sistemas bipartidistas; las de mayoría absoluta con segunda vuelta tienden a producir sistemas pluripartidistas, en los que los partidos muestran significativos rasgos de flexibilidad para la negociación, mientras que las fórmulas de representación proporcional tienden a producir sistemas de pluripartidismo, en los que las múltiples organizaciones políticas revelan signos de rigidez y de poca disposición para la negociación con otros partidos. 

A esta formalización causal Duverger agregó elementos explicativos que vale la pena tener presentes. Afirmó que los sistemas electorales producen dos tipos de efectos sobre los sistemas de partidos. En primer lugar, el llamado efecto mecánico, que tiene que ver con la forma en la que la fórmula electoral influye en el proceso de transformación de los votos en puestos de representación política. En segundo lugar, Duverger habló de los efectos psicológicos de las fórmulas electorales, haciendo referencia al hecho de que los electores norman sus decisiones de voto considerando, entre otros elementos, el funcionamiento del sistema electoral. 

Antes que Duverger, otros autores habían hablado de un cierto tipo de efecto mecánico de los sistemas de mayoría sobre la conformación de la representación política, que se conoce como la ley del cubo de los sistemas electorales de mayoría. Más adelante analizaremos cada uno de los efectos aquí señalados.


2.4. LAS POSIBILIDADES DE TRANSFORMACIÓN DE LOS SISTEMAS DE PARTIDOS

La historia demuestra que los sistemas de partidos no permanecen constantes e inalterables. Es razonable aceptar, a partir del criterio teórico que hemos adoptado, que la variable que mejor expresa el grado de cambio de un sistema de partidos es el número de partidos importantes. Esa variable permite, por un lado, clasificar a los sistemas de partidos y, por el otro, se vincula directamente con diversos patrones de competencia entre los propios partidos. 

Así, las posibilidades de transformación de los sistemas de partidos y de sus patrones de competencia pueden detectarse conociendo el número efectivo de partidos importantes. Si un sistema con partido tradicionalmente predominante produce repentinamente la alternancia en el poder, es necesario reclasificar a ese sistema, quizá como bipartidista o como pluralista moderado o polarizado. Evidentemente, las pautas de competencia de tal sistema de partidos reclasificado serán significativamente distintas de las que se observaban cuando el sistema era de partido predominante. Lo mismo puede decirse cuando en un sistema tradicionalmente bipartidista o pluralista (ya sea moderado o polarizado) emerge un partido que empieza a ganar sistemáticamente todas las elecciones y se sitúa como predominante. En este caso la reclasificación se hace necesaria y observamos, en consecuencia, una modificación sustancial en las prácticas competitivas de los diversos partidos y en el funcionamiento del sistema en su conjunto. 

La pregunta central en el análisis de los cambios en los sistemas de partidos es: ¿quién decide que un sistema deje de tener determinadas características o número de partidos efectivos y pase a tener otros? La respuesta es, desde luego, el electorado, pues son los ciudadanos con su voto los que determinan cuántos partidos deben y pueden ser considerados sobresalientes. En otro nivel de análisis podría pensarse que también los actores políticos, organizados o no en partidos, pueden influir en la transformación de las características del sistema de partidos vigente. Esta afirmación sería correcta en el caso extremo de que un partido o una fuerza política llegara al poder y decidiera proscribir al resto de los partidos para intentar establecer algo así como un sistema de partido único, sin competencia. En este caso estamos hablando, más que de una transformación del sistema de partidos, de la desaparición del mismo. No abundaremos más en este caso por tratarse del límite extremo en la gama de posibilidades de modificación de un sistema de partidos. Sólo diremos que implica su proscripción y rebasa los márgenes analíticos de la dinámica de la democracia representativa. Veamos el caso opuesto. En años recientes algunos países de Europa y América Latina han visto a sus actores políticos, organizados o no en partidos, tomar la decisión de salir de una situación no democrática y construir un sistema de partidos. Éste es, como el anterior, un caso de intervención extrema de los actores políticos. Y aunque aquí se trata de las llamadas transiciones a la democracia, tampoco este caso es pertinente dentro del marco de este estudio. 

