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PRESENTACION.

El presente informe, que se somete a la consideración del Consejo General del Instituto Federal Electoral, de conformidad con el Acuerdo del órgano máximo de dirección de este Instituto de fecha 16 de diciembre de 1997, por el que se formalizó la existencia de la Unidad Técnica de Contraloría Interna y por el que se creó la Comisión de Contraloría, contiene la descripción de las principales actividades que ha desarrollado el órgano interno de control durante el período que corresponde al trimestre del 1¼ de abril al 30 de junio del 2001.

Este informe se estructuró conforme a los lineamientos que aprobó la Comisión de Contraloría en su segunda reunión ordinaria celebrada con fecha 31 de marzo de 1998.

Para una pronta referencia del contenido del presente informe se incluye un resumen ejecutivo de cada uno de los capítulos que lo integran.

RESUMEN EJECUTIVO

AUDITORIAS INTEGRALES.- En este capítulo se dan a conocer los resultados de ocho auditorías que durante el período que se reporta, se practicaron en las Juntas Locales en los estados de Coahuila, Chiapas, Guanajuato, Michoacán, Morelos, Querétaro, Tlaxcala y Zacatecas.

Asimismo, se informan los resultados obtenidos en las auditorías llevadas a cabo en los Centros Regionales de Cómputo de los estados de Aguascalientes, Sinaloa y Tabasco, que se iniciaron en el trimestre anterior.

AUDITORIAS ESPECIALES.- En esta sección se incluye el avance de las auditorías que se iniciaron en trimestres anteriores, correspondientes a la Junta Local en el estado de México, en lo relativo a la Jefatura de Recursos Materiales; a las Juntas Locales en los estados de Hidalgo y Chihuahua y a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores en cuanto al cumplimiento del contrato de prestación de servicios que celebró el Instituto con la empresa Metadata, S.A. de C.V.

Asimismo, se informan los resultados de las auditorías que se iniciaron en trimestres anteriores correspondientes a la Junta Local en el estado de México, en cuanto a la Vocalía de Organización Electoral y a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, en lo que respecta a las adquisiciones que realizó la citada Dirección Ejecutiva durante el período de 1997 al 2000 y en cuanto al cumplimiento del contrato de prestación de servicios que el Instituto celebró con la empresa Qualita Sistemas, S.A. de C.V. De igual forma en este apartado se dan a conocer los resultados de la revisión especial practicada a la Dirección de Recursos Financieros, que derivó de la auditoría integral que se practicó a esa Dirección durante el pasado ejercicio.

Adicionalmente, se reporta que se practicó una auditoría especial a la Junta Local en el estado de Jalisco, cuyos resultados se informarán en el siguiente informe trimestral.

AUDITORIAS TECNICAS.- En este apartado se informa que se iniciaron y concluyeron durante el presente trimestre siete auditorías técnicas a los Centros Regionales de Cómputo en los estados de Chihuahua, Oaxaca, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Yucatán, así como a los Centros Regionales de Impresión y Centros Nacionales de Impresión y Distribución por lo que respecta a los controles de recepción, uso y custodia del papel seguridad.

AUDITORIAS A LAS ADAPTACIONES Y REMODELACIONES DE INSTALACIONES.- En este ámbito se informa que se concluyeron las revisiones de las instalaciones que ocupan la Junta Distrital 02, con sede en Pichucalco, Chiapas y la Junta Local en el estado de Tabasco, cuyos trabajos de adaptación y remodelación se iniciaron en el trimestre anterior. Asimismo, se dan a conocer los resultados de las auditorías a los locales en donde se ubican la Junta Local en el estado de Guerrero, las Juntas Local y Distritales en el estado de Jalisco, la Vocalía del Registro Federal de Electores de la Junta Local en el estado de Puebla y los resultados preliminares de los trabajos de adecuación y remodelación de la bodega de Charco Azul, de los pisos 3¡ y 6¡ del Edificio de Zafiro I y del comedor ubicado en el sótano del Edificio de Zafiro II.

Asimismo, se informa que las auditorías de los inmuebles que ocuparán los Centros Regionales de Cómputo en los estados de Nuevo León y Querétaro, presentan un retraso de seis meses, toda vez que los trabajos debieron concluirse el pasado 30 de diciembre del 2000.

SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES.- En este capítulo se informa del estado que guarda el desahogo de las observaciones que esta Contraloría Interna emitió con motivo de las auditorías que practicó en oficinas centrales y en las Juntas Locales durante el ejercicio 2000, indicándose respecto a oficinas centrales que se emitieron 14 observaciones, habiéndose atendido 12 y 2 se turnaron a la Dirección de Responsabilidades del órgano interno de control para que, en su caso, se instauren los procedimientos disciplinarios respectivos.

En lo relativo a las observaciones derivadas de la auditoría practicada por el despacho Freyssinier Morín durante el año 2000, en el primer informe se emitieron 241 observaciones, habiéndose desahogado 240 y 1 se turnó a la Dirección de Responsabilidades de la propia Contraloría Interna para deslindar las responsabilidades del caso.

En el segundo informe se emitieron 270 observaciones, de las cuales se atendieron 265 por las áreas auditadas y 5 se turnaron a la Dirección de Responsabilidades para los efectos precisados.

En lo relativo a los informes tercero y cuarto de la citada auditoría se emitieron 209 observaciones, de éstas 197 han sido desahogadas, 10 se encuentran en proceso de solventación y 2 se turnaron a la Dirección de Responsabilidades para los efectos conducentes.

Adicionalmente, se informa del estado que guardan las observaciones emitidas con motivo de las auditorías integrales que la Contraloría Interna ha practicado durante el año 2001 a las Juntas Locales y Centros Regionales de Cómputo. Respecto a las Juntas Locales se emitieron 46 observaciones, atendiéndose 28 de ellas y encontrándose en proceso de solventación 15 observaciones. En relación con los Centros de Cómputo se formularon 42 observaciones, habiéndose desahogado en su totalidad.

QUEJAS Y DENUNCIAS.- En este rubro se señala que el órgano interno de control recibió 28 nuevos casos de denuncias formuladas en contra de servidores públicos de este Instituto.

INCONFORMIDADES.- En este ámbito se informa que durante el período que se reporta se recibió una nueva inconformidad, la cual se encuentra en trámite.

PROCEDIMIENTOS DE SANCION A PROVEEDORES.- En este capítulo se recibieron 7 nuevos casos durante el trimestre que se reporta, habiendo resuelto 1 procedimiento administrativo que corresponde a períodos anteriores, en el que se determinó que no se transgredieron las disposiciones en materia de adquisiciones por lo que no se configuró responsabilidad a cargo del proveedor.

RECURSOS ADMINISTRATIVOS.- En este apartado se indica que durante el período que se reporta no se promovieron recursos administrativos.

ACTOS DE ENTREGA-RECEPCION.- En este rubro se informa que el órgano interno de control participó en 42 de estos actos y recibió de las diversas áreas que integran al Instituto 49 actas administrativas de entrega-recepción. Mediante la participación de la Contraloría Interna en estos actos y a través de la revisión y análisis de las actas que se instrumentaron en los diversos órganos del Instituto, se garantiza que el reemplazo de servidores públicos de mandos superiores y medios se realice conforme a la normatividad aplicable.

DECLARACIONES PATRIMONIALES.- En esta sección se informa de las acciones adoptadas por la Contraloría Interna para fomentar, entre los servidores públicos del Instituto, el cumplimiento de la obligación de presentar la declaración patrimonial; los resultados se consideran satisfactorios, toda vez que los mandos superiores y la mayor parte del personal obligado de nuestra institución cumplieron con dicha obligación.

PARTICIPACION EN COMITES DE ADQUISICIONES Y DE ENAJENACIÓN DE BIENES.- En este ámbito se consigna la intervención del órgano interno de control en 1 reunión ordinaria y 4 extraordinarias del Comité de Adquisiciones, así como la participación de un representante de la propia Contraloría en 5 licitaciones públicas y 10 procedimientos de invitación a cuando menos tres personas, actos en los que se verificó el exacto cumplimiento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás ordenamientos aplicables. Asimismo, se intervino en 2 reuniones ordinarias del Comité de Enajenación de bienes.

OTRAS ACTIVIDADES.- En este capítulo se incluyen los informes especiales emitidos por la Contraloría Interna; consultas y opiniones; el seguimiento de los casos de robo de bienes propiedad de este Instituto; el seguimiento y verificación al cumplimiento del Programa de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestal; la capacitación del personal; información relacionada con la Comisión de Movimientos de Personal; los avances para la obtención del certificado de calidad ISO 9000; y, se reporta el estado que guardan los asuntos que la Contraloría ha turnado a la Dirección Jurídica.

I. AUDITORIAS INTEGRALES

Durante el período que se informa se dan a conocer los resultados de las auditorías que se iniciaron en el trimestre anterior, así como de aquellas revisiones que se iniciaron y concluyeron en el presente trimestre.

1. CENTRO REGIONAL DE COMPUTO EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES

En el trimestre anterior se reportó el inicio de esta auditoría, cuyos resultados se dan a conocer en el presente informe.

PERIODO AUDITADO

Noviembre de 1999 a Diciembre del 2000.

ALCANCE

En el capítulo 1000 Servicios Personales se revisó el 59.9% ($4,808,283.24) del presupuesto ejercido en el período auditado que ascendió a $8,026,552.04. Asimismo, conforme al programa de trabajo se revisaron selectivamente los expedientes de personal, las nóminas de plaza presupuestal y de honorarios, los movimientos de altas, bajas, promociones, los controles de asistencia, casos de parentesco, el reintegro de sueldos no cobrados, para verificar que su manejo y comprobación de ajusta a las disposiciones establecidas en esta materia.

En los capítulos 2000 Materiales y Suministros, 3000 Servicios Generales y 5000 Bienes Muebles e Inmuebles, el alcance de la revisión fue como sigue:

Capitulo

Pto Ejercido

Nov«99-Dic«00

Revisado

Alcance

%

2000

$ 778,815

$ 577,591

74.2

3000

1,458,793

1,104,974

75.7

5000

117,273

117,273

100

Total:

$ 2,354,881

$ 1,799,838

76.4

En el rubro de Recursos Materiales se revisaron selectivamente que las adquisiciones de bienes de consumo y de bienes inventariables ingresarán al almacén, el registro en kárdex y la distribución final de los bienes. Se revisó que las adquisiciones efectuadas se observaran los rangos autorizados y las disposiciones de la Ley de Adquisiciones vigente al momento de la operación, para adjudicación directa, invitación restringida y licitación pública, según el caso, y por lo que respecta a los servicios pagados se verificó que estos hayan sido realizados efectivamente.

En materia de recursos financieros se verificaron los controles establecidos para el manejo de los recursos tales como las cuentas bancarias, las conciliaciones, el libro auxiliar de bancos, registro y concentración a la Dirección Ejecutiva de Administración de los rendimientos bancarios generados por el manejo de cuentas productivas, elaboración de documentos de corresponsabilidad, registro y control (DOCORECOS) y pólizas-cheque, entre otros.

RESULTADOS DE LA REVISION

Como resultado de la auditoría practicada se formuló la cédula de observaciones y recomendaciones que fue signada por el Director y Enlace Administrativo del Centro Regional de Cómputo, así como por los auditores comisionados. En dicha cédula se consignan las 3 observaciones determinadas, que por su importancia se clasifican en A=Relevantes; AA=Muy Relevantes; y B=No Relevantes.

Núm.

Observación

Clasificación

1

Las comisiones del personal operativo, mandos medios y superior carecen del Informe de Actividades; y a partir de abril/00 dichos informes no se validaron con la firma del funcionario que otorga la comisión.

B

2

Los servicios de reparación y mantenimiento del parque vehicular carecen de la solicitud de servicio.

B

3

Las cartas poder con las que se efectúan los cobros de nómina carecen de fecha, el concepto de cobro, nombre del destinatario y de la persona a la que se le otorga el poder.

B

INFORME EJECUTIVO

El Informe Ejecutivo de esta auditoría fue presentado a la consideración del Consejero Presidente y del Presidente de la Comisión de Contraloría Interna, enviándose también un ejemplar del informe al Secretario Ejecutivo, a los Directores Ejecutivos del Registro Federal de Electores y de Administración y al Director del Centro Regional de Cómputo; en él se describen los objetivos, el alcance, el resultado de la revisión y la opinión de este órgano de control.

2. CENTRO REGIONAL DE COMPUTO EN EL ESTADO DE SINALOA

En el trimestre anterior se informó el inicio de esta auditoría, cuyos resultados se dan a conocer en el presente informe.

PERIODO AUDITADO

Noviembre de 1999 a Diciembre de 2000.

ALCANCE

En el capítulo 1000 Servicios Personales se revisó el 74.2% ($5â445,254) del presupuesto ejercido en el período auditado que ascendió a $7â338,362. Asimismo, conforme al programa de trabajo se revisaron selectivamente los expedientes de personal, las nóminas de plaza presupuestal y de honorarios, los movimientos de altas, bajas, promociones, los controles de asistencia, casos de parentesco, el reintegro de sueldos no cobrados, para verificar que su manejo y comprobación se ajusta a las disposiciones establecidas en esta materia.

En los capítulos 2000 Materiales y Suministros, 3000 Servicios Generales y 5000 Bienes Muebles e Inmuebles, el alcance de la revisión fue como sigue:

 

CAPITULO

PRESUPUESTO EJERCIDO

NOV- DIC â99 Y ENEö DIC Î00

REVISADO

ALCANCE

%

2000

$ 500,587

$ 385,452

77.0

3000

1â693,865

1â304,276

77.0

5000

45,324

45,324

100.0

TOTAL:

$ 2â239,776

$ 1â735,052

77.5

En el rubro de Recursos Materiales se verificaron selectivamente que las adquisiciones de bienes de consumo y de bienes inventariables ingresaran al almacén, el registro en kárdex y la distribución final de los bienes. Se revisó que en las adquisiciones efectuadas se observaran los rangos autorizados y las disposiciones de la Ley de Adquisiciones vigente al momento de la operación, para adjudicación directa, invitación restringida y licitación pública, según el caso, y por lo que respecta a los servicios pagados, se verificó que estos hayan sido realizados efectivamente.

En materia de Recursos Financieros se verificaron los controles establecidos para el manejo de los recursos tales como las cuentas bancarias, las conciliaciones, el libro auxiliar de bancos, registro y concentración a la Dirección Ejecutiva de Administración de los rendimientos bancarios generados por el manejo de cuentas productivas, elaboración de documentos de corresponsabilidad, registro y control (DOCORECOS) y pólizas-cheque, entre otros.

RESULTADOS DE LA REVISION

Como resultado de la revisión practicada se formuló la cédula de observaciones y recomendaciones que fue signada por el Director y Enlace Administrativo del Centro Regional de Computo, así como por los auditores comisionados.

En dicha cédula se consignan las 6 observaciones determinadas, que por su importancia se clasifican en A = Relevantes; AA = Muy relevantes; y B = No relevantes.

Núm.

Observación

Clasificación

1

Cheque en tránsito por un importe de $1,540.00 con una antigüedad mayor a seis meses, sin haberse notificado al banco su cancelación, para su reintegro a oficinas centrales.

A

2

En la comprobación de los viáticos no se anexa el informe del resultado del trabajo realizado.

B

3

No se realizan inventarios físicos trimestrales a los bienes de consumo.

A

4

En la verificación física a 47 artículos de bienes de consumo contra los kárdex de almacén se encontraron diferencias de más y de menos en 20 de ellos.

A

5

Compras directas por un importe de $26,606.76 que no se registraron en los módulos del SIAR de almacén y adquisiciones.

A

6

Bitácoras de combustible que no consignan el importe del consumo de gasolina.

B

INFORME EJECUTIVO

El Informe Ejecutivo de esta auditoria fue presentado a la consideración del Consejero Presidente y del Presidente de la Comisión de Contraloría Interna, enviándose también un ejemplar del informe al Secretario Ejecutivo, al Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores, al Director Ejecutivo de Administración y al Director del Centro Regional de Cómputo, en él se describen los objetivos, el alcance, el resultado de la revisión y la opinión de este órgano de control.

3. CENTRO REGIONAL DE COMPUTO EN EL ESTADO DE TABASCO

En el trimestre anterior se reportó el inicio de esta auditoría, cuyos resultados se dan a conocer en el presente informe.

PERIODO AUDITADO

Enero a Diciembre del 2000.

ALCANCE

En el capítulo 1000 Servicios Personales se revisó el 61.2% ($3â314,985) del presupuesto ejercido en el período auditado que ascendió a $5â412,682. Asimismo, conforme al programa de trabajo se revisaron selectivamente los expedientes de personal, las nóminas de plaza presupuestal y de honorarios, los movimientos de altas, bajas, promociones, los controles de asistencia, casos de parentesco, el reintegro de sueldos no cobrados, para verificar que su manejo y comprobación se ajusta a las disposiciones establecidas en esta materia.

En los capítulos 2000 Materiales y Suministros y 3000 Servicios Generales, el alcance de la revisión fue como sigue:

 

CAPITULO

PRESUPUESTO EJERCIDO

 

REVISADO

ALCANCE

%

2000

509,795

322,076

63.1

3000

1â178,888

815,599

69.1

TOTAL:

1â688,683

1â137,675

67.3

En el rubro de Recursos Materiales se verificaron selectivamente que las adquisiciones de bienes de consumo y de bienes inventariables ingresaran al almacén, el registro en kárdex y la distribución final de los bienes. Se revisó que en las adquisiciones efectuadas se observaran los rangos autorizados y las disposiciones de la Ley de Adquisiciones vigente al momento de la operación, para adjudicación directa, invitación restringida y licitación pública, según el caso, y por lo que respecta a los servicios pagados, se verificó que estos hayan sido realizados efectivamente.

En materia de Recursos Financieros se verificaron los controles establecidos para el manejo de los recursos tales como las cuentas bancarias, las conciliaciones, el libro auxiliar de bancos, registro y concentración a la Dirección Ejecutiva de Administración de los rendimientos bancarios generados por el manejo de cuentas productivas, elaboración de documentos de corresponsabilidad, registro y control (DOCORECOS) y pólizas-cheque, entre otros.

RESULTADOS DE LA REVISION

Como resultado de la revisión practicada se formuló la cédula de observaciones y recomendaciones que fue signada por el Director y Enlace Administrativo del Centro Regional de Computo, así como por los auditores comisionados.

En dicha cédula se consignan las 8 observaciones determinadas, que por su importancia se clasifican en A = Relevantes; AA = Muy relevantes; y B = No relevantes.

Núm.

Observación

Clasificación

1

Recibos de arrendamiento que no están a nombre del I.F.E.

B

2

Los gastos de pasajes aéreos carecen de documentación soporte

A

3

No se comprueban en tiempo los saldos de deudores diversos

B

4

El personal de plaza presupuestal y de honorarios no cuentan con la credencial o gafete de identificación expedida por el instituto

B

5

Nominas de plaza presupuestal que no se encuentran validadas con la firma del Director ni con la del Enlace Administrativo

B

6

El pago de nóminas no se comprueba en el plazo establecido

B

7

Se determinaron diferencias menores en el inventario de bienes de consumo

B

8

Los vales de combustible no cuentan con un formato establecido para su manejo y control

B

INFORME EJECUTIVO

El Informe Ejecutivo de esta auditoría fue presentado a la consideración del Consejero Presidente y del Presidente de la Comisión de Contraloría Interna, enviándose también un ejemplar del informe al Secretario Ejecutivo, a los Directores Ejecutivos del Registro Federal de Electores y de Administración y al Director del Centro Regional de Computo, en él se describen los objetivos, el alcance, el resultado de la revisión y la opinión de este órgano de control.

4. JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE COAHUILA

PERIODO AUDITADO

Julio del 2000 a Marzo del 2001.

ALCANCE

En el capítulo 1000 Servicios Personales se revisó el 45.4% ($5â262,238) del presupuesto ejercido en el período auditado que ascendió a $11,602,772. Asimismo, conforme al programa de trabajo se revisaron selectivamente los expedientes de personal, las nóminas de plaza presupuestal y de honorarios, los movimientos de altas, bajas, promociones, los controles de asistencia, casos de parentesco, el reintegro de sueldos no cobrados, para verificar que su manejo y comprobación se ajusta a las disposiciones establecidas en esta materia.

En los capítulos 2000 Materiales y Suministros, 3000 Servicios Generales, 4000 Ayuda a Instituciones sin fines de lucro y 5000 Bienes Muebles e Inmuebles, el alcance de la revisión fue como sigue:

 

CAPITULO

PRESUPUESTO EJERCIDO

JUL-DIC-â00 ENE-MAR Î01

REVISADO

ALCANCE

%

2000

$ 1â654,544

$ 1â107,487

66.9

3000

2â622,875

1â585,488

60.5

4000

25,720

20,014

77.8

5000

110,237

21,373

19.4

TOTAL:

$ 16â016,148

$ 7â996,600

49.9

En el rubro de Recursos Materiales se verificaron selectivamente que las adquisiciones de bienes de consumo y de bienes inventariables ingresaran al almacén, el registro en kárdex y la distribución final de los bienes. Se revisó que en las adquisiciones efectuadas se observaran los rangos autorizados y las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para adjudicación directa, invitación restringida y licitación pública, según el caso, y por lo que respecta a los servicios pagados, se verificó que estos hayan sido realizados efectivamente.

En materia de Recursos Financieros se verificaron los controles establecidos para el manejo de los recursos tales como las cuentas bancarias, las conciliaciones, el libro auxiliar de bancos, registro y concentración a la Dirección Ejecutiva de Administración de los rendimientos bancarios generados por el manejo de cuentas productivas, elaboración de documentos de corresponsabilidad, registro y control (DOCORECOS) y pólizas-cheque, entre otros.

RESULTADOS DE LA REVISION

Como resultado de la revisión practicada se formuló la cédula de observaciones y recomendaciones que fue signada por el Vocal Ejecutivo y Coordinador Administrativo de la Junta Local, así como por los auditores comisionados.

En dicha cédula se consignan las 6 observaciones determinadas, que por su importancia se clasifican en A = Relevantes; AA = Muy relevantes; y B = No relevantes.

Núm.

Observación

Clasificación

1

Documentos de solicitud y recibo de viáticos (SOREVI) que carecen de algunas de las firmas de autorización, Vo.Bo. elaboración y beneficiario.

A

 

2

Viáticos de personal operativo por $10,207.00, con registros de asistencia firmados por los comisionados; así mismo, dos cheques de viáticos carecen de la constancia de desempeño e informe descriptivo.

AA

3

Incidencias del personal que no son reportadas a la Dirección de Personal para los descuentos correspondientes.

A

4

Personal que utiliza firma distinta en la nómina, respecto a la que consignan documentos que integran su expediente.

B

5

Tres casos de empleados de nivel operativo que no registran su asistencia de conformidad con la circular DP/066/99 emitida por la Dirección de Personal.

A

 

6

Distrito 05

Pólizas cheque por un importe de $29,582.00 cuyos conceptos de expedición no corresponden a la naturaleza del gasto, así como pólizas cheque por un importe de $2,647.00 cuyos comprobantes muestran signos de alteración

AA

 

 

 

7

Se detectaron 5 pólizas cheque correspondientes a viáticos cuya comprobación por $2,225.58 no corresponde al lugar y fecha de comisión .

A

 

8

Se determinó una diferencia de $37,780.00 en vales de gasolina, la cual no fue acreditada documental o físicamente su distribución.

AA

 

9

La factura 0151 del proveedor Martha Leticia Burgos Marrufo, por un importe de $6,000.00 carece de validez fiscal, en virtud de tener vigencia hasta Junio de 2001 y está expedida al Instituto Federal Electoral el 5 de Julio de 2001.

A

10

Los mantenimientos y reparaciones del parque vehicular, carecen de solicitudes del servicios por parte del área requirente.

B

11

Distrito 06

Se determino una diferencia de $8,385.00 en vales de gasolina, la cual no fue acreditada documental o físicamente su distribución.

A

12

Los registros en tarjetas kárdex del almacén no encuentran actualizados.

B

En lo referente a la verificación de las disposiciones de los Programas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria, dentro del programa de trabajo aplicado, se determinó que algunas de las anteriores observaciones contravienen lo dispuesto en los siguientes puntos de los acuerdos:

Núm. de observación

Punto de Acuerdo

1

Segundo.- fracción V.-Utilización de SOREVIS debidamente autorizados.

2

Segundo.- fracción XIV.- Cumplir con la Normatividad que emita la DEA en materia de Viáticos.

INFORME EJECUTIVO

El Informe Ejecutivo de esta auditoría fue presentado a la consideración del Consejero Presidente y del Presidente de la Comisión de Contraloría Interna, enviándose también un ejemplar del informe al Secretario Ejecutivo, Director Ejecutivo de Administración y Vocal Ejecutivo de la Junta local, en él se describen los objetivos, el alcance, el resultado de la revisión y la opinión de este órgano de control.

5. JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE CHIAPAS

PERIODO AUDITADO

Julio del 2000 a Abril del 2001.

ALCANCE

En el capítulo 1000 Servicios Personales se revisó el 65.0% ($33â913,866) del presupuesto ejercido en el período auditado que ascendió a $22â064,094. Asimismo, conforme al programa de trabajo se revisaron selectivamente los expedientes de personal, las nóminas de plaza presupuestal y de honorarios, los movimientos de altas, bajas, promociones, los controles de asistencia, casos de parentesco, el reintegro de sueldos no cobrados, para verificar que su manejo y comprobación se ajusta a las disposiciones establecidas en esta materia.

En los capítulos 2000 Materiales y Suministros, 3000 Servicios Generales, 4000 Ayudas Subsidios y Transferencias, y 5000 Bienes Muebles e Inmuebles el alcance de la revisión fue como sigue:

CAPITULO

PRESUPUESTO EJERCIDO

JUL/DICâ00 öENE/ABRÎ01

REVISADO

ALCANCE

%

2000

6â374,370

5â916,740

92.8

3000

9â452,821

7â690,960

81.4

4000

2â302,672

2â302,672

100

5000

356,790

356,790

100

TOTAL:

$ 18â486,653

$ 16â267,162

88

En el rubro de Recursos Materiales se verificaron selectivamente que las adquisiciones de bienes de consumo y de bienes inventariables ingresaran al almacén, el registro en kárdex y la distribución final de los bienes. Se revisó que en las adquisiciones efectuadas se observaran los rangos autorizados y las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para adjudicación directa, invitación restringida y licitación pública, según el caso, y por lo que respecta a los servicios pagados, se verificó que estos hayan sido realizados efectivamente.

En materia de Recursos Financieros se verificaron los controles establecidos para el manejo de los recursos tales como las cuentas bancarias, las conciliaciones, el libro auxiliar de bancos, registro y concentración a la Dirección Ejecutiva de Administración de los rendimientos bancarios generados por el manejo de cuentas productivas, elaboración de documentos de corresponsabilidad, registro y control (DOCORECOS) y pólizas-cheque, entre otros.

RESULTADOS DE LA REVISION

Como resultado de la revisión practicada se formuló la cédula de observaciones y recomendaciones que fue signada por el Vocal Ejecutivo, Vocal Secretario y Coordinador Administrativo de la Junta Local Ejecutiva, así como por los auditores comisionados.

En dicha cédula se consignan las 10 observaciones determinadas, que por su importancia se clasifican en A = Relevantes; AA = Muy relevantes; y B = No relevantes.

Núm.

Observación

Clasificación

1

Las tarjetas de registro de firmas autorizadas para girar cheques, presentan espacios en blanco sin cancelar.

B

2

En las conciliaciones bancarias de dos cuentas existen diferencias acumuladas al mes de diciembre por $ 346,730 y por $ 211,447.

AA

3

La Junta Local no utiliza SOMIRES para ejercer el gasto.

A

4

Llamadas telefónicas por cobrar, así como de larga distancia internacional no recuperadas por $1,037.

A

5

Facturas que no cumplen con los requisitos de vigencia que marca la ley por un total de $2,587.

A

6

Pago improcedente de pasajes por $ 581.

B

7

Existe retraso en el registro de las operaciones del SIAR.

B

8

Retención incorrecta de Impuesto Sobre la Renta por arrendamiento.

B

9

No están firmados ni actualizados los resguardos de bienes patrimoniales.

B

10

Existen diferencias en el inventario de bienes de consumo por $12,619.

A

11

No se han llevado a cabo los inventarios trimestrales.

A

12

Adquisición de bienes por $109,564 sin previa autorización del Subcomité de Adquisiciones, que no son estrictamente necesarios y a la fecha permanecen almacenados.

AA

13

Adquisición y pago anticipado de 412 llantas en noviembre del 2000 por un total de $189,297 que no se recibieron en el almacén, y permanecen en poder del proveedor.

AA

14

No existen contratos en comodato por los bienes propiedad del Gobierno del Estado.

B

15

Distritos 05 y 09. No se celebraron asambleas de subcomité de adquisiciones en los meses de agosto, septiembre y diciembre.

B

16

Personal con horario distinto al Institucional

B

En lo referente a la verificación de las disposiciones de los Programas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria, dentro del programa de trabajo aplicado, se determino que algunas de las anteriores observaciones contravienen lo dispuesto en los siguientes puntos de los acuerdos:

Número de observación

Punto del Acuerdo

3

Tercero fracc. IX. y Segundo fracc. V. Elaboración de SOMIRES para el ejercicio del gasto (PAP 2000/2001)

 

4

Quinto fracc. VIII y IX y cuarto VII y IX .- Prohibición de llamadas (PAP 2000/2001)

 

5

Sexto Y Quinto.- Requisitación fiscal de la documentación comprobatoria del gasto. ( PAP 2000/2001)

 

12

Tercero fracc. XII. Adquisiciones con autorización previa del Subcomité de Adquisiciones (PAP 2000)

 

16

Octavo.- Horario Institucional (PAP 2001)

INFORME EJECUTIVO

El Informe Ejecutivo de esta auditoría fue presentado a la consideración del Consejero Presidente y del Presidente de la Comisión de Contraloría Interna, enviándose también un ejemplar del informe al Secretario Ejecutivo, Director Ejecutivo de Administración y al Vocal Ejecutivo de la Junta Local, en él se describen los objetivos, el alcance, el resultado de la revisión y la opinión de este órgano de control.

6. JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE GUANAJUATO

PERIODO AUDITADO

Julio del 2000 a Marzo del 2001.

ALCANCE

En el capítulo 1000 Servicios Personales se revisó el 56.5% ($19â868,187) del presupuesto ejercido en el período auditado que ascendió a $35â156,543. Asimismo, conforme al programa de trabajo se revisaron selectivamente los expedientes de personal, las nóminas de plaza presupuestal y de honorarios, los movimientos de altas, bajas, promociones, los controles de asistencia, casos de parentesco, el reintegro de sueldos no cobrados, para verificar que su manejo y comprobación se ajusta a las disposiciones establecidas en esta materia.

