Atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Administración

Artículo 59 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE):

  • Aplicar las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros y materiales del Instituto.
  • Organizar, dirigir y controlar la administración de los recursos materiales y financieros, así como la prestación de los servicios generales en el Instituto.
  • Formular el anteproyecto anual del presupuesto del Instituto.
  • Establecer y operar los sistemas administrativos para el ejercicio y control presupuestales.
  • Elaborar el proyecto de manual de organización y el catálogo de cargos y puestos de la rama administrativa del Instituto y someterlo para su aprobación a la Junta General Ejecutiva.
  • Proveer lo necesario para el adecuado funcionamiento de la rama administrativa del personal al servicio del Instituto y someter a consideración de la Junta General Ejecutiva los programas de capacitación permanente o especial y los procedimientos para la promoción y estímulo del personal administrativo.
  • Presentar a la Junta General Ejecutiva, previo acuerdo con el Director Ejecutivo del Servicio Profesional Electoral Nacional, los procedimientos de selección, capacitación y promoción que permitan al personal de la rama administrativa aspirar a su incorporación al Servicio Profesional Electoral Nacional.
  • Atender las necesidades administrativas de los órganos del Instituto.
  • Presentar al Consejo General, por conducto del Secretario Ejecutivo, un informe anual respecto del ejercicio presupuestal del Instituto.
  • Acordar con el Secretario Ejecutivo los asuntos de su competencia.

Artículo 50 del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral:

  • Presentar al Secretario Ejecutivo para su aprobación, las políticas y normas generales para el ejercicio y control del presupuesto.
  • Establecer y aplicar las políticas generales, criterios técnicos y lineamientos a que se sujetarán los programas de administración de personal; recursos materiales y servicios generales; recursos financieros y de organización del Instituto.
  • Dirigir y supervisar la elaboración de los documentos normativo-administrativos necesarios para el desarrollo de las funciones del Instituto, sometiéndolos a la aprobación de la Junta.
  • Elaborar el proyecto de manual de organización y el catálogo de cargos y puestos de la rama administrativa del Instituto y someterlo para su aprobación a la Junta General Ejecutiva.
  • Proveer lo necesario para el adecuado funcionamiento de la rama administrativa del personal al servicio del Instituto.
  • Organizar y dirigir la administración de los recursos materiales, financieros, así como la administración del personal del Instituto.
  • Dirigir y coordinar la elaboración del anteproyecto de Presupuesto del Instituto y presentarlo para su revisión al Secretario Ejecutivo.
  • Aplicar las políticas y lineamientos definidos por la Unidad Técnica de Planeación, para la evaluación de resultados en los programas de administración de los recursos materiales y financieros, de organización y administración del personal.
  • Establecer los programas de capacitación permanente y especial y procedimientos para la promoción y estímulo del personal administrativo sometiéndolos a la consideración de la Junta.
  • Coadyuvar con la Unidad Técnica de Género y No Discriminación en la implementación del Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento y acoso sexual o laboral.
  • Definir e implementar, previo acuerdo con el Director Ejecutivo del Servicio Profesional Electoral Nacional, los procedimientos de selección, capacitación y promoción que permitan al personal de la rama administrativa aspirar a su ingreso al Servicio Profesional Electoral Nacional en el sistema del Instituto, en los términos que establezca el Estatuto.
  • Remitir al Secretario Ejecutivo un informe anual respecto del ejercicio presupuestal del Instituto.
  • En su caso, informar a la Comisión Temporal de la materia sobre el ejercicio del presupuesto, así como del estado que guarda.
  • De conformidad con las disposiciones aplicables, expedir los nombramientos de los servidores públicos de la rama administrativa, así como los gafetes e identificaciones de los servidores del Instituto.
  • Administrar, operar y mantener los sistemas informáticos relacionados con la administración de los recursos humanos, materiales y financieros, en coordinación con la Unidad Técnica de Servicios de Informática y conforme a la normatividad aplicable en la materia.
  • Proponer y aplicar las políticas y lineamientos de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria que determine en conjunto con la Unidad Técnica de Planeación, en el marco de las disposiciones Constitucionales y legales aplicables.
  • Administrar el funcionamiento y operación de la Norma INE.
  • Desarrollar y dirigir los programas, sistemas y mecanismos en materia de seguridad y protección civil en el Instituto.
  • Guardar y custodiar los expedientes únicos de personal del Instituto Nacional Electoral y de los prestadores de servicios, adscritos a Órganos Centrales.
  • Llevar a cabo las gestiones necesarias, a fin de atender las necesidades administrativas de los órganos del Instituto, para el cumplimiento de sus atribuciones en los supuestos relativos a la atracción o asunción en cuanto a las elecciones locales y/o consultas populares.
  • Recibir el pago de las multas impuestas en las resoluciones dictadas en los procedimientos ordinarios y especiales sancionadores, y efectuar los trámites correspondientes a fin de remitir los recursos obtenidos por la aplicación de sanciones económicas al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, de conformidad con lo establecido en la Ley Electoral.
  • Coordinar la actualización y revisión del Directorio Institucional.
  • Informar semestralmente a la Junta sobre las medidas tomadas o por realizar para el cuidado del medio ambiente.

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