Si los ciudadanos, y en cierta medida los actores políticos, influyen en la transformación del sistema de partidos, la pregunta central que orienta esta reflexión consiste en saber si también los sistemas electorales participan, y cómo lo hacen, en la transformación de los sistemas de partidos. Éste es un tema muy debatido en la ciencia política, que inició su auge con la proposición de Duverger sobre la vinculación entre la fórmula electoral y el número de partidos en una nación y en una circunstancia histórica determinada. 

El citado ordenamiento que hace este autor de los efectos mecánicos y psicológicos de los sistemas electorales puede servir de hilo conductor para exponer los principales hallazgos de la ciencia política en este terreno.


3. ¿Existe relación entre los sistemas electorales y los sistemas de partidos?

3.1. UNA VISIÓN GENERAL

Desde que Duverger presentó su famosa y controvertida "ley del impacto del tipo de escrutinio en el sistema de partidos" se ha desarrollado una importante polémica en el campo de la ciencia y la sociología política. Se ha comentado mucho la hipótesis de que los métodos electorales de mayoría a una vuelta tienden a producir sistemas bipartidistas, en tanto que los de mayoría a dos vueltas y los de representación proporcional conducen a la conformación de sistemas pluripartidistas. 

El propio Duverger sometió a importantes redefiniciones el conjunto de ideas que conformaron su "ley sociológica tripartita". Con ese perfil la presentó en la Universidad de Bordeaux en 1945, y seis años más tarde la especificó y fundamentó en el Congreso Internacional de Ciencia Política de Zurich, en los siguientes términos: 

1. El escrutinio de representación proporcional tiende hacia un sistema de varios partidos rígidos e independientes. 

2. La mayoría absoluta con segunda vuelta tiende hacia un sistema de varios partidos independientes, pero flexibles. 

3.  La mayoría simple de una sola vuelta tiende hacia un sistema bipartidista.        

Sus proposiciones hacían referencia a los efectos mecánicos y psicológicos del modo de escrutinio. En el primer caso, se trataba de las consecuencias directas que éste tendría sobre la representación política en una elección parlamentaria. Los efectos psicológicos aludían al comportamiento de los electores ante las alternativas en juego. El más acabado argumento de Duverger sobre los efectos mecánicos del modo de escrutinio sostenía que en el caso de mayoría simple a una vuelta se produce la permanente subrepresentación del tercer partido, en virtud de que los dos partidos principales disputan los triunfos de mayoría en los distritos electorales, por lo que el tercer partido enfrenta el riesgo de no alcanzar representación en el órgano legislativo si no logra, cuando menos, algún triunfo distrital. 

El elemento psicológico, según Duverger, actuaría de manera similar. Al percatarse de las posibilidades reales de triunfo de alguno de los contendientes, los electores no otorgarían su voto a partidos con escasas o nulas oportunidades. Así, únicamente los dos partidos mayores resultarían beneficiados, ya fuera porque los electores votaran por el probable ganador o por el adversario más fuerte. 

Duverger ofrecía como prueba de su argumento, respecto del efecto del sistema de mayoría, lo sucedido en Inglaterra con la tendencia bipartidista que llevó a la virtual desaparición del Partido Liberal. En el caso de la representación proporcional aceptaba que había excepciones tales como Francia  * y Bélgica, donde las tendencias hacia el multipartidismo no eran fuertes. El más débil de sus argumentos era el referido a la mayoría a dos vueltas, pues no sólo implicaba un comportamiento complejo por parte de los partidos y electores, sino que además resultaba difícil ofrecer ejemplos aceptables de semejante tipo de evolución política. Sin embargo, en un punto no había duda: Duverger había puesto sobre la mesa de discusión de la sociología política un tema de gran relevancia. 

Cuarenta años más tarde, el mismo Duverger sometió a crítica sus argumentos y destacó los desarrollos políticos que sirven para refutar sus propuestas. Expuso cómo en países con sistemas de rp, como Alemania y Austria, han surgido tendencias hacia el bipartidismo. Analizó la posibilidad de un sistema tripartidista en Inglaterra, campeona de la mayoría relativa. Mostró que en los sistemas a dos vueltas, como el francés, puede producirse una situación bipartidista y multipolar en la cual dos grandes coaliciones, conformadas cada una por al menos dos importantes partidos, se disputan el derecho a gobernar. 