En los capítulos 2000 Materiales y Suministros, 3000 Servicios Generales, 4000 Ayudas Subsidios y Transferencias, 5000 Bienes Muebles e Inmuebles, y 7000 Inversión Financiera y Otras Erogaciones, el alcance de la revisión fue como sigue:

CAPITULO

PRESUPUESTO EJERCIDO

JUL/DICâ00 öENE/MARÎ01

REVISADO

ALCANCE

%

2000

$ 3â116,963

$ 983,988

31.6

3000

6â704,788

2â360,344

35.2

4000

354,769

26,609

7.5

5000

226,933

36,763

16.2

7000

15,639

15,639

100

TOTAL:

$ 10â419,092

$ 3â423,343

32.8

En el rubro de Recursos Materiales se verificaron selectivamente que las adquisiciones de bienes de consumo y de bienes inventariables ingresaran al almacén, el registro en kárdex y la distribución final de los bienes. Se revisó que en las adquisiciones efectuadas se observaran los rangos autorizados y las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para adjudicación directa, invitación restringida y licitación pública, según el caso, y por lo que respecta a los servicios pagados, se verificó que estos hayan sido realizados efectivamente.

En materia de Recursos Financieros se verificaron los controles establecidos para el manejo de los recursos tales como las cuentas bancarias, las conciliaciones, el libro auxiliar de bancos, registro y concentración a la Dirección Ejecutiva de Administración de los rendimientos bancarios generados por el manejo de cuentas productivas, elaboración de documentos de corresponsabilidad, registro y control (DOCORECOS) y pólizas-cheque, entre otros.

RESULTADOS DE LA REVISION

Como resultado de la revisión practicada se formuló la cédula de observaciones y recomendaciones que fue signada por el Vocal Ejecutivo, Vocal Secretario y Coordinador Administrativo de la Junta Local Ejecutiva, así como por los auditores comisionados.

En dicha cédula se consignan las 10 observaciones determinadas, que por su importancia se clasifican en A = Relevantes; AA = Muy relevantes; y B = No relevantes.

Núm.

Observación

Clasificación

1

Comprobantes que no reúnen algunos requisitos fiscales y/o administrativos.

B

2

Comprobación de viáticos con constancias de desempeño que carecen de algún requisito ó del informe descriptivo.

B

3

Pólizas que no cuentan con las firmas de quien elaboró, revisó y autorizó.

B

4

La cuenta de deudores diversos presenta un saldo acreedor, contrario a su naturaleza.

B

5

Presentación extemporánea de las declaraciones de impuestos I.S.R. e I.V.A. que generaron actualización y recargos por $715.

B

6

Nóminas que se comprueban fuera del plazo establecido.

B

7

Expedientes de personal que se encuentran incompletos.

B

8

Bienes en inventario que no fueron localizados.

A

9

Resguardos de bienes no actualizados.

B

10

Diferencias menores entre existencias físicas y registros en el inventario de bienes de consumo.

B

En lo referente a la verificación de las disposiciones de los Programas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria, dentro del programa de trabajo aplicado, se determinó que una de las anteriores observaciones contravienen lo dispuesto en los siguientes puntos de los acuerdos:

Número de observación

Punto del Acuerdo

1

Sexto y quinto.- Requisitación fiscal de la documentación comprobatoria del gasto.

INFORME EJECUTIVO

El Informe Ejecutivo de esta auditoría fue presentado a la consideración del Consejero Presidente y del Presidente de la Comisión de Contraloría Interna, enviándose también un ejemplar del informe al Secretario Ejecutivo, Director Ejecutivo de Administración y Vocal Ejecutivo de la Junta Local, en él se describen los objetivos, el alcance, el resultado de la revisión y la opinión de este órgano de control.

7. JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE MICHOACAN

PERIODO AUDITADO

Julio 2000 a marzo del 2001.

ALCANCE

En el capítulo 1000 Servicios Personales se revisó el 75.9% ($26,693,159) del presupuesto ejercido en el período auditado que ascendió a $35,153,786. Asimismo, conforme al programa de trabajo, se revisaron selectivamente los expedientes de personal, las nóminas de plaza presupuestal y de honorarios, los movimientos de altas, bajas, promociones, los controles de asistencia, casos de parentesco, el reintegro de sueldos no cobrados, para verificar que su manejo y comprobación se ajusta a las disposiciones establecidas en esta materia.

El alcance de la revisión para los capítulos 2000, 3000 ,4000, y 5000, no se presenta debido a que la Junta Local Ejecutiva de Michoacán no proporcionó la información contable y financiera emitida por el Sistema Integrador para la Administración de los Recursos (SIAR), en razón del atraso existente en el cierre del ejercicio 2000.

En el rubro de Recursos Materiales se verificaron selectivamente que las adquisiciones de bienes de consumo y de bienes inventariables ingresaran al almacén, el registro en kárdex y la distribución de los bienes. Se revisó que en las adquisiciones efectuadas se observaran los rangos autorizados y las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para adjudicación directa, invitación restringida y licitación pública, según el caso, y por lo que respecta a los servicios pagados, se verificó que estos hayan sido realizados efectivamente.

En materia de Recursos Financieros se verificaron los controles establecidos para el manejo de los recursos tales como las cuentas bancarias, las conciliaciones, el libro auxiliar de bancos, registro y concentración a la Dirección Ejecutiva de Administración de los rendimientos bancarios generados por el manejo de cuentas productivas, elaboración de documentos de corresponsabilidad, registro y control (DOCORECOS) y pólizas-cheque, entre otros.

RESULTADOS DE LA REVISION

Como resultado de la revisión practicada se formuló la cédula de observaciones y recomendaciones que fue signada por el Vocal Ejecutivo, Vocal Secretario y Coordinador Administrativo de la Junta Local Ejecutiva, así como por los auditores comisionados.

En dicha cédula se consignan las 14 observaciones determinadas, que por su importancia se clasifican en A = Relevantes; AA = Muy relevantes; y B = No relevantes.

Núm.

Observación

Clasificación

1

Cheque en tránsito por un importe de $1,311.00 con antigüedad mayor a seis meses.

A

2

Se pagaron anticipadamente facturas en diciembre de 2000, por un total de $270,450.00 sin haberse recibido ni devengado los bienes y servicios.

AA

3

Se reincide en el incumplimiento de los requisitos administrativos que establece la normatividad para el otorgamiento y comprobación de viáticos.

A

4

Gastos improcedentes en los viáticos por un importe por $12,453.00.

AA

5

Viáticos sin documentación comprobatoria por un importe de $1,788.00.

A

6

Pago de multas y recargos por la cantidad de $10,094.00.

A

7

Llamadas por cobrar e internacionales por un importe de $796.00.

B

8

Gastos excesivos en la partida 2201 Alimentación de personas.

A

9

Por atraso en el cierre del ejercicio 2000, no se proporciono la información y documentación contable y financiera emitida por el Sistema Integrador para la Administración de los Recursos (SIAR).

A

10

No se realizan inventarios físicos trimestrales a los bienes de consumo.

A

11

Los inventarios y resguardos del mobiliario y equipo de los bienes no están actualizados.

B

12

Adquisiciones de material de oficia para los Distritos por $30,000.84 que no se registraron en el módulo de almacén del SIAR.

A

13

Arrendamiento de equipo de cómputo por un importe de $31,337.00, sin autorización del Subcomité de Adquisiciones, y pagados por anticipado en su totalidad.

AA

14

El personal de plaza presupuestal y de honorarios de la Junta Local en ocasiones omiten registrar su asistencia de entrada ó salida, y los retardos y faltas no cuentan con la justificación ó autorización correspondiente

B

En lo referente a la verificación de las Disposiciones de los Programas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria, dentro del programa de trabajo aplicado, se determino que algunas de las anteriores observaciones contravienen lo dispuesto en los siguientes puntos de los acuerdos:

Núm de observación

Punto de Acuerdo

3

Tercer inciso XIV.- Aplicar la normatividad de viáticos emitida por la Dirección Ejecutiva de Administración. (PAP/2000)

4

Segundo inciso XIV.- Aplicar la normatividad de viáticos emitida por la Dirección Ejecutiva de Administración. (PAP/2001)

Tercer inciso XIV.- Aplicar correctamente la normatividad de viáticos que emitida por la Dirección Ejecutiva de Administración. (PAP/2000)

5

Segundo inciso XIV.- Aplicar la normatividad de viáticos emitida por la Dirección Ejecutiva de Administración. (PAP/2001)

7

Quinto Fracción IX y Cuarto Fracción VIII.-Prohibición de llamadas por cobrar. (PAP/2000 y 2001)

8

Cuarto y Quinto Fracción XIV.- Minimizar el pago de alimentación de personas, para los años 2000 y 2001 respectivamente. (PAP/2000 y 2001)

13

Segundo Fracción XII y Tercero.- La contratación de los servicios estarán sujetos a los rangos establecidos y a la autorización previa del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. (PAP/2000 y 2001)

INFORME EJECUTIVO

El Informe Ejecutivo de esta auditoría fue presentado a la consideración del Consejero Presidente y del Presidente de la Comisión de Contraloría Interna, enviándose también un ejemplar del informe al Secretario Ejecutivo, Director Ejecutivo de Administración y Vocal Ejecutivo de la Junta Local, en él se describen los objetivos, el alcance, el resultado de la revisión y la opinión de este órgano de control.

8. JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE MORELOS

PERIODO AUDITADO

Julio del 2000 a Abril del 2001.

ALCANCE

En el capítulo 1000 Servicios Personales se revisó el 59.% ($5,810,306), del presupuesto ejercido en el período auditado que ascendió a $ 9,704,938. Asimismo, conforme al programa de trabajo se revisaron selectivamente los expedientes de personal, las nóminas de plaza presupuestal y de honorarios, los movimientos de altas, bajas, promociones, los controles de asistencia, casos de parentesco, el reintegro de sueldos no cobrados, para verificar que su manejo y comprobación se ajusta a las disposiciones establecidas en esta materia.

En los capítulos 2000 Materiales y Suministros, 3000 Servicios Generales y 5000 Bienes Muebles e Inmuebles, el alcance de la revisión fue como sigue:

CAPITULO

PRESUPUESTO EJERCIDO

JUL/DICâ00 öENE/MARÎ01

REVISADO

ALCANCE

%

2000

$ 1,203,987

$ 915,030

76

3000

7,867,233

5,585,735

71

5000

1,320,684

1,060,947

81

Total:

$ 10,391,904

$7,561,712

72

En el rubro de Recursos Materiales se revisaron selectivamente que las adquisiciones de bienes de consumo y de bienes inventariables ingresaran al almacén, el registro en kárdex y la distribución de los bienes. Se revisó que en las adquisiciones efectuadas se observaran los rangos autorizados y las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para adjudicación directa, invitación restringida y licitación publica, según el caso, y por lo que respecta a los servicios pagados se verifico que estos hayan sido realizados efectivamente.

En materia de recursos financieros se verificaron los controles establecidos para el manejo de los recursos tales como las cuentas bancarias, las conciliaciones, el libro auxiliar de bancos, registro y concentración a la Dirección Ejecutiva de Administración de los rendimientos bancarios generados por el manejo de cuentas productivas, elaboración de documentos de corresponsabilidad, registro y control (DOCORECOS) y pólizas-cheque, entre otros.

RESULTADOS DE LA REVISION

Como resultado de la auditoría practicada se formuló la cédula de observaciones y recomendaciones que fue signada por el Vocal Ejecutivo, Vocal Secretario y Coordinador Administrativo así como por los auditores comisionados. En dicha cédula se consignan las observaciones determinadas, que por su importancia se clasifican en A = Relevantes; AA = Muy Relevantes; y B = No Relevantes.

No.

Observación

Clasificación

1

Las nominas de plaza presupuestal no contienen las firmas de autorización.

B

2

Llamadas telefónicas por cobrar y larga distancia internacional por $765.70 no recuperadas.

B

3

No se pudo realizar el conteo físico de los bienes de consumo por su acomodo en desorden y su volumen; en los pocos bienes verificados se detectaron diferencias de mas y de menos.

B

4

Existe material de oficina que no ha sido utilizado o distribuido con oportunidad, conforme a su vigencia.

B

5

Vehículo siniestrado que no cuenta con su expediente debidamente integrado.

B

6

Bitácoras de Combustible incompletas.

B

7

Dtto. 01

Documentación comprobatoria por $422.00 que no cumple con los requisitos fiscales establecidos.

B

8

Dtto. 03

Facturas por adquisición de bienes que no ostentan el sello de almacén o firma de recibido.

B

9

No se encontraron 2 cartuchos de toner en el inventario físico de bienes de consumo, cuyo costo es de $4,460.00.

A

10

Dtto. 04

Los registros de kárdex de bienes de consumo no se encuentran debidamente actualizados.

B

11

Documentación comprobatoria del gasto que no cumple con requisitos administrativos

B

En lo referente a la verificación de las Disposiciones de los Programas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria, dentro del programa de trabajo aplicado, se determino que algunas de las anteriores observaciones contravienen lo dispuesto en los siguientes puntos de los acuerdos:

Núm. De observación

Punto de Acuerdo

2

Cuarto fracción VIII.- Prohibición de llamadas por cobrar

4

Cuarto fracción XII.-Reducir el consumo de materiales y útiles de oficina.

7

Quinto.- Requisitación fiscal de la documentación comprobatoria del gasto.

8

Quinto.- Requisitación fiscal de la documentación comprobatoria del gasto.

11

Quinto.- Requisitación fiscal de la documentación comprobatoria del gasto.

INFORME EJECUTIVO

El Informe Ejecutivo de esta auditoría fue presentado a la consideración del Consejero Presidente y del Presidente de la Comisión de Contraloría Interna, enviándose también un ejemplar del informe al Secretario Ejecutivo, al Director Ejecutivo de Administración y al Vocal Ejecutivo de la Junta Local; en él se describen los objetivos, el alcance, el resultado de la revisión y la opinión de este órgano de control.

9. JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE QUERETARO

PERIODO AUDITADO

Julio del 2000 a Abril del 2001.

ALCANCE

En el capítulo 1000 Servicios Personales se revisó el 70.3% ($10,632,177) del presupuesto ejercido en el período auditado que ascendió a $15,112,090. Asimismo, conforme al programa de trabajo se revisaron selectivamente los expedientes de personal, las nóminas de plaza presupuestal y de honorarios, los movimientos de altas, bajas, promociones, los controles de asistencia, casos de parentesco, el reintegro de sueldos no cobrados, para verificar que su manejo y comprobación se ajusta a las disposiciones establecidas en esta materia.

En los capítulos 2000 Materiales y Suministros, 3000 Servicios Generales 4000 Subsidios y Transferencias y 5000 Bienes Muebles e Inmuebles, el alcance de la revisión fue como sigue:

 

CAPITULO

PRESUPUESTO EJERCIDO

JUL/DIC â00 öENE/ABR Î01

REVISADO

ALCANCE

%

2000

$ 2,027,235

$ 1,474,945

72.7

3000

4,600,407

3,598,454

78.2

4000

37,630

19,713,

52.4

5000

282,198

282,198

100.0

TOTAL:

$ 6,947,470

$ 5,375,310

77.4

En el rubro de Recursos Materiales se verificaron selectivamente que las adquisiciones de bienes de consumo y de bienes inventariables ingresaran al almacén, el registro en kárdex y la distribución final de los bienes. Se revisó que en las adquisiciones efectuadas se observaran los rangos autorizados y las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para adjudicación directa, invitación restringida y licitación pública, según el caso, y por lo que respecta a los servicios pagados, se verificó que estos hayan sido realizados efectivamente.

En materia de Recursos Financieros se verificaron los controles establecidos para el manejo de los recursos tales como las cuentas bancarias, las conciliaciones, el libro auxiliar de bancos, registro y concentración a la Dirección Ejecutiva de Administración de los rendimientos bancarios generados por el manejo de cuentas productivas, elaboración de documentos de corresponsabilidad, registro y control (DOCORECOS) y pólizas-cheque, entre otros.

RESULTADOS DE LA REVISION

Como resultado de la revisión practicada se formuló la cédula de observaciones y recomendaciones que fue signada por el Vocal Ejecutivo, Vocal Secretario y Coordinador Administrativo de la Junta Local Ejecutiva, así como por los auditores comisionados.

En dicha cédula se consignan las 4 observaciones determinadas, que por su importancia se clasifican en A = Relevantes; AA = Muy relevantes; y B = No relevantes.

Núm.

Observación

Clasificación

1

Al cierre del ejercicio del 2000 las conciliaciones bancarias presentan un saldo disponible de $79,968.88, pendiente de integrarse y en su caso de remitirse a la Dirección Ejecutiva de Administración.

AA

2

En el mes de diciembre del 2000 se registraron pagos anticipados de servicios básicos que no se encontraban devengados por un importe de $42,450.00 ( teléfono, energía eléctrica y agua ).

AA

3

Se determinó una diferencia de 98 bienes del equipo tecnológico (POLAROID) entre lo registrado en el inventario de la Junta Local Ejecutiva respecto a los registros de la Vocalía del Registro Federal de Electores.

A

4

El personal de plaza presupuestal y de honorarios de la Junta Local en ocasiones omiten registrar su asistencia de entrada ó salida, y los retardos y faltas no cuentan con la justificación ó autorización correspondiente.

B

En lo que respecta al cumplimiento de los Programas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria, se pudo constatar, en base al programa realizado, que en general existe apego a lo dispuesto en dichas disposiciones.

INFORME EJECUTIVO

El Informe Ejecutivo de esta auditoría fue presentado a la consideración del Consejero Presidente y del Presidente de la Comisión de Contraloría Interna, enviándose también un ejemplar del informe al Secretario Ejecutivo, Director Ejecutivo de Administración y Vocal Ejecutivo de la Junta Local, en él se describen los objetivos, el alcance, el resultado de la revisión y la opinión de este órgano de control.

10. JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE TLAXCALA

PERIODO AUDITADO

Julio del 2000 a Abril del 2001.

ALCANCE

En el capítulo 1000 Servicios Personales se revisó el 60.9% ($7â749,982) del presupuesto ejercido en el período auditado que ascendió a $12â734,235. Asimismo, conforme al programa de trabajo se revisaron selectivamente los expedientes de personal, las nóminas de plaza presupuestal y de honorarios, los movimientos de altas, bajas, promociones, los controles de asistencia, casos de parentesco, el reintegro de sueldos no cobrados, para verificar que su manejo y comprobación se ajusta a las disposiciones establecidas en esta materia.

En los capítulos 2000 Materiales y Suministros, 3000 Servicios Generales y 4000 Ayuda a Instituciones sin fines de lucro, el alcance de la revisión fue como sigue:

CAPITULO

PRESUPUESTO EJERCIDO

JUL- Î00 öABR- Î01

REVISADO

ALCANCE

%

2000

$ 1â583,733

$ 958,136

60.5

3000

4â052,047

1â856,297

45.8

4000

477,901

238,813

50.0

TOTAL:

$ 6â113,721

$ 3â053,246

50.0

En el rubro de Recursos Materiales se verificaron selectivamente que las adquisiciones de bienes de consumo y de bienes inventariables ingresaran al almacén, el registro en kárdex y la distribución final de los bienes. Se revisó que en las adquisiciones efectuadas se observaran los rangos autorizados y las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para adjudicación directa, invitación restringida y licitación pública, según el caso, y por lo que respecta a los servicios pagados, se verificó que estos hayan sido realizados efectivamente.

En materia de Recursos Financieros se verificaron los controles establecidos para el manejo de los recursos tales como las cuentas bancarias, las conciliaciones, el libro auxiliar de bancos, registro y concentración a la Dirección Ejecutiva de Administración de los rendimientos bancarios generados por el manejo de cuentas productivas, elaboración de documentos de corresponsabilidad, registro y control (DOCORECOS) y pólizas-cheque, entre otros.

RESULTADOS DE LA REVISION

Como resultado de la revisión practicada se formuló la cédula de observaciones y recomendaciones que fue signada por el Vocal Ejecutivo, Vocal Secretario y Coordinador Administrativo de la Junta Local Ejecutiva, así como por los auditores comisionados.

En dicha cédula se consignan las 4 observaciones determinadas, que por su importancia se clasifican en A = Relevantes; AA = Muy relevantes; y B = No relevantes.

Núm.

Observación

Clasificación

1.

Personal que se encuentra laborando en un lugar distinto al de su adscripción nominal.

B

2.

Reintegro de viáticos con retraso de hasta dos meses después de efectuada la comisión.

B

3.

Viáticos en los que no se anexa la constancia de comisión ni el informe del trabajo realizado por un importe de $2,483.

A

4.

Mantenimientos y servicios duplicados a un mismo vehículo por concepto de afinación, flechas y velocímetro.

A

En lo referente a la verificación de las disposiciones de los Programas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria, dentro del programa de trabajo aplicado, se determinó que en términos generales la Junta Local Ejecutiva de Tlaxcala se apega a dichas disposiciones.

INFORME EJECUTIVO

El Informe Ejecutivo de esta auditoría fue presentado a la consideración del Consejero Presidente y del Presidente de la Comisión de Contraloría Interna, enviándose también un ejemplar del informe al Secretario Ejecutivo, Director Ejecutivo de Administración y Vocal Ejecutivo de la Junta Local, en él se describen los objetivos, el alcance, el resultado de la revisión y la opinión de este órgano de control.

11. JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE ZACATECAS

PERIODO AUDITADO

Julio del 2000 a Marzo del 2001.

ALCANCE

En el capítulo 1000 Servicios Personales se revisó el 73.0% ($11â749,191) del presupuesto ejercido en el período auditado que ascendió a $16â124,694. Asimismo, conforme al programa de trabajo se revisaron selectivamente los expedientes de personal, las nóminas de plaza presupuestal y de honorarios, los movimientos de altas, bajas, promociones, los controles de asistencia, casos de parentesco, el reintegro de sueldos no cobrados, para verificar que su manejo y comprobación se ajusta a las disposiciones establecidas en esta materia.

En los capítulos 2000 Materiales y Suministros, 3000 Servicios Generales, 4000 Ayudas Subsidios y Transferencias, y 5000 Bienes Muebles e Inmuebles el alcance de la revisión fue como sigue:

CAPITULO

PRESUPUESTO EJERCIDO

JUL/DICâ00 öENE/MARÎ01

REVISADO

ALCANCE

%

2000

$ 2â103,868

$ 1â713,166

81.4

3000

3â176,351

2â637,071

83.0

4000

36,004

36,004

100

5000

377,773

105,605

27.9

TOTAL:

$ 5â693,996

$ 4â491,846

78.8

En el rubro de Recursos Materiales se verificaron selectivamente que las adquisiciones de bienes de consumo y de bienes inventariables ingresaran al almacén, el registro en kárdex y la distribución final de los bienes. Se revisó que en las adquisiciones efectuadas se observaran los rangos autorizados y las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para adjudicación directa, invitación restringida y licitación pública, según el caso, y por lo que respecta a los servicios pagados, se verificó que estos hayan sido realizados efectivamente.

En materia de Recursos Financieros se verificaron los controles establecidos para el manejo de los recursos tales como las cuentas bancarias, las conciliaciones, el libro auxiliar de bancos, registro y concentración a la Dirección Ejecutiva de Administración de los rendimientos bancarios generados por el manejo de cuentas productivas, elaboración de documentos de corresponsabilidad, registro y control (DOCORECOS) y pólizas-cheque, entre otros.

RESULTADOS DE LA REVISION

Como resultado de la revisión practicada se formuló la cédula de observaciones y recomendaciones que fue signada por el Vocal Ejecutivo, Vocal Secretario y Coordinador Administrativo de la Junta Local Ejecutiva, así como por los auditores comisionados.

En dicha cédula se consignan las 10 observaciones determinadas, que por su importancia se clasifican en A = Relevantes; AA = Muy relevantes; y B = No relevantes.

Núm.

Observación

Clasificación

1

Diferencia acumulada en la conciliación bancaria al mes de diciembre del 2000, por $724,210.

AA

2

Llamadas telefónicas improcedentes por $1,108.

A

3

Comprobantes que no cumplen con requisitos fiscales y administrativos por $ 1,250.

A

4

Pago improcedente de pasajes por $403.

B

5

Retraso en el registro de las operaciones del año 2001 en el SIAR.

A

6

Comprobación de los recursos a oficinas centrales con un atraso hasta de 5 meses en el ejercicio 2000.

A

7

Las solicitudes de transferencias compensadas de recursos en el año 2000 se realizaron con inoportunidad.

B

8

Personal de plaza presupuestal que presta sus servicios en lugar distinto a su adscripción en nómina.

B

9

Diferencias menores en el inventario de bienes de consumo.

B

10

No se tienen contratos en comodato por los bienes propiedad del Gobierno del Estado.

B

En lo referente a la verificación de las disposiciones de los Programas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria, dentro del programa de trabajo aplicado, se determinó que algunas de las anteriores observaciones contravienen lo dispuesto en los siguientes puntos de los acuerdos:

Número de observación

Punto del Acuerdo

2

Quinto fracción VIII y IX y cuarto VII y IX.- Prohibición de llamadas.

3

Sexto.- Requisitación fiscal de la documentación comprobatoria del gasto.

7

Tercero fracción XII.- Transferencias compensadas de recursos con antelación al ejercicio del gasto.

INFORME EJECUTIVO

El Informe Ejecutivo de esta auditoría fue presentado a la consideración del Consejero Presidente y del Presidente de la Comisión de Contraloría Interna, enviándose también un ejemplar del informe al Secretario Ejecutivo, Director Ejecutivo de Administración y Vocal Ejecutivo de la Junta Local, en él se describen los objetivos, el alcance, el resultado de la revisión y la opinión de este órgano de control.

II. AUDITORIAS ESPECIALES

En este capítulo se reporta el avance y resultados de las auditorías especiales que se iniciaron en trimestres anteriores, así como las revisiones que se iniciaron en el período que se informa y en los casos en que fueron concluidas se incluyen los resultados obtenidos:

1. JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE MEXICO

En el primer informe trimestral del 2001 se señaló que la auditoría derivada de la denuncia del Coordinador Administrativo de la Junta Local revisada, se dividía en tres reportes, uno para evaluar preliminarmente las irregularidades denunciadas y determinar las acciones a seguir; el segundo para juzgar la actuación del Jefe de Recursos Financieros; y, el tercero para valorar la actuación del Jefe de Recursos Materiales.

En lo que se refiere al resultado de las dos primeras revisiones, se han emitido los informes ejecutivos respectivos. En cuanto a la revisión al Jefe de Recursos Materiales, a la fecha ha sido concluida y en el siguiente informe trimestral se darán a conocer los resultados.

Asimismo, derivado de las revisiones practicadas se determinó realizar una auditoría especial a la Vocalía de Organización Electoral de esa Junta Local, con motivo de presuntas irregularidades en que habría incurrido un servidor público adscrito a dicha Vocalía, habiéndose emitido en el trimestre que se reporta el informe ejecutivo correspondiente.

2. JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE HIDALGO

En el trimestre anterior se reportó que la revisión a los contratos de servicios y arrendamientos celebrados durante el pasado proceso electoral en la Junta Local en el estado de Hidalgo fue concluida, a la fecha se cuenta con el proyecto de informe de resultados, los cuales se darán a conocer en el siguiente reporte trimestral.

3. JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA

La auditoría a los contratos de servicios y arrendamientos celebrados durante el pasado proceso electoral en la Junta Local en el estado de Chihuahua se encuentra concluida. En breve se emitirá el informe respectivo.

4. DIRECCION EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES

Auditoría a las adquisiciones de bienes y servicios realizados por conducto de la Coordinación Administrativa de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.

En el informe correspondiente al primer trimestre del año en curso, se reportó esta auditoría con un avance del 80%; a continuación se informa acerca de los resultados obtenidos.

PERIODO DE REVISION

Enero de 1997 a Septiembre del 2000.

OBJETIVOS

Verificar que los recursos financieros provenientes de los convenios de apoyo y colaboración que el Instituto celebra para suministrar productos electorales para las elecciones locales, se ejercen con estricto apego a las disposiciones legales y normativas a que están sujetos.

Corroborar que el registro contable y presupuestal de los recursos financieros asignados a la Coordinación Administrativa del Registro Federal de Electores, se llevó a cabo conforme al marco legal y normativo interno aplicable en la materia y acorde a las prácticas contables generalmente aceptadas.

Verificar que las adquisiciones de bienes y servicios se realizaron conforme a lo establecido en la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios y en estricto apego a los lineamientos emitidos por el Comité de Adquisiciones del Instituto Federal Electoral.

Corroborar la existencia requisiciones, pedidos y contratos que respalden la adquisición de bienes y servicios, así como verificar el estricto cumplimiento de estos últimos.

En materia de bienes de consumo, constatar la existencia de registros kárdex de entradas y salidas del almacén, así como de controles de distribución a las áreas usuarias.

Respecto de los servicios adquiridos, verificar que se disponga de los soportes documentales que acrediten fehacientemente su recepción de conformidad con lo solicitado.

Verificar la veracidad y legitimidad de la documentación comprobatoria del gasto expedida por los proveedores que le hayan suministrado bienes y/o servicios a la Coordinación Administrativa del Registro Federal de Electores.

ALCANCE

La auditoría consideró la totalidad de las operaciones centralizadas realizadas durante el período que comprende del 1 de enero de 1997 al 20 de septiembre de 2000, con cargo a la cuenta de cheques que la Coordinación Administrativa de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores utilizó para el manejo de recursos financieros destinados al apoyo de los procesos locales.

DESARROLLO DE LA AUDITORIA

Se llevó a cabo la revisión y análisis de los auxiliares de bancos, saldos bancarios, chequeras, conciliaciones bancarias, estados de cuenta de deudores diversos, pólizas cheques por el periodo del 1ro. enero de 1997 al 30 de septiembre del 2000.

En virtud de las inconsistencias encontradas en los instrumentos contables presentados por la Coordinación Administrativa del Registro Federal de Electores el personal auditor llevó a cabo la construcción de los auxiliares contables de deudores diversos y acreedores diversos.

Se efectuaron compulsas con los proveedores que suministraron a la Coordinación Administrativa bienes de consumo y servicios de carácter informático a los Centros Regionales de Cómputo. Adicionalmente también se realizaron compulsas con los impresores de las facturas que los proveedores expidieron a la Coordinación Administrativa.

Se aplicaron los cuestionarios de verificación de datos al personal de mandos superiores, medios y operativos, y en su caso, se integraron los expedientes correspondientes de aquellos servidores públicos que omitieron las disposiciones en materia de contratación de familiares que establece la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

En el aspecto técnico, se llevó a cabo un análisis técnico de los aspectos relativos a la generación e impresión de las listas nominales con fotografía, para determinar la procedencia de los servicios de revisión de índices a la base de imágenes del Padrón Electoral.

Durante los meses de noviembre y diciembre del 2000, se tomaron declaraciones de diversos servidores públicos adscritos a esa Dirección Ejecutiva y se solicitó confirmación por escrito a los Centros Regionales de Cómputo sobre la recepción de los servicios.

Se realizaron visitas a los Centros Regionales de Cómputo, a fin de analizar la operación real del Sistema de Digitalización y determinar la procedencia de dichos servicios.

Se solicitó la opinión de la Unidad Técnica de Servicios de Informática y Comunicaciones (UNICOM) sobre la realización de los servicios de revisión de índices, al respecto y con la finalidad de que dicho personal tuviera una referencia real acerca de la realización de los servicios, acudimos conjuntamente al Centro Regional de Cómputo en la ciudad de Cuernavaca, Mor., para que el personal de la UNICOM dispusiera de los elementos necesarios para su valoración y opinión del caso.

