Ciudad de México ,a 10 de Mayo de 2017
Intervención del Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, en el punto 4 de la sesión Extraordinaria, relativo al informe sobre el registro de operaciones de ingresos y gastos de campaña en el Sistema Integral de Fiscalización al 6 de mayo de 2017
Permítame
intervenir.
Como
en la ocasión anterior, con un tono de preocupación, que no pretende ser como
alguien podría suponer un tono admonitorio a los partidos, sino un tono que
pretende evidenciar un problema que hoy, por segunda ocasión en estos procesos
electorales, durante las campañas electorales en curso está demostrando,
digamos, una actitud que debería corregirse en los días por venir.
Reiterando
o partiendo de dos premisas en las que me gustaría ser particularmente
enfático. La primera, la fiscalización no es un mecanismo de debilitamiento de
los partidos políticos. Si lo vemos como parte de un proceso de construcción
institucional histórico la fiscalización no solamente es un instrumento
fundamental para garantizar la equidad en la contienda, sino también bien
entendido es un mecanismo de rendición de cuentas y por ende de fortalecimiento
a los partidos políticos, a menos que la actitud de los sujetos fiscalizados
sea la de ocultar información, porque en ese caso la fiscalización sí se
convierte en un brazo, digámoslo así, que evidencia omisiones o
irregularidades.
Pero
la finalidad de la fiscalización, esto quiero subrayarlo, no es evidenciar la
conducta ilícita de los partidos, sino por el contrario, generar un estímulo
para que la conducta de los actores políticos esté apegado a la ley y en virtud
de la lógica y rendición de cuentas se fortalezca la figura de los partidos de
cara a la ciudadanía. Esa es la lógica con la que tenemos que entender la
fiscalización.
Ahora,
la fiscalización, para llegar a buen puerto, requiere de una, y esto lo
reitero por segunda ocasión, requiere de
un acompañamiento y de un cumplimiento de responsabilidades de los partidos de
informar con base en las reglas que nos hemos dado y por cierto que los mismos
partidos pusieron en la Constitución, en la última reforma.
La
fiscalización en tiempo real no es una exigencia de la autoridad electoral sino
una disposición que se pactó y se constitucionalizó en 2014; y por supuesto,
una corresponsabilidad de la autoridad electoral, de cumplir con su función de
revisión de las cuentas.
Estas
son las dos premisas de las que quisiera partir.
Qué
es lo que nos está evidenciando este segundo informe y por eso, el tono de
preocupación de mi parte, que no es un tono admonitorio, repito, sino pretende
ser un tono que subsane porque estamos todavía con las fiscalizaciones en
curso; es