Por esa vía, Duverger lanzó una importante llamada de atención. Los efectos de los métodos de escrutinio sobre los sistemas de partidos pueden variar en función de un tercer factor: el tipo de régimen de gobierno de que se trate. Parafraseando su argumento inicial, es necesario admitir que tanto los efectos mecánicos como los psicológicos pueden variar según se trate de un sistema presidencial o de uno parlamentario. Esta variable introduce parámetros diferentes en la actuación de los partidos y de los ciudadanos. 

Las hipótesis de Duverger estimularon la imaginación de un gran número de investigadores. Algunos profundizaron en el análisis de las consecuencias políticas de los sistemas electorales en el nivel de los partidos; otros han puesto énfasis en la dimensión relativa a las decisiones de los electores y, por último, no faltó quien aplicara las propuestas de Duverger a casos no estudiados originalmente. 

A continuación, analizaremos en orden los principales efectos que la investigación ha destacado.

* En 1958 Francia cambió su sistema de representación proporcional por el de mayoría con dos vueltas, que aún está vigente.


3.2. LA FAMOSA "LEY DEL CUBO"

Antes de las formulaciones de Duverger se hizo popular lo que ahora conocemos como la "ley del cubo" de los sistemas electorales. Esta ley surgió de la observación empírica de los efectos de los sistemas anglosajones de mayoría relativa, aplicados en distritos uninominales. Por lo anterior, se afirma que en sentido estricto debería denominarse: ley del cubo de los sistemas de mayoría relativa anglosajones. Esta ley relaciona los votos y las curules obtenidos por el primer y segundo partidos e intenta mostrar la ventaja arrolladora del partido con más votos frente a su competidor más cercano. En términos aritméticos la ley postula que la relación proporcional de votos obtenidos por el primer y segundo partidos es igual al cubo de la proporción de curules obtenidas por cada instituto político. La fórmula de cálculo de la "ley del cubo" de los sistemas anglosajones se expresa en los siguientes términos:

c1 / c2 ~ (v1/ v2)3 donde:

c1 = curules obtenidas por el partido 1

c2 = curules obtenidas por el partido 2

v1 = votos obtenidos por el partido 1

v2 = votos obtenidos por el partido 2

Desde la perspectiva crítica de los sistemas de mayoría relativa, aplicados en distritos uninominales, la "ley del cubo" hace visible la desproporción que existe entre los votos y las curules obtenidos por el primer y segundo partidos. En otros términos, podría decirse que esta ley muestra que para el primer partido las curules son proporcionalmente mucho más baratas en lo que se refiere a votos que para su más cercano competidor. No es difícil advertir que la "ley del cubo" representa la medida de la desproporción entre el paso de los votos a las curules, y que ésta podría producirse en los sistemas de mayoría relativa, aplicados en distritos uninominales. 

Sin embargo, otras formulaciones de la "ley del cubo" tienen diversas aplicaciones. Efectivamente, un sistema que produce una relación estrictamente proporcional entre los votos y las curules obtenidas por los dos partidos más votados establece una proporción entre ambos factores, no al cubo sino a la primera potencia. 

El planteamiento teórico que fundamenta a la famosa "ley del cubo" de los sistemas de mayoría relativa y uninominales resulta de gran utilidad, ya que permite vincular proporciones de votos y de curules para evaluar los términos de equidad de un sistema electoral determinado. Sin embargo, la formulación específica de la "ley del cubo", incluso si se usa sólo la potencia uno, tiene importantes limitaciones de aplicación. 

Únicamente funciona cuando el sistema es de mayoría, en distritos uninominales, y los contendientes importantes son dos. Esto significa que la "ley del cubo" solamente se aplica en los casos de mayoría relativa uninominal y con un sistema de partidos básicamente bipartidista. Duverger planteó la vinculación entre sistema electoral y sistemas de partidos, recogiendo en cierta medida la mecánica de aplicación de la "ley del cubo". El efecto mecánico de Duverger es, en cierto sentido, una ampliación del argumento a partir del cual se construye la "ley del cubo". Según Duverger, los sistemas electorales tienden sistemáticamente a sobrerepresentar a los partidos más votados y a subrepresentar a aquellos partidos que obtienen menor cantidad de sufragios.