RESULTADOS

Se identificaron graves deficiencias en el control administrativo de los recursos manejados por la Coordinación Administrativa entre las cuales destacan las siguientes:

Se identificó que la Coordinación Administrativa de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE) manejaba entre otras, una cuenta de cheques aperturada en 1993 para el manejo del fondo fijo de la entonces Coordinación de Informática y que en su momento no fue cancelada cuando los tres titulares de la cuenta, Ing. Eduardo Badillo Gutiérrez, Lic. Roxana Rivera Rivera y Lic. Elías Rangel Cortes, dejaron sus cargos en dicha Coordinación para asumir las responsabilidades de Director Ejecutivo, Coordinadora Administrativa y Subdirector de Materiales y Suministros, respectivamente.

Los recursos financieros manejados por la Coordinación Administrativa se utilizaron para expedir cheques por concepto de gastos a comprobar a diversos funcionarios de la DERFE para los cuales no se llevó un auxiliar contable, no se encontraron documentos que expliquen con veracidad el destino de esos recursos y en algunos casos se pudo comprobar que en realidad los recursos fueron otorgados como préstamo personal sin que se gestionara oportunamente su recuperación.

En virtud de que los instrumentos contables reflejaban inconsistencias en su elaboración, debido a un mal registro, omisiones y falta de formalidad en su elaboración y supervisión, esta Contraloría Interna determinó realizar la reconstrucción de los auxiliares de deudores y acreedores diversos; con ello fue posible verificar que algunos de los adeudos no habían sido recuperados después de un año de cancelada la cuenta y que durante el desarrollo de la revisión, la Coordinación Administrativa gestionó su recuperación y reintegro parcial.

Durante los años de 1997 a 1999 esa cuenta fue utilizada para el manejo de una parte de los recursos destinados para llevar a cabo las actividades de los procesos locales, realizándose adquisiciones de bienes y servicios con cargo a la cuenta de referencia y sin que para ello se hubiesen observado las disposiciones legales que regulan los procedimientos de adquisiciones y lineamientos normativos que en esa materia dictó el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, al respecto cabe mencionar, que de lo anterior se tenía pleno conocimiento en la Coordinación Administrativa de la DERFE a través de su representante en ese órgano colegiado que, en la mayoría de las ocasiones, fue la propia Coordinadora Administrativa, adicionalmente resulta relevante mencionar que de las adquisiciones realizadas por la DERFE no fueron informados el Comité de Adquisiciones Central ni los Subcomités de los Centros Regionales de Cómputo.

Como ya se mencionó, la Coordinación Administrativa de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores ejerció sin tener atribuciones para ello, recursos destinados para realizar las actividades de los procesos locales, lo anterior, en virtud de que estos recursos sólo podrían ser ejercidos, en el ámbito central, por la Dirección Ejecutiva de Administración y, en el ámbito desconcentrado, por las Juntas Locales, Distritales o por los Centros Regionales de Cómputo.

El desorden administrativo identificado era de tal magnitud que prácticamente hacía imposible su revisión, ante esta situación, la Contraloría Interna consideró necesaria la suspensión precautoria de la Coordinadora Administrativa.

Se identificó que las adquisiciones de bienes y servicios mencionadas tenían en común la ausencia de otra referencia documental, adicional a las propias facturas, para verificar que los servicios se habían efectivamente realizado y que los bienes se hubiesen recibido; lo anterior se explicaba, de acuerdo con la versión del personal de los centros regionales, por que las contrataciones se habían realizado en forma centralizada por la Coordinación Administrativa y ellos sólo recibían la factura para la comprobación del gasto.

De acuerdo a la opinión de la Unidad Técnica de Servicios de Informática UNICOM, la revisión de índices a la base de imágenes del Padrón Electoral es un procedimiento cotidiano que los administradores de la base de imágenes en los Centros Regionales de Cómputo aplican para asegurar la confiabilidad en la producción de imágenes digitalizadas.

Del análisis a la facturación por concepto de revisión de índices, se determinó que dichos servicios fueron facturados por tres diferentes empresas y con relación a las adquisiciones de bienes consumibles, básicamente insumos de oficina y cómputo, se observó que facturaron tres diferentes empresas pero del mismo propietario.

Las facturas que amparan los servicios de revisión de índices presentan inconsistencias de tal magnitud que hacen presumir que son apócrifas; se pudo constatar que esos servicios no fueron realmente proporcionados y que en los casos en que fueron realizados se hizo con personal adscrito a la Coordinación de Control del Padrón de la DERFE, con los elementos anteriores concluyó que esos servicios fueron simulados. Por lo que respecta a la adquisición de bienes consumibles, no se encontraron evidencias fehacientes de su recepción en virtud de que no se observaron las disposiciones normativas para el control de entradas y salidas de almacén, las cotizaciones fueron manipuladas para que la adquisición se adjudicara siempre a empresas del mismo dueño, los precios son mas altos que los precios a los que se adquieren esos mismos artículos por la Dirección Ejecutiva de Administración y las compras fueron fraccionadas.

CONCLUSIONES

En opinión de la Contraloría Interna las graves irregularidades antes mencionadas no fueron producto de un hecho aislado o fortuito, no se desprenden de errores de operación por inexperiencia o desconocimiento del personal responsable de esas áreas, por el contrario, se trata de hechos deliberados, sistemáticos, planeados con el propósito de beneficiar a algunos proveedores y presumiblemente a funcionarios de la propia Dirección Ejecutiva; en tal virtud, se procedió a la instauración de procedimientos administrativos en contra de cuatro funcionarios públicos que fueron identificados como presuntos responsables de estas irregularidades, posteriormente, con los resultados de las comparecencias de éstos y con las diligencias para mejor proveer, se determinó que también se iniciara procedimiento administrativo en contra del propio Director Ejecutivo.

Con base en lo expuesto, se concluye que los procesos administrativos se llevaron a cabo bajo la documentación e información generada durante la revisión, además conforme al manual de procedimientos que contiene en forma integral las funciones que intervienen en cada una de las actividades de los servidores públicos, a efecto de establecer con precisión los tramos de operación y el personal responsable de la función.

En materia de organización es necesario llevar cabo un análisis detallado de la estructura operativa de la Coordinación Administrativa de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, a efecto de verificar la efectividad de las líneas de mando y de los mecanismos de control, supervisión y toma de decisiones.

La Coordinación Administrativa del Registro Federal de Electores deberá fortalecer los mecanismos de supervisión y control de los recursos ministrados por los distintos órganos desconcentrados, así como los procedimientos para obtener la documentación comprobatoria del gasto y en su caso, proceder a realizar el reintegro del recurso a través de las fichas de depósito debidamente requisitadas. La documentación comprobatoria debe contar con todos los requisitos administrativos y fiscales, conforme a los lineamientos emitidos al respecto, además debe de especificarse y responsabilizar a cada uno de los servidores públicos que intervinieron en la ejecución y comprobación del gasto, así como de las tareas operativas correspondientes.

ACCIONES

La Dirección de Auditoría Técnica, conforme a los procedimientos establecidos, informó de estos hechos a la Dirección de Responsabilidades, en donde previo análisis y valoración de los mismos determinó iniciar en contra de cinco servidores públicos identificados como presuntos responsables el procedimiento administrativo previsto en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, los resultados de estos procedimientos se consignan en el apartado de Quejas y Denuncias. Asimismo, al presente informe se acompaña como Anexo Unico, el informe que emitió la Contraloría Interna, en relación con las sanciones aplicadas a funcionarios de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.

El informe de auditoría que contendrá las medidas correctivas y preventivas que este órgano de control estima conveniente se instrumenten para fortalecer las medidas de control interno, será remitido para conocimiento del Consejero Presidente y de la Comisión de Contraloría Interna; asimismo, al Secretario Ejecutivo para la acciones Institucionales que resulten procedentes.

5. DIRECCION EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES

Auditoría al cumplimiento del Contrato No. 320/2000 Servicios de Actualización Tecnológica del Medio de Almacenamiento donde reside la Base de Imágenes del Padrón.

En el informe correspondiente al primer trimestre del año en curso, se reportó un avance en esta auditoría del 70%, los resultados obtenidos se presentan a continuación.

PERIODO DE REVISION

Vigencia del contrato del 24 de noviembre al 31 de diciembre del 2000.

OBJETIVO

Constatar que el procedimiento licitatorio para la adquisición de los servicios en comento, se haya efectuado conforme al marco normativo legal en la materia.

Verificar el cumplimiento en tiempo y forma de los servicios contratados al amparo del contrato No. 320/2000 celebrado entre el Instituto Federal Electoral y la empresa Qualita Sistemas S. A. De C. V. para los Servicios de Actualización Tecnológica del Medio de Almacenamiento donde reside la Base de Imágenes del Padrón, Migración y Adecuación de los Sistemas de Integración y Explotación de la misma.

ALCANCE

Se llevó a cabo el análisis de los aspectos técnicos solicitados en las bases de licitación, así como de los documentos soportes que avalan las diferentes fases de la misma.

Con base en el clausulado del Contrato No. 320/2000, se solicitó información a la Dirección de Producción de la Coordinación de Control del Padrón Electoral, para verificar el cumplimiento de las fechas de entrega e instalación del equipo adquirido, migración de la Base de Imágenes, puesta en operación en los Centros Regionales de Cómputo y por último el otorgamiento de los cursos de capacitación al personal de la Jefaturas de Soporte Técnico de los Centros Regionales de Computo y oficinas centrales.

Con la finalidad de tener información de la operación real del hardware y software adquirido, se realizaron visitas a algunos de los Centros Regionales de Cómputo.

RESULTADOS

Después de llevar a cabo el análisis de la información proporcionada por la Dirección de Producción, se constató que ninguno de los objetivos del proyecto se llevaron a cabo dentro de los tiempos que éste establece y el retraso del proyecto a la fecha del presente informe es de 6 meses.

Tampoco se llevó a cabo por parte de la Coordinación de Control del Padrón Electoral las gestiones necesarias para suscribir los instrumentos legales que prorrogaran el contrato en comento.

Al mes de junio se corroboró que los Centros Regionales de Cómputo ya disponen de la base de imágenes migrada a la nueva plataforma de acuerdo al proyecto, sin embargo aún no se han expedido las constancias de liberación del mismo en virtud de que aún no disponen de la versión final del software y documentación que se requiere para el almacenamiento de las imágenes en la nueva plataforma informática. Cabe destacar que derivado de la visita al Centro Regional de Cómputo en Villahermosa Tab., el día 25 de junio del presente, se observó que se encontraban realizando el muestreo del 10% de la base de imágenes migrada, para confronta con los documentos originales (constancias de entrega de credencial) y con ello asegurar que dicho servicio se hubiese realizado correctamente.

De acuerdo a la información proporcionada los retrasos se debieron a solicitudes hechas por parte del personal del Instituto Federal Electoral y no de la empresa proveedora, sin embargo se carecen de documentos que oficialicen estas demoras.

En razón de lo anterior se estima que debieron aplicarse al proveedor las sanciones establecidas en las cláusulas de penalización del contrato de referencia.

CONCLUSIONES

No obstante las exigencias con las que se establecieron las fechas en las bases de licitación para la puesta en operación del proyecto, es obvio que dicho retraso repercutió en el alcance de las metas y objetivos que se establecieron para ese proyecto, situación que fue propiciada por una falta de planeación, organización y supervisión.

Por lo anterior, se estima que se debieron aplicar a la empresa Qualita Sistemas S.A. de C.V., sanciones por incumplimiento del contrato suscrito entre el Instituto y dicho proveedor; asimismo, se deberán fincar las responsabilidades que correspondan a los servidores públicos que coordinaron el proyecto por parte de este Instituto.

ACCIONES

El informe de auditoría se encuentra en proceso de revisión para su difusión.

6. DIRECCION EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES.

Auditoría al cumplimiento del Contrato No. 134/2000 Solución Integral para la Detección de Rostros Similares o Posibles Duplicados en el Padrón Electoral y; Pedido-Contrato IFE/0878/2000 Licencia de Uso Ilimitado Faceit para la Vectorización de las Imágenes del Padrón Electoral.

En el informe correspondiente al primer trimestre del año en curso, se reportó un avance en esta auditoria del 60%, los resultados obtenidos se presentan a continuación.

PERIODO DE REVISION

Enero del 2000 a Abril del 2001.

OBJETIVO

Revisar el proceso administrativo de adquisición y el cabal cumplimiento de los contratos que se efectuaron para llevar a cabo el programa para la detección de rostros similares y posibles duplicados.

ALCANCE

Con base en el programa de trabajo, la revisión consistió en la verificación del proceso de la Licitación Pública Internacional IFE-00100001-011/2000 "ADQUISICIÓN DE UN SISTEMA DE COMPARACION DE IMAGENES DEL PADRON ELECTORAL" y el cumplimento del contrato 134/2000 suscrito entre la compañía METADATA S.A. DE C.V. y el INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL. Así también, se revisaron los elementos que impulsaron la adquisición de la licencia de uso por tiempo ilimitado de la herramienta informática llamada "FACEIT", la cual fue otorgada mediante la Licitación Pública Internacional IFE-00100001-053/2000 y la firma del Pedido-Contrato IFE/0878/2000.

RESULTADOS PRELIMINARES

Al valorar la documentación proporcionada para la acreditación de cada uno de los puntos a revisar se detectaron datos incompletos y algunas inconsistencias como a continuación menciona:

Salvo algunas excepciones la documentación que avala el cumplimiento del contrato no cuenta con las firmas de recepción necesarias.

No existe un Plan detallado en donde se muestre el desarrollo y implementación del Sistema adquirido.

En respuesta a la solicitud de documentos que certifiquen la liberación y terminación del proyecto se entregó a este Órgano de Control con documentos que no corresponden al requerimiento.

No se entrego evidencia documental de que el sistema hubiese estado en funcionamiento, tales como reportes o estadísticas de uso.

No se proporcionó documentación alguna que sustente la necesidad de la adquisición del Software para reconocimiento de rostros "FACEIT"

Hasta el momento de la revisión no existía un documento validado por las autoridades del Instituto que sustente la adquisición de la licencia de uso por tiempo indeterminado del software "FACEIT"

El resultado preliminar de la revisión practicada indica posibles deficiencias administrativas y técnicas durante el periodo de vigencia del Contrato; no existen firmas en los documentos presentados por lo que no es posible determinar quien o quienes fueron los encargados del seguimiento del cumplimiento de lo que se contrato.

Las deficiencias administrativas que se detectaron durante la revisión son las siguientes:

En las deficiencias técnicas enumeramos las siguientes:

ACCIONES

Debido a que el proyecto de vectorización y comparación de imágenes no ha sido concluido, este órgano de control esta en espera de la liberación de los sistemas para entonces contar con los elementos suficientes para emitir el informe final.

7. JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE JALISCO

ANTECEDENTES

Con fecha 7 de mayo del año en curso, el Vocal Ejecutivo consulta al Contralor Interno del Instituto Federal Electoral, respecto de la adquisición de 10 mesas para equipo de cómputo que el Jefe de Recursos Materiales y Servicios de esa Junta Local, efectuó para la Vocalía del Registro Federal de Electores, sin la autorización correspondiente para ejercer el capítulo 5000.

Por otra parte, con fecha 8 de mayo del 2001, el Vocal Secretario de la misma Junta Local informa al Vocal Ejecutivo, que derivado del acta administrativa de entrega recepción de la Vocalía Ejecutiva, concretamente en el anexo no. 9, se tiene un pasivo que asciende a la cantidad de $525,971, por compromisos que se generaron en la Jefatura de Recursos Materiales y Servicios al amparo del oficio núm. V.E. 021/01 de fecha 30 de enero del presente año, con el cual el anterior Vocal Ejecutivo, le informa al Coordinador Administrativo, que a partir de esa fecha toda solicitud de servicios y/o compra de bienes de consumo, deberá ser tramitada ante el Jefe del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, a efecto de ser analizados y autorizados por el mismo.

A su vez. el Vocal Ejecutivo informa al Secretario Particular del Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, que en el acta administrativa de entrega recepción, mediante la cual se hizo formalmente cargo de la Junta Local Ejecutiva en ese Estado el pasado 3 de mayo del presente año, en el inciso 4 se hace mención que existen documentos por pagar a proveedores de bienes y servicios por el importe arriba citado. Asimismo, que a partir del primero de noviembre del año pasado, se han pagado 37 cheques a nombre del proveedor Servicio Profesional de Equipos Electrónicos, S.A. de C.V., y también hace mención que con la factura. núm. 6818 de fecha 12 de diciembre del 2000, se efectuó un pago $12,451, por concepto de servicio correctivo y preventivo a 27 maquinas de escribir, mismo que a la fecha no se ha realizado.

Por último, expuso el caso de un proveedor a quién se adquirió mobiliario, (capítulo 5000) sin la autorización correspondiente, y al comentarse con el Jefe de Recursos Materiales que no se contaba con la autorización, este solicitó al proveedor un simple cambio de factura por el mismo importe del mobiliario, pero diferente concepto (cartuchos de toner).

Con base en el análisis de los antecedentes referidos, este órgano de control consideró que algunos hechos pueden ser constitutivos de faltas a la normatividad, en razón de lo cual se le comunicó al Vocal Ejecutivo de la Junta Local en el estado de Jalisco, que se efectuaría una auditoría especial a esa Junta Local, a efecto de determinar las posibles faltas a la normatividad en los hechos antes descritos.

OBJETIVOS

De conformidad con los hechos enunciados, la Contraloría Interna se planteó los siguientes objetivos:

  1. Verificar que los pasivos por $525,971, se encuentren debidamente soportados con documentación y que los bienes y/o servicios que se describen en ellos hallan sido recibidos a satisfacción de la Junta Local Ejecutiva, revisando las fechas en que estos fueron contraídos.
  2. Obtener la documentación suficiente que acredite la adquisición de mobiliario y equipo consistente en 10 mesas para computadora y verificar físicamente la existencia de las mismas.
  3. Identificar los 37 cheques y sus respectivas facturas pagadas al proveedor Servicio Profesional de Equipos Electrónicos, S.A. de C.V., verificando que los bienes y/o servicios hayan sido efectivamente recibidos por la Junta Local.
  4. Verificar que las adquisiciones se hayan realizado conforme a los procedimientos y normatividad establecida que para el efecto dicto la Dirección Ejecutiva de Administración.
  5. Obtener la información y evidencias documentales suficientes, que permitan acreditar los presuntos hechos de incumplimiento a la normatividad por parte de los funcionarios de la Junta Local Ejecutiva y demás funcionarios que pudieran resultar responsables.

RESULTADOS

Esta revisión especial fue concluida el pasado 13 de junio y a la fecha del presente reporte, se encuentra en proceso de análisis la documentación recabada en la Junta Local Ejecutiva, para la elaboración del informe de resultados correspondiente, mismo que será presentado en el siguiente reporte trimestral.

8. DIRECCION DE RECURSOS FINANCIEROS DE LA DIRECCION EJECUTIVA DE ADMINISTRACION

ANTECEDENTES

Dentro de la auditoría realizada en el trimestre octubre-diciembre del 2000, al rubro de presupuesto gasto corriente que este órgano de control practicó en la Dirección de Recursos Financieros, se encontraron algunos indicios de irregularidades en la documentación comprobatoria de viáticos otorgados a personal técnico operativo adscrito a la citada Dirección; situación que a juicio de los auditores hizo necesario llevar a cabo otros procedimientos para corroborar la autenticidad de los documentos que respaldaban las comisiones oficiales de ese personal, incluyendo el uso de los boletos de avión correlativos a las mismas.

En primer término se solicitó información a las aerolíneas respecto de la utilización de los boletos aéreos que se expidieron al personal comisionado del Instituto de los casos observados, con el propósito de conocer si habían sido utilizados conforme a las fechas, horarios y destinos que en ellos se consignaban. La información que proporcionaron las aerolíneas mostró que dichos boletos no se encontraban utilizados a la fecha de su respuesta.

Estos datos llevaron a la Contraloría Interna a profundizar en la investigación, determinándose necesario realizar la verificación sobre la autenticidad de las constancias de desempeño de comisión presuntamente expedidas por las Juntas Locales donde presuntamente se realizaron las comisiones.

En tal sentido, personal de esta Contraloría Interna se trasladó a cinco Juntas Locales Ejecutivas, en donde se realizaron entrevistas con los funcionarios que habían suscrito las constancias de desempeño de comisión, derivado de lo cual se instrumentaron actas administrativas, principalmente de los Coordinadores Administrativos de esas Juntas Locales, quienes manifestaron que las constancias de desempeño les habían sido solicitadas telefónicamente por personal de la Dirección Recursos Financieros, bajo diversos argumentos, señalando que se las pedían con su sola firma y el sello de la Junta Local, es decir, sin llenar los demás datos que requiere el formato como el nombre del comisionado, adscripción, lugar y período de la comisión, entre otros; también manifestaron que accedieron a enviar las constancias debido a que las requería una instancia a la que consideran como autoridad superior.

Finalmente, a pregunta expresa, señalaron que el personal comisionado cuyas constancias de desempeño les fueron mostradas, no se presentaron en esas Juntas Locales a realizar la comisión o actividades que se describen en dichos documentos.

Con base en estos elementos de información se determinó la posible existencia de irregularidades en el otorgamiento y comprobación de viáticos y pasajes aéreos de 15 casos de personal técnico operativo, con la presunta participación de funcionarios de mando medio.

ACCIONES

La Dirección de Auditoría Financiera, conforme al procedimiento establecido, procedió a informar de los hechos detectados a la Dirección de Responsabilidades, en donde previo análisis y valoración de los mismos, se determinó iniciar los procedimientos administrativos respectivos.

III. AUDITORIAS TECNICAS

Durante el período que se informa se iniciaron y concluyeron las siguientes auditorías:

1. CENTRO REGIONAL DE COMPUTO EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA.

PERIODO DE REVISION

Enero del 2000 a Junio del 2001.

OBJETIVOS

Comprobar que las herramientas informáticas, equipos y programas de cómputo se utilizan bajo criterios que permiten garantizar la continuidad de la operación, la seguridad de la información y, la calidad, confidencialidad y certeza de la información almacenada en la base de imágenes del Padrón Electoral; así como su consistencia con los documentos fuente que amparan la actualización de las imágenes de los ciudadanos que recibieron su credencial para votar con fotografía (constancias de entrega de credenciales).

Constatar la existencia de medidas de seguridad física y lógica orientadas a la salvaguarda del personal, de los activos informáticos y de los productos generados por el Centro de Cómputo.

ALCANCE

Con base en el programa de trabajo, la revisión consistió en la verificación de los procedimientos operativos y mecanismos de control y seguridad aplicados en el Centro Regional de Cómputo y en particular al departamento de Soporte Técnico para el procesamiento de la información electoral que actualiza la base de imágenes del Padrón Electoral (constancias de entrega de credenciales a los ciudadanos).

La revisión consideró el análisis de una muestra de 614 imágenes almacenadas en la base de datos de imágenes la cual dispone actualmente de 2,953,870 registros en concordancia con la base de datos del Padrón Electoral del estado.

RESULTADOS

Al término de la revisión se elaboró la cédula de observaciones y recomendaciones, en la que se plasmaron tres observaciones que se refieren a aspectos de seguridad.

En el primer caso, se identificó que los respaldos de información del Padrón Electoral que se resguardan en la bóveda bancaria de seguridad no se llevan a cabo con la frecuencia que establece el Manual de Normas y Procedimientos para los Centros Regionales de Cómputo, así mismo la actualización de los claves de acceso a los equipos en donde se encuentra el Padrón Electoral e información que actualiza este no se llevan a cabo con la periodicidad que establece el manual de normas antes referido, así como no disponen de un control interno que registre el inventario de respaldos que se encuentren archivados en la cintoteca.

CONCLUSIONES

Del resultado de la auditoría practicada, se constató la existencia de controles y procedimientos razonables tanto en el procesamiento de la información de actualización a la base de imágenes del Padrón Electoral, como en la seguridad de la información, sin embargo es necesario apegarse a la periodicidad que establece la normatividad en materia de "POLITICAS DE ADMINISTRACION Y SEGURIDAD DE LA INFORMACION" como lo establece el Manual de Normas y Procedimientos del Centro Regional de Cómputo.

ACCIONES

Con base en los compromisos establecidos en la Cédula de Observaciones y Recomendaciones de la auditoría, la Dirección de Control y Evaluación dará seguimiento a la atención que el área auditada dé a las medidas correctivas, hasta su total conclusión.

2. CENTRO REGIONAL DE COMPUTO EN EL ESTADO DE OAXACA.

PERIODO DE REVISION

Enero del 2000 a Junio del 2001.

OBJETIVOS

Comprobar que las herramientas informáticas, equipos y programas de cómputo se utilizan bajo criterios que permiten garantizar la continuidad de la operación, la seguridad de la información y, la calidad, confidencialidad y certeza de la información almacenada en la base de imágenes del Padrón Electoral; así como su consistencia con los documentos fuente que amparan la actualización de las imágenes de los ciudadanos que recibieron su credencial para votar con fotografía (constancias de entrega de credenciales).

Constatar la existencia de medidas de seguridad física y lógica orientadas a la salvaguarda del personal, de los activos informáticos y de los productos generados por el Centro de Computo.

ALCANCE

Con base en el programa de trabajo, la revisión consistió en la verificación de los procedimientos operativos y mecanismos de control y seguridad aplicados en el Centro Regional de Cómputo y en particular al departamento de Soporte Técnico para el procesamiento de la información electoral que actualiza la base de imágenes del Padrón Electoral (constancias de entrega de credenciales a los ciudadanos).

La revisión consideró el análisis de una muestra de 496 imágenes almacenadas en la base de datos de imágenes la cual dispone actualmente de 1,960,000 registros en concordancia con la base de datos del Padrón Electoral del estado.

Dicha muestra fue confrontada con los documentos originales de la constancia de entrega de credencial, a fin de verificar que las imágenes seleccionadas correspondieran puntualmente a la de los documentos fuente.

RESULTADOS

Al término de la revisión se elaboró la cédula de observaciones y recomendaciones, en la que se plasmaron cinco observaciones, cuatro de ellas relacionadas con aspectos de seguridad y una adicional en materia de operación.

En el primer caso, se identificó que los respaldos de información del Padrón Electoral que se resguardan en la bóveda bancaria de seguridad no se llevan a cabo con la frecuencia que establece el Manual de Normas y Procedimientos para los Centros Regionales de Cómputo, así mismo la actualización de las claves de acceso a los equipos en donde se encuentra el Padrón Electoral e información que actualiza este no se llevan a cabo con la periodicidad que establece el manual de normas antes referido. Respecto a la seguridad, se observó que el acceso a los extintores no permitirá su uso oportuno en caso de incendio; por último el personal del Centro Regional de Cómputo no porta el gafete de identificación dentro de las instalaciones de dicho centro.

Con relación a la operación se observaron deficiencias no relevantes respecto a los procedimientos que se elaboran en ese centro de cómputo, ya que estos carecen de las firmas que formalizan su elaboración, visto bueno y autorización de los mismos.

CONCLUSIONES

Del resultado de la auditoría practicada, se constató la existencia de controles y procedimientos razonables tanto en el procesamiento de la información de actualización a la base de imágenes del Padrón Electoral, como en la seguridad de la información, sin embargo es necesario apegarse a la periodicidad que establece la normatividad en materia de "POLITICAS DE ADMINISTRACION Y SEGURIDAD DE LA INFORMACION" como lo establece el Manual de Normas y Procedimientos del Centro Regional de Cómputo.

ACCIONES

Con base en los compromisos establecidos en la Cédula de Observaciones y Recomendaciones de la auditoría, la Dirección de Control y Evaluación dará seguimiento a la atención que el área auditada dé a las medidas correctivas, hasta su total conclusión.

3. CENTRO REGIONAL DE COMPUTO EN EL ESTADO DE SINALOA.

PERIODO DE REVISION

Enero del 2000 a Junio del 2000.

OBJETIVOS

Comprobar que las herramientas informáticas, equipos y programas de cómputo se utilizan bajo criterios que permiten garantizar la continuidad de la operación, la seguridad de la información y, la calidad, confidencialidad y certeza de la información almacenada en la base de imágenes del Padrón Electoral; así como su consistencia con los documentos fuente que amparan la actualización de las imágenes de los ciudadanos que recibieron su credencial para votar con fotografía (constancias de entrega de credenciales).

Constatar la existencia de medidas de seguridad física y lógica orientadas a la salvaguarda del personal, de los activos informáticos y de los productos generados por el Centro de Cómputo.

ALCANCE

Con base en el programa de trabajo, la revisión consistió en la verificación de los procedimientos operativos y mecanismos de control y seguridad aplicados en el Centro Regional de Cómputo y en particular al departamento de Soporte Técnico para el procesamiento de la información electoral que actualiza la base de imágenes del Padrón Electoral (constancias de entrega de credenciales a los ciudadanos).

La revisión consideró el análisis de una muestra de 391 imágenes almacenadas en la base de datos de imágenes la cual dispone actualmente de 1,774,447 registros en concordancia con la base de datos del Padrón Electoral del estado.

RESULTADOS

Al término de la revisión se elaboró la cédula de observaciones y recomendaciones, en la que se plasmaron dos observaciones que se refieren a aspectos de seguridad.

En el primer caso, se identificó que los respaldos de información del Padrón Electoral que se resguardan en la bóveda bancaria de seguridad no se llevan a cabo con la frecuencia que establece el Manual de Normas y Procedimientos para los Centros Regionales de Cómputo, así como también se observó que los servicios de mantenimiento que contrató el C.R.C. no concuerdan con las fechas de servicio que señala la calendarización del contrato.

CONCLUSIONES

Del resultado de la auditoría practicada, se constató la existencia de controles (software, inventarios, respaldos de información, bitácoras, etc.) y procedimientos razonables tanto en el procesamiento de la información de actualización a la base de imágenes del Padrón Electoral, como en la seguridad de la información, sin embargo es necesario apegarse a la periodicidad que establece la normatividad en materia de "POLITICAS DE ADMINISTRACION Y SEGURIDAD DE LA INFORMACION" como lo establece el Manual de Normas y Procedimientos del Centro Regional de Cómputo.

ACCIONES

Con base en los compromisos establecidos en la Cédula de Observaciones y Recomendaciones de la auditoría, la Dirección de Control y Evaluación dará seguimiento a la atención que el área auditada dé a las medidas correctivas, hasta su total conclusión.

4. CENTRO REGIONAL DE COMPUTO EN EL ESTADO DE SONORA.

PERIODO DE REVISION

Enero del 2000 a Junio del 2001.

OBJETIVOS

Comprobar que las herramientas informáticas, equipos y programas de cómputo se utilizan bajo criterios que permiten garantizar la continuidad de la operación, la seguridad de la información y, la calidad, confidencialidad y certeza de la información almacenada en la base de imágenes del Padrón Electoral; así como su consistencia con los documentos fuente que amparan la actualización de las imágenes de los ciudadanos que recibieron su credencial para votar con fotografía (constancias de entrega de credenciales).

Constatar la existencia de medidas de seguridad física y lógica orientadas a la salvaguarda del personal, de los activos informáticos y de los productos generados por el Centro de Cómputo.

ALCANCE

Con base en el programa de trabajo, la revisión consistió en la verificación de los procedimientos operativos y mecanismos de control y seguridad aplicados en el Centro Regional de Cómputo y en particular al departamento de Soporte Técnico para el procesamiento de la información electoral que actualiza la base de imágenes del Padrón Electoral (Constancias de entrega de credenciales a los ciudadanos).

La revisión consideró el análisis de una muestra de 683 imágenes almacenadas en la base de datos de imágenes la cual dispone actualmente de 3,148,447 registros en concordancia con la base de datos del Padrón Electoral del estado.

