Coordinación Nacional de Comunicación Social

México D.F. ,a 12 de Agosto de 2015

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL CONSEJERO ELECTORAL, MARCO ANTONIO BAÑOS MARTINEZ, EN EL PUNTO OCHO, SOBRE LA PÉRDIDA Y/O CANCELACIÓN DEL REGISTRO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO (PVEM).

Voy a hacer uso de la palabra para fijar mi posición con relación a este asunto.

En efecto, estamos en presencia de un proyecto de resolución que presenta la Comisión de Quejas y Denuncias en atención a la propuesta que, a su vez, le formuló la Unidad de lo Contencioso respecto de una solicitud de un grupo amplio de ciudadanas y ciudadanos que solicitan se declare la cancelación o pérdida de registro del Partido Verde Ecologista de México.

Creo que en el debate se han colocado diversos puntos que, en mi opinión, necesitan alguna precisión de orden jurídico y técnico.

En primer lugar, estamos en presencia de una legislación que en la última reforma ha colocado diversos asuntos donde pareciera que las conductas específicas tienen sanciones en extremo o más bien, opciones de pronunciamiento de parte de la autoridad administrativa en los extremos.

Pienso, por ejemplo, en los procedimientos que la legislación de Instituciones y Procedimientos Electorales plantea respecto de los Consejeros Electorales de los Órganos Electorales de las Entidades Federativas, donde dice la ley que hay una facultad de remoción de esta institución, pero no prevé ante las diversas conductas en las que pudieran incurrir los Consejeros de los OPLES sanciones intermedias y en consecuencia, pareciera que el procedimiento debe declararse por la vía de una remoción o por una absolución pero no acepta sanciones intermedias.

En este caso, me parece que no estamos necesariamente en presencia de un procedimiento así. No me parece que técnicamente sea correcto decir que si no hay una sanción de cancelación o de pérdida del registro, cuál es la sanción que debería de aplicarse.

Para empezar, me parece que hay que encuadrar en su justa dimensión el tema, se trata de un pronunciamiento respecto de diversas conductas que son propias del Partido Verde Ecologista de México y que todas ellas han tenido un pronunciamiento previo de parte de esta autoridad. Eso es lo primero que debe decirse.

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