3.3. EL LLAMADO EFECTO MECÁNICO

De una u otra manera los sistemas de mayoría, los de representación proporcional y los considerados mixtos tienden sistemáticamente a otorgar una representación proporcionalmente superior a los partidos que obtienen los mejores niveles de votación. Este efecto mecánico puede favorecer tanto al primer partido como a los partidos que ocupen segundas y terceras posiciones, siempre que estos últimos obtengan proporciones significativas de votación. Por eso se dice que es un efecto que puede observarse en todo tipo de sistemas electorales. 

Los críticos de los sistemas de mayoría hacen énfasis en el efecto mecánico, con el objeto de mostrar la desproporción en la representación que alcanzan los partidos con más votos. Curiosamente, también los críticos de los sistemas de representación proporcional hacen referencia a un presunto efecto mecánico, vinculado con la normatividad que, en ese tipo de sistema, establece un nivel mínimo de votación a partir del cual se participa en la distribución de curules. Los partidos que no alcanzan el mínimo de votación no obtienen ninguna representación y así, dicen los críticos, los partidos con mayor número de votos quedan sobrerrepresentados. 

Por otro lado, el efecto mecánico de los sistemas electorales permite que se constituyan con mayor facilidad mayorías parlamentarias que si cada partido tuviera exactamente la misma proporción de curules que de votos. Entonces, argumentan, el efecto mecánico de todos los sistemas electorales es una especie de elemento vinculado con la gobernabilidad, sobre todo en aquellos sistemas en los que son los parlamentos los que designan, de entre sus miembros, a todos los responsables de la administración pública, incluyendo al primer ministro. Los elementos de gobernabilidad que el efecto mecánico aporta al funcionamiento de un sistema de partidos son: mayorías claras o, en su defecto, la posibilidad de construcción de coaliciones de partidos representados ampliamente en los parlamentos. 

En cambio, se dice que en todo tipo de sistema electoral un efecto mecánico aplicado durante un largo periodo tiende a producir sistemas bipartidistas debido a que, por lo regular, sólo los dos partidos con más votos adquieren posibilidades reales de gobernar. Así, terminan por desplazar a las terceras opciones, que a la larga dejan de recibir representación y votos de la ciudadanía como consecuencia del llamado efecto psicológico de los sistemas electorales.


3.4. ELPRESUNTO EFECTO PSICOLÓGICO

Según la propuesta de Duverger, la presencia reiterada del efecto mecánico de los sistemas electorales conduce al ciudadano a un tipo de comportamiento que podría denominarse de voto estratégico. Si entre todos los partidos contendientes sólo dos tienen, como producto del sistema electoral, la posibilidad de constituirse en mayoría, el ciudadano emite su voto no necesariamente guiándose por sus inclinaciones ideológicas ni por alguna sesuda evaluación de los programas y/o la experiencia y desempeño de los partidos en el gobierno sino, más probablemente, motivado por su capacidad de elección decide favorecer, sin más, a uno. Este mismo ciudadano podría también decidir su voto por vía negativa, es decir, castigando al partido que le gusta menos y favoreciendo al contrincante que desde su perspectiva cuente con mayores posibilidades de éxito. 

Se dice que el efecto psicológico de los sistemas electorales produce un voto estratégico porque introduce en la decisión electoral de los ciudadanos variables que no dependen estrictamente de la oferta partidaria, sino que están vinculados con la forma de funcionamiento del sistema electoral. Evidentemente, en un sistema de representación proporcional integral, el efecto mecánico inducirá al elector a realizar un cálculo acerca de si su primera preferencia logrará alcanzar el mínimo de votación necesario para quedar representado en el congreso. Si es así, otorgará su voto a ese partido. En cambio, si su evaluación subjetiva le indica que su partido no puede obtener el mínimo de votación, su voto estratégico lo destinará a una segunda opción: el partido que se acerque ideológica y programáticamente más a su primera opción y que tenga mayores posibilidades de obtener representación parlamentaria. 