RESULTADOS

Al término de la revisión se elaboró la cédula de observaciones y recomendaciones, en la que se plasmaron dos observaciones que se refieren a aspectos de seguridad.

En el primer caso, se identificó que los respaldos de información del Padrón Electoral que se resguardan en la bóveda bancaria de seguridad no se llevan a cabo con la frecuencia que establece el Manual de Normas y Procedimientos para los Centros Regionales de Cómputo, así mismo se observó que las puertas magnéticas no se encuentran funcionando como lo indica el manual antes referido..

CONCLUSIONES

Del resultado de la auditoría practicada, se constató la existencia de controles (software, inventarios, respaldos de información, bitácoras, etc.) y procedimientos razonables tanto en el procesamiento de la información de actualización a la base de imágenes del Padrón Electoral, como en la seguridad de la información, sin embargo es necesario apegarse a la periodicidad que establece la normatividad en materia de "POLITICAS DE ADMINISTRACION Y SEGURIDAD DE LA INFORMACION" como lo establece el Manual de Normas y Procedimientos del Centro Regional de Cómputo.

ACCIONES

Con base en los compromisos establecidos en la Cédula de Observaciones y Recomendaciones de la auditoría, la Dirección de Control y Evaluación dará seguimiento a la atención que el área auditada dé a las medidas correctivas, hasta su total conclusión.

5. CENTRO REGIONAL DE COMPUTO EN EL ESTADO DE TABASCO.

PERIODO DE REVISION

Enero del 2000 a Junio del 2001.

OBJETIVOS

Comprobar que las herramientas informáticas, equipos y programas de cómputo se utilizan bajo criterios que permiten garantizar la continuidad de la operación, la seguridad de la información y, la calidad, confidencialidad y certeza de la información almacenada en la base de imágenes del Padrón Electoral; así como su consistencia con los documentos fuente que amparan la actualización de las imágenes de los ciudadanos que recibieron su credencial para votar con fotografía (constancias de entrega de credenciales).

Constatar la existencia de medidas de seguridad física y lógica orientadas a la salvaguarda del personal, de los activos informáticos y de los productos generados por el Centro de Cómputo.

ALCANCE

Con base en el programa de trabajo, la revisión consistió en la verificación de los procedimientos operativos y mecanismos de control y seguridad aplicados en el Centro Regional de Cómputo y en particular al departamento de Soporte Técnico para el procesamiento de la información electoral que actualiza la base de imágenes del Padrón Electoral (Constancias de entrega de credenciales a los ciudadanos).

La revisión consideró el análisis de una muestra de 371 imágenes almacenadas en la base de datos de imágenes, la cual dispone actualmente de 3â368,224 registros en concordancia con la base de datos del Padrón Electoral del estado. Cabe mencionar que en este caso no fue posible confrontar la muestra con los documentos originales de la constancia de entrega de credencial, en virtud de que el Centro Regional de Cómputo se encontraba en proceso de generación de listados nominales para la elección local, por ello, se consideró que con la impresión de las imágenes seleccionadas y con la visualización de estas imágenes en pantalla del Sistema de Digitalización sería suficientemente razonable para verificar la calidad de las imágenes y su disponibilidad en la base de imágenes.

RESULTADOS

Al término de la revisión se elaboró la cédula de observaciones y recomendaciones, en la que se plasmaron cuatro observaciones, dos de ellas relacionadas con aspectos de seguridad y dos más con la operación.

En el primer caso, se identificó que los respaldos de información del Padrón Electoral que se resguardan en la bóveda bancaria de seguridad no se llevan a cabo con la frecuencia que establece el Manual de Normas y Procedimientos para los Centros Regionales de Cómputo, así mismo la asignación y actualización de las claves de acceso a los equipos en donde se encuentra el Padrón Electoral e información que lo actualiza, no se llevan a cabo con la periodicidad que establece el manual de normas antes referido.

Con relación a la operación, se observaron debilidades en cuanto a la ausencia de documentación que describa a detalle el procedimiento aplicado en la generación de respaldos de información, método de reciclado, envío a la bóveda bancaria y condiciones que debe tener la cintoteca en donde se resguardan los respaldos ubicados en ella; adicionalmente, también se observó que las bitácoras de operación de los equipos e inventario de respaldos no disponen de las firmas del personal encargado de su elaboración y supervisión.

CONCLUSIONES

Del resultado de la auditoría practicada, se constató la existencia de controles y procedimientos, no documentados, razonables para el procesamiento de la información que actualiza la base de imágenes del Padrón Electoral y seguridad de la misma, sin embargo la operación del Centro de Cómputo deberá apegarse a los tiempos y rubros que establece la normatividad en materia de "POLITICAS DE ADMINISTRACION Y SEGURIDAD DE LA INFORMACION" como lo establece el Manual de Normas y Procedimientos del Centro Regional de Cómputo.

ACCIONES

Con base en los compromisos establecidos en la Cédula de Observaciones y Recomendaciones de la auditoria, la Dirección de Control y Evaluación dará seguimiento a la atención que el área auditada dé a las medidas correctivas, hasta su total conclusión.

6. CENTRO REGIONAL DE COMPUTO EN EL ESTADO DE YUCATAN.

PERIODO DE REVISION

Enero del 2000 a Junio del 2001.

OBJETIVOS

Comprobar que las herramientas informáticas, equipos y programas de cómputo se utilizan bajo criterios que permiten garantizar la continuidad de la operación, la seguridad de la información y, la calidad, confidencialidad y certeza de la información almacenada en la base de imágenes del Padrón Electoral; así como su consistencia con los documentos fuente que amparan la actualización de las imágenes de los ciudadanos que recibieron su credencial para votar con fotografía (Constancias de entrega de credenciales).

Constatar la existencia de medidas de seguridad física y lógica orientadas a la salvaguarda del personal, de los activos informáticos y de los productos generados por el Centro de Cómputo.

ALCANCE

Con base en el programa de trabajo, la revisión consistió en la verificación de los procedimientos operativos y mecanismos de control y seguridad aplicados en el Centro Regional de Cómputo y en particular al departamento de Soporte Técnico para el procesamiento de la información electoral que actualiza la base de imágenes del Padrón Electoral (constancias de entrega de credenciales a los ciudadanos).

La revisión consideró el análisis de una muestra de 372 imágenes almacenadas en la base de datos de imágenes, la cual dispone actualmente de 1â859,780 registros en concordancia con la base de datos del Padrón Electoral del estado. Dicha muestra fue confrontada con los documentos originales de la constancia de entrega de credencial, a fin de verificar que las imágenes seleccionadas correspondieran puntualmente a la de los documentos fuente.

RESULTADOS

Al término de la revisión se elaboró la cédula de observaciones y recomendaciones, en la que se plasmaron cuatro observaciones, dos que se refieren a aspectos de seguridad y dos más relacionadas con la operación.

En el primer caso, se identificó que los respaldos de información del Padrón Electoral que se resguardan en la bóveda bancaria de seguridad no se llevan a cabo con la frecuencia que establece el Manual de Normas y Procedimientos para los Centros Regionales de Cómputo, así mismo la actualización de las claves de acceso a los equipos en donde se encuentra el Padrón Electoral e información que lo actualiza, no se llevan a cabo con la periodicidad que establece el manual antes referido.

En relación con la operación se observaron deficiencias no relevantes en cuanto al procedimiento que se aplica en el reemplazo de equipo de cómputo derivado del mantenimiento correctivo; también se verificó que los procedimientos documentados por parte del personal del Centro Regional de Cómputo en complemento a lo establecido en el manual de normas del CRC, carece de las firmas que formalicen su elaboración, visto bueno y autorización, dando definitividad a los mismos.

CONCLUSIONES

Con la auditoría practicada, se constató la existencia de controles y procedimientos razonables tanto en el procesamiento de la información que actualiza la base de imágenes del Padrón Electoral, como en la seguridad de la información, sin embargo es necesario apegarse a la periodicidad que establece la normatividad en materia de "POLÍTICAS DE ADMINISTRACION Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN" como lo establece el Manual de Normas y Procedimientos del Centro Regional de Cómputo.

ACCIONES

Con base en los compromisos establecidos en la Cédula de Observaciones y Recomendaciones de la auditoría, la Dirección de Control y Evaluación dará seguimiento a la atención que el área auditada dé a las medidas correctivas, hasta su total conclusión.

7. CENTROS REGIONALES DE IMPRESION, CENTRO NACIONAL DE IMPRESION Y CENTRO NACIONAL DE DISTRIBUCION.

Auditoría a los Controles de Recepción, Uso y Custodia de Papel Seguridad.

PERIODO DE REVISION

Enero del 2000 a mayo del 2001.

OBJETIVOS

Verificar que los controles administrativos y operativos aplicados por los Centros Regionales de Impresión, Centro Nacional de Impresión y Centro Nacional de Distribución para la recepción, uso y custodia del papel seguridad cumplan con el objetivo para el que fueron creados.

Llevar a cabo la cuantificación de las existencias reales de papel seguridad, utilizado en la impresión de los Listados Nominales de los Procesos Locales Electorales y del Proceso Federal del año 2000.

ALCANCE

Se realizaron visitas a los Centros Regionales de Cómputo y de Impresión ubicados en las ciudades de Aguascalientes, Ags., Chihuahua, Chih., Guadalajara, Jal. y Toluca, Mex., así como a los Centros Nacionales de Impresión y Distribución.

En todos los casos se llevó a cabo la inspección física y cuantificación del papel seguridad federal y local en custodia de esos centros, realizándose muestreos del papel para verificar las condiciones físicas en las que se encuentra.

Se llevó a cabo el análisis documental de los movimientos de entradas y salidas de papel seguridad entre los centros nacionales y los regionales, a efecto de consolidar las cifras de papel adquiridas, utilizadas, mermadas y en custodia de los centros antes mencionados.

Se revisaron y verificaron los controles de producción utilizados en los centros de impresión respecto a la cantidad de papel utilizado, merma y desechado en el proceso de impresión de las listas nominales para los procesos locales y proceso federal.

Por último se realizó la compulsa correspondiente con el proveedor que suministra dicho papel (Comercializadora ROVA, S.A. de C.V.) a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores y adicionalmente se concertó una cita en las oficinas del fabricante del papel seguridad en la Ciudad de México (GRUPO COPAMEX).

RESULTADOS

Los controles de producción y de administración con los que dispone cada Centro Regional de Impresión carecen de una estandarización y método de aplicación, situación que propicia que dicha información no pueda ser consolidada en forma eficaz y oportuna.

Respecto al papel seguridad disponible y de desecho, los centros antes citados desconocen cual será el destino final del mismo, en virtud de que hasta el momento la Coordinación de Control del Padrón Electoral no ha emitido instrucciones específicas al respecto.

Se identificó que el proveedor que ganó la licitación para el suministro del papel seguridad para el Proceso Federal del año 2000 fue la empresa COMERCIALIZADORA ROVA S.A. de C.V. misma que continua proveyendo del papel para los procesos locales electorales de los estados a través de las Juntas Locales Ejecutivas o en su defecto los Institutos o Consejos Electorales de los Estados.

En virtud de que la Coordinación de Control del Padrón Electoral dispone del calendario relativo a la ejecución de los procesos locales electorales, hubiese sido factible llevarse a cabo una licitación pública para la adquisición global del papel seguridad necesaria por cada ejercicio presupuestal, en lugar de efectuarse compras parciales del mismo.

De la compulsa realizada al proveedor Comercializadora ROVA, S.A. de C.V. se desprende que dicha empresa no pudo ser localizada en el domicilio que aparece en las facturas expedidas al Instituto y, de acuerdo a las indagatorias del caso, la negociación de referencia es representada por el Sr. Luis Fernando Cagide Ríos, propietario de las empresa Grupo LC México, S.A. de C.V. y LC Promotora de México, S.A. de C.V., empresas que presuntamente prestaron los servicios de revisión de índices a la base de imágenes del Padrón Electoral.

Con base en la visita realizada al fabricante del papel seguridad GRUPO COPAMEX, conviene mencionar que el precio del millar de papel es inferior al que vende Comercializadora ROVA, adicionalmente el propio personal de COPAMEX reconoció al Sr. Cagide como cliente de ellos, añadiendo que dicho grupo está en condiciones de suministrar directamente al Instituto del papel seguridad requerido (FOVI 90 gramos).

CONCLUSIONES

Con base en los controles de producción, es conveniente mencionar que se realizaron compras en exceso de papel seguridad.

No obstante las exigencias en las condiciones de seguridad en las que fue adquirido el papel seguridad para el Proceso Federal del año 2000, los controles de producción presentan deficiencias en cuanto al control exacto del papel utilizado, merma y de deshecho.

En virtud de la diversidad de los controles administrativos y de producción en los Centros Regionales de Impresión, es necesario llevar a cabo un análisis detallado de los procedimientos aplicados para la impresión de los listados nominales, para con ello implementar controles operativos homogéneos que permitan consolidar la información en forma eficiente.

Finalmente, respecto al papel sobrante y de desecho, es necesario establecer lineamientos específicos para el almacenamiento, custodia y destino final del mismo.

ACCIONES

El informe de auditoría se encuentra en proceso de revisión para su difusión.

IV. AUDITORIAS A LOS TRABAJOS DE ADAPTACION Y REMODELACION DE INSTALACIONES.

En el presente capítulo se reporta el avance de las auditorías que respecto de este rubro se iniciaron en trimestres anteriores, así como las que se iniciaron en el período que se informa.

1. AUDITORIA A LAS ADAPTACIONES Y REMODELACIONES DEL INMUEBLE QUE OCUPARA EL CENTRO REGIONAL DE COMPUTO EN MONTERREY.

En el informe del primer trimestre del año 2001 se reportó que las nuevas instalaciones del Centro Regional de Cómputo Monterrey aún no habían sido concluidas.

De lo anterior y de acuerdo a la fecha de terminación de las obras, éstas deberían de haberse concluido el 30 de diciembre del 2000, sin embargo hasta el momento existe un atraso de seis meses conforme a la fecha de conclusión de los trabajos de acuerdo al plazo pactado en el contrato. Esto debido a que en los primeros meses del año fiscal no se contó con recursos para efectuar el pago de estimaciones, además de que las instalaciones de telefonía, aire acondicionado y la acometida eléctrica presentaron problemas en los trámites de su instalación.

Una vez que los trabajos hayan sido terminados en su totalidad, y que el personal del C.R.C ocupe las nuevas instalaciones, esta Unidad Técnica procederá a la realización de la etapa final de la revisión de las obras para elaborar el informe final de auditoría respectivo.

2. AUDITORIA A LAS ADAPTACIONES Y REMODELACIONES DEL INMUEBLE QUE OCUPARA EL CENTRO REGIONAL DE COMPUTO EN QUERETARO.

En el informe del primer trimestre del año 2001 se reportó que las nuevas instalaciones del Centro Regional de Cómputo en Querétaro aún no habían sido concluidas.

De lo anterior y de acuerdo a la fecha de terminación de las obras, éstas deberían de haberse concluido el 30 de diciembre del 2000, sin embargo hasta el momento existe un atraso de seis meses conforme a la fecha de conclusión de los trabajos de acuerdo al plazo pactado en el contrato. Esto debido a que en los primeros meses del año fiscal no se contó con recursos para efectuar el pago de estimaciones, además del atraso considerable que presentó la instalación del transformador de potencia para la acometida eléctrica del C.R.C, de las modificaciones a la fachada del inmueble exigidas por el ayuntamiento y de la telefonía del lugar.

Una vez que los trabajos hayan sido terminados en su totalidad, y que el personal del C.R.C ocupe las nuevas instalaciones, esta Unidad Técnica procederá a la realización de la etapa final de la revisión de las obras, para elaborar el informe final de auditoría respectivo.

3. AUDITORIA A LOS TRABAJOS DE REMODELACION EJECUTADOS EN LAS OFICINAS DE LA JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA 02 EN PICHUCALCO, CHIAPAS.

En el informe del primer trimestre del año 2001 se señala el avance de los trabajos de adaptación y remodelación de esta auditoría, presentándose en este reporte los resultados obtenidos.

OBJETIVO

Verificar que los trabajos efectuados se hayan realizado de acuerdo con los requerimientos y necesidades del Instituto y de conformidad con la mejor calidad de materiales y mano de obra y dentro de los rangos de los costos del mercado, así como en la observancia del marco legal y normativo vigente en la materia.

ALCANCE

La revisión abarcó la documentación del proceso licitatorio y la inspección de campo de los trabajos ejecutados cubriendo la cuantificación de los conceptos y volúmenes más representativos, verificando también que lo pagado corresponda con lo realmente ejecutado y que la obra cumpla con los objetivos y metas del proyecto, así como corroborar el cumplimiento de los términos contractuales.

RESULTADOS

De acuerdo con la revisión efectuada se determinó que la mayoría de los conceptos de obra y los más representativos presentan mala calidad de ejecución de la mano de obra, puesto que en varios de ellos es visible el mal aspecto que dan en su acabado, así mismo se determinó una deductiva por conceptos pagados no ejecutados. En lo que respecta a la normatividad aplicable, en la licitación efectuada se aplicó el procedimiento de adquisiciones en lugar de un procedimiento de obras públicas como correspondía a la naturaleza de los trabajos contratados.

ACCIONES

Se encuentra en proceso la integración del informe final de resultados que contendrá las medidas correctivas y preventivas orientadas a subsanar las inconsistencias encontradas; el informe se hará del conocimiento de la Junta Distrital Ejecutiva para las acciones procedentes y se dará seguimiento de la solventación hasta su total conclusión.

4. AUDITORIA A LOS TRABAJOS DE REHABILITACION EJECUTADOS EN EL INMUEBLE DE LA JUNTA LOCAL EN EL ESTADO DE TABASCO.

En el informe del primer trimestre del año 2001 se señala el avance de los trabajos de adaptación y remodelación de esta auditoría, presentándose en este reporte los resultados obtenidos.

OBJETIVO

Verificar que los trabajos efectuados se hayan realizado de acuerdo con los requerimientos y necesidades del Instituto y de conformidad con la mejor calidad de materiales y mano de obra y dentro de los rangos de los costos del mercado, así como en la observancia del marco legal y normativo vigente en la materia.

ALCANCE

La revisión abarcó la documentación del proceso licitatorio y la inspección de campo de los trabajos ejecutados cubriendo la cuantificación de los conceptos y volúmenes más representativos, verificando también que lo pagado corresponda con lo realmente ejecutado y que la obra cumpla con los objetivos y metas del proyecto, así como corroborar el cumplimiento de los términos contractuales.

RESULTADOS

De acuerdo con la revisión efectuada se determinó que los trabajos no se terminaron en el plazo estipulado en el contrato y que en algunos conceptos de obra no se cumplieron cabalmente las especificaciones pactadas, así mismo se realizaron conceptos extraordinarios que en la autorización de los precios unitarios no se aplicó el procedimiento establecido en las Bases y Normas Generales para la Contratación de Obras Públicas. En lo que respecta a la normatividad aplicable, en la licitación efectuada se aplicó el procedimiento de adquisiciones en lugar de un procedimiento de obras públicas como correspondía a la naturaleza de los trabajos contratados.

CONCLUSIONES

Del resultado de la revisión se determinó que debe realizarse un finiquito para determinar el monto final de la obra, en virtud de que se ejecutaron conceptos extraordinarios, y otros conceptos del catálogo no fueron ejecutados, así mismo se debe formular un convenio modificatorio en plazo y monto a fin de que quede regularizado el incremento que sufrió el contrato en monto y plazo. Conviene también que la Junta Local Ejecutiva aclare porque aceptó los cambios de las especificaciones en algunos conceptos de trabajo, en vista de que éstos no se cumplieron cabalmente; así mismo que informe por qué no se aplicó en el proceso licitatorio el procedimiento correspondiente a obra pública.

ACCIONES

Se encuentra en proceso la integración del informe final de resultados que contendrá las medidas correctivas y preventivas orientadas a subsanar las inconsistencias encontradas; el informe se hará del conocimiento de la Junta Local Ejecutiva para las acciones procedentes y se dará seguimiento de la solventación hasta su total conclusión.

5. AUDITORIA A LAS ADAPTACIONES Y REMODELACIONES DEL INMUEBLE QUE OCUPA LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE GUERRERO.

OBJETIVO

Verificar que los trabajos efectuados se hayan realizado de acuerdo con los requerimientos y necesidades del Instituto y de conformidad con la mejor calidad de materiales y mano de obra y dentro de los rangos de los costos del mercado, así como en la observancia del marco legal y normativo vigente en la materia.

ALCANCE

La revisión abarcó la documentación del proceso licitatorio y la inspección de campo de los trabajos ejecutados cubriendo la cuantificación de los conceptos y volúmenes más representativos, verificando también que lo pagado corresponda con lo realmente ejecutado y que la obra cumpla con los objetivos y metas del proyecto, así como corroborar el cumplimiento de los términos contractuales.

RESULTADOS

De la revisión realizada se determinó que varios conceptos de obra presentan costos demasiados elevados con relación a los estándares del mercado y en otros tienen mala calidad de mano obra. En lo que respecta a la normatividad aplicable, en la licitación efectuada se aplicó el procedimiento de adquisiciones en lugar de un procedimiento de obras públicas como correspondía a la naturaleza de los trabajos contratados.

ACCIONES

Se encuentra en proceso la integración del informe final de resultados que contendrá las medidas correctivas y preventivas orientadas a subsanar las inconsistencias encontradas; el informe se hará del conocimiento de la Junta Local Ejecutiva para las acciones procedentes y se dará seguimiento de la solventación hasta su total conclusión.

6. AUDITORIA A LOS TRABAJOS DE ADECUACION Y REMODELACIÓN QUE SE LLEVARON A CABO CON MOTIVO DEL PROCESO ELECTORAL FEDERAL DEL AÑO 2000, EN LOS INMUEBLES QUE OCUPAN LAS JUNTAS LOCAL Y DISTRITALES EN EL ESTADO DE JALISCO.

OBJETIVO

Verificar que los trabajos efectuados se hayan realizado de acuerdo con los requerimientos y necesidades del Instituto y de conformidad con la mejor calidad de materiales y mano de obra y dentro de los rangos de los costos del mercado, así como en la observancia del marco legal y normativo vigente en la materia.

ALCANCE

La revisión abarcó la documentación del proceso licitatorio y la inspección de campo de los trabajos ejecutados cubriendo la cuantificación de los conceptos y volúmenes más representativos, verificando también que lo pagado corresponda con lo realmente ejecutado y que la obra cumpla con los objetivos y metas del proyecto, así como corroborar el cumplimiento de los términos contractuales.

RESULTADOS PRELIMINARES

Hasta el momento se han realizado cuantificaciones de materiales en sólo una de las Juntas Distritales, la cual ha arrojado variaciones en algunos conceptos pagados de más sin que se haya llegado todavía a su terminación.

Se observó que en la contratación de los trabajos del Distrito 17, no se tomó en cuenta la normatividad de la Ley de Obras Publicas y Servicios relacionados con la mismas, en virtud de que en la ejecución de los trabajos intervinieron tres contratistas sin que se haya firmado el contrato respectivo con cada uno de ellos.

En otros Distritos no se cuenta con la documentación completa del proceso licitatorio y para efectuar los pagos sólo se cuenta con el documento del pedido-contrato de los trabajos sin que el documento especifique claramente el trabajo ejecutado. En lo que respecta a la normatividad aplicable, en la licitación efectuada se aplicó el procedimiento de adquisiciones en lugar de un procedimiento de obras públicas como correspondía a la naturaleza de los trabajos contratados.

CONCLUSIONES

Del resultado que se obtuvo, se determina que la Junta Local Ejecutiva de Jalisco aclare cuales fueron los motivos para que en el Distrito 17 se realizaran trabajos por un monto de $ 176,00.00 sin haberse firmado el contrato correspondiente, así mismo en el Distrito 19 se pagó un volumen de obra mayor al ejecutado; de igual forma que informen por qué no se aplicó en el proceso licitatorio el procedimiento correspondiente a obra pública.

ACCIONES

Una vez concluida la cuantificación a que se hizo referencia, se procederá a la integración del informe final de resultados que contendrá las medidas correctivas y preventivas orientadas a subsanar las inconsistencias encontradas; el informe se hará del conocimiento de la Junta Local Ejecutiva para las acciones procedentes y se dará seguimiento de la solventación hasta su total conclusión.

7. AUDITORIA A LAS ADAPTACIONES Y REMODELACIONES DEL INMUEBLE DE LA VOCALÍA ESTATAL DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES EN EL ESTADO DE PUEBLA.

OBJETIVO

Verificar que los trabajos efectuados se hayan realizado de acuerdo con los requerimientos y necesidades del Instituto y de conformidad con la mejor calidad de materiales y mano de obra y dentro de los rangos de los costos del mercado, así como en la observancia del marco legal y normativo vigente en la materia.

ALCANCE

La revisión abarcó la documentación del proceso licitatorio y la inspección de campo de los trabajos ejecutados cubriendo la cuantificación de los conceptos y volúmenes más representativos, verificando también que lo pagado corresponda con lo realmente ejecutado y que la obra cumpla con los objetivos y metas del proyecto, así como corroborar el cumplimiento de los términos contractuales.

RESULTADOS

De acuerdo a la revisión realizada, se determinó que se ejecutaron conceptos fuera de catálogo por aproximadamente el 15 % adicional al monto original del contrato, cuyos precios unitarios fueron aceptados por la Junta Local Ejecutiva sin que se hubiere aplicado, para su autorización, el procedimiento establecido en las Bases y Normas Generales para la Contratación y Ejecución de Obras Públicas. En lo que respecta a la normatividad aplicable, en la licitación efectuada se utilizó el procedimiento de adquisiciones en lugar de un procedimiento de obras públicas como correspondía a la naturaleza de los trabajos contratados.

ACCIONES

Se encuentra en proceso la integración del informe final de resultados que contendrá las medidas correctivas y preventivas orientadas a subsanar las inconsistencias encontradas; el informe se hará del conocimiento de la Junta Local Ejecutiva para las acciones procedentes y se dará seguimiento de la solventación hasta su total conclusión.

8. AUDITORIA A LOS TRABAJOS DE ADECUACION Y REMODELACION DE LA BODEGA DE CHARCO AZUL PARA LA REUBICACION DEL CENTRO NACIONAL DE IMPRESION.

OBJETIVO

Verificar que los trabajos efectuados se hayan realizado de acuerdo con los requerimientos y necesidades del Instituto y de conformidad con la mejor calidad de materiales y mano de obra y dentro de los rangos de los costos del mercado, así como en la observancia del marco legal y normativo vigente en la materia.

ALCANCE

La revisión abarcó la documentación del proceso licitatorio y la inspección de campo de los trabajos ejecutados cubriendo la cuantificación de los conceptos y volúmenes más representativos, verificando también que lo pagado corresponda con lo realmente ejecutado y que la obra cumpla con los objetivos y metas del proyecto, así como corroborar el cumplimiento de los términos contractuales.

RESULTADOS PRELIMINARES

Se realizó un reporte preliminar sobre las condiciones en que están operando los equipos de aire acondicionado ya que éstos fueron instalados en un medio cerrado y dichos equipos de acuerdo a su diseño requieren tomar aire del exterior para su óptimo funcionamiento.

Debido a que los equipos están operando en un medio cerrado esto les ocasiona un sobrecalentamiento y estos a su vez incrementan la temperatura del aire circundante del medio, mismo aire viciado que es tomado por dichos equipos para suministrar aire de confort al interior del centro, cuyo aire se considera que no reúne los requisitos de calidad de las normas de un aire acondicionado de confort. En lo que respecta a la normatividad aplicable, en la licitación efectuada se aplicó el procedimiento de adquisiciones en lugar de un procedimiento de obras públicas como correspondía a la naturaleza de los trabajos contratados.

CONCLUSIONES

Dadas las condiciones irregulares en que están trabajando los equipos se considera que debe realizarse un estudio de calidad del aire interno, así como tomar la opinión especializada de un tercero en aire acondicionado para que de acuerdo con los resultados que se obtengan se determinen las acciones correctivas que correspondan a fin de que el aire acondicionado del Centro Nacional de Impresión cumpla con los requisitos del alcance del proyecto.

ACCIONES

Una vez concluidos los trabajos se procederá a la integración del informe final de resultados que contendrá las medidas correctivas y preventivas orientadas a subsanar las inconsistencias encontradas; el informe se hará del conocimiento de la Junta Local Ejecutiva para las acciones procedentes y se dará seguimiento de la solventación hasta su total conclusión.

9. AUDITORIA A LOS TRABAJOS DE REMODELACION EJECUTADOS EN LAS OFICINAS DE LOS PISOS 3¡ Y 6¡ DEL EDIFICIO ZAFIRO II, Y EN EL COMEDOR DEL SOTANO DEL EDIFICIO ZAFIRO I.

OBJETIVO

Verificar que los trabajos efectuados se hayan realizado de acuerdo con los requerimientos y necesidades del Instituto y de conformidad con la mejor calidad de materiales y mano de obra y dentro de los rangos de los costos del mercado, así como en la observancia del marco legal y normativo vigente en la materia.

ALCANCE

La revisión abarcó la documentación del proceso licitatorio y la inspección de campo de los trabajos ejecutados cubriendo la cuantificación de los conceptos y volúmenes más representativos, verificando también que lo pagado corresponda con lo realmente ejecutado y que la obra cumpla con los objetivos y metas del proyecto.

RESULTADOS PRELIMINARES

De acuerdo con la revisión efectuada, los trabajos realizados por la Dirección de Recursos Materiales bajo el procedimiento del empleo directo de recursos financieros, materiales y de mano de obra tendrían costos mayores a los de mercado de acuerdo a los presupuestos determinados por la Contraloría Interna; sin embargo, se están evaluando las condiciones particulares en que fueron realizados estos trabajos en los meses previos a la jornada electoral del año 2000 con el propósito de verificar su razonabilidad. También se han identificado algunas insuficiencias en los procedimientos que se llevaron a cabo para las adquisiciones de los materiales y servicios contratados.

ACCIONES

Una vez que se concluyan los trabajos de revisión se procederá a la integración del informe final de resultados que contendrá las medidas correctivas y preventivas orientadas a subsanar las inconsistencias encontradas; el informe se hará del conocimiento de la Dirección Ejecutiva de Administración para las acciones procedentes y se dará seguimiento de la solventación hasta su total conclusión.

V. SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES.

A continuación presentamos un detalle de los trabajos realizados para solventar las recomendaciones formuladas por las auditorías que, en los años 2000 y 2001 ha llevado a cabo la Contraloría Interna en las Juntas Locales, Centros Regionales de Cómputo y Oficinas Centrales.

Auditorías integrales

realizadas en el año 2000 a

Oficinas Centrales

O B S E R V A C I O N E S

 

Emitidas

ATENDIDAS

Responsa-bilidades

Sin

Solventar

En el trimestre

Acumulado

Dirección de Personal

3

0

3

0

0

Dirección de Recursos Financieros

8

0

6

2

0

Dirección De Recursos Materiales y Servicios

3

0

3

0

0

To t a l

14

0

12

2

0

Porcentaje

.00%

0.00%

85.71%

14.29%

0.00%

En el año 2000, la Contraloría Interna emitió diversas recomendaciones derivadas de la auditoría especial practicada por el Despacho Freyssinier Morín, S.C. a las Juntas Locales, habiéndose generado 4 informes de observaciones y recomendaciones, las cuales han sido desahogadas en la forma que a continuación se indica:

Auditoría especial

del año 2000

a Juntas Locales

(Primer informe)

O B S E R V A C I O N E S

No.