En los sistemas mixtos el efecto psicológico del sistema electoral se vincula con el hecho de que el ciudadano puede utilizar de diversa manera su voto en la elección de mayoría relativa y en la de representación proporcional. La primera opción sería entregar ambos al mismo partido. Sin embargo, el efecto psicológico del sistema conduciría al elector hacia una votación compleja: con su voto de mayoría relativa elegiría al candidato del partido más cercano a su ideología y opiniones programáticas, mientras que con su voto de representación proporcional apoyaría al partido que, según él, debe de ser la segunda fuerza representada en el parlamento. 

Como se ve en todos los casos, el efecto psicológico del sistema electoral está vinculado con lo que hemos denominado voto estratégico, para diferenciarlo del voto ideológico y/o programático; pero bien podría decirse que se trata de un voto pragmático en el sentido de que, orientado por el efecto psicológico del sistema electoral, el ciudadano utilizaría su voto de manera óptima. Evidentemente, todo el razonamiento que sirve de base a la noción de efecto psicológico supone que el ciudadano conoce el funcionamiento del sistema electoral y tiene información acerca de las consecuencias que producen los efectos mecánicos, tanto en la conformación de la representación política como en la configuración del sistema de partidos en el largo plazo.


3.5. EL PUNTO DE RUPTURA DE LA EQUIDAD

Según investigaciones recientes, los posibles efectos de los sistemas electorales se producen de manera integral. A finales de los años sesenta el profesor estadounidense Douglas W. Rae publicó un trabajo en donde sometió a crítica la propuesta duvergeriana: The Political Consequences of Electoral Laws. Para su examen utilizó información jurídica así como los resultados electorales de 20 países considerados como democráticos, en un periodo de 20 años. Rae llegó a la siguiente conclusión:

 

Si resulta de este estudio algún patrón singular, cercano a la categoría de 'ley', es el sesgo persistente de las leyes electorales en favor de los partidos más fuertes y desfavorable para sus contrincantes más débiles. El partido que alcanza muchos votos recibe curules en 'mayor abundancia', mientras que el partido que menos sufragios obtiene recibe menos de las que corresponden a su proporción de votos o, lo que es peor aún, no obtiene ninguna representación. La tendencia de las leyes electorales –y aquí se incluye a los sistemas de rp– en favor de los partidos más fuertes y en contra de los débiles es un hecho casi universal de la vida electoral. *

La famosa leyenda inglesa de Robin Hood, en la que el héroe roba a los ricos para ayudar a los pobres, sirve a Rae para afirmar, con una buena dosis de ironía, que los sistemas electorales representan su antítesis: serían como el comisario de Nottingham, que roba a los débiles para favorecer a los poderosos.

Con la misma línea de pensamiento, dos investigadores contemporáneos, Rein Taajepera y Matthew S. Shugart, han propuesto lo que denominan el punto de ruptura de la equidad. Sus investigaciones empíricas les permitieron llegar a la conclusión de que todo sistema electoral es como el comisario de Nottingham. Sin embargo, vale la pena subrayar que la frontera entre los partidos débiles y los poderosos es distinta para cada uno de los diversos sistemas de partidos. 

Es claro que el punto de ruptura en términos de equidad entre votos y curules depende de las reglas de funcionamiento de los sistemas electorales y de partidos, así como de las prácticas políticas de los electores. Un sistema de mayoría podría favorecer a los dos partidos con más votos y, sin embargo, fijar "muy bajo" su punto de ruptura de equidad, castigando únicamente a los que obtienen una votación realmente muy escasa. La determinación de esta norma puede ser producto del efecto mecánico y del efecto psicológico del sistema electoral. Asimismo, podría suceder que un sistema de representación proporcional que ajuste de manera equitativa la proporción de votos que obtiene la mayoría de los partidos con la proporción de curules que le corresponde, fije relativamente alto su punto de ruptura de equidad, castigando a los partidos que estén por abajo de esa frontera, en ocasiones relacionada con el umbral mínimo de votación que se requiere para participar en la distribución de curules. En este tipo de sistemas la ubicación del punto de ruptura también depende del efecto mecánico y del efecto psicológico que el sistema electoral produzca. 