Estado

Total

ATENDIDAS

Responsa-bilidades

Sin Solventar

En el trimestre

Acumulado

1

Aguascalientes

2

0

2

0

0

2

Baja California

8

0

8

0

0

3

Baja California Sur

6

0

6

0

0

4

Campeche

5

0

5

0

0

5

Coahuila

2

0

2

0

0

6

Colima

2

0

2

0

0

7

Chiapas

11

0

11

0

0

8

Chihuahua

7

0

7

0

0

9

Distrito Federal

16

0

16

0

0

10

Durango

6

0

6

0

0

11

Guanajuato

11

0

11

0

0

12

Guerrero

6

0

6

0

0

13

Hidalgo

14

0

14

0

0

14

Jalisco

7

0

7

0

0

15

México

19

3

19

0

0

16

Michoacán

8

0

8

0

0

17

Morelos

10

0

10

0

0

18

Nayarit

9

0

9

0

0

19

Nuevo León

5

0

5

0

0

20

Oaxaca

5

0

5

0

0

21

Puebla

6

0

6

0

0

22

Querétaro

8

0

8

0

0

23

Quintana Roo

9

0

9

0

0

24

San Luis Potosí

2

0

2

0

0

25

Sinaloa

13

0

13

0

0

26

Sonora

11

0

10

1

0

27

Tabasco

7

0

7

0

0

28

Tamaulipas

3

0

3

0

0

29

Tlaxcala

5

0

5

0

0

30

Veracruz

9

0

9

0

0

31

Yucatán

4

0

4

0

0

32

Zacatecas

5

0

5

0

0

To t a l

3

240

1

0

Porcentaje

.00%

1.24%

99.59%

0.41%

0.00%

Auditoría especial

del año 2000

a Juntas Locales

(Segundo informe)

O B S E R V A C I O N E S

No.

Estado

 

Total

ATENDIDAS

Responsa-bilidades

Sin Solventar

En el trimestre

Acumulado

1

Aguascalientes

4

0

4

0

0

2

Baja California

9

0

9

0

0

3

Baja California Sur

9

0

9

0

0

4

Campeche

3

0

3

0

0

5

Coahuila

7

0

6

1

0

6

Colima

6

0

6

0

0

7

Chiapas

4

0

4

0

0

8

Chihuahua

4

0

4

0

0

9

Distrito Federal

10

0

10

0

0

10

Durango

8

0

8

0

0

11

Guanajuato

14

0

14

0

0

12

Guerrero

7

0

7

0

0

13

Hidalgo

8

0

8

0

0

14

Jalisco

20

0

20

0

0

15

México

11

1

10

1

0

16

Michoacán

13

0

13

0

0

17

Morelos

6

0

5

1

0

18

Nayarit

7

0

7

0

0

19

Nuevo León

3

0

3

0

0

20

Oaxaca

11

0

10

1

0

21

Puebla

4

0

4

0

0

22

Querétaro

13

0

13

0

0

23

Quintana Roo

10

0

10

0

0

24

San Luis Potosí

2

0

2

0

0

25

Sinaloa

11

0

11

0

0

26

Sonora

10

0

10

0

0

27

Tabasco

7

0

7

0

0

28

Tamaulipas

14

0

14

0

0

29

Tlaxcala

5

0

5

0

0

30

Veracruz

12

0

11

1

0

31

Yucatán

9

0

9

0

0

32

Zacatecas

9

0

9

0

0

To t a l

270

1

265

5

0

Porcentaje

.00%

3.70%

98.15%

1.85%

0.00%

Auditoría especial

del año 2000

a Juntas Locales

(Tercer y Cuarto informes)

O B S E R V A C I O N E S

No.

Estado

 

Total

ATENDIDAS

Responsa-bilidades

Sin Solventar

En el trimestre

Acumulado

1

Aguascalientes

0

0

0

0

0

2

Baja California

8

8

8

0

0

3

Baja California Sur

17

17

17

0

0

4

Campeche

7

0

7

0

0

5

Coahuila

4

4

4

0

0

6

Colima

2

1

2

0

0

7

Chiapas

10

10

10

0

0

8

Chihuahua

12

2

2

0

10

9

Distrito Federal

8

8

8

0

0

10

Durango

6

6

6

0

0

11

Guanajuato

9

9

9

0

0

12

Guerrero

5

5

5

0

0

13

Hidalgo

9

8

9

0

0

14

Jalisco

22

22

22

0

0

15

México

6

5

5

1

0

16

Michoacán

4

4

4

0

0

17

Morelos

8

8

8

0

0

18

Nayarit

0

0

0

0

0

19

Nuevo León

7

7

7

0

0

20

Oaxaca

4

3

3

1

0

21

Puebla

2

2

2

0

0

22

Querétaro

6

6

6

0

0

23

Quintana Roo

7

7

7

0

0

24

San Luis Potosí

0

0

0

0

0

25

Sinaloa

2

2

2

0

0

26

Sonora

9

9

9

0

0

27

Tabasco

12

12

12

0

0

28

Tamaulipas

4

4

4

0

0

29

Tlaxcala

6

6

6

0

0

30

Veracruz

2

2

2

0

0

31

Yucatán

4

2

4

0

0

32

Zacatecas

7

7

7

0

0

To t a l

209

186

197

2

10

Porcentaje

.00%

88.99%

94.26%

0.95%

4.78%

Auditorías integrales realizadas en el año 2001

a Juntas Locales

O B S E R V A C I O N E S

No.

Estado

Total

ATENDIDAS

Responsa-bilidades

Sin

Solventar

En el trimestre

Acumulado

1

Coahuila

12

10

10

0

2

2

Guanajuato

10

0

0

0

10

3

Michoacán

14

8

8

3

3

4

Zacatecas

10

10

10

0

0

 

To t a l

46

28

28

3

15

Porcentaje

.00%

60.87%

60.87%

6.52%

32.61%

Auditorías integrales

realizadas en el año 2001

a Centros Regionales de Cómputo

O B S E R V A C I O N E S

 

Emitidas

ATENDIDAS

Responsa-bilidades

Sin

Solventar

En el trimestre

Acumulado

C.R.C. Aguascalientes

3

3

3

0

0

C.R.C. Chihuahua

12

12

12

0

0

C.R.C. Puebla

8

8

8

0

0

C.R.C. Sinaloa

6

6

6

0

0

C.R.C. Tabasco

8

8

8

0

0

C.R.C. Yucatán

5

5

5

0

0

To t a l

42

42

42

0

0

Porcentaje

.00%

100.00%

100.00%

0.00%

0.00%

VI. QUEJAS Y DENUNCIAS

En este apartado se informa de la atención de las quejas y denuncias administrativas que se promueven en contra de servidores públicos del Instituto, en el período que se reporta se recibieron 28 denuncias, como a continuación se indica:

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 30 / 26 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

2 de abril del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida vía fax a la Contraloría Interna.

 

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

CC. María Araceli Carolina González Rivera y Verónica Vallejo Fernández.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera .

HECHOS: Denuncian presuntas irregularidades atribuibles a servidores públicos adscritos a la Junta Distrital 13 en el estado de Veracruz, en virtud de que, al parecer, no obstante que las denunciantes causaron baja del Instituto el 31 de agosto del 2000, habrían sido cobradas las dos quincenas correspondientes al mes de septiembre de ese año, además, sin causa justificada les fue negada la expedición de una constancia laboral y de retención de impuestos por el periodo que laboraron en el Instituto.

INVESTIGACIÓN: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración para determinar la procedencia de la investigación.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 27 / 27 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

3 de abril del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida vía fax a la Contraloría Interna.

 

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

Anónimo.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa.

HECHOS: Se denuncian presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Junta Distrital 03 en el estado de Tabasco, en virtud de que, al parecer, el servidor público denunciado habría intervenido en la contratación de tres personas como trabajadores del Instituto, con las que presuntamente guarda una relación de parentesco por afinidad, además, habría utilizado un vehículo oficial para fines distintos a los que esta afecto.

 

INVESTIGACIÓN: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración para determinar la procedencia de la investigación.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCIÓN:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 04 / 28 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

5 de abril del 2001.

ORIGEN:

 

 

Denuncia remitida por la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

Lic. Ernesto del Bosque Berlanga, Asesor de la Representación del Partido Acción Nacional ante el Consejo General del Instituto Federal Electoral.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa .

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a servidores públicos adscritos a la Junta Local en el estado de Campeche, en virtud de que, al parecer, existen casos de nepotismo y hostigamiento al personal de ese órgano desconcentrado.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración para determinar la procedencia de la investigación.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con el resultado de la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 15 / 29 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

18 de abril del 2001.

 

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección de Normas y Procedimientos de la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

 

C.P. Carlos Roberto Durán Martínez, Director de Normas y Procedimientos de la Contraloría Interna.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Junta Local en el estado de México, en virtud de que derivado de una auditoría especial que se practicó a ese órgano desconcentrado se detectó que, al parecer, el denunciado y algunos de sus familiares, son socios de una empresa que durante el año 2000 prestó servicios a la citada Junta Local y propietarios de una bodega que otorgaron en arrendamiento a dicho órgano desconcentrado, omitiendo el denunciado informar de esta situación a su superior jerárquico o al Comité de Adquisiciones y Servicios de dicha Junta Local.

INVESTIGACION: Mediante acuerdo emitido con fecha 23 de abril del 2001, con base en el análisis de las presuntas irregularidades denunciadas, se determinó instruir el procedimiento disciplinario al servidor público denunciado, lo que le fue comunicado mediante oficio No. CI/693/2001 de fecha 24 de abril del 2001, en el que se le cita para que tenga verificativo la audiencia prevista en el artículo 64 Fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la cual se llevó a cabo el 9 de mayo del 2001, en la que manifestó lo que a su derecho convino, aportó las pruebas que consideró pertinentes y formuló alegatos.

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 12 / 30 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

26 de abril del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida vía fax a la Contraloría Interna.

 

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

Anónimo.

 

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa.

HECHOS: Se denuncian presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Junta Local en el estado de Guerrero, en virtud de que, al parecer, para comprobar el gasto presenta facturas apócrifas en presunta complicidad con un taller mecánico, el cual presta servicios de mantenimiento al parque vehicular oficial asignado a ese órgano desconcentrado, además, a un servidor público de esa Junta Local se le habría liquidado en el mes de diciembre del 2000, no obstante, en enero del 2001 presumiblemente se le otorgaron viáticos y en febrero fue recontratado en ese órgano desconcentrado.

 

INVESTIGACIÓN: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración para determinar la procedencia de la investigación.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con el resultado de la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 15 / 31 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

8 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección de Control y Evaluación de la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

Lic. José Sheimbaum Yoselevitz, Director de Control y Evaluación de la Contraloría Interna.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y Financiera.

HECHOS: Denuncia irregularidades atribuibles a un ex-servidor público que se encontraba adscrito a la Junta Local en el estado de México, en virtud de que derivado de la auditoría que se practicó a ese órgano desconcentrado se detectó que, al parecer, el denunciado arrendó por tres meses una bóveda de seguridad a la empresa Servicio Panamericano de Protección S.A. de C.V. para el resguardo de 118,832 credenciales de elector, con una superficie de 27 metros cúbicos y con un costo total de $290,483.00, sin embargo, sólo se utilizó una superficie de 5 metros cúbicos, por lo que se estima un exceso de espacio arrendado de aproximadamente 22 metros cúbicos, equivalente a un importe de $233,165.00.

 

INVESTIGACIÓN: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración para determinar la procedencia de la investigación.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con el resultado de la resolución que se emita.

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 32 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

8 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

C.P. Mario López Valdés, Director de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección Ejecutiva de Administración, en virtud de que derivado de la auditoría practicada a esa Dirección Ejecutiva se detectó que, al parecer, el denunciado habría intervenido en el otorgamiento y validación de diversas comisiones sin que se hubiesen realizado.

INVESTIGACION: Mediante acuerdo de fecha 28 de mayo del 2001, se admitió a trámite la denuncia y se ordenó instruir al denunciado el procedimiento disciplinario, por lo que mediante oficio No. CI/859/2001 de fecha 18 de mayo del 2001, le fueron comunicadas las presuntas irregularidades en que incurrió, citándolo para la audiencia prevista en el artículo 64 Fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la cual se llevó a cabo con fecha 29 de mayo del 2001, en la que el presunto responsable manifestó lo que a su derecho convino, aportó las pruebas que consideró pertinentes y formuló alegatos.

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 33 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

8 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

C.P. Mario López Valdés, Director de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección Ejecutiva de Administración, en virtud de que derivado de la auditoría practicada a esa Dirección Ejecutiva se detectó que, al parecer, el denunciado habría intervenido en el otorgamiento y validación de diversas comisiones sin que se hubiesen realizado.

INVESTIGACIÓN: Mediante acuerdo de fecha 11 de junio del 2001, se admitió a trámite la denuncia y se ordenó instruir al denunciado el procedimiento disciplinario, por lo que mediante oficio No. CI/966/2001 de fecha 1¡ de junio del 2001, le fueron comunicadas las presuntas irregularidades en que incurrió, citándolo para la audiencia prevista en el artículo 64 Fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la cual tuvo verificativo el 12 de junio del 2001, en la que el presunto responsable manifestó lo que a su derecho convino, aportó las pruebas que consideró pertinentes y formuló alegatos.

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 34 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

8 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

 

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

C.P. Mario López Valdés, Director de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección Ejecutiva de Administración, en virtud de que derivado de la auditoría practicada a esa Dirección Ejecutiva se detectó que, al parecer, el denunciado habría intervenido en el otorgamiento y validación de diversas comisiones que no se llevaron a cabo.

INVESTIGACION: Mediante acuerdo de fecha 11 de junio del 2001, se admitió a trámite la denuncia y se ordenó instruir al denunciado el procedimiento disciplinario, por lo que mediante oficio No. CI/965/2001 de fecha 31 de mayo del 2001, le fueron comunicadas las presuntas irregularidades en que incurrió, citándolo para la audiencia prevista en el artículo 64 Fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la cual se llevó a cabo con fecha 12 de junio del 2001, en la que el presunto responsable manifestó lo que a su derecho convino, aportó las pruebas que consideró pertinentes y formuló alegatos.

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 35 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

8 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

C.P. Mario López Valdés, Director de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección Ejecutiva de Administración, en virtud de que derivado de la auditoría practicada a esa Dirección Ejecutiva se detectó que, al parecer, simuló una comisión que debió desempeñar en la Junta Local en el estado de Aguascalientes.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración.

 

ESTADO ACTUAL:

Se cuenta con el proyecto de acuerdo y citatorio para emplazar al presunto responsable.

 

RESOLUCIÓN:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 36 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

8 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

C.P. Mario López Valdés, Director de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección Ejecutiva de Administración, en virtud de que derivado de la auditoría practicada a esa Dirección Ejecutiva se detectó que, al parecer, simuló una comisión que debió desempeñar en la Junta Local en el estado de Aguascalientes.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración.

 

ESTADO ACTUAL:

Se cuenta con el proyecto de acuerdo y citatorio para emplazar al presunto responsable.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 37 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

8 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

C.P. Mario López Valdés, Director de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección Ejecutiva de Administración, en virtud de que derivado de la auditoría practicada a esa Dirección Ejecutiva se detectó que, al parecer, simuló una comisión que debió desempeñar en la Junta Local en el estado de Aguascalientes.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración.

 

ESTADO ACTUAL:

Se cuenta con el proyecto de acuerdo y citatorio para emplazar al presunto responsable.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 38 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

8 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

C.P. Mario López Valdés, Director de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección Ejecutiva de Administración, en virtud de que derivado de la auditoría practicada a esa Dirección Ejecutiva se detectó que, al parecer, simuló la practica de algunas comisiones que debió desempeñar en las Juntas Locales de los estados de Campeche y Zacatecas.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración.

 

ESTADO ACTUAL:

Se cuenta con el proyecto de acuerdo y citatorio para emplazar al presunto responsable.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 39 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

8 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

C.P. Mario López Valdés, Director de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección Ejecutiva de Administración, en virtud de que derivado de la auditoría practicada a esa Dirección Ejecutiva se detectó que, al parecer, simuló una comisión que debió desempeñar en la Junta Local en el estado de Campeche.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración.

 

ESTADO ACTUAL:

Se cuenta con el proyecto de acuerdo y citatorio para emplazar al presunto responsable.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 40 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

14 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

C.P. Mario López Valdés, Director de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección Ejecutiva de Administración, en virtud de que derivado de la auditoría practicada a esa Dirección Ejecutiva se detectó que, al parecer, simuló una comisión que debió desempeñar en la Junta Local en el estado de Zacatecas.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración.

 

ESTADO ACTUAL:

Se cuenta con el proyecto de acuerdo y citatorio para emplazar al presunto responsable.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 41 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

14 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

C.P. Mario López Valdés, Director de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección Ejecutiva de Administración, en virtud de que derivado de la auditoría practicada a esa Dirección Ejecutiva se detectó que, al parecer, simuló una comisión que debió desempeñar en la Junta Local en el estado de Zacatecas.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración.

 

ESTADO ACTUAL:

Se cuenta con el proyecto de acuerdo y citatorio para emplazar al presunto responsable.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 42 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

14 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

C.P. Mario López Valdés, Director de Auditoría Financiera de la Contraloría Interna.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección Ejecutiva de Administración, en virtud de que derivado de la auditoría practicada a esa Dirección Ejecutiva se detectó que, al parecer, simuló una comisión que debió desempeñar en la Junta Local en el estado de Zacatecas.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración.

 

ESTADO ACTUAL:

Se cuenta con el proyecto de acuerdo y citatorio para emplazar al presunto responsable.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 43 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

17 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección General Adjunta de Atención Ciudadana de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

C. Celestino Estrada Cárdenas.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Junta Distrital 01 en el estado de Quintana Roo, en virtud de que, al parecer, el denunciado conducía en estado de ebriedad un vehículo oficial propiedad del Instituto e insultó al denunciante cuando circulaba por una Avenida en Cancún, Quintana Roo.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración para determinar su procedencia.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con el resultado de la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 44 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

18 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

De oficio, como resultado de las diligencias practicadas en el expediente No. CI/09/97/2000.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

 

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Se detectaron irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, en virtud de que habría omitido supervisar que el personal sujeto a su dirección verificara que los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de digitalización propiedad del Instituto, se realizaran conforme a lo estipulado en los contratos que celebró este organismo con la empresa Niveles S.A. de C.V. durante los años de 1999 y 2000. Asimismo, habría omitido supervisar que una servidora pública sujeta a su dirección se abstuviera de realizar adquisiciones al carecer de facultades para ello, propiciando con estas omisiones quebrantos patrimoniales en perjuicio del Instituto.

INVESTIGACION: Mediante acuerdo de fecha 23 de mayo del 2001, se admitieron a trámite las presuntas irregularidades detectadas y se ordenó instruir en contra del denunciado el procedimiento disciplinario, en tal virtud, mediante oficio No. CI/893/2001 de fecha 24 de mayo del 2001, se comunicaron al presunto responsable los hechos irregulares que se le atribuyeron, citándolo para la celebración de la audiencia prevista en el artículo 64 Fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la cual se llevó a cabo con fecha 14 de junio del 2001, en la que el presunto responsable manifestó lo que a su derecho convino, aportó las pruebas que consideró pertinentes y formuló alegatos.

 

ESTADO ACTUAL:

Concluido.

 

RESOLUCIÓN:

Con fecha 19 de junio del 2001, se emitió resolución administrativa determinando la existencia de responsabilidad a cargo del servidor público sujeto a procedimiento e imponiéndole la sanción administrativa consistente en destitución del cargo que ocupaba en el Instituto.

 

ACCIONES: Mediante los oficios Nos. CI/1101/2001 y CI/1096/2001, ambos de fecha 19 de junio del 2001, se notificó la resolución administrativa al servidor público sancionado y al Secretario Ejecutivo del Instituto, respectivamente, en el caso de este último con la finalidad de que por su conducto se diera cumplimiento a la citada resolución. Asimismo, se solicitó que de considerarlo procedente se formulara denuncia penal ante la autoridad competente y se le diera vista a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de las posibles irregularidades fiscales en que habrían incurrido algunas empresas.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 45 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

8 de junio del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por la Dirección de Control y Evaluación de la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

Lic. José Sheinbaum Yoselevitz, Director de Control y Evaluación de la Contraloría Interna.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección Ejecutiva de Administración, en virtud de que derivado de la auditoría practicada a esa Dirección Ejecutiva, se detectó que algunos cheques fueron cancelados y no se integró el original del cheque correspondiente debidamente cancelado a las pólizas de diario, además, en algunas pólizas-cheque que amparan diversos pagos, se detectó que algunos de esos pagos fueron recibidos por personas distintas a los beneficiarios, sin que se haya anexado carta poder u otro documento que autorice a un tercero a realizar el cobro respectivo.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración para determinar la procedencia de la investigación.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCIÓN:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 07 / 46 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

12 de junio del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por el Dr. Jaime Cárdenas Gracia, Consejero Electoral del Consejo General del Instituto.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

Lic. Martín Martínez Cortázar, Vocal Ejecutivo de la Junta Local en el estado de Chiapas.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Denuncia presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Junta Local en el estado de Chiapas, en virtud de que, al parecer, el denunciado tramitó indebidamente un boleto de avión con cargo al Instituto, además, habría afectado el funcionamiento del Subcomité de ese órgano desconcentrado y adquirido insumos que no cubrían las necesidades, por lo que tuvieron que ser devueltos.

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración para determinar la procedencia de la investigación.

ESTADO ACTUAL:

Se cuenta con el proyecto de acuerdo y oficio en los que se determina que esas conductas vulneran el Estatuto del Servicio Profesional Electoral, por lo que se deberá iniciar el procedimiento estatutario correspondiente.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con el resultado de la investigación que se practique.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 16 / 47 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

14 de junio del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida vía fax a la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

Anónimo.

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Se denuncian presuntas irregularidades atribuibles a servidores públicos adscritos a la Junta Local en el estado de Michoacán, en virtud de que, al parecer, existen facturas que amparan la renta de equipo de cómputo que fue utilizado durante la jornada electoral del 2000, sin embargo, dicho equipo habría sido adquirido y no rentado. Asimismo, existe una factura que ampara el cambio de motor a un vehículo oficial, pero presumiblemente sólo se trató de la prestación de un servicio menor y dicha unidad continúa presentando fallas mecánicas. Adicionalmente, los denunciados habrían permitido que un servidor público que ocupaba una plaza del gobierno de esa entidad y que causó baja el 30 de septiembre del 2000, continuara cobrando durante el mes de agosto de ese año.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración para determinar la procedencia de la investigación.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con el resultado de la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 09 / 48 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

25 de junio del 2001.

ORIGEN:

 

De oficio, como resultado de las diligencias practicadas en el expediente No. CI/09/32/2001.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

 

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa y financiera.

HECHOS: Se detectaron presuntas irregularidades atribuibles a un servidor público adscrito a la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección Ejecutiva de Administración, en virtud de que derivado de la auditoría practicada a esa Dirección Ejecutiva se detectó que, al parecer, simuló algunas comisiones que debió desempeñar en las Juntas Locales en el estados de Aguascalientes y Zacatecas.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración.

 

ESTADO ACTUAL:

Se cuenta con el proyecto de acuerdo y citatorio para emplazar al presunto responsable.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 01 / 49 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

25 de junio del 2001.

ORIGEN:

 

De oficio, como resultado de las diligencias practicadas en el expediente No. CI/09/32/2001.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

 

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa.

HECHOS: Expidió cuatro constancias del desempeño de la comisión a favor de personal adscrito a la Dirección de Recursos Financieros del Instituto, sin que se realizaran las comisiones correspondientes, lo que propició que al simular esas comisiones se ocasionara un quebranto patrimonial al Instituto por un importe de $21,703.03.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración para determinar su procedencia.

 

ESTADO ACTUAL:

Se cuenta con el proyecto de acuerdo y citatorio para emplazar al presunto responsable.

 

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 04 / 50 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

25 de junio del 2001.

ORIGEN:

 

De oficio, como resultado de las diligencias practicadas en el expediente No. CI/09/32/2001.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

 

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa.

HECHOS: Expidió dos constancias del desempeño de comisiones a favor de personal adscrito a la Dirección de Recursos Financieros del Instituto, sin que se realizaran las comisiones correspondientes, lo que propició que al simular esas comisiones se ocasionara un quebranto patrimonial al Instituto por un importe de $24,114.00.

 

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración para determinar su procedencia.

 

ESTADO ACTUAL:

Se cuenta con el proyecto de acuerdo y citatorio para emplazar al presunto responsable.

 

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 14 / 51 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

25 de junio del 2001.

ORIGEN:

 

De oficio, como resultado de las diligencias practicadas en el expediente No. CI/09/32/2001.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

  

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa.

HECHOS: Expidió dos constancias del desempeño de comisiones a favor de personal adscrito a la Dirección de Recursos Financieros del Instituto, sin que se realizaran las comisiones correspondientes, lo que propició que al simular esas comisiones se ocasionara un quebranto patrimonial al Instituto por un importe de $13,293.58.

 

INVESTIGACION: Mediante acuerdo de fecha 27 de junio del 2001, se admitió a trámite la denuncia y se ordenó instruir en contra del servidor público presunto responsable el procedimiento disciplinario, por lo que mediante oficio No. CI/1168/2001 de fecha 28 de junio del 2001, le fueron comunicadas las presuntas irregularidades en que incurrió, citándolo para la audiencia prevista en el artículo 64 Fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 20 / 52 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

25 de junio del 2001.

ORIGEN:

 

De oficio, como resultado de las diligencias practicadas en el expediente No. CI/09/32/2001.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

  

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa.

HECHOS: Expidió dos constancias del desempeño de comisiones a favor de personal adscrito a la Dirección de Recursos Financieros del Instituto, sin que se realizaran las comisiones correspondientes, lo que propició que al simular esas comisiones se ocasionara un quebranto patrimonial al Instituto por un importe de $9,999.82.

 

INVESTIGACION: Mediante acuerdo de fecha 27 de junio del 2001, se admitió a trámite la denuncia y se ordenó instruir en contra del servidor público presunto responsable el procedimiento disciplinario, por lo que mediante oficio No. CI/1166/2001 de fecha 28 de junio del 2001, le fueron comunicadas las presuntas irregularidades en que incurrió, citándolo para la audiencia prevista en el artículo 64 Fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / 32 / 53 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA QUEJA:

 

25 de junio del 2001.

ORIGEN:

 

De oficio, como resultado de las diligencias practicadas en el expediente No. CI/09/32/2001.

NOMBRE DEL QUEJOSO

O DENUNCIANTE:

 

 

TIPO DE QUEJA O DENUNCIA:

 

Administrativa.

HECHOS: Expidió cuatro constancias del desempeño de comisiones a favor de personal adscrito a la Dirección de Recursos Financieros del Instituto, sin que se realizaran las comisiones correspondientes, lo que propició que al simular esas comisiones se ocasionara un quebranto patrimonial al Instituto por un importe de $17,779.32.

 

INVESTIGACION: Mediante acuerdo de fecha 27 de junio del 2001, se admitió a trámite la denuncia y se ordenó instruir en contra del servidor público presunto responsable el procedimiento disciplinario, por lo que mediante oficio No. CI/1167/2001 de fecha 28 de junio del 2001, le fueron comunicadas las presuntas irregularidades en que incurrió, citándolo para la audiencia prevista en el artículo 64 Fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCION:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

Durante este período se emitieron 7 resoluciones administrativas en el ámbito de quejas y denuncias, 1 de las cuales quedó consignada en el presente apartado, los 6 casos restantes se enuncian a continuación:

VII. INCONFORMIDADES.

Durante el período que se reporta, esta Contraloría Interna recibió una inconformidad en contra de actos derivados del fallo de la Licitación Pública Nacional No. 00100020-005-01, convocada por este Instituto a través de la Junta Local Ejecutiva en el estado de Nuevo León.

EXPEDIENTE:

 

C.I. / I / 001 / 2001.

FECHA DE RECEPCION

DE LA INCONFORMIDAD:

 

22 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Inconformidad presentada ante la Dirección General de Inconformidades de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

NOMBRE DEL PROVEEDOR

INCONFORME:

 

Distribuidora Reyes G. S.A. de C.V.

TERCEROS PERJUDICADOS:

 

Equipo y Materiales para el Comercio en General y/o C.P. ANTONIO KURI NAVARRO.

HECHOS: Se señalan presuntas irregularidades en contra de actos derivados del fallo de la Licitación Pública Nacional No. 00100020-005-01, convocada por este Instituto a través de la Junta Local Ejecutiva en el estado de Nuevo León para el arrendamiento de equipo de fotocopiado.

INVESTIGACION: Con fecha 29 de junio del 2001, se admitió a trámite la inconformidad promovida, ordenándose correrle traslado de la citada inconformidad a la negociación Equipo y Materiales para el Comercio en General y/o C.P. ANTONIO KURI NAVARRO a efecto de que manifestara por escrito lo que a sus intereses conviniera en relación con la citada inconformidad.

ESTADO ACTUAL:

En trámite

 

RESOLUCIÓN:

Pendiente

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

VIII. PROCEDIMIENTOS DE SANCION A PROVEEDORES

Durante el trimestre que se reporta, esta Contraloría Interna recibió 4 casos de incumplimiento de proveedores-ganadores, en concursos convocados por el Instituto, para que previa valoración de los antecedentes del caso y desahogado el procedimiento, de ser procedente, se sancione al proveedor incumplido.

EXPEDIENTE:

 

C.I. / PSP/ 005/2001.

FECHA DE RECEPCION:

 

20 de abril del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por el Director de Auditoría Técnica de la Contraloría Interna.

NOMBRE DEL PROVEEDOR:

 

Niveles, S. A. de C.V.

TIPO DE DENUNCIA:

 

La empresa no realizó todos los servicios señalados en el contrato No. 183/2000.

HECHOS: El Director de Auditoría Técnica del Instituto mediante atenta nota remitió el informe de resultados de la revisión al contrato No 183/2000 celebrado entre este Instituto y la empresa Niveles, S.A. de C.V. para el mantenimiento preventivo y correctivo a los digitalizadores, determinando que no se encontró evidencia de que para la realización del servicio haya sido necesario utilizar la totalidad de las cantidades previstas para algunos conceptos.

INVESTIGACION: El 15 de junio del 2001 se emitió un acuerdo dando cuenta del escrito presentado por el C. MARIANO VICTORIANO BENITO GONZÁLEZ, Apoderado General de la empresa Niveles, S.A. de C.V., mediante el que promueve la incompetencia de este órgano de control para conocer de este caso y la recusación del titular de esta Contraloría Interna para resolver este procedimiento.

ESTADO ACTUAL:

En trámite

 

RESOLUCIÓN:

Pendiente

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

EXPEDIENTE:

 

C.I. / PSP/ 006/2001.

FECHA DE RECEPCION:

 

18 de abril del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por el Director de Recursos Materiales y Servicios del Instituto.

NOMBRE DEL PROVEEDOR:

 

Digital Mexicana, S. A. de C.V.