Desde esta perspectiva, lo importante es contar con suficiente información que permita no solamente establecer con precisión el punto de ruptura de la equidad, sino también la ubicación de los elementos técnicos y políticos que hacen que ese punto se establezca específicamente en un determinado nivel de votación. Evidentemente, el punto de ruptura de la equidad puede cambiar de un proceso a otro, si cambian los efectos mecánicos, psicológicos y, en general, las condiciones de competitividad en las que se lleva a cabo la elección.

* La traducción es del autor.


4. Los efectos de las relaciones entre los sistemas electorales y los sistemas de partidos

Son tres los ámbitos en los que todo lo aquí expuesto puede resultar significativo para una conclusión. El ámbito legislativo, donde se diseñan las leyes electorales; el ámbito gubernativo, que expresa la incidencia de los efectos de los sistemas electorales sobre las posibilidades de gobernabilidad de un sistema y, finalmente, el terreno donde los ciudadanos conocen y actúan frente a las posibles consecuencias políticas de los sistemas electorales. Como se observa, son ámbitos en los que aparecen nuevas variables de enorme importancia: el sistema de partidos y los partidos mismos. 

Son los partidos, representados en los órganos parlamentarios a través de diputados y senadores, los que deciden si una fórmula electoral debe conservarse o modificarse. Antes de hacerlo, los parlamentarios evalúan los posibles efectos mecánicos y psicológicos de una determinada fórmula y, bajo condiciones óptimas, buscarán que beneficie a su partido; por ningún motivo aceptarán que lo perjudique. Ésta es la ilusión del legislador, ya que el efecto de un sistema electoral sobre la conformación de los órganos de representación política y la constitución de un sistema de partidos depende, en última instancia, de los ciudadanos. Son los electores quienes deciden cuál o cuáles partidos deben de tener mayoría en los órganos de representación, a veces previendo los posibles efectos de los sistemas electorales, o simplemente valorando la posición ideológica, el desempeño gubernativo y las propuestas programáticas de los institutos políticos.

Así, el legislador puede manipular determinado sistema electoral que, en teoría, debe producir determinados efectos políticos. Sin embargo, los electores tienen el poder de echar por tierra la ilusión de ingeniería electoral de los legisladores. Por eso, la reforma a los sistemas electorales continúa siendo un tema delicado para ellos, y la tentación de hacer modificaciones, que eventualmente favorezcan a sus partidos termina, casi siempre, en propuestas relativamente conservadoras, que preservan la estructura que ha probado producir ciertos resultados que tienen su origen en el comportamiento de los ciudadanos frente a ella. 

En el ámbito de la gobernabilidad los partidos y el sistema de partidos juegan asimismo un papel relevante pues, como en el caso anterior, son los legisladores quienes deciden conformar las coaliciones parlamentarias que conducen a situaciones de gobernabilidad o ingobernabilidad. Esto que sucede frecuentemente en los sistemas parlamentarios también ocurre en los sistemas presidenciales. En este tipo de sistemas no es necesario que una coalición de partidos tenga mayoría en el órgano legislativo para que el gobierno pueda constituirse y sea posible la gobernabilidad. Sin embargo, gobernará con mayor dificultad un presidente que no cuente con mayoría en el Congreso. En algunos casos, si el presidente no cuenta con la mayoría del congreso se produce una especie de empate de poderes, lo que en inglés se conoce como el grid-lock: cuando el presidente no puede hacer que el congreso apruebe sus iniciativas de ley, pero tampoco él aprueba las leyes que el congreso le propone, porque sistemáticamente las veta. 

Por lo tanto, los partidos y sus parlamentarios, elegidos bajo un sistema electoral determinado, son actores que inciden en la conformación de las alianzas, así como en los grados de gobernabilidad del sistema en su conjunto. 

En los sistemas presidencialistas la actuación de los ciudadanos es más bien marginal, porque únicamente pueden sancionar la situación cuando acuden a las urnas. En los sistemas parlamentarios, una crisis política de gobernabilidad normalmente se resuelve con la convocatoria a elecciones anticipadas, que arrojan una correlación de fuerzas distinta de la anterior y se expresa en cuotas de representación para los diferentes partidos políticos. Entonces, a partir de una situación inédita se estructuran alianzas nuevas para conformar la nueva gobernabilidad. 

En cambio, en los sistemas presidenciales casi siempre es necesario esperar a que termine el periodo presidencial y/o del congreso para que los ciudadanos puedan emitir su opinión acerca de la situación de gobernabilidad o ingobernabilidad. Sólo en ese momento el ciudadano opta entre dos caminos: otorgarle la mayoría al presidente en el congreso, evitando la ingobernabilidad, o conformar un congreso mayoritariamente opositor, considerando que de esta manera le aplica un contrapeso más eficaz al poder presidencial. En todo caso, el sistema electoral afecta en la medida en que como producto de la consulta   para elegir parlamentarios o poderes ejecutivos se trata de un ingrediente importante para definir el paso de votos a curules. 

El tercer nivel de análisis tiene que ver explícitamente con los ciudadanos. También aquí las instituciones y los partidos juegan un papel, aunque ahora no protagónico. El legislativo promulga las leyes que regirán la participación de la ciudadanía. Por su parte, los partidos, que son los principales concurrentes a los procesos de elección, ofrecen sus programas y su experiencia para atraer el voto de la ciudadanía. 

Sin embargo, es la ciudadanía la que ejerce el derecho al sufragio, y en ese punto se articula la posibilidad de construir una compleja ecuación de toma de decisiones que incorpora los elementos del sistema de partidos, las instituciones y el sistema electoral. Apenas es necesario repetirlo: sólo cuando los ciudadanos están suficientemente informados acerca del funcionamiento y las posibles consecuencias del sistema electoral representan una variable relevante en la ecuación. Esto no quiere decir que el ciudadano no tome en cuenta las reglas del juego en el momento de elegir entre las ofertas del mercado electoral; significa que si es escasa la información sobre el funcionamiento del sistema electoral el ciudadano difícilmente les dará la importancia que el llamado efecto psicológico les otorga. 

En resumen, parece que la relación entre los sistemas electorales y los sistemas de partidos se resuelve en un complejo universo de conjuntos y subconjuntos. Las instituciones políticas, el comportamiento de los ciudadanos, la dinámica de competencia de los sistemas de partidos y la estructura técnica del propio sistema electoral serían esos conjuntos. Las implicaciones de esos factores varían aparentemente de un sistema a otro, de país a país, de tiempo en tiempo y de sociedad a sociedad. 

Llegamos así a una proposición que difícilmente puede dar una respuesta simplista a la pregunta acerca de la relación entre el sistema electoral y el sistema de partidos. Para responderla es necesario preguntarse: ¿qué fórmula electoral?, ¿qué sistema de partidos?, ¿qué instituciones políticas?, ¿qué comportamientos ciudadanos?, ¿qué partidos políticos?, ¿en qué momento? Cuando se despejan esas incógnitas es posible postular alguna respuesta compleja para el no menos complejo problema planteado.


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Sobre el Autor

Leonardo Valdés Zurita es doctor en Ciencias Sociales con especialidad en Sociología por El Colegio de México. Actualmente es Consejero Electoral del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal. Ha sido profesor titular de tiempo completo en el Departamento de Sociología de la uam-Iztapalapa, donde ha impartido diversos cursos para el programa de Licenciatura en Ciencia Política, el Diplomado Universitario en Estudios Electorales y en los programas de Maestría y Doctorado en Estudios Sociales, Línea Procesos Políticos. Ha impartido cursos de posgrado en el Instituto Mora y en la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, sede México. Fue profesor visitante en el Centro de Estudios Latinoamericanos de la Universidad de Connecticut entre 1990 y 1992. Es Investigador Nacional del Sistema Nacional de Investigadores. Es miembro activo de la International Political Science Association, la Latin American Studies Association y la American Political Science Association. Es presidente de la Sociedad Mexicana de Estudios Electorales. Ha publicado numerosos artículos de investigación en revistas científicas y de divulgación en revistas universitarias, así como artículos especializados en libros colectivos. Algunos de sus trabajos se han publicado en Brasil, Estados Unidos, Gran Bretaña, Uruguay y Venezuela. Fue Director Ejecutivo de Organización Electoral del Instituto Federal Electoral de diciembre de 1996 a enero de 1998.