TIPO DE DENUNCIA:

 

La empresa proporcionó información falsa en lo relativo al cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

HECHOS: La Dirección de Recursos Materiales del Instituto reportó a esta Contraloría Interna que con la información proporcionada por la empresa Digital Mexicana, S. A. de C.V. y con lo comunicado por el Administrador Central de Operación Recaudatoria del Servicio de Administración Tributaria, mediante el oficio No. 322-SAT-II-2001-1032 de fecha 16 de marzo del 2001, se tuvo conocimiento de que la mencionada empresa no se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales.

 

INVESTIGACION: Mediante el oficio CI/1006/2001 de fecha 6 de junio del 2001 se solicitó información y documentación a la Dirección de Recursos Materiales con referencia al procedimiento de contratación respectivo, la cual fue proporcionada a esta Contraloría Interna mediante oficio DRMS/597/2001, encontrándose en fase de análisis y valoración.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCIÓN:

Pendiente

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / PSP/ 007/2001.

FECHA DE RECEPCION:

 

18 de abril del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por el Director de Recursos Materiales y Servicios del Instituto.

NOMBRE DEL PROVEEDOR:

 

La Maroma, S.A. de C.V.

TIPO DE DENUNCIA:

 

La empresa proporcionó información falsa en lo relativo al cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

HECHOS: La Dirección de Recursos Materiales del Instituto reportó a esta Contraloría Interna que con la información proporcionada por la empresa La Maroma, S.A. de C.V. y con lo comunicado por el Administrador Central de Operación Recaudatoria del Servicio de Administración Tributaria, mediante el oficio No. 322-SAT-II-2000-6137 de fecha 6 de octubre del 2000, se tuvo conocimiento de que la mencionada empresa no se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales.

 

INVESTIGACION: Mediante el oficio CI/1060/2001 de fecha 21 de junio del año en curso se solicitó información y documentación a la Dirección de Recursos Materiales con referencia al procedimiento de contratación respectivo.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCIÓN:

Pendiente

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / PSP / 008 / 2001.

FECHA DE RECEPCION:

 

29 de mayo del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por el Director de Recursos Materiales y Servicios del Instituto.

NOMBRE DEL PROVEEDOR:

 

Distribuidora de Químicos y Farmacéuticos

TIPO DE DENUNCIA:

 

La empresa proporcionó información falsa en lo relativo al cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

HECHOS: La Dirección de Recursos Materiales del Instituto reportó a esta Contraloría Interna que con la información proporcionada por la empresa Distribuidora de Químicos y Farmacéuticos y con lo comunicado por el Administrador Central de Operación Recaudatoria del Servicio de Administración Tributaria, mediante el oficio No. 322-SAT-II-2001-1772 de fecha 11 de abril del 2001, se tuvo conocimiento de que la mencionada empresa no se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales.

 

INVESTIGACION: Mediante el oficio CI/1113/2001 de fecha 21 de junio del año en curso, se solicitó información y documentación a la Dirección de Recursos Materiales con referencia al procedimiento de contratación respectivo.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCIÓN:

Pendiente.

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / PSP/ 009/2001.

FECHA DE RECEPCION:

 

5 de junio del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por el Director de Recursos Materiales y Servicios del Instituto.

NOMBRE DEL PROVEEDOR:

 

Empaques de Cartón Titán, S.A. de C.V.

TIPO DE DENUNCIA:

 

La empresa proporcionó información falsa en lo relativo al cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

HECHOS: La Dirección de Recursos Materiales del Instituto reportó a esta Contraloría Interna que con la información proporcionada por la empresa Empaques de Cartón Titán, S.A. de C.V. y con lo comunicado por el Administrador Central de Operación Recaudatoria del Servicio de Administración Tributaria, mediante el oficio No. 322-SAT-II-2000-6138 de fecha 6 de octubre del 2000, se tuvo conocimiento de que la mencionada empresa no se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales.

 

INVESTIGACION: Mediante el oficio CI/1114/2001 de fecha 21 de junio del año en curso se solicitó información y documentación a la Dirección de Recursos Materiales con referencia al procedimiento de contratación respectivo.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCIÓN:

Pendiente

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / PSP / 010 / 2001.

FECHA DE RECEPCION:

 

21 de junio del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por el Director de Recursos Materiales y Servicios del Instituto.

NOMBRE DEL PROVEEDOR:

 

Abastecedora Arrow

TIPO DE DENUNCIA:

 

La empresa argumenta estar imposibilitada para surtir el pedido-contrato No. IFE/00065/2001 argumentando que por error ofertaron a precios menores las partidas 5, 116, 130, 131, 133 y 134.

HECHOS: La Dirección de Recursos Materiales del Instituto informó a esta Contraloría Interna que la empresa Abastecedora Arrow presentó escrito de fecha 8 de mayo del dos mil uno, haciendo del conocimiento del Instituto que por error ofertó a precios menores las partidas 5, 116, 130, 131, 133 y 134, por lo cual se encontraba imposibilitada para a surtir el total del pedido-contrato No. IFE/00065/2001, aceptando que se le imponga la sanción que corresponda y entregando cheque certificado por la cantidad de $336.70, importe que corresponde al 10% de las partidas no cubiertas.

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración para determinar su procedencia.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCIÓN:

Pendiente

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

EXPEDIENTE:

 

C.I. / PSP / 011 / 2001.

FECHA DE RECEPCION:

 

21 de junio del 2001.

ORIGEN:

 

Denuncia remitida por el Coordinador Administrativo de la Junta Local en el estado de México.

NOMBRE DEL PROVEEDOR:

 

Comercializadora e Inmobiliaria Cima S. de R:L

TIPO DE DENUNCIA:

 

El representante de la empresa no se presentó a firmar el pedido-contrato respectivo y no entregó los materiales de los lotes 1,2,5,6,7, y 8 de la Invitación a cuando menos tres personas No. I.C.M.T.P.-J.L.E.-006/2001.

HECHOS: El Coordinador Administrativo de la Junta Locas Ejecutiva en el Estado de México informó a esta Contraloría Interna que la empresa . Comercializadora e Inmobiliaria Cima S. de R:L. participó en la invitación a cuando menos tres personas No. I.C.M.T.P.-J.L.E.-006/2001, resultando ganadora de los lotes 1, 2, 5, 6, 7 y 8, los cuales debieron ser ministrados el día 21 de mayo del 2001 como fecha límite, sin embargo, el representante de la referida empresa no se presentó a firmar el pedido-contrato respectivo y no ha entregado los materiales de los referidos lotes.

INVESTIGACION: El expediente se encuentra en fase de análisis y valoración para determinar su procedencia.

 

ESTADO ACTUAL:

En trámite.

 

RESOLUCIÓN:

Pendiente

ACCIONES: Se adoptarán de conformidad con la resolución que se emita.

 

IX. RECURSOS ADMINISTRATIVOS

Durante el trimestre que se reporta, la Contraloría Interna no recibió medios de impugnación en contra de las resoluciones administrativas que emitió en los procedimientos instaurados.

X. ACTOS DE ENTREGA-RECEPCION.

La Contraloría Interna participó a través de un representante en 42 actos de entrega-recepción que se celebraron en oficinas centrales y Juntas Locales Ejecutivas de este Instituto, dentro de las que destacan las actas administrativas que se instrumentaron con motivo del cambio de adscripción de los Vocales Ejecutivos de las Juntas Locales Ejecutivas en los estados de Chiapas, Durango, México, Jalisco, Puebla y Tabasco, así como las que se instrumentaron en la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.

Asimismo, se analizaron 49 actas administrativas de entrega-recepción que se instrumentaron en diferentes áreas del Instituto con motivo del reemplazo de sus titulares, de las cuales 5 carecían de alguna documentación, misma que fue solicitada a las áreas respectivas y en su oportunidad integrada a las referidas actas y los 44 casos restantes se ajustaron a lo estipulado en la normatividad vigente.

A continuación se indica el número de actas de entrega-recepción que se recibieron durante el período que se reporta de los diferentes órganos del Instituto:

Area

Actas recibidas

Oficinas Centrales

1

Juntas Locales Ejecutivas

14

Juntas Distritales Ejecutivas

34

T o t a l

49

XI. DECLARACIONES PATRIMONIALES.

Con la finalidad de fomentar entre los servidores públicos de mandos superiores, medios y homólogos de este Instituto el cumplimiento en tiempo y forma de la obligación de presentar la declaración de modificación patrimonial, con fecha 24 de abril del 2001, esta Contraloría Interna emitió un Oficio-Circular, mediante el que se remitieron a las Juntas Locales Ejecutivas, Centros Regionales de Cómputo y a Oficinas Centrales de este Instituto, 1500 formatos de la declaración de referencia, así como 400 diskettes conteniendo el sistema DECLARANET, para su reproducción y distribución correspondiente.

Asimismo, se proporcionó en 52 casos información y asesoría a servidores públicos del Instituto, respecto de la presentación de la declaración de modificación patrimonial, 17 en forma personal y en 35 casos vía telefónica.

En el siguiente cuadro se especifica el total de funcionarios obligados a presentar su declaración de modificación patrimonial, los que han remitido a este órgano interno de control copia del acuse de recibo de la presentación de dicha declaración y los que a la fecha de este informe no han enviado el acuse respectivo.

 

Area

Funcionarios

Obligados a

Presentar

Remisión de copia de acuse

Faltantes de copia de acuse

Oficinas Centrales

692

652

40

Juntas Locales

335

323

12

Juntas Distritales

1427

1257

170

Centros Regionales de Cómputo

83

83

0

T o t a l e s

2537

2315

222

Conviene destacar que esta declaración debe presentarse durante el mes de mayo de cada año, como lo establece la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a la fecha del presente informe se ha recibido el 91.2% del total de estas declaraciones.

Por otra parte, en el período que se reporta se recibieron 43 copias de acuse de recibo de la presentación de la declaración inicial de situación patrimonial que debe ser requisitada por los funcionarios de mandos superiores, medios y homólogos a éstos, en los casos de altas y promociones cuyas percepciones sean cubiertas por plaza presupuestal u honorarios.

Asimismo, se recibieron 31 formatos de diversos servidores públicos del Instituto mediante los cuales formulan la declaración a que se refiere el artículo 47 Fracción XXIII de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en el sentido de que no forman parte de alguna sociedad cuyo objeto sea la comercialización o arrendamiento de bienes muebles o inmuebles, la realización de obras públicas, o bien, la prestación de servicios de cualquier naturaleza con la que haya contratado el Instituto.

En el siguiente cuadro se especifica el total de funcionarios obligados a presentar tanto la declaración inicial de situación patrimonial, como el formato del artículo 47 Fracción XXIII de la citada Ley de Responsabilidades, indicándose cuántos servidores públicos los han remitido a esta Contraloría y aquéllos que no han enviado el acuse de recibo correspondiente.

 

Area

Funcionarios

obligados a

formular

Remisión de

copia de acuse en el trimestre

Remisión de

copia de acuse

(cantidad acumulada)

Faltantes

de copia

de acuse

Declaración Inicial

 

2584

 

43

 

2487

 

97

Artículo 47,

Fracción XXIII

2584

31

2499

85

Finalmente, debe señalarse que se efectuó la revisión y actualización del padrón de servidores públicos activos y de aquellos que causaron baja durante el bimestre marzo-abril el cual fue remitido a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo en los términos convenidos con esa institución.

XII. PARTICIPACION EN LOS COMITES Y SUBCOMITES DE ADQUISICIONES Y DE ENAJENACION DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, ASI COMO EN LOS ACTOS QUE DE LOS MISMOS SE DERIVEN.

En Oficinas Centrales se asistió y colaboró en todas la etapas para concluir :

  1. Licitaciones Públicas (Se encuentra pendiente el fallo económico de una).

Con un monto autorizado de $19â919,237.00 pesos

10 Invitaciones a cuando menos tres personas.

Con un monto autorizado de $1â991,550.00 pesos

1 Reunión Ordinaria del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.

4 Reuniones Extraordinarias del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.

2 Reuniones Ordinarias del Comité de Enajenación de Bienes Muebles e Inmuebles.

22 Revisiones de Bases para diferentes Licitaciones.

14 Revisiones de Bases para diferentes Invitaciones a cuando menos tres personas.

1 Diseño y Elaboración de las Bases para la implementación del ISO 9000.

Se asesoró vía telefónica a solicitud expresa de los Órganos Desconcentrados que así lo solicitaron :

14 Juntas Locales Ejecutivas en la elaboración de sus actas del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.

65 Juntas Distritales Ejecutivas en la elaboración de sus actas del Subcomité de Adquisiciones y Administración.

8 Juntas Locales Ejecutivas en la elaboración de sus actas del Subcomité de Enajenación de Bienes Muebles e Inmuebles.

6 Juntas Locales Ejecutivas en los procedimientos de las diferentes etapas de adquisición por Licitación Pública.

9 Juntas Locales Ejecutivas en los procedimientos de las diferentes etapas de adquisición por Invitación a cuando menos tres personas.

14 Juntas Distritales Ejecutivas en los procedimientos de las diferentes etapas de adquisición por Invitación a cuando menos tres personas.

Se verificaron las actas de los Subcomités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de las siguientes Juntas Locales.

 

No.

Junta Local Ejecutiva

Total de Actas que deben enviar para su verificación

Total de Actas que enviaron para su verificación

Total de Actas pendientes por recibir

1

Aguascalientes

3

1

2

2

Baja California

3

0

3

3

Baja California Sur

3

1

2

4

Campeche

3

1

2

5

Coahuila

3

0

3

6

Colima

3

3

0

7

Chiapas

3

0

3

8

Chihuahua

3

2

1

9

Distrito Federal

3

2

1

10

Durango

3

3

0

11

Guanajuato

3

1

2

12

Guerrero

3

0

3

13

Hidalgo

3

1

2

14

Jalisco

3

1

2

15

México

3

1

2

16

Michoacán

3

1

2

17

Morelos

3

1

2

18

Nayarit

3

2

1

19

Nuevo León

3

0

3

20

Oaxaca

3

0

3

21

Puebla

3

3

0

22

Querétaro

3

1

2

23

Quintana Roo

3

2

1

24

San Luis Potosí

3

0

0

25

Sinaloa

3

0

0

26

Sonora

3

1

2

27

Tabasco

3

1

2

28

Tamaulipas

3

1

2

29

Tlaxcala

3

1

2

30

Veracruz

3

1

2

31

Yucatán

3

0

3

32

Zacatecas

3

0

3

 

To t a l

96

32

64

 

Porcentaje

100.00%

33.33%

66.66%

Se verificaron las actas de los Subcomités de Enajenación de Bienes Muebles e Inmuebles de las siguientes Juntas Locales.

 

No.

Junta Local Ejecutiva

Total de Actas que deben enviar para su verificación

Total de Actas que enviaron para su verificación

Total de Actas pendientes por recibir

1

Aguascalientes

3

1

2

2

Baja California

3

0

3

3

Baja California Sur

3

2

1

4

Campeche

3

2

1

5

Coahuila

3

2

1

6

Colima

3

0

3

7

Chiapas

3

0

3

8

Chihuahua

3

2

1

9

Distrito Federal

3

1

2

10

Durango

3

2

1

11

Guanajuato

3

1

2

12

Guerrero

3

0

3

13

Hidalgo

3

1

2

14

Jalisco

3

1

2

15

México

3

1

2

16

Michoacán

3

1

2

17

Morelos

3

3

0

18

Nayarit

3

0

3

19

Nuevo León

3

0

3

20

Oaxaca

3

0

3

21

Puebla

3

3

0

22

Querétaro

3

1

2

23

Quintana Roo

3

0

3

24

San Luis Potosí

3

0

3

25

Sinaloa

3

0

3

26

Sonora

3

1

2

27

Tabasco

3

1

2

28

Tamaulipas

3

1

2

29

Tlaxcala

3

0

3

30

Veracruz

3

0

3

31

Yucatán

3

0

3

32

Zacatecas

3

0

3

 

To t a l

96

28

68

 

Porcentaje

100.00%

29.16%

70.84%

Se verificaron las actas de los Subcomités de Adquisiciones y Administración de las siguientes Juntas Distritales.

 

No.

Junta Distrital Ejecutiva en el Estado

Total de Actas que deben enviar para su verificación

Total de Actas que enviaron para su verificación

Total de Actas pendientes por recibir

1

Aguascalientes

9

3

6

2

Baja California

18

0

18

3

Baja California Sur

6

0

6

4

Campeche

6

4

2

5

Coahuila

21

0

21

6

Colima

6

0

6

7

Chiapas

36

0

36

8

Chihuahua

27

0

27

9

Distrito Federal

90

2

88

10

Durango

15

3

12

11

Guanajuato

45

15

30

12

Guerrero

30

0

30

13

Hidalgo

21

0

21

14

Jalisco

57

9

48

15

México

108

5

103

16

Michoacán

39

0

39

17

Morelos

12

0

12

18

Nayarit

9

2

7

19

Nuevo León

33

1

32

20

Oaxaca

33

0

33

21

Puebla

45

0

45

22

Querétaro

12

0

12

23

Quintana Roo

6

0

6

24

San Luis Potosí

21

0

21

25

Sinaloa

24

0

24

26

Sonora

21

2

19

27

Tabasco

18

0

18

28

Tamaulipas

24

14

10

29

Tlaxcala

9

0

9

30

Veracruz

69

0

69

31

Yucatán

15

11

4

32

Zacatecas

15

0

15

 

To t a l

900

71

829

 

Porcentaje

100.00%

7.89%

92.11%

Se verificaron las actas de los Subcomités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de los siguientes Centros Regionales de Cómputo.

 

No.

Centro Regional de Cómputo

Total de Actas que deben enviar para su verificación

Total de Actas que enviaron para su verificación

Total de Actas pendientes por recibir

1

Aguascalientes

3

0

3

2

Conurbado

3

1

2

3

Cuernavaca

3

0

3

4

Culiacán

3

1

2

5

Chihuahua

3

0

3

6

Distrito Federal

3

0

3

7

Guadalajara

3

0

3

8

Hermosillo

3

0

3

9

Jalapa

3

0

3

10

Mérida

3

3

0

11

Monterrey

3

1

2

12

Morelia

3

3

0

13

Oaxaca

3

0

3

14

Puebla

3

0

3

15

Querétaro

3

0

3

16

Toluca

3

0

3

17

Villahermosa

3

0

3

 

To t a l

51

9

42

 

Porcentaje

100.00%

17.65%

82.35%

Se verificaron las actas de los Subcomités de Enajenación de Bienes Muebles e Inmuebles de los siguientes Centros Regionales de Cómputo.

 

No.

Centro Regional de Cómputo

Total de Actas que deben enviar para su verificación

Total de Actas que enviaron para su verificación

Total de Actas pendientes por recibir

1

Aguascalientes

2

0

2

2

Conurbado

2

1

1

3

Cuernavaca

2

0

2

4

Culiacán

2

0

2

5

Chihuahua

2

0

2

6

Distrito Federal

2

0

2

7

Guadalajara

2

0

2

8

Hermosillo

2

0

2

9

Jalapa

2

0

2

10

Mérida

2

2

0

11

Monterrey

2

0

2

12

Morelia

2

2

0

13

Oaxaca

2

0

2

14

Puebla

2

0

2

15

Querétaro

2

0

2

16

Toluca

2

0

2

17

Villahermosa

2

0

2

 

To t a l

34

5

29

 

Porcentaje

100.00%

14.71%

85.29%

XIII. OTRAS ACTIVIDADES.

1.- INFORMES ESPECIALES SOLICITADOS POR LAS AUTORIDADES DEL INSTITUTO.

2. ATENCION A CONSULTAS Y EMISION DE OPINIONES SOLICITADAS POR LAS INSTANCIAS INSTITUCIONALES, RESPECTO DE ASUNTOS QUE SON COMPETENCIA DE LA CONTRALORIA INTERNA.

3.- ROBOS Y EXTRAVIOS.

Durante el período que se reporta se recibieron 41 casos nuevos de robo o sustracción de bienes propiedad del Instituto Federal Electoral, verificándose por parte de la Contraloría Interna que se actúe conforme lo establecen las Normas y Procedimientos Generales para la afectación, baja y destino final de bienes muebles, publicados en el Diario Oficial de la Federación con fecha 21 de junio de 1988.

A la fecha de corte del presente informe se tienen registrados 182 casos de robo y extravío que corresponden tanto a periodos anteriores como a los captados durante el trimestre que se reporta; como resultado del seguimiento respectivo se determinó que en 48 casos se cubrió el pago de la indemnización correspondiente a favor del Instituto por parte de la compañía aseguradora; en los 134 casos restantes continúa el procedimiento para la recuperación de los bienes o el pago de la indemnización respectiva.

4. SEGUIMIENTO Y VERIFICACION AL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE AUSTERIDAD, RACIONALIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTAL.

La Junta General Ejecutiva del Instituto, en sesión ordinaria del 22 de febrero del año 2001, aprobó el Acuerdo por el que se establece el Programa de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria en el Instituto Federal Electoral para el ejercicio fiscal del año 2001, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero del mismo año.

El punto Décimo Octavo del Acuerdo establece que su incumplimiento será objeto del fincamiento de responsabilidades en los términos de los ordenamientos aplicables; asimismo el punto Décimo Noveno señala que el órgano interno de control será informado por parte de la Dirección Ejecutiva de Administración acerca de las verificaciones que ésta realice sobre el ejercicio del presupuesto y, en su caso, de las irregularidades que encuentre.

De conformidad a lo expuesto, en el primer informe trimestral la Contraloría Interna presentó al Consejo General la estrategia y las acciones que se propone realizar para verificar el cumplimiento de las disposiciones de este Acuerdo y del Presupuesto de Egresos de la Federación, y a continuación se presentan los resultados en las tres vertientes siguientes:

VERIFICACION DE LAS DISPOSICIONES QUE ESTABLECEN FECHAS COMPROMISO PARA SU CUMPLIMENTACION.

En este apartado se verificaron las disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación que establecen obligaciones especificas para el Instituto Federal Electoral en los artículo 33, 34 y 54, corroborándose su cumplimiento en los términos que fueron reportados en el primer informe trimestral presentado a la consideración del Consejo General.

VERIFICACION DE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE ADQUISICIONES.

Dentro del lapso comprendido entre el 1¡ de marzo y el 30 de junio del año en curso, esta Contraloría Interna asistió a 5 Licitaciones Públicas de las cuales se declaró desierta una por no cumplir con la propuesta técnica ningún participante y en 10 invitaciones a cuando menos tres personas.

La presencia de los representantes de la Contraloría Interna en los procesos de adquisiciones en Oficinas Centrales ha sido constante, habiéndose participado durante el período que se reporta en las Licitaciones Públicas e Invitaciones a cuando menos tres personas, que se especifican en el apartado XII del presente informe.

De igual forma se han verificado las disposiciones en materia de adquisiciones en las Juntas Locales Ejecutivas, revisando 32 actas de las sesiones de los Subcomités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y en las Juntas Distritales Ejecutivas verificando 71 actas de las sesiones de los Subcomités de Adquisiciones y Administración.

VERIFICACION DE LAS DISPOSICIONES ESPECIFICAS EN MATERIA DE AUSTERIDAD, RACIONALIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTAL Y DE EJERCICIO Y COMPROBACION DEL GASTO.

Para cumplir con este propósito, la Contraloría Interna preparó un Programa de Trabajo para verificar aquellas disposiciones contenidas en el Acuerdo de la Junta General Ejecutiva por el que se establece el Programa de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria para el año 2001.

Este programa de trabajo fue aplicado en las auditorías que se practicaron en el periodo que se reporta a las Juntas Locales Ejecutivas en los estados de Guanajuato, Coahuila, Michoacán, Zacatecas, Tlaxcala, Chiapas y Querétaro, constatándose que, en general, existe apego a las disposiciones del Acuerdo que establece el Programa de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria, si bien en algunos casos las observaciones determinadas indican incumplimientos a las mismas, las cuales una vez solventadas serán valoradas por este órgano de control para determinar si ha lugar el fincamiento de responsabilidades.

5. CAPACITACION DE PERSONAL.

Esta Unidad Técnica se ha fijado, entre otras metas, el mantener un programa de capacitación permanente entre el personal a su cargo, lo que permite optimizar y modernizar las actividades que se desarrollan.

Es así, que con la colaboración de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo (SECODAM), se han dado a conocer distintos cursos y talleres a diversos servidores públicos de este órgano de control, cuyos resultados se presentan en el siguiente cuadro:

NOMBRE (S)

CURSO

LUGAR

FECHA

DURACIÓN

ALEJANDRO CORONA GONZALEZ

INCONFORMIDADES

SECODAM

23 Y 24 DE ABRIL

12 HORAS

IGNACIO POBLANO CASTILLO

 

INTRODUCCIÓN A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLI-CA Y SUS CONTROLES

SECODAM

3 Y 4 DE MAYO

12 HORAS

MA. DE LOS ANGELES MORALES GONZALEZ

INCONFORMIDADES

SECODAM

7 Y 8 DE MAYO

12 HORAS

TERESITA VAZQUEZ GARCÍA

DIAGRAMAS DE FLUJO

SECODAM

14 AL 16 DE MAYO

18 HORAS

JOSE CABRERA GUZMAN

MUESTREO ESTADÍS-TICO APLICADO A LA AUDITORÍA

SECODAM

16 AL 18 DE MAYO

18 HORAS

MIGUEL ALDERETE Y ÁLVAREZ

SISTEMAS DE INFOR-MACIÓN PERIÓDICA

SECODAM

21 AL 23 DE MAYO

18 HORAS

GRACIELA QUINTANAR LOPEZ

MARIA DEL CARMEN HUITZIL PEREZ

INTRODUCCIÓN A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y SUS CONTROLES

SECODAM

24 Y 25 DE MAYO

12 HORAS

En este mismo sentido y aceptando la propuesta de la Dirección Ejecutiva de Administración, a través de la Dirección de Personal y con la colaboración del Centro de Formación y Desarrollo; la Unidad de Servicios de Informática (UNICOM); y la Dirección de Informática Administrativa, durante el segundo trimestre, los servidores públicos que en seguida se mencionan, han acudido a los siguientes cursos:

NOMBRE (S)

CURSO

LUGAR

FECHA

DURACION

NORMA GONZALEZ RODRIGUEZ

MA. DEL SOCORRO ROSAS MORENO

CYNTHIA ANZURES AGUILERA

PLANEACIÓN ESTRATÉ-GICA Y ADMINISTRA-CIÓN DEL TIEMPO

CENTRO DE FORMACIÓN Y DESARROLLO

16 AL 27 DE ABRIL

20 HORAS

Cabe mencionar que durante el período que se informa, se había propuesto a un mayor número de servidores para que acudiera a la impartición de diversos cursos, sin embargo, debido a que no se contaba con los instructores que los impartirían, varios de los mismos fueron aplazados.

En este mismo segundo trimestre, los servidores públicos que a continuación se indican, se han incorporado a los siguientes diplomados:

NOMBRE (S)

DIPLOMADO

LUGAR

FECHA

DURACION

VERONICA IRMA LEON GARCIA

FRANCISCO GALINDO

ARELLANO

FIDEL LATOURNERIE

ALBORES

DIPLOMADO DE RESPON-SABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS

INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA

17 DE ABRIL AL 24 DE AGOSTO

4 MESES

RUBEN CARRILLO

TORRES

RENDICION DE CUENTAS, EL CONTROL GUBERNA-MENTAL Y LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERA-CION

INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA

23 DE ABRIL AL 26 DE OCTUBRE

6 MESES

6. COMISION DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL

Como se ha venido informando en los reportes anteriores, el órgano de control participa en las reuniones de la Comisión de Movimientos de Personal, la cual se integró el 1o. de enero de 2000 y sus actividades tienen como objetivo verificar que las acciones para la contratación del personal bajo el régimen de honorarios asimilados a salarios, se lleve a cabo conforme a la normatividad aplicable en la materia.

Cabe mencionar, que la Dirección Ejecutiva de Administración en sus distintos niveles directivos, y previo a la realización de cada una de las sesiones, lleva a cabo las siguientes tareas:

Es así, que durante el segundo trimestre del 2001 esta comisión ha sesionado en 5 ocasiones, desarrollando sus tareas y aprobando la ocupación de plazas, tal como se muestra en el siguiente cuadro:

 

 

No. DE SESION

 

TIPO DE SESION

 

F E C H A

No. DE PLAZAS APROBADAS

SÉPTIMA

ORDINARIA

5-ABRIL-2001

18

OCTAVA

ORDINARIA

23-ABRIL-2001

31

NOVENA

ORDINARIA

9-MAYO-2001

3

DECIMA

ORDINARIA

24-MAYO-2001

17

DECIMA PRIMERA

ORDINARIA

8-JUNIO-2001

6

PRIMERA

EXTRAORDINARIA

19-JUNIO-2001

0

DECIMA SEGUNDA

ORDINARIA

22-JUNIO-2001

607

 
 

T OT A L

682

7.- ESTRATEGIA PARA LA OBTENCION DE LA CERTIFICACION DE CALIDAD ISO 9000.-

Como se ha informado en los reportes anteriores y atendiendo las instrucciones del Consejero Presidente y en coordinación con la Secretaría Ejecutiva, se han desarrollado diversas actividades encaminadas a la posible obtención del certificado de calidad ISO 9000 en algunas áreas del Instituto, obteniéndose los siguientes avances:

El proceso de implementación será en forma gradual y en el orden que lo decidan las Autoridades del Instituto, para sus principales Direcciones Ejecutivas, Unidades Técnicas u Órganos Desconcentrados.

Con respecto a la metodología ya definida para la implementación del sistema de gestión de la calidad, ésta se llevará a cabo por el personal de cada una de las Direcciones Ejecutivas, Unidades Técnicas u Órganos Desconcentrados seleccionados. El personal referido, inicialmente será capacitado y después asesorado por especialistas en documentar sistemas de gestión de la calidad, para poder cumplir con la meta de dejar completos los procesos implementados, listos para que sean revisados por los auditores especialistas en ISO-9000.

La capacitación se otorgará en tres niveles: en el primer nivel a Consejeros y Secretario Ejecutivo, serán generalidades y responsabilidades; en el segundo nivel a Directores Ejecutivos, Titulares de Unidades Técnicas y de Órganos Desconcentrados y Directores de Área, serán teorías, alcance y aplicaciones; finalmente, el tercer nivel a Subdirectores, Jefes de Departamento y Personal Operativo, será cómo documentar en forma oportuna e intensa.

Una vez concluidas las auditorías, se determinará si se certifican los procesos de las Direcciones Ejecutivas, Unidades Técnicas u Órganos Desconcentrados seleccionados en donde se hayan implementado y revisado sus procesos.

Actualmente está en proceso de emisión el Anexo Técnico que acompañará a las bases para la licitación por invitación a cuando menos tres personas, para que sea discutido con la primera Dirección, Unidad u Organo Desconcentrado que sea seleccionado por las autoridades del Instituto.

8. ESTADO QUE GUARDAN LOS ASUNTOS QUE SE HAN TURNADO PARA LA ATENCION DE LA DIRECCION JURIDICA.

De conformidad con el acuerdo de la Comisión de Contraloría Interna, adoptado en la sesión ordinaria celebrada el 20 de enero del año 2000, en el sentido de informar del estado que guardan los asuntos que se han remitido a la Dirección Jurídica a partir de diciembre de 1997 para que, de considerarlo procedente, se formularan las denuncias penales respectivas, sobre el particular se reporta lo siguiente:

La Dirección Jurídica dio respuesta a la solicitud de información del órgano interno de control, señalando que la situación jurídica que guardan las averiguaciones previas, relativas a los casos correspondientes a las Juntas Locales de Durango y Chihuahua, así como de la Dirección de Cartografía y del Centro Regional de Cómputo de Mérida, se mantienen sin cambio respecto al informe trimestral anterior. Las averiguaciones previas correspondientes a las Juntas Locales en Zacatecas, Distrito Federal y Coahuila, sí prestan avances como a continuación se detalla:

  1. Junta Local en Zacatecas
    1. Núm. de Averiguación Previa: 226/DO/98
    2. Fecha de presentación de la denuncia: 12/Dic/97
    3. Hechos: Malversación de fondos
    4. Monto: $742,157.87
    5. Estado Actual: Se solicitó al Delegado de la Procuraduría General de la República, en el Distrito Federal, precisara el lugar en donde se encuentra radicada la averiguación previa.

  2. Junta Local en el Distrito Federal
    1. Núm. de Averiguación Previa: 637/DO/98
    2. Fecha de presentación de la denuncia: 12/Dic/97
    3. Hechos: Desvío de fondos, adquisición de diversos materiales
    4. Monto: $2â040,793.69
    5. Estado Actual: Mediante oficio 2007/01 el Ministerio Público de la Federación, comunicó proyecto de reserva.

  3. Junta Local en Coahuila
    1. Núm. de Averiguación Previa: 37/DGMPE"B"/98
    2. Fecha de presentación de la denuncia: 12/Ene/99
    3. Hechos: Malversación de fondos
    4. Monto: $159,611.35
    5. Estado Actual: Mediante oficio número EAAR/179/00 de fecha 5 de mayo del presente año, se radicó en el estado de Coahuila por incompetencia.

ANEXO UNICO

INFORME DE LA CONTRALORIA INTERNA RELATIVO A LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS APLICADAS A SERVIDORES PUBLICOS DE LA DIRECCION EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES.

EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL 16 DE DICIEMBRE DE 1997, ASÍ COMO EL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, LA CONTRALORÍA INTERNA INICIÓ EN EL MES DE OCTUBRE DE 2000 UNA AUDITORIA A LAS ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS QUE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES (DERFE) HABÍA VENIDO REALIZANDO, POR CONDUCTO DE SU COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, DURANTE LOS AÑOS DE ENERO DE 1997 A SEPTIEMBRE DE 2000.

LOS ANTECEDENTES DE ESTA AUDITORIA SE ENCUENTRAN EN LAS SIMILARES PRACTICADAS EN LOS CENTROS REGIONALES DE COMPUTO DURANTE EL AÑO 1999 Y DESPUÉS DEL PROCESO ELECTORAL FEDERAL DEL AÑO 2000; EN ELLAS, SE IDENTIFICARON FACTURAS DE TRES DIFERENTES EMPRESAS POR CONCEPTO DE SERVICIOS DE REVISIÓN DE ÍNDICES DE LA BASE DE IMÁGENES DEL PADRÓN ELECTORAL RESIDENTE EN CADA UNO DE LOS CENTROS DE COMPUTO. ASIMISMO, TAMBIÉN SE ENCONTRARON FACTURAS QUE AMPARABAN LA ADQUISICIÓN DE BIENES CONSUMIBLES, BÁSICAMENTE INSUMOS DE OFICINA, ADQUIRIDOS EN SU MAYORÍA A OTRAS TRES DIFERENTES EMPRESAS.

SE IDENTIFICÓ QUE LAS ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS MENCIONADAS TENÍAN EN COMÚN LA AUSENCIA DE OTRA REFERENCIA DOCUMENTAL, ADICIONAL A LAS PROPIAS FACTURAS, PARA VERIFICAR QUE LOS SERVICIOS SE HABÍAN EFECTIVAMENTE REALIZADO Y QUE LOS BIENES SE HUBIESEN RECIBIDO; LO ANTERIOR SE EXPLICABA, DE ACUERDO CON LA VERSIÓN DEL PERSONAL DE LOS CENTROS REGIONALES, POR QUE LAS CONTRATACIONES SE HABÍAN REALIZADO EN FORMA CENTRALIZADA POR LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y ELLOS SOLO RECIBÍAN LA FACTURA PARA LA COMPROBACIÓN DEL GASTO. ANTE ESTA SITUACIÓN, LA CONTRALORÍA INTERNA CONSIDERÓ NECESARIO LLEVAR A CABO UNA AUDITORIA ESPECÍFICA SOBRE ESAS ADQUISICIONES EN LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES.

DURANTE LOS MESES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2000, SE LLEVARON A CABO DIVERSAS ACTIVIDADES DE RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN, RECONSTRUCCIÓN PARCIAL DE LOS REGISTROS CONTABLES Y ANÁLISIS DE LOS COMPROBANTES DEL GASTO; TAMBIÉN SE TOMARON DECLARACIONES DE DIVERSOS SERVIDORES PÚBLICOS ADSCRITOS A ESA DIRECCIÓN EJECUTIVA Y SE SOLICITO CONFIRMACIÓN POR ESCRITO A LOS CENTROS REGIONALES DE COMPUTO SOBRE LA RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS.

COMO RESULTADO DE ESTAS PRIMERAS ETAPAS DE LA REVISIÓN, SE IDENTIFICÓ QUE LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES MANEJABA. ENTRE OTRAS, UNA CUENTA DE CHEQUES APERTURADA EN 1993 PARA EL MANEJO DEL FONDO FIJO DE LA ENTONCES COORDINACIÓN DE INFORMÁTICA Y QUE INDEBIDAMENTE NO FUE CANCELADA CUANDO LOS TRES TITULARES DE LA CUENTA, ING. EDUARDO BADILLO GUTIÉRREZ, LIC. ROXANA RIVERA RIVERA Y LIC. ELÍAS RANGEL CORTES, DEJARON SUS CARGOS EN LA COORDINACIÓN DE INFORMÁTICA PARA ASUMIR NUEVAS RESPONSABILIDADES COMO DIRECTOR EJECUTIVO, COORDINADOR ADMINISTRATIVO Y SUBDIRECTOR DE MATERIALES Y SUMINISTROS, RESPECTIVAMENTE; DURANTE LOS AÑOS DE 1997 A 1999 ESA CUENTA FUE UTILIZADA PARA EL MANEJO DE PARTE DE LOS RECURSOS DESTINADOS PARA LLEVAR A CABO LAS ACTIVIDADES DE LOS PROCESOS LOCALES A CARGO DE ESA DIRECCIÓN EJECUTIVA.

CON CARGO A ESA CUENTA SE PAGARON DURANTE LOS AÑOS DE 1997 A 1999 LAS ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS A QUE SE HIZO REFERENCIA ANTERIORMENTE; SE ENCONTRÓ QUE PARA LLEVAR A CABO ESAS ADQUISICIONES NO SE OBSERVARON NINGUNA DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y NORMATIVAS QUE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIONES Y, ADEMÁS, SE IDENTIFICÓ UN DESORDEN ADMINISTRATIVO DE TAL MAGNITUD EN EL MANEJO DE ESA CUENTA QUE PRÁCTICAMENTE HACIA IMPOSIBLE SU REVISIÓN. ANTE ESTA SITUACIÓN, LA CONTRALORÍA INTERNA CONSIDERÓ NECESARIA LA SUSPENSIÓN PRECAUTORIA DE LA COORDINADORA ADMINISTRATIVA.

LOS RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN REALIZADA ARROJARON QUE EN LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES SE EJERCIERON, SIN TENER ATRIBUCIONES PARA ELLO, RECURSOS DESTINADOS PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE LOS PROCESOS LOCALES, YA QUE ESTOS RECURSOS SÓLO PODRÍAN SER EJERCIDOS, EN EL ÁMBITO CENTRAL, POR LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN Y, EN EL ÁMBITO DESCONCENTRADO, POR LAS JUNTAS LOCALES, DISTRITALES O POR LOS CENTROS REGIONALES DE COMPUTO. COMO TODAS LAS RESTANTES COORDINACIONES ADMINISTRATIVAS DE LAS DIRECCIONES EJECUTIVAS Y UNIDADES TÉCNICAS, LA DERFE SOLO PUEDE EJERCER DIRECTAMENTE LOS RECURSOS DEL FONDO FIJO, BAJO LAS REGLAS ESPECIFICAS ESTABLECIDAS PARA ELLO.

LA SITUACIÓN ANTERIOR SE AGRAVA AL CONSIDERAN QUE NO SOLO SE EJERCIERON LOS RECURSOS SIN TENER FACULTADES NI ATRIBUCIONES Y SIN OBSERVAR LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS VIGENTE DURANTE ESOS AÑOS; TAMPOCO SE OBSERVARON LOS LINEAMIENTOS QUE EN ESA MATERIA DICTÓ EL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, DE LO QUE SE TENIA PLENO CONOCIMIENTO EN LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DERFE A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE EN ESE ÓRGANO COLEGIADO QUE, EN LA MAYORÍA DE LAS OCASIONES, FUE LA PROPIA COORDINADORA ADMINISTRATIVA. DE LAS ADQUISICIONES REALIZADAS POR LA DERFE NO FUERON INFORMADOS EL COMITÉ DE ADQUISICIONES CENTRAL NI LOS SUBCOMITÉS DE LOS CENTROS REGIONALES DE COMPUTO.

ADICIONALMENTE SE IDENTIFICÓ QUE LAS FACTURAS QUE AMPARAN LOS SERVICIOS DE REVISIÓN DE ÍNDICES PRESENTAN INCONSISTENCIAS DE TAL MAGNITUD QUE HACEN PRESUMIR QUE SON APÓCRIFAS; SE PUDO CONSTATAR QUE ESOS SERVICIOS NO FUERON REALMENTE PROPORCIONADOS Y QUE EN LOS CASOS EN QUE FUERON REALIZADOS SE HIZO CON PERSONAL ADSCRITO A LA COORDINACIÓN DE CONTROL DEL PADRÓN DE LA DERFE. CON LOS ELEMENTOS ANTERIORES SE PUEDE ARRIBAR CON FACILIDAD A LA CONCLUSIÓN DE QUE ESOS SERVICIOS FUERON SIMULADOS. POR LO QUE RESPECTA A LA ADQUISICIÓN DE BIENES CONSUMIBLES, NO SE ENCONTRARON EVIDENCIAS FEHACIENTES DE SU RECEPCIÓN EN VIRTUD DE QUE NO SE OBSERVARON LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS PARA EL CONTROL DE ENTRADAS Y SALIDAS DE ALMACÉN, LAS COTIZACIONES FUERON MANIPULADAS PARA QUE LA ADQUISICIÓN SE ADJUDICARA SIEMPRE A EMPRESAS DEL MISMO DUEÑO, LOS PRECIOS SON MAS ALTOS QUE LOS PRECIOS A LOS QUE SE ADQUIEREN ESOS MISMOS ARTÍCULOS POR LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN Y LAS COMPRAS FUERON FRACCIONADAS.

OTRO HECHO IRREGULAR ES QUE CON LOS RECURSOS MANEJADOS POR LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA SE EMITIERON, COMO UNA PRACTICA COTIDIANA, CHEQUES POR CONCEPTO DE GASTOS A COMPROBAR A DIVERSOS FUNCIONARIOS DE LA DERFE PARA LOS CUALES NO SE LLEVO UN AUXILIAR CONTABLE. NO SE ENCONTRARON DOCUMENTOS QUE EXPLIQUEN CON VERACIDAD EL DESTINO DE ESOS RECURSOS Y EN ALGUNOS CASOS SE PUDO COMPROBAR QUE EN REALIDAD LOS RECURSOS FUERON OTORGADOS COMO PRÉSTAMO PERSONAL SIN QUE SE GESTIONARA OPORTUNAMENTE SU RECUPERACIÓN. A PARTIR DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LOS AUXILIARES QUE REALIZÓ LA CONTRALORÍA INTERNA, SE DETERMINÓ QUE, A LA FECHA DE LA AUDITORIA, EXISTÍAN ADEUDOS QUE NO HABÍAN SIDO RECUPERADOS DESPUÉS DE UN AÑO DE CANCELADA LA CUENTA; DURANTE EL DESARROLLO DE LA REVISIÓN, LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA GESTIONÓ LA RECUPERACIÓN Y REINTEGRO PARCIAL DE LOS ADEUDOS, Y EL REMANENTE, COMO MÁS ADELANTE SE MENCIONA, SE RECUPERARÁ POR MEDIO DE LA SANCIÓN ECONÓMICA QUE DETERMINÓ APLICAR ESTA UNIDAD TÉCNICA.

EN OPINIÓN DE LA CONTRALORÍA INTERNA LAS GRAVES IRREGULARIDADES ANTES MENCIONADAS NO FUERON PRODUCTO DE UN HECHO AISLADO O FORTUITO, NO SE DESPRENDEN DE ERRORES DE OPERACIÓN POR INEXPERIENCIA O DESCONOCIMIENTO DEL PERSONAL RESPONSABLE DE ESAS ÁREAS, POR EL CONTRARIO, SE TRATA DE HECHOS DELIBERADOS, SISTEMÁTICOS, PLANEADOS CON EL PROPÓSITO DE BENEFICIAR A ALGUNOS PROVEEDORES Y PRESUMIBLEMENTE A FUNCIONARIOS DE LA PROPIA DIRECCIÓN EJECUTIVA; EN TAL VIRTUD, SE PROCEDIÓ A LA INSTAURACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN CONTRA DE CUATRO FUNCIONARIOS PÚBLICOS QUE FUERON IDENTIFICADOS COMO PRESUNTOS RESPONSABLES DE ESTAS IRREGULARIDADES, POSTERIORMENTE, CON LOS RESULTADOS DE LAS COMPARECENCIAS DE ÉSTOS Y CON LAS DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER, SE DETERMINO QUE TAMBIÉN SE INICIARA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN CONTRA DEL PROPIO DIRECTOR EJECUTIVO.

EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SE AGREGARON OTRAS PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN QUE PUDIERON INCURRIR ESOS FUNCIONARIOS POR LA FALTA DE SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO DE CONTRATOS DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y PREVENTIVO, EN LOS SE IDENTIFICO UN DAÑO PATRIMONIAL AL INSTITUTO AL NO ACREDITARSE FEHACIENTEMENTE QUE, AUN Y CUANDO SE REALIZARON LA MAYORÍA DE LOS SERVICIOS, EL PRESTADOR DEL SERVICIO NO REQUIRIÓ DE EFECTUAR GASTOS QUE FUERON TRASLADADOS AL INSTITUTO POR CONCEPTO DE VIÁTICOS, PASAJES, PLANTILLA DE PERSONAL, TRASLADOS DE EQUIPO Y SEGUROS. EN ESTE CASO, SE CONSIDERA QUE POR LA EXPERIENCIA TÉCNICA DE LOS FUNCIONARIOS QUE REVISARON, AVALARON Y SUSCRIBIERON EL CONTRATO, INCLUYENDO AL DIRECTOR EJECUTIVO, EL AJUSTE DE LOS PRECIOS EN PERJUICIO DEL PATRIMONIO DEL INSTITUTO, NO ES PRODUCTO DE UN ERROR SINO QUE, POR EL CONTRARIO, DE UN ACTO DELIBERADO.

LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INSTAURADOS EN CONTRA DE LOS CINCO FUNCIONARIOS DE LA DERFE, SE FUNDAMENTAN EN LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y SUPLETORIAMENTE EN EL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES; EN TODOS LOS CASOS SE LE OTORGARON A LOS IMPLICADOS LAS GARANTÍAS DE LEY, SE LES INFORMO DE LAS PRESUNTAS IRREGULARIDADES QUE HABÍAN COMETIDO, SE PUSIERON A SU DISPOSICIÓN LOS EXPEDIENTES CON LAS PRUEBAS DOCUMENTALES EN QUE SE FUNDAMENTAN LAS ACUSACIONES LOS CUALES FUERON CONSULTADOS POR ELLOS Y POR SUS REPRESENTANTES LEGALES, SE LLEVARON A CABO LAS AUDIENCIAS PARA OFRECER ALEGATOS Y PRUEBAS EN SU DESCARGO A LAS QUE ACUDIERON ACOMPAÑADOS DE SUS REPRESENTANTES, SE REALIZARON DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER Y FINALMENTE, CON LA VALORACIÓN DE TODOS LOS ELEMENTOS DISPONIBLES SE EMITIERON LAS RESOLUCIONES RESPECTIVAS. COMO DATO ADICIONAL ES PERTINENTE COMENTAR QUE SE REALIZARON EN TOTAL 8 AUDIENCIAS Y 26 COMPARECENCIAS PARA MEJOR PROVEER QUE CON LAS PRUEBAS Y ALEGATOS APORTADOS INTEGRAN UN EXPEDIENTE CONJUNTO DE APROXIMADAMENTE 7,700 HOJAS.

ES IMPORTANTE DESTACAR QUE CON LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SE SANCIONAN LAS CONDUCTAS IRREGULARES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y, EN SU CASO, SE PROMUEVE EL RESARCIMIENTO DEL DAÑO PATRIMONIAL, SIEMPRE Y CUANDO HAYA SIDO POSIBLE CUANTIFICARLO PARA ASOCIAR LA PROPORCIÓN QUE LE CORRESPONDERÍA A CADA UNO DE LOS RESPONSABLES DE HABERLO PROPICIADO, DE NO SER ASÍ, COMO EN EL CASO QUE NOS OCUPA, SE PROMUEVEN OTRAS VÍAS JURÍDICAS PARA QUE LAS AUTORIDADES COMPETENTES DESLINDEN LAS RESPONSABILIDADES RESPECTIVAS, SOBRE TODO CUANDO SE ENCUENTRAN TERCEROS INVOLUCRADOS PARA LOS CUALES LA COMPETENCIA DE LOS ÓRGANOS INTERNOS DE CONTROL ESTA LIMITADA; A CONTINUACIÓN SE PRESENTA UN EXTRACTO DE LA VALORACIÓN DE CADA UNO DE LOS CINCO PROCEDIMIENTOS INSTAURADOS Y LOS PUNTOS RESOLUTIVOS CORRESPONDIENTES:

ING. EDUARDO BADILLO GUTIÉRREZ

PARA EMITIR LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA EN EL CASO DEL ING. OSCAR EDUARDO BADILLO GUTIÉRREZ, LA CONTRALORÍA INTERNA CONSIDERÓ QUE EL INFRACTOR INCURRIÓ EN FALTAS GRAVES, TODA VEZ QUE DENTRO DE LAS CONDUCTAS IRREGULARES QUE REALIZÓ SE ENCUENTRA EL OMITIR SUPERVISAR QUE SU SUBORDINADA DIRECTA LIC. ROXANA CONCEPCIÓN RIVERA RIVERA, QUIEN ERA TITULAR DE LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA A CARGO DEL ING. BADILLO GUTIÉRREZ SE ABSTUVIERA DE SOLICITAR Y EJERCER RECURSOS FEDERALES SIN CONTAR CON FACULTADES NI ATRIBUCIONES PARA ELLO, GENERANDO QUEBRANTOS ECONÓMICOS EN EL PATRIMONIO DEL INSTITUTO, LO QUE HIZO NECESARIO APLICAR UNA SANCIÓN EJEMPLAR PARA SUPRIMIR ESTE TIPO DE PRÁCTICAS; QUE POR SU NIVEL JERÁRQUICO AL DESEMPEÑARSE COMO DIRECTOR EJECUTIVO DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES SE UBICA COMO PERSONAL DE MANDOS SUPERIORES; QUE EXISTIERON CONDICIONES ESPECIALES EN LA EJECUCIÓN DE LAS CONDUCTAS IRREGULARES, TODA VEZ QUE ÉSTAS SE VERIFICARON EN FORMA SISTEMÁTICA, COMO ES EL CASO DE OMITIR SUPERVISAR QUE SU SUBORDINADA DIRECTA LA LIC. RIVERA RIVERA NO SOLICITARA Y EJERCIERA LOS RECURSOS ASIGNADOS A LOS CENTROS REGIONALES DE CÓMPUTO, PROVENIENTES DE LOS CONVENIOS DE APOYO Y COLABORACIÓN QUE CELEBRA EL INSTITUTO CON LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS. ASIMISMO, DE MANERA REITERADA OMITIÓ SUPERVISAR QUE LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA A SU CARGO, VERIFICARA QUE LOS BIENES QUE ADQUIRIÓ EFECTIVAMENTE FUERON RECIBIDOS, TODA VEZ QUE DICHA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA NO LLEVABA CONTROLES DE ENTRADAS Y SALIDAS (KARDEX) EN EL ALMACÉN DE ESA UNIDAD ADMINISTRATIVA, DE IGUAL FORMA, DICHA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA TRAMITÓ PERIÓDICAMENTE EL PAGO DE FACTURAS POR SERVICIOS DE REVISIÓN DE ÍNDICES A LA BASE DE IMÁGENES DEL PADRÓN ELECTORAL A PESAR DE CARECER DE LA VALIDACIÓN DEL ÁREA USUARIA RESPECTIVA, ASÍ COMO LA DOCUMENTACIÓN CON LA QUE SE PRETENDE ACREDITAR EL OTORGAMIENTO DE DICHOS SERVICIOS CARECE DE FIRMA, ADEMÁS DE QUE COINCIDEN LOS DOMICILIOS EN LAS COTIZACIONES Y FACTURAS PRESENTADAS POR LOS PROVEEDORES CORRESPONDIENTES, LO QUE HACE PRESUMIR QUE SE SIMULÓ LA PRESTACIÓN DE ESOS SERVICIOS, AUNADO AL HECHO DE QUE LAS CITADAS FACTURAS CONTIENEN INCONSISTENCIAS EN SUS FECHAS Y FOLIADOS.

ADICIONALMENTE, EL ING. BADILLO GUTIÉRREZ ANTE LA CARENCIA DE SUPERVISIÓN DE LA TITULAR DE LA REFERIDA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, PROPICIÓ QUE SE LLEVARAN A CABO DIVERSAS ADQUISICIONES SIN AJUSTARSE A LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS QUE LAS REGULAN YA QUE NO CONTABA CON FACULTADES NI ATRIBUCIONES PARA ELLO, ADEMÁS, OMITIÓ SUPERVISAR QUE SU SUBORDINADA DIRECTA LA LIC. RIVERA RIVERA CUMPLIERA CON LAS FUNCIONES QUE SE SEÑALAN EN EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DEL INSTITUTO RESPECTO AL CARGO DE COORDINADORA ADMINISTRATIVA QUE OCUPABA, LO QUE ORIGINÓ DEFICIENCIAS EN EL SERVICIO PRESTADO POR SU SUBORDINADA, COMO ES EL CASO DEL DESORDEN ADMINISTRATIVO DETECTADO EN LA CUENTA NO. 1158542-9 DE BANCOMER, S.A. QUE MANEJABA LA CITADA COORDINADORA ADMINISTRATIVA; DE IGUAL FORMA SIN CONTAR CON FACULTADES LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA A SU CARGO EXPIDIÓ Y/O PERMITIÓ LA EXPEDICIÓN DE CHEQUES POR CONCEPTO DE GASTOS A COMPROBAR SIN QUE EXISTIERA JUSTIFICACIÓN ALGUNA, UTILIZANDO RECURSOS ETIQUETADOS PARA LOS PROCESOS ELECTORALES LOCALES QUE SE CONCENTRABAN EN LA CUENTA NO. 1158542-9 DE BANCOMER S.A. QUE MANEJABA DICHA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y OMITIENDO LLEVAR A CABO EL SEGUIMIENTO PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS SALDOS PENDIENTES GENERADOS CON MOTIVO DE LA EXPEDICIÓN DE ESOS CHEQUES, CONDUCTAS IRREGULARES QUE OCASIONARON UN DAÑO PATRIMONIAL AL INSTITUTO CUANTIFICADO EN UN MONTO DE $267,733.21 COMO SE DETERMINÓ EN EL CONSIDERANDO III.4 DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA CORRESPONDIENTE, ADEMÁS DE LOS DAÑOS ECONÓMICOS QUE SE OCASIONARON CON OTRAS CONDUCTAS IRREGULARES QUE NO FUE POSIBLE DE CUANTIFICAR. POR ESTAS CONSIDERACIONES Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 108, 109, FRACCIÓN III Y 113 CONSTITUCIONALES, 2, 4, 46, 49, 53 FRACCIONES IV, V Y VI, 54, 56 FRACCIONES II, III, V Y VI, 57 PÁRRAFO SEGUNDO, 60, 64 Y 75 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, SE IMPUSO AL ING. OSCAR EDUARDO BADILLO GUTIÉRREZ, LA SANCIÓN ADMINISTRATIVA CONSISTENTE EN DESTITUCIÓN DEL CARGO QUE DESEMPEÑABA EN EL INSTITUTO COMO DIRECTOR EJECUTIVO DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES.

LOS PUNTOS RESOLUTIVOS TAL Y COMO FUERON EMITIDOS EN LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA EMITIDA POR EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL SON:

"PRIMERO.- EN BASE A LOS RAZONAMIENTOS CONTENIDOS EN LOS CONSIDERANDOS III.1 AL III.5 DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, QUEDÓ ACREDITADO QUE EL ING. OSCAR EDUARDO BADILLO GUTIÉRREZ INCURRIÓ EN RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA POR LAS CONDUCTAS DE ACCIÓN Y OMISIÓN PRECISADAS EN CADA UNO DE LOS REFERIDOS CONSIDERANDOS, POR TAL MOTIVO, SE LE IMPONE LA SANCIÓN ADMINISTRATIVA CONSISTENTE EN DESTITUCIÓN DEL CARGO DE DIRECTOR EJECUTIVO DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES, CONFORME SE ESTABLECE EN EL CONSIDERANDO VI DE ESTA RESOLUCIÓN, LA QUE SURTIRÁ EFECTOS EN LA FECHA EN QUE SE LE NOTIFIQUE LA PRESENTE RESOLUCIÓN AL INFRACTOR.

SEGUNDO.- GÍRESE OFICIO AL SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE VERIFIQUE EL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 75 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y EN VIRTUD DE QUE DEL CONTENIDO DE LA MISMA SE DERIVA LA EXISTENCIA DE DIVERSAS CONDUCTAS IRREGULARES A CARGO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE ESTE ORGANISMO QUE OCASIONARON UN DAÑO ECONÓMICO EN PERJUICIO DEL PATRIMONIO DEL INSTITUTO, QUE ADEMÁS PODRÍAN CONFIGURAR UN ILÍCITO PENAL. ESTO CON LA FINALIDAD DE QUE SI EL CITADO SECRETARIO EJECUTIVO LO CONSIDERA PROCEDENTE SE FORMULE LA DENUNCIA PENAL CORRESPONDIENTE.

TERCERO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA AL ING. OSCAR EDUARDO BADILLO GUTIÉRREZ, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.

CUARTO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN A LOS CC. CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO, AL CONSEJERO ELECTORAL Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE CONTRALORÍA INTERNA Y AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN, EN ESTE ÚLTIMO CASO CON LA FINALIDAD DE QUE UN EJEMPLAR DE ESTA RESOLUCIÓN SE INCORPORE AL EXPEDIENTE PERSONAL DE LA SERVIDORA PÚBLICA SANCIONADA.

QUINTO.- EN SU OPORTUNIDAD, REMÍTASE EL PRESENTE EXPEDIENTE A SU ARCHIVO COMO ASUNTO CONCLUIDO."

LIC. ROXANA CONCEPCIÓN RIVERA RIVERA

EN EL CASO DE LA LIC. ROXANA CONCEPCIÓN RIVERA RIVERA, PARA EMITIR LA RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE LA CONTRALORÍA INTERNA CONSIDERÓ QUE SE TRATA DE FALTAS GRAVES, TODA VEZ QUE DENTRO DE LAS CONDUCTAS IRREGULARES QUE REALIZÓ SE ENCUENTRA EL SOLICITAR Y EJERCER RECURSOS FEDERALES SIN CONTAR CON FACULTADES NI ATRIBUCIONES PARA ELLO, GENERANDO QUEBRANTOS ECONÓMICOS EN EL PATRIMONIO DEL INSTITUTO, LO QUE HACE NECESARIO SUPRIMIR ESTE TIPO DE PRÁCTICAS; QUE POR SU NIVEL JERÁRQUICO AL DESEMPEÑARSE COMO COORDINADORA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES SE UBICA COMO PERSONAL DE MANDOS MEDIOS; QUE EXISTIERON CONDICIONES ESPECIALES EN LA EJECUCIÓN DE LAS CONDUCTAS IRREGULARES, TODA VEZ QUE ÉSTAS SE VERIFICARON EN FORMA SISTEMÁTICA, COMO ES EL CASO DE SOLICITAR Y EJERCER LOS RECURSOS ASIGNADOS A LOS CENTROS REGIONALES DE CÓMPUTO, PROVENIENTES DE LOS CONVENIOS DE APOYO Y COLABORACIÓN QUE CELEBRA EL INSTITUTO CON LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS, ASIMISMO, DE MANERA REITERADA OMITIÓ VERIFICAR QUE LOS BIENES ADQUIRIDOS POR LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA QUE SE ENCONTRABA A SU CARGO, EFECTIVAMENTE FUEREN RECIBIDOS, TODA VEZ QUE EL ÁREA A SU CARGO NO LLEVABA CONTROLES DE ENTRADAS Y SALIDAS (KARDEX) EN EL ALMACÉN DE ESA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, DE IGUAL FORMA, TRAMITÓ PERIÓDICAMENTE EL PAGO DE FACTURAS POR SERVICIOS DE REVISIÓN DE ÍNDICES A LA BASE DE IMÁGENES DEL PADRÓN ELECTORAL A PESAR DE CARECER DE LA VALIDACIÓN DEL ÁREA USUARIA RESPECTIVA, ASÍ COMO LA DOCUMENTACIÓN CON LA QUE SE PRETENDE ACREDITAR EL OTORGAMIENTO DE DICHOS SERVICIOS CARECE DE FIRMA, ADEMÁS DE QUE COINCIDEN LOS DOMICILIOS EN LAS COTIZACIONES Y FACTURAS PRESENTADAS POR LOS PROVEEDORES CORRESPONDIENTES, LO QUE HACE PRESUMIR QUE SE SIMULÓ LA PRESTACIÓN DE ESOS SERVICIOS, AUNADO AL HECHO DE QUE LAS CITADAS FACTURAS CONTIENEN INCONSISTENCIAS EN SUS FECHAS Y FOLIADOS. ASIMISMO, SIN CONTAR CON FACULTADES NI ATRIBUCIONES LLEVÓ A CABO DIVERSAS ADQUISICIONES SIN AJUSTARSE A LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS QUE LAS REGULAN, ADICIONALMENTE, OMITIÓ SUPERVISAR QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS SUJETOS A SU DIRECCIÓN CUMPLIERAN CON LAS FUNCIONES QUE SE SEÑALAN EN EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DEL INSTITUTO RESPECTO A CADA UNO DE SUS CARGOS, LO QUE ORIGINÓ DEFICIENCIAS EN EL SERVICIO PRESTADO POR SUS SUBORDINADOS, COMO ES EL CASO DEL DESORDEN ADMINISTRATIVO DETECTADO EN EL REGISTRO CONTABLE DE LA CUENTA NÚMERO 1158542-9 DE BANCOMER S.A. QUE MANEJABA LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA QUE ESTABA A SU CARGO; DE IGUAL FORMA, SIN CONTAR CON FACULTADES EXPIDIÓ Y/O PERMITIÓ LA EXPEDICIÓN DE CHEQUES POR CONCEPTO DE GASTOS A COMPROBAR SIN QUE EXISTIERA JUSTIFICACIÓN ALGUNA Y OMITIENDO LLEVAR A CABO EL SEGUIMIENTO PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS SALDOS PENDIENTES GENERADOS CON MOTIVO DE LA EXPEDICIÓN DE ESOS CHEQUES, CONDUCTAS IRREGULARES QUE OCASIONARON UN DAÑO PATRIMONIAL AL INSTITUTO CUANTIFICADO POR UN MONTO DE $267,733.21 COMO SE DETERMINÓ EN LA CITADA RESOLUCIÓN, ADEMÁS DE LOS DAÑOS ECONÓMICOS QUE SE OCASIONARON CON OTRAS CONDUCTAS IRREGULARES QUE NO FUE POSIBLE CUANTIFICAR. POR ESTAS CONSIDERACIONES Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 108, 109, FRACCIÓN III Y 113 CONSTITUCIONALES, 2, 4, 46, 49, 53 FRACCIONES IV, V Y VI, 54, 56 FRACCIONES II, III, V Y VI, 57 PÁRRAFO SEGUNDO, 60, 64 Y 75 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, SE IMPUSO A LA LIC. ROXANA CONCEPCIÓN RIVERA RIVERA, LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS CONSISTENTES EN DESTITUCIÓN DEL CARGO QUE DESEMPEÑABA EN EL INSTITUTO COMO COORDINADORA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES, UNA SANCIÓN ECONÓMICA POR LA CANTIDAD DE $267,733.21 (DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS, 21/100 M.N.) EQUIVALENTE AL IMPORTE DEL DAÑO ECONÓMICO QUE CAUSÓ LA INFRACTORA CON LAS CONDUCTAS IRREGULARES EN QUE INCURRIÓ E INHABILITACIÓN TEMPORAL PARA DESEMPEÑAR UN EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO POR UN TÉRMINO DE 12 AÑOS, EN ATENCIÓN A QUE EL MONTO DEL DAÑO CAUSADO EXCEDIÓ DE DOSCIENTAS VECES EL SALARIO MÍNIMO MENSUAL VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL.

RESPECTO DE LA SANCIÓN ECONÓMICA QUE SE IMPUSO A LA INFRACTORA, ES DE SEÑALARSE QUE LA CONTRALORÍA INTERNA SUSTENTÓ EL IMPORTE DE DICHA SANCIÓN EN LA TESIS JURISPRUDENCIAL AISLADA QUE A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE, LA CUAL EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 113 CONSTITUCIONAL PERMITE INDIVIDUALIZAR LA SANCIÓN ECONÓMICA, ESTABLECIENDO COMO PARÁMETRO MÍNIMO EL BENEFICIO OBTENIDO Y COMO MÁXIMO EL EQUIVALENTE A TRES TANTOS DE ELLO, SEGÚN LAS CIRCUNSTANCIAS PARTICULARES DEL CASO CONCRETO, EN TAL VIRTUD, ESTE ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DETERMINÓ APLICAR A LA INFRACTORA UNA SANCIÓN ECONÓMICA EQUIVALENTE AL IMPORTE DEL DAÑO CUANTIFICADO QUE SE CAUSÓ AL PATRIMONIO DEL INSTITUTO.

SERVIDORES PÚBLICOS, SANCIÓN ECONÓMICA IMPUESTA A LOS. EL ARTICULO 55 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES RELATIVA, A NO FACULTAR A LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA EL EJERCICIO DEL ARBITRIO PARA INDIVIDUALIZARLA, RESULTA INCONSTITUCIONAL.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 113 CONSTITUCIONAL, LA SANCIÓN ECONÓMICA QUE PREVÉ, SE IMPONE A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ACUERDO CON LOS BENEFICIOS ECONÓMICOS OBTENIDOS POR EL RESPONSABLE Y POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS PATRIMONIALES CAUSADOS POR SUS ACTOS U OMISIONES, HASTA EN TRES TANTOS DEL MONTO A QUE ASCIENDAN ESOS TRASTORNOS ORIGINADOS POR EL ACTUAR INDEBIDO DEL INFRACTOR; O SEA QUE EL CONSTITUYENTE SEÑALÓ LOS ELEMENTOS A LOS QUE LA AUTORIDAD DEBE ATENDER PARA INDIVIDUALIZAR LA SANCIÓN, ESTABLECIENDO COMO PARÁMETRO MÍNIMO EL BENEFICIO OBTENIDO O EL PERJUICIO OCASIONADO Y COMO MÁXIMO EL EQUIVALENTE A TRES TANTOS DE ELLO; LUEGO, SI EL ARTÍCULO 55 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS ESTABLECE QUE, EN EL CASO DE LAS SANCIONES ECONÓMICAS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS, SE APLICARÁN DOS TANTOS DEL LUCRO OBTENIDO Y DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS, ES INCONCUSO QUE CONTRAVIENE LO DISPUESTO EN EL INVOCADO PRECEPTO CONSTITUCIONAL, EN VIRTUD DE QUE NO ESTABLECE REGLAS PARA QUE LAS AUTORIDADES IMPOSITORAS TENGAN LA POSIBILIDAD DE GRADUAR LA CUANTÍA DE LA SANCIÓN, OBLIGANDO A LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA A APLICARLA DE MANERA FIJA, LO QUE LE IMPIDE EJERCER LA FACULTAD PRUDENTE DEL ARBITRIO PARA INDIVIDUALIZAR Y CUANTIFICAR EL MONTO DE LA SANCIÓN, PROVOCANDO LA APLICACIÓN DE ÉSTA A TODOS POR IGUAL, DE MANERA INVARIABLE E INFLEXIBLE.

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 513/96. MIGUEL ÁNGEL TORRES CASTAÑEDA. 19 DE MAYO DE 1997. UNANIMIDAD DE NUEVE VOTOS. AUSENTES: MARIANO AZUELA GÜITRON Y JUAN DÍAZ ROMERO. PONENTE: JUAN N. SILVA MEZA. SECRETARIO: HUMBERTO BENÍTEZ PIMIENTA.

EL TRIBUNAL PLENO, EN SU SESIÓN PRIVADA CELEBRADA EL OCHO DE SEPTIEMBRE EN CURSO, APROBÓ, CON EL NÚMERO CXL/1997, LA TESIS AISLADA QUE ANTECEDE; Y DETERMINÓ QUE LA VOTACIÓN ES IDÓNEA PARA INTEGRAR TESIS JURISPRUDENCIAL. MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, A OCHO DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.

NOVENA ÉPOCA. INSTANCIA: PLENO

FUENTE: SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y SU GACETA

TOMO: VI, SEPTIEMBRE DE 1997

TESIS: P. CXL/97. PÁGINA: 207

A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBEN TEXTUALMENTE LOS PUNTOS RESOLUTIVOS.

"PRIMERO.- EN BASE A LOS RAZONAMIENTOS CONTENIDOS EN LOS CONSIDERANDOS III.2 A III.8, V.2 Y VII DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, QUEDÓ ACREDITADO QUE LA LIC. ROXANA CONCEPCIÓN RIVERA RIVERA INCURRIÓ EN RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA POR LAS CONDUCTAS DE ACCIÓN Y OMISIÓN PRECISADAS EN CADA UNO DE LOS REFERIDOS CONSIDERANDOS, POR TAL MOTIVO, SE LE IMPONEN LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS CONSISTENTES EN DESTITUCIÓN DEL CARGO DE COORDINADORA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES, UNA SANCIÓN ECONÓMICA POR LA CANTIDAD DE $267,733.21 (DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS, 21/100 M.N.) E INHABILITACIÓN TEMPORAL PARA DESEMPEÑAR UN EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO POR UN TÉRMINO DE 12 AÑOS, CONFORME SE ESTABLECE EN EL CONSIDERANDO VII DE ESTA RESOLUCIÓN, LA QUE SURTIRÁ EFECTOS EN LA FECHA EN QUE SE LE NOTIFIQUE LA PRESENTE RESOLUCIÓN A LA INFRACTORA.

SEGUNDO.- EN VIRTUD DE QUE LA LIC. ROXANA CONCEPCIÓN RIVERA RIVERA RESULTÓ RESPONSABLE ADMINISTRATIVAMENTE DE LAS CONDUCTAS IRREGULARES QUE SE ESPECIFICARON EN LOS CONSIDERANDOS III.2 AL III.8, V.2 Y VII DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 64 FRACCIÓN IV, PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, SE DETERMINA QUE NO SE LE DEBEN DE CUBRIR LAS PERCEPCIONES QUE LE FUERON SUSPENDIDAS A SOLICITUD DE ESTA CONTRALORÍA INTERNA A PARTIR DEL 7 DE DICIEMBRE DEL 2000.

TERCERO.- POR LOS RAZONAMIENTOS PRECISADOS EN LOS CONSIDERANDOS III.1 Y V.1 DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, SE DETERMINA QUE NO SE CONFIGURÓ RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA A CARGO DE LA LIC. ROXANA CONCEPCIÓN RIVERA RIVERA EN CUANTO A LAS PRESUNTAS IRREGULARIDADES QUE LE FUERON ATRIBUIDAS EN DICHOS APARTADOS, AL QUEDAR DESVIRTUADOS LOS PRESUNTOS HECHOS IRREGULARES QUE SE LE ATRIBUYERON.

CUARTO.- GÍRESE OFICIO AL SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE VERIFIQUE EL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 75 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.

QUINTO.- EN VIRTUD DE QUE DEL CONTENIDO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN SE ADVIERTE LA EXISTENCIA DE POSIBLES IRREGULARIDADES FISCALES A CARGO DE LAS EMPRESAS GRUPO LC DE MÉXICO S.A. DE C.V., LC PROMOTORA DE MÉXICO S.A. DE C.V. E INFOIMAGEN S.A. DE C.V., ASÍ COMO LAS NEGOCIACIONES DASA SUMINISTRO DE CÓMPUTO Y/O GABRIEL SOTO MARTÍNEZ, MACCIM S.A. DE C.V., MACCISOLUCIONES S.A. DE C.V., DACO COMPUTACIÓN, SOLCOM, SISTEMAS Y EQUIPO MEGABYTE Y DISTRIBUIDORA DE EQUIPO PERIFÉRICO Y SISTEMAS ACTUALES, TODAS S.A. DE C.V., INFÓRMESE AL SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO DE ESTOS HECHOS A FIN DE QUE SI LO CONSIDERA PROCEDENTE SE HAGAN DEL CONOCIMIENTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, PARA QUE ESTA DEPENDENCIA EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA DETERMINE SI LOS HECHOS U OMISIONES EN QUE INCURRIERON DICHAS EMPRESAS CONFIGURAN UNA VIOLACIÓN A LAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.

SEXTO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN AL SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO EN VIRTUD DE QUE DEL CONTENIDO DE LA MISMA SE DERIVA LA EXISTENCIA DE DIVERSAS CONDUCTAS IRREGULARES A CARGO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE ESTE ORGANISMO QUE OCASIONARON UN DAÑO ECONÓMICO EN PERJUICIO DEL PATRIMONIO DEL INSTITUTO, QUE ADEMÁS PODRÍAN CONFIGURAR UN ILÍCITO PENAL. ESTO CON LA FINALIDAD DE QUE SI EL SECRETARIO EJECUTIVO LO CONSIDERA PROCEDENTE SE FORMULE LA DENUNCIA PENAL CORRESPONDIENTE.

SÉPTIMO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA A LA LIC. ROXANA CONCEPCIÓN RIVERA RIVERA, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.

OCTAVO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN A LOS CC. CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO, AL CONSEJERO ELECTORAL Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE CONTRALORÍA INTERNA, AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN Y AL DIRECTOR DE PERSONAL DEL INSTITUTO, EN ESTOS DOS ÚLTIMOS CASOS CON LA FINALIDAD DE QUE UN EJEMPLAR DE ESTA RESOLUCIÓN SE INCORPORE AL EXPEDIENTE PERSONAL DE LA SERVIDORA PÚBLICA SANCIONADA.

NOVENO.- EN SU OPORTUNIDAD, REMÍTASE EL PRESENTE EXPEDIENTE A SU ARCHIVO COMO ASUNTO CONCLUIDO."

LIC. MANUEL FONSECA LÓPEZ

EN LO RELATIVO AL LIC. MANUEL FONSECA LÓPEZ, PARA EMITIR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA SE TOMÓ EN CONSIDERACIÓN QUE SE TRATA DE FALTAS GRAVES, TODA VEZ QUE DENTRO DE LAS CONDUCTAS IRREGULARES QUE QUEDARON ACREDITADAS EN EL PROCEDIMIENTO QUE SE LE INSTRUYÓ SE ENCUENTRA EL OMITIR EN FORMA REITERADA SUPERVISAR QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS SUJETOS A SU DIRECCIÓN CUMPLIERAN CON LAS OBLIGACIONES A SU CARGO, GENERANDO DEFICIENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO ENCOMENDADO Y UN QUEBRANTO ECONÓMICO EN EL PATRIMONIO DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR UN IMPORTE DE $50,250.00 (CINCUENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.); QUE POR SU NIVEL JERÁRQUICO AL DESEMPEÑARSE COMO COORDINADOR DE CONTROL DEL PADRÓN ELECTORAL DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES SE UBICA COMO PERSONAL DE MANDOS MEDIOS; QUE EXISTIERON CONDICIONES ESPECIALES EN LA EJECUCIÓN DE LAS CONDUCTAS IRREGULARES, TODA VEZ LA FALTA DE SUPERVISIÓN SE DIO EN FORMA REITERADA DURANTE LOS AÑOS DE 1998, 1999 Y 2000, AL OMITIR CUMPLIR LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA CITADA DIRECCIÓN EJECUTIVA, LO QUE HACE PRESUMIR LA FALTA DE APTITUDES NECESARIAS PARA CUMPLIR CON LAS FUNCIONES DE COORDINADOR DE CONTROL DEL PADRÓN ELECTORAL EN DICHA DIRECCIÓN EJECUTIVA, LO QUE LLEVA APAREJADO LA DEFICIENCIA DEL SERVICIO QUE SE LE ENCOMENDÓ Y LA INOBSERVANCIA DEL CITADO MANUAL DE ORGANIZACIÓN. POR ESTAS CONSIDERACIONES Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 108, 109, FRACCIÓN III Y 113 CONSTITUCIONALES, 2, 4, 46, 49, 53 FRACCIÓN IV, 54, 56 FRACCIÓN II, 57 PÁRRAFO SEGUNDO, 60, 64 Y 75 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, SE IMPUSO AL LIC. MANUEL FONSECA LÓPEZ, LA SANCIÓN ADMINISTRATIVA CONSISTENTE EN DESTITUCIÓN DEL CARGO QUE DESEMPEÑA EN EL INSTITUTO COMO COORDINADOR DE CONTROL DEL PADRÓN ELECTORAL DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES.

LA TRASCRIPCIÓN TEXTUAL DE LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA ES LA SIGUIENTE.

"PRIMERO.- EN BASE A LOS RAZONAMIENTOS CONTENIDOS EN LOS CONSIDERANDOS III.1, III.3 Y IV.2 DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, QUEDÓ ACREDITADO QUE EL LIC. MANUEL FONSECA LÓPEZ INCURRIÓ EN RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA POR LAS CONDUCTAS DE ACCIÓN Y OMISIÓN PRECISADAS EN CADA UNO DE LOS REFERIDOS CONSIDERANDOS, POR TAL MOTIVO, SE LE IMPONE LA SANCIÓN ADMINISTRATIVA CONSISTENTE EN DESTITUCIÓN DEL CARGO DE COORDINADOR DE CONTROL DEL PADRÓN ELECTORAL DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES, CONFORME SE ESTABLECE EN EL CONSIDERANDO V DE ESTA RESOLUCIÓN, LA QUE SURTIRÁ EFECTOS EN LA FECHA EN QUE SE LE NOTIFIQUE LA PRESENTE RESOLUCIÓN AL INFRACTOR.

SEGUNDO.- POR LOS RAZONAMIENTOS PRECISADOS EN EL CONSIDERANDO III.2 DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, SE DETERMINA QUE NO SE CONFIGURÓ RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA A CARGO DEL LIC. MANUEL FONSECA LÓPEZ EN CUANTO A LAS PRESUNTAS IRREGULARIDADES QUE LE FUERON ATRIBUIDAS EN DICHO APARTADO, AL QUEDAR DESVIRTUADOS LOS PRESUNTOS HECHOS IRREGULARES QUE SE LE ATRIBUYERON.

TERCERO.- GÍRESE OFICIO AL SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE VERIFIQUE EL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.

CUARTO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN AL SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO, EN VIRTUD DE QUE DEL CONTENIDO DE LA MISMA SE DERIVA LA EXISTENCIA DE DIVERSAS CONDUCTAS IRREGULARES A CARGO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE ESTE ORGANISMO QUE OCASIONARON UN DAÑO ECONÓMICO EN PERJUICIO DEL PATRIMONIO DE ESTE INSTITUTO, QUE ADEMÁS PODRÍAN CONFIGURAR UN ILÍCITO PENAL. ESTO CON LA FINALIDAD DE QUE SÍ EL SECRETARIO EJECUTIVO LO CONSIDERA PROCEDENTE SE FORMULE LA DENUNCIA PENAL CORRESPONDIENTE.

QUINTO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA AL LIC. MANUEL FONSECA LÓPEZ, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.

SEXTO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN A LOS CC. CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO, AL CONSEJERO ELECTORAL Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE CONTRALORÍA INTERNA, AL DIRECTOR EJECUTIVO DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL Y AL DIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN, EN ESTOS DOS ÚLTIMOS CASOS, CON LA FINALIDAD DE QUE UN EJEMPLAR DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN SE INCORPORE AL EXPEDIENTE PERSONAL DEL SERVIDOR PÚBLICO SANCIONADO.

SÉPTIMO.- EN SU OPORTUNIDAD, REMÍTASE EL PRESENTE EXPEDIENTE A SU ARCHIVO COMO ASUNTO CONCLUIDO."

LIC. ERNESTO RUEDA GARCÍA

PARA EMITIR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA EN EL CASO DEL LIC. ERNESTO RUEDA GARCÍA SE CONSIDERÓ QUE INCURRIÓ EN FALTAS GRAVES, AL HABER INTERVENIDO EN LA CONTRATACIÓN DE DOS DE SUS FAMILIARES COMO TRABAJADORES DEL INSTITUTO, ASÍ COMO REALIZAR EN FORMA REITERADA, NO COMO UNA CONDUCTA AISLADA, LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DURANTE EL PERÍODO DE 1997 AL 2000, SIN CONTAR CON FACULTADES NI ATRIBUCIONES PARA ELLO, LO QUE HACE NECESARIO SUPRIMIR ESTE TIPO DE PRÁCTICAS; QUE POR SU NIVEL JERÁRQUICO AL DESEMPEÑARSE COMO SUBDIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES, SE UBICA EN EL NIVEL DE MANDOS MEDIOS; QUE EXISTIERON CONDICIONES ESPECIALES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS CONDUCTAS IRREGULARES, TODA VEZ QUE LAS ADQUISICIONES SE REALIZARON DE FORMA SISTEMÁTICA, SIN CONTAR CON FACULTADES NI ATRIBUCIONES, ADEMÁS, EN ALGUNOS CASOS, OMITIENDO AJUSTARSE A LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS QUE LAS REGULAN; Y QUE CON SU CONDUCTA IRREGULAR OCASIONÓ UN DAÑO PATRIMONIAL AL INSTITUTO NO CUANTIFICABLE, EN VIRTUD DE QUE AL ADJUDICAR DIRECTAMENTE LAS ADQUISICIONES, NO SE OBTUVIERON LAS MEJORES CONDICIONES DE PRECIO Y CALIDAD DE LOS BIENES PARA ESTE ORGANISMO. POR ESTAS CONSIDERACIONES Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 2, 4, 46, 49, 53 FRACCIONES IV Y VI, 54, 56 FRACCIONES II Y V, 57 PÁRRAFO SEGUNDO, 60, 64 Y 75 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS; EN EL INCISO J) DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO, DE FECHA 16 DE DICIEMBRE DE 1997, MEDIANTE EL QUE SE FORMALIZÓ LA EXISTENCIA DE LA UNIDAD TÉCNICA DE CONTRALORÍA INTERNA; EN LOS ARTÍCULOS 4, FRACCIÓN III, APARTADO A), INCISO A) SUBINCISO III Y 63 APARTADO 1, INCISO M) DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL; EN LO ESTIPULADO EN EL NUMERAL 249 PRIMER PÁRRAFO DEL ESTATUTO DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL Y DEL PERSONAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, ASÍ COMO EN LOS LINEAMIENTOS RELATIVOS A LAS LIMITACIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE FAMILIARES HASTA EL CUARTO GRADO COMO TRABAJADORES DEL INSTITUTO, EMITIDO CON FECHA 10 DE JUNIO DE 1994 POR LA ENTONCES SECRETARÍA GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, SE DETERMINÓ IMPONER AL LIC. ERNESTO RUEDA GARCÍA LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS CONSISTENTES EN DESTITUCIÓN DEL CARGO QUE DESEMPEÑA COMO SUBDIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS DE LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES E INHABILITACIÓN PARA DESEMPEÑAR UN EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO POR UN TÉRMINO DE 5 AÑOS.

PARA UNA PRONTA REFERENCIA SE TRANSCRIBEN A CONTINUACIÓN LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA QUE NOS OCUPA:

"PRIMERO.- QUEDÓ PLENAMENTE ACREDITADO QUE EL LIC. ERNESTO RUEDA GARCÍA INCURRIÓ EN RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, POR LAS CONDUCTAS DE ACCIÓN Y OMISIÓN PRECISADAS EN EL CONSIDERANDO III.1, III.2, IV.2 Y VI DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.

SEGUNDO.- SE IMPONEN AL LIC. ERNESTO RUEDA GARCÍA LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 53 FRACCIÓN IV Y VI DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, CONSISTENTES EN DESTITUCIÓN DEL CARGO QUE DESEMPEÑA COMO SUBDIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS DE LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES E INHABILITACIÓN TEMPORAL PARA DESEMPEÑAR UN EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO POR EL TÉRMINO DE 5 AÑOS.

TERCERO.- GÍRESE OFICIO AL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES A FIN DE QUE VERIFIQUE EL CUMPLIMIENTO DE ESTA RESOLUCIÓN DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 75 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.

CUARTO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN AL SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO, EN VIRTUD DE QUE DEL CONTENIDO DE LA MISMA SE DERIVA LA EXISTENCIA DE DIVERSAS CONDUCTAS IRREGULARES A CARGO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE ESTE ORGANISMO QUE OCASIONARON UN DAÑO ECONÓMICO EN PERJUICIO DEL PATRIMONIO DEL INSTITUTO, QUE ADEMÁS PODRÍAN CONFIGURAR UN ILÍCITO PENAL. ESTO CON LA FINALIDAD DE QUE SI EL SECRETARIO EJECUTIVO LO CONSIDERA PROCEDENTE SE FORMULE LA DENUNCIA PENAL CORRESPONDIENTE.

QUINTO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN AL LIC. ERNESTO RUEDA GARCÍA, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.

SEXTO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN A LOS CC. CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO, AL CONSEJERO ELECTORAL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE CONTRALORÍA INTERNA, AL DIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN Y AL DIRECTOR DE PERSONAL DEL INSTITUTO, EN LOS DOS ÚLTIMOS CASOS CON LA FINALIDAD DE QUE UN EJEMPLAR DE ESTA RESOLUCIÓN SE INCORPORE AL EXPEDIENTE PERSONAL DEL SERVIDOR PÚBLICO SANCIONADO."

LIC. ELÍAS JOSÉ ELEUTERIO RANGEL CORTES

PARA EMITIR RESOLUCIÓN SE CONSIDERÓ QUE EL LIC. ELÍAS JOSÉ ELEUTERIO RANGEL CORTÉS INCURRIÓ EN FALTAS GRAVES, TODA VEZ QUE CON LAS CONDUCTAS IRREGULARES QUE REALIZÓ SE GENERARON QUEBRANTOS ECONÓMICOS EN EL PATRIMONIO DEL INSTITUTO, LO QUE HACE NECESARIO SUPRIMIR ESTE TIPO DE PRÁCTICAS; QUE POR SU NIVEL JERÁRQUICO AL DESEMPEÑARSE COMO SUBDIRECTOR DE SUMINISTROS Y SERVICIOS DE LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES, SE UBICA COMO PERSONAL DE MANDOS MEDIOS; QUE EXISTIERON CONDICIONES ESPECIALES EN LA EJECUCIÓN DE LAS CONDUCTAS IRREGULARES, TODA VEZ QUE ÉSTAS SE VERIFICARON EN FORMA SISTEMÁTICA, COMO ES EL CASO DE QUE EXPIDIÓ CHEQUES POR CONCEPTO DE GASTOS A COMPROBAR SIN CONTAR CON FACULTADES Y SIN QUE EXISTIERA JUSTIFICACIÓN ALGUNA, OMITIENDO ADEMÁS LLEVAR A CABO EL SEGUIMIENTO PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS SALDOS PENDIENTES GENERADOS CON MOTIVO DE LA EXPEDICIÓN DE ESOS CHEQUES, DE IGUAL FORMA, OMITIÓ VERIFICAR QUE LOS BIENES ADQUIRIDOS POR LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE SU ADSCRIPCIÓN, EFECTIVAMENTE FUERAN RECIBIDOS, TODA VEZ QUE LA SUBDIRECCIÓN A SU CARGO NO LLEVABA CONTROLES DE ENTRADAS Y SALIDAS (KARDEX) EN EL ALMACÉN DE ESA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, ADICIONALMENTE, OMITIÓ CUMPLIR CON LAS FUNCIONES QUE SE SEÑALAN EN EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DEL INSTITUTO RESPECTO AL CARGO DE SUBDIRECTOR DE SUMINISTROS Y SERVICIOS, LO QUE ORIGINÓ DEFICIENCIAS EN EL SERVICIO PRESTADO, COMO ES EL CASO DEL DESORDEN DETECTADO EN EL REGISTRO CONTABLE DE LA CUENTA NÚMERO 1158542-9 DE BANCOMER S.A. QUE MANEJABA EL INFRACTOR, ADEMÁS DE QUE COMO TITULAR DE LA CITADA SUBDIRECCIÓN, OMITIÓ DENUNCIAR QUE LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE SU ADSCRIPCIÓN REALIZABA ADQUISICIONES, SIN CONTAR CON FACULTADES NI ATRIBUCIONES PARA REALIZAR ESA ACTIVIDAD; QUE LAS CONDUCTAS IRREGULARES DEL LIC. RANGEL CORTÉS OCASIONARON UN DAÑO PATRIMONIAL AL INSTITUTO CUANTIFICADO POR UN MONTO DE $267,733.21, COMO SE DETERMINÓ EN LA RESOLUCIÓN EMITIDA Y ORIGINÓ UN QUEBRANTO PATRIMONIAL NO CUANTIFICABLE COMO SE INDICA EN LA PROPIA RESOLUCIÓN. POR ESTAS CONSIDERACIONES Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 108, 109, FRACCIÓN III Y 113 CONSTITUCIONALES, 2, 4, 46, 49, 53 FRACCIONES IV Y VI, 54, 56 FRACCIONES II, III Y V, 57 PÁRRAFO SEGUNDO, 60, 64 Y 75 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, SE IMPUSIERON AL LIC. ELÍAS JOSÉ ELEUTERIO RANGEL CORTÉS, LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS CONSISTENTES EN DESTITUCIÓN DEL CARGO QUE DESEMPEÑA COMO SUBDIRECTOR DE SUMINISTROS Y SERVICIOS DE LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES E INHABILITACIÓN TEMPORAL PARA DESEMPEÑAR UN EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO POR UN TÉRMINO DE 5 AÑOS. LA PRESENTE RESOLUCIÓN SURTIRÁ EFECTOS EN LA FECHA EN QUE SE LE NOTIFIQUE AL INFRACTOR.

LOS PUNTOS RESOLUTIVOS EMITIDOS EN ESTE CASO SON LOS SIGUIENTES:

"PRIMERO.- EN BASE A LOS RAZONAMIENTOS CONTENIDOS EN LOS CONSIDERANDOS III.2 AL III.6 Y IV DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, QUEDÓ ACREDITADO QUE EL LIC. ELÍAS JOSÉ ELEUTERIO RANGEL CORTÉS INCURRIÓ EN RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA POR LAS CONDUCTAS DE ACCIÓN Y OMISIÓN PRECISADAS EN CADA UNO DE LOS REFERIDOS CONSIDERANDOS, POR TAL MOTIVO, SE LE IMPONEN LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS CONSISTENTES EN DESTITUCIÓN DEL CARGO QUE DESEMPEÑA EN EL INSTITUTO COMO SUBDIRECTOR DE SUMINISTROS Y SERVICIOS DE LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES E INHABILITACIÓN TEMPORAL PARA DESEMPEÑAR UN EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO POR UN TÉRMINO DE 5 AÑOS.

SEGUNDO.- POR LOS RAZONAMIENTOS PRECISADOS EN EL CONSIDERANDO III.1 DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, SE DETERMINA QUE NO SE CONFIGURÓ RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA A CARGO DEL LIC. ELÍAS JOSÉ ELEUTERIO RANGEL CORTÉS EN CUANTO A LA PRESUNTA IRREGULARIDAD QUE LE FUE ATRIBUIDA EN DICHO APARTADO, AL QUEDAR DESVIRTUADOS LOS PRESUNTOS HECHOS IRREGULARES QUE SE LE ATRIBUYERON.

TERCERO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN AL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES DEL INSTITUTO, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE VERIFIQUE EL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 75 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.

CUARTO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA AL SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO EN VIRTUD DE QUE DEL CONTENIDO DE LA MISMA SE DERIVA LA EXISTENCIA DE DIVERSAS CONDUCTAS IRREGULARES A CARGO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE ESTE ORGANISMO QUE OCASIONARON UN DAÑO ECONÓMICO EN PERJUICIO DEL PATRIMONIO DEL INSTITUTO, QUE ADEMÁS PODRÍAN CONFIGURAR UN ILÍCITO PENAL. ESTO CON LA FINALIDAD DE QUE SI EL SECRETARIO EJECUTIVO LO CONSIDERA PROCEDENTE SE FORMULE LA DENUNCIA PENAL CORRESPONDIENTE.

QUINTO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA AL LIC. ELÍAS JOSÉ ELEUTERIO RANGEL CORTÉS, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.

SEXTO.- NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN A LOS CC. CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO, AL CONSEJERO ELECTORAL Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE CONTRALORÍA INTERNA, AL DIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN Y AL DIRECTOR DE PERSONAL DEL INSTITUTO, EN LOS DOS ÚLTIMOS CASOS CON LA FINALIDAD DE QUE UN EJEMPLAR DE ESTA RESOLUCIÓN SE INCORPORE AL EXPEDIENTE PERSONAL DEL SERVIDOR PÚBLICO SANCIONADO.

SÉPTIMO.- EN SU OPORTUNIDAD, REMÍTASE EL PRESENTE EXPEDIENTE A SU ARCHIVO COMO ASUNTO CONCLUIDO."